Auditoría forense
INDICE
AGRADECIMIENTO
DEDICATORIA
INTRODUCCION
CAPITULO DE INTRODUCCION
• TEMA
• PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
• FORMULACION Y SISTEMATIZACION
• OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
4.1 OBJETIVO GENERAL
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
• JUSTIFICACION
CAPITULO I
MARCO DE REFERENCIA
• MARCO TEORICO
• MARCO CONCEPTUAL
CAPITULO II
2.ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPOS DE INVESTIGACION
2.2- METODOS DE INVESTIGACION
2.3- FUENTES DE INFORMACION
2.3.1-FUENTES PRIMARIAS
2.3.2- FUENTES SECUNDARIA
CAPITULO III
RESEÑA HISTORICA DE LA AUDITORIA FORENSE.
3.- ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA FORENSE
3.1 CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.3.- TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.3.1.- AUDITORIA FINANCIERA
3.3.2.- AUDITORIA DE GESTION
3.3.3.- AUDITORIA ESPECIAL
3.4..- RESEÑA DE LA CORRUPCION
GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS
3.4.1- PLAN DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA
GUBERNAMENTAL (NIAGU)
3.6.- NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.7.- NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA
3.8.- NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA
3.9.- ORGANISMOS DE FISCALIZACION DEL ESTADO
3.9.1.- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
3.9.1.1- POLÍTICA DE LA INSTITUCION
3.9.1.2 FUNCIONES
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
3.9.2.1 FUNCIONES PRINCIPALES
CAPITULO IV
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE
EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO
MUNICIPAL XX 39 4.1- CONTABILIDAD MUNICIPAL
4.2- AUDITORIA MUNICIPAL
4.2.1.CARACTERISTICA
4.3.- PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
4.3.1 EL AUDITOR O INVESTIGADOR
4.3.2- AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES
4.3.3.- INVESTIGACION FORENSE
4.3.4.- RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
4.4.- ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA
FORENSE
4.4.1.- EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
4.4.2.- PLANEACION
4.4.3.- ELABORACION PAPELES DE TRABAJOS
CAPITULO V
INFORME Y APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
5.1- INFORME
5.2.-APORTES
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFIA
ANEXO
INTRODUCCION
La administración pública en América Latina carece en general de una adecuada información contable que permita la evaluación y toma de decisiones oportunas, esto ha posibilitado la presencia del flagelo de la corrupción en gran parte de los gobiernos de esta región, lo cual amenaza su desarrollo económico.
En la búsqueda de herramientas que apoyen el fortalecimiento de las instituciones públicas, procurando disuadir las prácticas deshonestas, promoviendo la responsabilidad y la transparencia fiscal, surge la auditoría forense revisión realizada para lograr objetivos que impliquen una determinación judicial, antes supuestos actos dolosos o fraudulentos, imponiendo la aplicación de técnicas, procedimientos específicos o alternativos y normas de auditoría que permitan obtener evidencia de apoyo al Poder Judicial.
El desarrollo del trabajo de investigación sobre esta nueva temática, adjunta un modelo práctica encaminado a contribuir con un control eficiente sobre el cumplimiento del uso eficaz del los recursos del Estado, el Ayuntamiento Municipal XX institución descentralizada que recibe ingresos del gobierno central e ingresos propio, dada la magnitud de dichos recursos debe ser administrados de forma racional para garantizar la prestación de un servicio adecuado a la sociedad.
El tipo de investigación utilizado es el exploratorio porque plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor científico y que en su contenido, tiene pocos antecedentes en cuanto a su modelo teórico o a su aplicación práctica.
Esta investigación constará de cinco capítulos. El capítulo introductorio con la definición del tema de investigación, el planteamiento del problema, formulación y sistematización del problema, objetivos general y específicos y la justificación. El capítulo número uno contiene el marco teórico y marco conceptual. El capítulo dos los aspectos metodológicos que comprende tipo de investigación, método y fuentes. Capítulo tres antecedentes y causas de surgimiento de la auditoría forense. Capítulo cuatro etapas aplicación práctica de la auditoría y el capítulo cinco el informe y los aportes de la misma.
1.- TEMA
La Auditoría Forense como un nuevo proceso de Fiscalización, Control e Investigación contra la Corrupción en el Sector Gubernamental.
(Caso Ayuntamiento Municipal XX Año 2000).
2.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
“El Doctor Balaguer, Cuando no era Presidente admitió que durante sus 12 años de gobierno (1966-1978) hubo cerca de 300 personas que se hicieron millonarias utilizando recursos y la influencia de sus funciones dentro del aparato estatal.”Los estamentos gubernamentales dominicanos están afectados por la corrupción de una manera alarmante, causando el enriquecimiento ilícito de funcionarios y el deterioro del patrimonio público, que se presenta mayormente en la pérdida de bienes estatales y el aumento en la carga de la deuda pública.
Este acontecimiento se debe a las debilidades de control interno que suelen existir en algunas instituciones públicas. “Esto ligado a la impunidad hasta ahora mostrada por la justicia, como efecto parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la distorsión de los incentivos económico, la deficiencia en los sistemas contables, la mala distribución de las asignaciones de los recursos, la destrucción de la ética profesional y el descrédito del Estado han impedido que la administración de los bienes públicos funcionen con eficiencia.”2
La auditoría forense como un nuevo proceso de control contra la corrupción en el sector Gubernamental investiga casos de fraudes para aportar evidencias legales. Las etapas de la auditoría forense serán aplicadas al Ayuntamiento Municipal XX, como entidad autónoma, ya que este tipo de institución no escapa del flagelo de la corrupción, teniendo debilidades estructurales y del control interno, que crean las base para que los funcionarios públicos puedan apropiarse de los recursos que corresponden a la comunidad o municipio que demandan: servicios, obras civiles, ampliación y conservación del medio ambiente.
La aplicación de la auditoría en el Ayuntamiento Municipal XX, debe garantizar que la ejecución de trabajo del auditor en base a su juicio profesional y en observancia con las normas aplicables, ejerza su labor en los casos de evidencia, para documentar un informe con el sustento técnico y legal para que se efectúan acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes.
La emisión del informe, no exime al auditor de su obligación de recomendar medidas inmediatas, en cautela de la recuperación del patrimonio del Estado. Para disminuir la corrupción se hace necesario una Auditoría Forense que permita combatir este fenómeno a través de técnica de investigación profundas que admitan descubrir y desenmascarar a los funcionarios públicos corruptos para que sean castigados por medio a la justicia, de este manera es posible disminuir la continuidad de los actos fraudulentos.
3.-FORMULACION DEL PROBLEMA
¿En que contribuye la Auditoría Forense como un nuevo proceso de fiscalización, control e investigación contra la corrupción en el sector gubernamental.
SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA
1.- ¿Cuales acontecimientos dieron origen a la auditoría forense?
2.- ¿Cómo identificar las distintas etapas del proceso de Fiscalización, Control e Investigación de la Auditoría Forense en el Ayuntamiento Municipal XX?
3.- ¿Cuál sería la estructura del enfoque de auditoría forense al Ayuntamiento XX?
4.- ¿Cómo contribuye la Auditoría Forense a preservar el patrimonio del Estado Dominicano?
4.1 OBJETIVO GENERAL
Analizar la auditoría forense como un proceso de fiscalización, control e investigación contra la corrupción en el sector Gubernamental, Ayuntamiento Municipal XX Año 2000.
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Describir las distintas causas que dieran origen a la Auditoría Forense.
Identificar las distintas etapas de todo el proceso de Fiscalización,
Control e Investigación de la Auditoría Forense en el Ayuntamiento
Municipal XX.
Elaborar el informe de la Auditoría Forense aplicado al Ayuntamiento
Municipal XX.
Plantear los aportes de la Auditoría Forense en la preservación del
patrimonio gubernamental dominicano.
5.- JUSTIFICACIÓN
Actualmente se observa en el país un amplio movimiento contra la corrupción, como es la creación del Departamento de Prevención Contra la Corrupción, según Decreto No. 322-97, este tipo de actividades resultan positivas y deben ser estimuladas, la sociedad dominicana esta conciente de la corrupción en el Sector Gubernamental, por lo tanto exige que se tomen medidas efectivas para castigar a los culpables. Hasta el momento las pruebas que aportan las auditorías Gubernamentales tradicionales no son suficientes y la impunidad se manifiesta en la cantidad de millonarios que deja cada partido que toma el poder, este tipo de acontecimiento dan origen a una técnica de auditoría mas especializada denominada Auditoría Forense.
La profesión de la contaduría tiene un nuevo modelo de Auditoría Gubernamental que contribuye con el adecuado control y usos de los recursos del Estado, razón por la cual se considera oportuna esta investigación, que conlleva la aplicación de las etapas de la Auditoría Forense.
Con esta investigación se da a conocer la auditoría forense, presentando un informe acorde con las normativas de esta auditoría que puede ser aplicada no solamente en el sector público, sino que también en sector privado. De esta forma ambos sectores pueden prevenir y sancionar los actos de corrupción.
La Auditoría Forense como sistema de control e investigación provee de las evidencias necesarias para enfrentar los delitos cometidos por funcionarios y empleados del sector gubernamental, de esta forma se controlaran los múltiples fraudes cometidos en perjuicio del desarrollo del país.
Como estudiantes de la carrera de contabilidad se tiene el conocimiento necesario para abogar el tema planteado, ya que en la preparación académica profesional se aprenden las pautas fundamentales para llevar a cabo una auditoría. Por consecuencia la auditoría forense ha sido seleccionada porque es la menos conocida y que tiene más urgencia en ser aplicada.
CAPITULO I
MARCO DE REFERENCIA
MARCO DE REFERENCIA
1.1 MARCO TEORICO
La participación de la Contaduría Pública, mediante el ejercicio especializado en descubrir, evaluar y divulgar el flagelo de la corrupción encamina a buscar alternativas como la auditoría forense, para eficientizar el cumplimiento en el desarrollo de las funciones públicas, conforme a normas y reglas.
“ La Auditoría Forense es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal, de esta manera se contribuye, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestros pueblos hermanos.”3
“La Transparency International en su informe del 28 de junio de 2001, el cual nos informa que Colombia pasa del puesto 11 al 50 en corrupción, lo cual nos muestra la importancia de esta auditoría, según la experiencia Colombiana, con la creación de un instituto descentralizado con personal técnico y una variedad de profesionales en los cuales podemos destacar los fiscales, jueces, policía judicial y demás autoridades combaten la corrupción con mejores herramientas y pruebas, como queda evidenciado en el informe citado anteriormente”.4
“El control interno abarca el plan de organización y los métodos coordinados y medidas adaptadas dentro de la empresa para salvaguardar sus activos, verificar la adecuación y confiabilidad de la información contable, promover la eficacia operacional y fermentar la adherencia a la políticas establecidas por la dirección. El control interno se divide en dos grandes grupos que son: Control Interno Administrativo y Control Interno Contable.”5
“Al conocer el control interno, los auditores también pueden obtener evidencias sobre la efectividad de operación de los diversos controles. Esta efectividad esta relacionada con la forma como se aplica un control, la consistencia con la cual se aplica y quien aplica el control.
La distinción entre saber que un control ha sido puesto en operación y obtener evidencia sobre su efectividad es importante. Para planificar apropiadamente la auditoría, se exige a los auditores determinar si se ha aplicado los controles principales”.
El Dr. Castillo, Marino Vinicio en su participación en el Congreso del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la Rep. Dom (ICPARD), ante la pregunta de un asistente al panel de cuál es la forma para combatir
o detener la corrupción, contestó “…Sólo creo en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”.
“Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en cuatro grandes categorías:
1.- Auditoría de Estados Financieros
2.- Auditoría de Cumplimiento
3.- Auditoría Operacionales
4.-Auditoría Integral
Dentro de esta última señala la importancia de la Auditoría Forense, para prevenir los actos de corrupción en los sectores público y privado”.
La auditoría forense ante la existencia de supuestos actos dolosos o fraudulentos, impone la aplicación de técnicas, procedimientos específicos o alternativo y normas de auditoría generalmente aceptadas que permitan obtener evidencia de apoyo al Poder Judicial.
1.2 MARCO CONCEPTUAL
• Apropiación de bienes públicos: es todo aprovechamiento indebido de bienes o fondos que pertenecen a una institución o a terceros y a los cuales se ha tenido acceso gracias a las funciones que desempeña el individuo.
• Auditoria: Rama o especialidad de la contabilidad, que se encarga de la verificación, corrección de la informaciones financieras y evalúa la gestión administrativa.
• Auditoría Forense: es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.
• Auditoría Gubernamental: es el examen profesional, objetivo, independiente, sistemático, constructivo y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la gestión de los recursos públicos, con el objeto de determinar la racionabilidad de la información financiera, el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, así como respecto de la adquisición, protección y empleo de los recursos.
• Ayuntamiento Municipal: Están conformadas por las provincias y están compuestos por familias que establecidas en un mismo territorio se unen por costumbres, tradiciones y sentimientos comunes, luchan por unos mismos objetivos y defienden iguales intereses.
• Control interno: Son los procedimientos que adopta una entidad para salvaguardar sus activos, asegurar la exactitud en los registros contables y cumplir con las normas y políticas de la institución.
• Corrupción: Consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dineros a los funcionarios del gobierno para acelerar trámites de asuntos comerciales que correspondan a su jurisdicción, pagos de dinero para demorar u omitir trámites o investigaciones y el desfalco, entre otros.
• Fiscalización: Función de control que ejercen ciertos órganos estatales sobre la actividad administrativa de comprobar que los ingresos y gastos públicos se ajustan a lo descrito en los presupuestos del Estado.
• Fraude: Engaño, inexactitud, consistente, abuso de confianza, que produce o prepara un daño, generalmente material.
• Hallazgo: Es la recopilación de información especifica sobre una operación, actividad, organización, condición u otro asunto que se haya analizado y evaluado y que se considera de interés o utilidad para los funcionarios del organismo.
• Informe: Comunica a las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría. Los requisitos para la preparación del informe son claridad y simplicidad, importancia del contenido, respaldo adecuado, razonabilidad, objetividad entre otros.
CAPITULO II
ASPECTOS METOLOGICOS
ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPO DE ESTUDIO
• Exploratorio : Plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor científico. En su contenido, tiene pocos antecedentes en cuanto a su modelo teórico o a su aplicación práctica y podría servir de base para la realización de nuevas investigaciones por otros autores.
La primera diligencia a prácticar por parte del equipo que esta a cargo de la auditoría forense es la visita, que debe contener:
o Generalidades, nombre de la entidad, dependencia, funcionarios a cargo, ciudad, fecha entre otras.
o Objetivo de la visita: Se establece en forma clara y se escribe lo que se pretende en la visita.
o Desarrollo de la visita: A través de formas preestablecidas.
o Análisis de la información financiera.
La unidad de análisis de esta investigación es el Ayuntamiento Municipal XX. El universo de estudio estará compuesto por la distintas dependencias operativas y los funcionarios encargados que conforman esta área de la estructura organizacional de la institución.
1.- Autoridades Operativas
1.1 Encargado Tesorería
1.2 Encargado de la Dirección Financiera
1.3 Encargado Departamento de Recursos Humanos
2.2 METODO DE INVESTIGACION
• Observación: esta técnica será utilizada dentro de las instalaciones del Ayuntamiento Municipal XX, observando el desarrollo de los procesos y tomando notas de los aspectos más importantes que vayan en cumplimiento con los manuales de procedimientos de control interno de la institución.
• Inductivo: este se empleará la elaboración de informes, opiniones auditoría. Para la el mismo se partirá de informaciones específicas para luego emitir opiniones complejas y generales.
• Análisis: este se utilizará con la elaboración de hojas de trabajos, pruebas sustantivas, pruebas de cumplimiento para verificar si el Ayuntamiento Municipal XX esta aplicando las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's)
• Síntesis: Señala la relación de los elementos que surgen dentro del proceso de investigación y ejecución de la auditoría, con los resultados del informe final.
2.3 FUENTES Y TECNICAS PARA RECOLECCION DE LA INFORMACION
• 2.3.1 Fuentes Primarias:
Entrevistas: Esta técnica se empleará para conseguir informaciones necesarias que sirvan de aval para el buen desempeño de nuestro trabajo de investigación para la realización de la entrevista se utilizara el cuestionario de auditoría.
Las fuentes de información que se deben consultar son las siguientes:
• Identificación de las personas
• Registros y controles que se tengan establecidos
• Establecer fuentes alternas con el propósito de analizar si el implicado o los implicados se encuentran registrados en la cámara de comercio y otros tipos de entidades financieras
• Solicitud de información, para obtener: datos completos y precisos, además de copias de documentos que soporten la información.
• 2.3.2 Fuentes Secundarias:
Texto
Revistas técnicas
Boletines
Internet
Normas Internacionales de Auditoría (NIA's)
Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's)
CAPITULO III
RESEÑA HISTORICA DE LA
AUDITORIA FORENSE
“La información confiable es esencial
para la propia existencia en
nuestra sociedad”.
O. Ray Whittington
3.- ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA FORENSE
“A través de la historia se han realizado distintos tipos de auditoría, tanto al comercio como a las finanzas de los gobiernos. El significado del auditor fue “persona que oye”, y fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad gubernamental eran aprobados solamente después de la lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la revolución Industrial, se realizaban auditorías para determinar si las personas en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio estaban actuando y presentado información de forma honesta” .
Durante la Revolución Industrial a medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar servicios de gerentes contratados. Con la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo principal detectar errores y fraudes, con frecuencia incluían el estudio de todas o casi todas las transacciones registradas.
A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de auditoría tendió a alejarse de la detección de fraude y se dirigió hacia la determinación de si los estados financieros presentaban razonablemente la posición financiera y los resultados de las operaciones. A medida que las entidades corporativas se expandían los auditores comenzaron a trabajar sobre la base de muestras de transacciones seleccionadas y en adición tomaron conciencia de la efectividad del control interno.
La profesión reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por estos el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la década de los 60s en Estados Unidos la detección de fraudes asumió un papel más importante en el proceso de auditoría.
Este desplazamiento en la detección de fraude fue el resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad por los fraudes en gran escala, una diversidad de procesos judiciales exitosos que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado inapropiadamente sin detección por parte de los auditores independientes y la convicción por parte de los contadores públicos de que debería esperarse de las auditorías la detección de fraude material.
En 1996 la Junta de Normas de Auditoría, emitió una guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al fraude. El uso de sistemas de computación no ha alterado la responsabilidad del auditor en la detección de errores y fraude. El Congreso y los reguladores estaban convencidos de que la clave para evitar problemas era la reglamentación de leyes efectivas y las exigencias por parte de los auditores, en el cumplimientos de las provisiones de esas leyes y regulaciones.
Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las principales organizaciones de contabilidad patrocinaron la Comisión Nacional sobre Presentación de informes Financiero Fraudulentos, muchas de las recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y Auditoría, una de la más importante fueron sobre la efectividad del control interno y la demanda de la atestación de los auditores
En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y la empresa, la auditoría a evolucionado para adaptarse a estos nuevos procesos y enfrentar las grandes transformaciones en los diferentes ambientes, como son las iniciativas de fusiones, cambios tecnológicos, lanzamientos de nuevos productos, definición de nuevos servicios, entre otros. Dentro de esta evolución la auditoría se ha especializado para ofrecer nuevos modelos de auditorías, entre estos encontramos la Forense que surge como un nuevo apoyo técnico a la auditoría gubernamental, debido al incremento de la corrupción en este sector. Esta auditoría puede ser utilizada tanto, el sector público como en el privado.
Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la información financiera lo que permite a las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos, la contribución del auditor es proporcionar credibilidad a la información, para los Accionistas, Acreedores, Clientes Reguladores Gubernamentales entre otros.
Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estado Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación las auditorías utilizadas en la actualidad
• Auditorías Gubernamental
• Auditorías de Estados Financieros
• Auditorías de Cumplimiento
• Auditorías de Gestión y Operacionales
• Auditorías Internas
• Auditorías Especiales
• Auditorías de Control Interno
3.1.- CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal. “…Queremos presentar el modelo de la Auditoría Forense, sus características y su importancia como modelo de control y de investigación gubernamental, con el fin de tener una nueva herramienta que ayude a detectar y combatir los delitos cometidos contra los bienes del Estado por parte de empleados públicos deshonestos o patrocinadores externos, de esta manera contribuimos, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestro pueblos hermanos.”
El perito o sujeto investigador debe ser elegido como un elemento imparcial, debe ser competente, se requiere de un experto para exponerle a un juez percepciones ordinarias que efectúe sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos de valor técnico.
El propósito fundamental de la auditoría gubernamental no es detectar fraude, sino más bien prevenirlos, porque es la responsabilidad propia de la administración de la entidad pública.
Debe tenerse en cuenta que la naturaleza y alcance de la auditoría del sector público pueden verse afectados por la legislación, reglamento, ordenanzas y disposiciones ministeriales deben estar relacionadas con la detección de fraude. Estos requerimientos pueden afectar la capacidad de la auditoría para aplicar su criterio. Además de las responsabilidades formalmente asignadas respecto a la detección de fraude, el uso de fondos públicos tiene a imponer un nivel superior a los temas de fraudes y el auditor puede verse requerido a responder a las expectativas del público con respecto a la detección de fraudes.
El auditor debe diseñar acciones de manera que ofrezca garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos que pudiera repercutir substancialmente sobre los valores que figuran los estados financieros. La auditoría financiera constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública ya que persigue velar por la integridad y validez de las cuentas y el presupuesto, del mismo modo las auditorías de gestión se plantea el manejo de los recursos públicos de la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes para lo cual el auditor gubernamental esta obligado a diseñar la auditoría de manera que ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran afectar los resultados.
La aplicación de las normas legales aplicable le permitirán al auditor sobre la base de su juicio profesional ejerza su labor en los casos de evidencia de corrupción, en el desarrollo de su trabajo, debe elaborar un informe especial con el sustento legal y técnico, las instancias correspondientes en estos casos la Contraloría General de la República para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata.
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría Gubernamental es le examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecución, en las instituciones del sector público. Después de finalizar la auditoría el contralor General enviará un informe al funcionario de mayor jerarquía de la institución auditada y una copia al Presidente de la República.
Se debe efectuar de acuerdo a las Normas Internas de Auditoría Gubernamental y disposiciones especializadas emitidas por la Contraloría General de la República, aplicando técnicas, métodos y procedimientos establecidos por la profesión del contador público. Tiene por objetivos:
• Evaluar la correcta utilización de los recursos públicos, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales reglamentarias.
• Determinar la racionabilidad de la información financiera
• Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación al cumplimiento de los recursos asignados y de los planes y programas aprobados de la institución examinada.
• Recomendar medidas para promover mejoras en la gestión pública.
• Fortalecer el sistema de control interno de la institución auditada.
El ejercicio de la auditoría Gubernamental a los auditores de la Contraloría General de la República, de la Cámara de cuentas y los Contadores Públicos Autorizados.
El auditor Gubernamental es el profesional que reúne los requisitos necesarios para el ejercicio del trabajo de auditoría en las instituciones del sector público sujetas a la Normas Internas de Auditoría Gubernamental (NIAGU).
La auditoría gubernamental es interna cuando es realizada directamente por la Contraloría General de la República. Es externa cuando es ejercida por la Cámara de Cuentas y por Contadores Públicos Autorizados.
“El proceso de la auditoría Gubernamental comprende las etapas de: planificación, ejecución y elaboración del informe. Se inicia con la formulación del respectivo plan y culmina con la remisión del informe al titular de la institución examinada y una copia al Presidente de la República. La elaboración y presentación del informe de auditoría o examen especial es de responsabilidad conjunta del auditor encargado y del supervisor”.
3.3.- TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría gubernamental, cuyo tipo se define por sus objetivos, se clasifica en:
3.3.1.- Auditoría Financiera
“Esta comprende los estados financieros y los informe de ejecución presupuestaria. Esta tiene como objetivo determinar si los estados financieros de la institución auditada presenta razonablemente la información financiera, los resultados de sus operaciones y su flujo de efectivo de acuerdo a las Normas Internacionales de Contabilidad. Este tipo de auditoría se efectúa en las instituciones descentralizadas y autonomas.
La auditoría de informes de Ejecución Presupuestaria se aplica a las instituciones centralizadas con el propósito de determinar si la ejecución del presupuesto se presenta dé acuerdo con criterios establecidos o declarados expresamente. Las Normas Internacionales de Auditoría que rigen la profesión contable en el país son aplicables a todos los aspectos de la auditoría financiera.
3.3.2.- Auditoría de Gestión
Su objetivo es evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos públicos, así como el desempeño de los servidores y funcionarios de Estado, respecto al grado con que se están logrando los resultados o beneficios previstos por la legislación presupuestal o por la institución que haya aprobado el programa o la inversión correspondiente.
La auditoría de gestión puede tener, entre otros los siguientes propósitos:
• Determinar si la institución adquiere, protege y emplea sus recursos de manera económica y eficiente.
• Establecer las causas de ineficiencias o prácticas antieconómicas
• Evaluar si los objetivo de un programa son apropiados, suficientes o pertinentes y el grado en que produce los resultados deseados.
Generalmente, al término de una auditoría de gestión el auditor no expresa una opinión sobre el nivel integral de dicha gestión o el desempeño de los funcionarios, por tanto, estas normas no prevén que se exija al auditor una opinión de esa naturaleza. Sin embargo, el auditor deberá presentar en su informe, hallazgos y conclusiones respecto a la magnitud y calidad de la gestión o el desempeño, así como en relación con los procesos, métodos y controles internos específicos, cuya eficiencia o eficacia considere susceptible de mejorarse. Si estima que existen posibilidades de mejoría, el auditor deberá recomendar las medidas correctivas apropiadas.
3.3.3.- Auditoría Especial
• Es la auditoría que puede comprender o combinar la auditoría financiera de un alcance menor al requerido para la emisión de un Emisión de cheques sin fondos
• Subvaluacion de ingresos propios
• Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
• Desembolsos con Soporte Insuficientes
de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas con la auditoría de gestión destinada, sea en forma genérica o específica, a la verificación del manejo dado, así como al cumplimiento de los dispositivos legales aplicables.
Tiene como objetivo específico, entre otros, determinar si la programación y formulación presupuestaria se ha efectuado en función de las metas establecidas en los planes de trabajo de la institución, evaluar el grado de cumplimiento y eficiencia de la ejecución del presupuesto, en relación a las disposiciones que lo regulan y al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos, así como determinar la eficiencia, confiabilidad y la oportunidad con que se evalúa el presupuesto de las instituciones. Además se efectúan Auditoría Especiales para investigar denuncias de diversas índoles y así como de los procesos licitarios, del endeudamiento público y cumplimiento de contratos de gestión gubernamental, entre otros”.
Las auditorías antes mencionadas no han provisto a las instituciones estatales de una herramienta capaz de controlar la corrupción, esta ha llevado a buscar nuevas alternativas para la Auditoría Gubernamental, encontrando un modelo de auditoría denominado Forense, diseñado para dar un mayor control sobre las acciones de los altos dirigentes y de los encargados del desarrollo de las funciones públicas y el uso de los recursos de que disponen para el servicio de todos los ciudadanos.
3.4.- RESEÑA DE LA CORRUPCION GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS
La corrupción consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dinero a los funcionarios del gobierno para acelerar trámite o investigaciones, el desfalco entre otros.
Como efectos parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la mala asignación de los recursos económicos, la distorsión de los incentivos económicos, la destrucción de la ética profesional, la segregación y desanimación de los honestos, se impide la planeación y la previsiblidad. Todo esto conlleva costos que van afectar a:
• La eficiencia, porque se desperdician los recursos, se deforma la política y la imagen de sus dirigentes
• La distribución de los recursos.
• Los incentivos se desvían las fuerzas hacia la búsqueda de ganancias.
• La política, forma un estado que crea inestabilidad.
Prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el Estado: omisión de documentos, simulación contable, cancelación repentina de cuentas corrientes, encubrimiento de ingresos, endeudamiento ficticio, manipulación de contratos, utilización cuentas cifradas, manipulación de la edad de los bienes, multiplicidad de cuentas corrientes y cuentas de ahorros a nombre de terceros, usurpación de entidades, utilización de testaferros, exportación ficticia y lavado de dólares, asignación de bienes y confianza, maquillaje tributario, cadenas políticas, personas ficticias, encubrimiento bancario por movimiento, ocultamiento de pérdidas, subvalorización de bienes, participación familiares y venta entre vinculados.
Los Ayuntamiento Municipales, como entidad autónoma, que obtiene ingresos tributarios y por asignación mensual de la Ley de Gastos Públicos (Ley 17-97), en donde mayores niveles de corrupción se originan, sobre todo por haberse convertido en unidad o plataforma de los partidos políticos, carentes de planes y programas que puedan contribuir a su control financiero y administrativo.
3.4.1 PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
“Este plan es una guía de trabajo con visión estratégica de largo plazo, para poner en movimiento un número creciente de instancia de la Rama Ejecutiva del gobierno dominicano, en la elaboración, adopción, concientización y puesta en prácticas de nuevas normas y procedimientos en la administración pública, así como iniciativas continuas de persecución de la corrupción, coordinando acciones con otras áreas del estado y la sociedad civil, para impulsar los más sentidos valores de la ética y la cultura de la transparencia en los servicios públicos.
Este plan se basa en el compromiso ético de sectores públicos y privados en la lucha contra de la corrupción, presentando políticas, estrategias y acciones globales que sirven de guía a todos los actores involucrados en el plan, de manera que cada instancia pueda desarrollar iniciativas propias para el logro de los objetivos.
Para lograr esta lucha se hace necesario la participación y la coordinación conjunta de los principales estamentos del Estado ( Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sin que estos se vean afectados por su independencia.
Asimismo, se hace necesario la creación de una base legal entre otros aspectos para invertir el fondo de la prueba que garanticen el control, persecución y castigo de los actos fraudulentos.
Para la ejecución del plan de prevención y lucha contra la corrupción ha de intervenir el sector público que incluye el poder ejecutivo, la procuraduría de la república a través del departamento de prevención de la corrupción, los secretarios de estados, la cámara de cuenta, los ayuntamientos, los legisladores, etc.. También se hace necesario la intervención del sector privado a través de la sociedad civil, los partidos políticos, las iglesias, los medios de comunicación entre otros”.
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL (NIAGU)
“Se relaciona con las cualidades y calificaciones del auditor y la calidad de su trabajo. Estas normas que se aplican también para la ejecución del trabajo y la preparación del informe. Entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero profesional, confidencialidad, participación de profesionales y/o especialistas, control de calidad.
El personal de la Contraloría General de la República debe tener un amplio conocimiento del sector público, incluso de aspectos tales como las competencias del Poder Legislativo, las normas legales e institucionales que regulan el funcionamiento del ejecutivo y los estatutos por los que se rigen las empresas públicos.
Asimismo, el personal especializado en auditoría debe poseer conocimiento suficiente de las normas, sistemas, procedimientos y prácticas de auditoría utilizadas por la Contaduría.
La Contraloría General de la República debe adoptar políticas y procedimientos para la elaboración de manuales y otros tipos de guías e instrucciones escritas referentes a la realización de la auditoría.
• Entrenamiento técnico y capacidad profesional
El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
• Independencia
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la institución examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
• Cuidado y esmero Profesional
El auditor debe actual con el debido cuidado profesional a efecto de cumplir con las normas de autoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
• Confidencialidad
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo.
• Participación y profesionales y/o especialistas
Integrarán el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoría gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el informe y como anexos al mismo.
• Control de calidad
La Contraloría General de la República mantendrá un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoría se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoría gubernamental.
3.6.- Normas Relativas a la Planificación de la Auditoría Gubernamental:
Este grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos generales que permitan una apropiada planificación de la auditoría en instituciones sujetas a la fiscalización de la Contraloría General, a fin de alcanzar los objetivos propuestos
• Planificación General
La Contraloría planificará sus actividades de auditoría a través de sus planes anuales, aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluarán periódicamente la ejecución de sus planes.
El Contralor General, en usos de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica No. 3894 que la norma, dicta los lineamientos de política que rigen la planificación de la auditoría interna gubernamental en armonía con los planes anuales de auditoría interna de las instituciones sujetas a ser fiscalizada. En la Contraloría General de la República cada unidad orgánica de línea planificará anualmente sus acciones. En el caso de las instituciones sujetas a fiscalización lo efectuará el encargado de la unidad de auditoría interna, de acuerdo a las prioridades establecidas para el logro de los objetivos y metas institucionales o sectoriales según sea el caso.
• Planificación Específica
La planificación de auditoría implica desarrollar una estrategia general para su conducción a fin de asegurar que el auditor tenga un cabal conocimientos de sus actividades, sistema de control e información y disposiciones legales aplicables a la institución, que le permitan evaluar el nivel de riesgo de auditoría así como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar.
• Archivo Permanente
Está conformado por un conjunto orgánico de documentos que contienen copias y/o extracto de información de interés, de utilización continua o necesaria para futuros exámenes, básicamente relacionadas con:
Ley Orgánica de la institución y normas legales que regulan su funcionamiento.
Organigrama aprobado
Reglamento de organización y funciones aprobados.
Manual de organización y funciones aprobado.
Manual de procedimientos aprobado
Flujograma de las principales actividades de la institución.
Plan operativo institucional.
Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones.
Estados financieros o informe de ejecución presupuestaria.
Informe de auditoría.
Denuncias.
Plan anual de Control, incluyendo reprogramaciones
Informe de evaluación del plan anual resumen de las decisiones más importantes adoptadas
Resoluciones y circulares emitidas por la institución.
• Convenios y Contratos.
La responsabilidad de organizar el archivo permanente correspondiente al área administrativa y jurídica de la Contraloría General y a los departamentos de auditoría interna de las instituciones sujeta a fiscalización y control.
• Alcance del trabajo sobre Cumplimiento y Controles Internos
El auditor debe informar el alcance de sus pruebas sobre cumplimiento de las leyes, regulaciones y controles internos. Si las pruebas no exceden aquellas que el auditor considera necesarias para una auditoría de estados financieros o informe de ejecución presupuestaria, será suficiente que el auditor declare que realizó pruebas sobre el cumplimiento de ciertas leyes y regulaciones, que obtuvo entendimiento de los controles internos y que evaluó los riegos de control.
• Estudio y Evaluación del Control Interno.
Se debe efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para identificar las áreas críticas que requieren un examen profundo,
determinar su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance, oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoría.
• Evaluación del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias
En la ejecución de la auditoría gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la auditoría.
3.7.- Normas Relativa a la Ejecución de la Auditoría:
Estudio y evaluación del control interno:
• Evaluación del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
• Supervisión del trabajo de auditoría
• Evidencia suficiente, competente y relevante
• Los papeles de trabajo deben estar organizados con todos los registros y detalle de la labor efectuada. Los papeles de trabajo son propiedad de la Contraloría General de la República.
• Comunicaciones y observaciones a los funcionarios de los hallazgos determinados
• Carta de representación del titular de la institución auditada.
3.8.- Normas Relativas al Informe de Auditoría Gubernamental:
Las normas que a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo de forma escrita, oportunidad del informe, presentación y contenido del informe.
• Los informe por escrito son necesario para:
Comunicar los resultados a los niveles necesarios.
Reducir el riesgo de que los resultados sean erróneamente interpretados.
Poner a disposición de las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría.
• Oportunidad del informe de auditoría, este debe emitirse lo antes posible.
• Preparación del informe. El lenguaje debe ser entendible.
• Contenido del informe debe presentar apropiadamente los resultados del examén.
• Informe especial. Cuando en la ejecución del trabajo de auditoría, se evidencien faltas graves y/o indicios razonables de comisión de delito, en perjuicio de los intereses del Estado, debe emitir un informe con el sustento técnico legal, para que se efectúen las acciones correspondientes”.
3.9.- ORGANISMO DE FISCALIZACION DEL ESTADO
El estado cuenta con entidades dedicadas a fiscalizar las instituciones que lo componen como son : La Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República. Esta última cumple con un programa anual del Departamento de Auditoría.
3.9.1- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
“Es la entidad que tiene a su cargo la Contabilidad General del Estado; además de fiscalizar los ingreso e Inversión de los fondos de los diversos Departamentos de la Administración Pública, autónomo o no del Estado y de los Municipios; verifica el examén de las cuentas que deben rendir las personas o entidades que manejan fondos de tales Organismos, así como la inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
La Contraloría tiene su origen, bajo la denominación de "Consejo Administrativo" según lo consigna el Articulo 182 de la Constitución de San Cristóbal del año 1844 cuyo texto señala "La ley organizará un Consejo Administrativo compuesto por Funcionarios Públicos para verificar anualmente las cuentas generales y hacer un informe de ellas al Congreso, con las observaciones que juzgue oportunas, cuyo encargo será puramente gratuito". La Ley No. 54 de 1970 la denomina " CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA " (Ver Anexo 1) .
Dentro del rol que le asigna la ley, la Contraloría amplía su ámbito de fiscalización con el reordenamiento de sus estructuras de mando en tres bloques, Administrativos, Contabilidad General y Gerencia de Operaciones lo que reúne en una misma dirección a departamentos cuyas actividades son afines, otorgándoles una mayor dinámica; en ese mismo sentido da el inicio a un programa de adiestramiento y capacitación del personal de los Departamentos de Inspección, Normas y Sistemas, Ayuntamientos; Así como la modernización del Departamento de Conciliación bancaria, lo que permitirá una más activa participación en la fiscalización de las instituciones que generan o ejecutan lo que es el presupuesto de ingresos y ley de gastos públicos.
La Contraloría General de la República ( bajo la dependencia directa del poder Ejecutivo en virtud a lo dispuesto por el Art. 1. De la Ley No. 54, precitada), y la que estará bajo la dirección de un funcionario que se denominará Contralor General de la República, también habrá un sub.-contralor General; tendrán a su cargo la contabilidad general del Estado, fiscalizar el debido ingreso e inversión de los fondos de los diversos departamentos de la Administración Pública, autónomos o no, del Estado y de los municipios; verificar el examén de las cuentas que deben rendir las personas o entidades que reciban o manejen fondos o bienes de tales entidades u organismos, así la inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
3.9.1.1- Políticas de la Institución:
• Fiscalizar los debidos ingresos y egresos del Estado Dominicano.
• Velar por que se apliquen los Principios y las Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría Generalmente en las Instituciones gubernamentales.
• Hacer cumplir las leyes establecidas para el control de los fondos públicos
• Velar por el patrimonio del Estado Dominicano.
• Elaborar los sistemas contables a las instituciones de Estado.
3.9.1.2.- Funciones Principales
Este desempeña sus funciones de acuerdo a las reglamentaciones citadas a continuación.
• Dirigir y controlar la contabilidad General del gobierno en cualquier oficina donde esta se lleve.
• Dictar todas las normas relacionadas con el control y dirección que se especifica en el ordinal anterior, y establecer los sistemas que sean necesarios para el buen funcionamiento de la contabilidad gubernamental en todos y cada uno de sus aspectos.
• Intervenir, revisar y liquidar toda cuenta de cualquier oficina del gobierno o de los ayuntamientos en que tenga interés el gobierno, salvo los casos especiales exceptuados por la ley.
• Llevar al día y registrar todas las cuentas presupuéstales y propiedades del Gobierno Dominicano.
• Someter al Poder Ejecutivo en su oportunidad, el proyecto de presupuesto de gastos y servicios personales, las recomendaciones para designación de cargos técnico, las recomendaciones de empleados en falta y ascensos en los casos procedentes.
• Presentar al Poder Ejecutivo, antes del día diez de cada mes, un informe de las principales labores realizadas en el mes anterior por la Contraloría General de la República.
• Presentar antes del día 15 de enero de cada año, un informe al Poder Ejecutivo de las actividades realizadas en el año anterior por la Contraloría General de la República.
• Cualquier otra atribución que en virtud de las disposiciones legales existentes o que pudieran dictarse, se asimilen al control, intervención y dirección de la Contaduría
• General del Gobierno Dominicano.”
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
Creada con la Ley No. 3659 del 27 de Junio de 1896, la No. 950, de 1928. En los primeros cinco días que sigan al 16 de Agosto de cada año la Cámara de Cuentas elegirá de entre sus propios Miembros un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, los cuales durarán un año en el ejercicio de sus funciones La Cámara de Cuentas tendrá un Secretario General Auxiliar y el personal adicional que le sea asignado en la Ley de Gastos Públicos, y cuya designación competirá a la propia Cámara.
3.9.2.1 Funciones Principales
• Funciones Generales de la Cámara de Cuentas
“Además de las atribuciones que corresponden a la Cámara de Cuentas por virtud de la Constitución, dicho organismo, en materia tributaria tendrá las funciones consultivas fiscalizadoras y jurisdiccionales.
• Del examen de las Cuentas Generales y particulares de la República
Compete a la Cámara de Cuentas el conocimiento, revisión y aprobación de todas las cuentas generales y particulares del Estado, del Distrito de Santo Domingo, de las Comunes Juntas de Distritos, establecimientos públicos y de las instituciones que reciban Subsidios de los expresados organismos.
Dentro de los quince primeros días de cada mes, todas las oficinas públicas, nacionales o municipales, recaudadoras, depositarias o pagadoras de fondos públicos, deberán rendir al Contralor y Auditor General, estados de dichas operaciones correspondientes al mes anterior.
La Cámara de Cuentas tendrá facultad para investigar y comprobar en la Auditoría la exactitud y legalidad de la contabilidad que debe llevar dicha oficina y para ese fin podrá hacerse representar por uno o varios de sus miembros, quienes tendrán libre acceso a todos los libros, expedientes y cuentas. En caso de que se advierta la irregularidad en la gestión del Contralor y Auditor, este funcionario no presenta las justificaciones correspondientes, la Cámara de Cuentas deberá informar inmediatamente el asunto al presidente de la República.
La Cámara de Cuentas ejercerá su control sobre la gestión que deba realizar el Contralor y Auditor General de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contabilidad. Cuando el uso de esta facultad, la Cámara tuviere duda acerca de la exactitud o legalidad de una cuenta o sobre la regularidad de la gestión del Auditor, podrá realizar en cualquier oficina pública todas las diligencias que fueren necesarias para el esclarecimiento de la verdad. Estas diligencias podrán consistir en residencias, inspecciones, interrogatorios a toda persona cuyo testimonio considere útil para el establecimiento de las cuentas públicas, inventarios, tanteos de Caja y otras de similar naturaleza.
En los casos de desaparición de fondos públicos o no-recaudación de los mismos, robo, torpes manejos, malversación, filtración, ocultamiento, fraude; así como en los de irregularidad en las cuentas presentadas a su examen, la Cámara de Cuentas, cualquiera que sea la naturaleza del hecho lo denunciará inmediatamente al Secretario de Estado del tesoro y Crédito Público, o al Presidente de la República directamente, si la responsabilidad recayere sobre un alto funcionario anexando todos los documentos que sean de lugar. Cuando las irregularidades en los estados de cuentas sean de pura forma, la Cámara de Cuentas lo devolverá a la oficina de su procedencia para las correcciones pertinentes.
Será deber de la Cámara de cuentas velar por el cumplimiento de todas las disposiciones legales que establezcan sistema cooperativo de fianzas o fidelidad para proteger al Estado o a las demás instituciones públicas contra robos y desfalcos de fondos públicos, así como para el cumplimiento de la prestación de las fianzas u otras garantías estipuladas en los contratos administrativos, para lo cual todo contrato de esta naturaleza, nacional, del Distrito de Santo Domingo, o municipal, deberá depositarse, copia autenticada, en la Cámara de Cuentas, dentro de los treinta días subsiguientes a su concertación por la persona que a nombre de esas instituciones, hubiere firmado el contrato.
• Informe de la Cámara de Cuentas al Congreso Nacional
El informe general del movimiento de ingresos y egresos ocurridos durante cada año que la Cámara de Cuentas deberá presentar al Congreso Nacional, constará de una primera parte en la cual se haga el historial explicativo de las operaciones, con la opinión de dicho organismo y una segunda parte donde se incluyan los estados demostrativos de esas operaciones.
Estará a cargo de la Cámara de Cuentas el cumplimiento del Art. 92 de la Constitución, y en consecuencia, publicará en el mes de Abril de cada año el informe que hubiere presentado al Congreso de la cuenta general de los ingresos y egresos de la República hechos en el año anterior.
• Protección de los Bienes y valores Públicos
Será deber de la Cámara de Cuentas velar porque se mantengan al día el Catastro de los Bienes del estado, del Distrito de Santo Domingo, de las comunes y demás instituciones públicas. En caso de omisiones o irregularidades relacionadas con estos Catastros de la Cámara de Cuentas dará informe de ello al Secretario del tesoro y Crédito Público, para que éste ordene las investigaciones correspondientes y para el establecimiento de las responsabilidades que sean de lugar.
En los casos de subastas o remates de servicios públicos, nacionales, del Congreso Administrativo del Distrito de Santo Domingo o municipales, la Cámara de Cuentas tendrá facultad para asistir o hacerse representar por algunos de sus Miembros en los actos correspondientes a fin de velar por los intereses públicos en la fijación de los precios y otras instituciones.
La Cámara de Cuentas deberá denunciar al Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público o al Presidente de la República directamente, cuando la responsabilidad pueda recaer sobre un alto funcionario de la Nación, todos los hechos que puedan poner en peligro los intereses del Estado, del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, de los ayuntamientos y de otras instituciones públicas, en relación con sus bienes.
La Cámara de Cuentas deberá estar representada por su Presidente o por algunos de sus Miembros comisionados al efecto, en toda operación, cuando ésta se realice en el país y en relación con la impresión y conteo de emisiones monetarias o documentos de cualquier naturaleza que sean representativos de dinero, así como en todo acto para incinerar, destruir o desvalorizar cualquier clase de moneda o documento representativos de dinero, suscribiendo las actas correspondientes o denunciando las irregularidades que ocurran en estos casos.
• Funciones Consultivas de la Cámara de Cuentas
La Cámara de Cuentas deberá rendir al Senado, a la Cámara de Diputados y al Presidente de la República, los dictámenes que le sean solicitados sobre cuestiones financieras.
Estos dictámenes no podrán versar sobre ninguna cuestión de contabilidad en curso de fiscalización por la Cámara de Cuentas, sino sobre cuestiones abstractas y generales, que no tengan relación con ninguna persona u oficina pública determinada Estos informes serán rendidos directamente a los organismos solicitantes o al Presidente de la República según los casos”
CAPITULO IV
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“La auditoría de hoy y del futuro, tiene que actuar
con independencia y velocidad, el objetivo no será
trabajar menos, sino trabajar mejor y ofrecer un
producto con un alto valor agregado para nuestros
clientes.”
Miguel Antonio Cano
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“El ayuntamiento es una institución popular, representativa de las familias de los municipios, y a su vez un organismo de deliberación. Este gobierna los límites geográficos asignados, bajo un estatuto legal que lo faculta para el ejercicio de una serie de actividades políticas y administrativas tendente a darle seguridad, organización, orden y desarrollo a su demarcación, al igual que el gobierno central lo hace a nivel nacional.
Un municipio es una demarcación geográfica formada por familias y de limitado territorio en el seno del Estado, que legalmente constituye una persona jurídica con patrimonio y autonomía propio y con ingresos para realizar todos los actos útiles para el cumplimiento de sus fines, que con entre otros, ordenar, reglamentar y resolver cuando es necesario o conveniente para proveer las necesidades de la comunidad que representa y proporcionarle bienestar, prosperidad y cultura.
El Distrito Nacional y los municipios están regidos por un gobierno económico-político llamado Ayuntamiento, Cabildo, Consejo o Cuerpo Edilicio. De conformidad con el Art.82 de la Constitución de la República, el gobierno de los municipios esta a cargo de los Ayuntamientos, cuyos regidores así como sus suplentes en él número determinado por la ley en proporción a su población, que en ningún caso debe ser menos de cinco mil habitantes, son elegidos al igual que los síndicos municipales y sus suplentes por el pueblo de los municipios respectivos por cuatro año.
Asimismo el Art.85 de la Ley de la Constitución dice: “Tanto en la Formulación como en la ejecución de sus presupuestos, los Ayuntamientos están obligados a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada clase de atenciones y servicios. Los Ayuntamientos podrán, con la aprobación que la ley requiera, establecer arbitrios, siempre que estos no coincidan con los impuestos nacionales, con el comercio Inter.-municipal o de exportación, ni con la Constitución o las leyes.
Los municipios y Juntas de Distritos Municipales se hallan regulados por leyes especificas que definen y delimitan sus roles y funciones como entes
sociales de primer orden que deben estar al servicio de las comunidades”.
Entre las Leyes fundamentales que regulan el funcionamiento de los Ayuntamientos podemos mencionar las siguientes:
• Ley No.3455 de Organización Municipal del 21/12/52, que determina la formación, funcionamiento y atribuciones que rigen los Ayuntamientos y de sus funcionarios.
• Ley No.5622 sobre autonomía Municipal es la que les da facultad a los Ayuntamientos de operar como verdaderos gobiernos locales.
• Ley No.17-97, que destina a favor de todos los Ayuntamientos el cuatro por ciento (4%) del monto de la Ley de gastos públicos, correspondiente a los ingresos de orden interno (Ver anexo No. 2).
Las leyes municipales de carácter complementario son:
• Ley 673, sobre revisión presupuesto de los ayuntamientos
• Ley 273, modifica el Art.46, de la Ley No.3455, sobre Organización Municipal. Esta ley eleva de dos a tres los vocales de las Juntas de Distritos Municipales.
• Ley 3456, trata exclusivamente sobre la organización del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
4.1 -CONTABILIDAD MUNICIPAL
“Es un sistema de información orientado a la toma de decisiones, que sujeto a disposiciones legales muy especificas, trata sobre la clasificación, registro e informe de las operaciones monetarias efectuadas por los Ayuntamientos con otros entes económicos.
La contabilidad municipal se caracteriza por ser una herramienta administrativa que debe ayudar al fomento de la correcta aplicación de los recursos financieros captados por las autoridades y funcionarios municipales en el desempeño de sus obligaciones. Estos recursos deben estar orientados al cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollo consignados en los planes, programas y presupuestos municipales.
4.2. -AUDITORIA MUNICIPAL
Es el examen objetivo, sistemático, independiente, constructivo y selectivo de evidencias de las operaciones financieras y/o administrativas efectuadas con posterioridad a la Gestión Municipal, con el objeto de determinar la razonabilidad de la información financiera. Se caracteriza por:
• Objetividad, en la medida en que se considera que el auditor debe mantener una actitud mental independiente, respecto de las actividades a examinar en el ayuntamiento.
• Sistemática y profesional, por cuanto responde a un proceso debidamente planeado y porque es desarrollada por contadores públicos y otros profesionales idóneos y expertos, sujetos a Normas Profesionales y al código de Ética Profesional.
• Concluye con la emisión de un informe escrito, en cuyo contenido se presentan los resultados del examen realizado, incluyendo observaciones, conclusiones y recomendaciones.
4.2.1. CARACTERISTICAS
• Opinar sobre si los estados financieros del ayuntamiento presentan razonablemente la situación económica y los resultados de sus operaciones de conformidad con las normas legales vigentes.
• Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentos que rigen los Ayuntamientos.
• Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación a los recursos asignados y al cumplimiento de planes y programas aprobados al ayuntamiento.
• Determinar la razonabilidad de la información financiera.
• Recomendar medidas para promover mejoras en la Gestión Municipal.
• Fortalecer el sistema de control interno del Ayuntamiento Auditado.
• Establecer si el Ayuntamiento ha establecido un sistema adecuado de evaluación para elaborar informaciones y monitorear su ejecución presupuestaria.
Importancia de la Auditoría Municipal
La asignación de recursos a los Ayuntamientos por parte del Gobierno Central como Consecuencia de la aplicación de la Ley No.17-97 (subsidio ordinario del estado), estable el 4% de los ingresos fiscales a favor de los gobiernos locales. Dada la magnitud de dichos recursos se requiere que los mismos sean administrados juiciosa y racionalmente, de forma tal, que se garantice a la población el desarrollo equilibrado e integral de las distintas comunidades que se hallan diseminadas por toda la geografía nacional.
Por tal motivo es importante para la sociedad dominicana contar con suficientes recursos económicos y técnicos para realizar Auditorías Municipales en los Ayuntamientos del país.
Tales auditoría deberá contribuir a establecer un clima en el ámbito de la administración municipal que este firmemente fundamentado en los principios de transparencia y responsabilidad de la gestión.
La falta de vigilancia de controles internos efectivos sobre las actividades que despliegan cotidianamente los Ayuntamientos puede ser causa del aumento de la inequidad y la ineficiencia en la asignación de los recursos económicos por parte de estos organismos, como es natural, esta situación generalmente se traduce en un alto costo social, especialmente para aquellos segmentos de la población colocados en situación de extrema pobreza”.
4.3. PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
La auditoría forense es un examen o revisión de carácter pericial deber ser: objetivo, critico, sistemático y selectivo. La auditoría forense la podríamos resumir en procedimiento técnico legal que combina diferentes áreas:
• La investigación
• Análisis de información
• Técnicas criminalistica
• Recopilación de prueba y evidencia legales
• Declaraciones, testimonios certificados y juramentados
• Preparación y habilitación de pruebas para presentar ante la corte civil o criminal.
Auditoría es un proceso de evaluación e investigación de políticas, normas, prácticas y procedimientos e informes utilizados con el fin de emitir una opinión profesional imparcial con respecto:
• Eficiencia en el uso de los recursos.
• Validez de la información
• Efectividad de los controles establecidos.
Auditoría gubernamental se fundamenta en:
• Control de gestión administrativo gubernamental
• Distribución de los recursos y la contratación administrativa
• En revisar y fiscalizar la corrupción en la administración
• La supervisón y control del cumplimiento de los programas de gobierno.
4.3.1-EL AUDITOR O INVESTIGADOR
El objetivo del auditor es evaluar la eficiencia, eficacia y la legalidad con que esta operando, por medio del señalamiento de cursos alternativos de acción se tomen decisiones que permitan corregir los errores, en caso de que existan.
“El auditor para ejercer le cargo debe tener amplios conocimientos en el campo a auditar. Los principios y las disposiciones legales vigentes, las normas internacionales de auditoría, técnicas y procedimiento de auditoría a emplearse y experiencia en la realización de estas labores. El auditor debe estar altamente calificado para manejar la información y las técnicas de análisis, revisar el proceso de control designado por la administración, con el fin de:
• Garantizar la confiabilidad y la integridad de la información.
• El cumplimiento de las políticas y regulaciones.
• Salvaguarda los intereses económicos y la plena eficiencia de la utilización de los recursos.
• El cumplimiento de metas y desafíos en el establecimiento de sistemas operacionales de optimización administrativa.
• Tiene responsabilidad de comunicación directa con la Contraloría General de la República en casos de detección de fraudes y otro delito.
• Aplicación de la ética, su profesionalismo, experiencia ante sus propios intereses personales”.
4.3.2. AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES
La auditoría financiera se basa en razonabilidad de los valores en los estados financieros.
La auditoría de gestión mide calidad administrativa para conseguir las metas y los objetivos, mientras que la auditoría forense tiene mayor profundida, porque además de ver los dos renglones anteriores establece responsabilidad individual porque lo que su campo de investigación es más amplio.
El investigador puede ir ampliando el circulo de personas naturales y jurídicas a investigar tales como familiares, amigos, socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, etc.
Pasos forenses característicos de la revisión:
• Panorama de diseño de las pérdidas potenciales del fraude basadas en debilidades identificadas de control interno.
• Identificar equilibrio y relaciones cuestionables de las cuentas entre las cuentas, para analizar las variaciones.
• Identificar transacciones cuestionables, por ser muy altas o muy bajas, frecuentes, muy raras, pocas o muchas.
• Distinguir los errores humanos de las omisiones. Errores causados por ignorancia y errores intencionales.
• Revisar de forma cuestionables los documentos de las transacciones por ejemplos facturas, denuncias, destrucción de datos, clasificaciones irregulares de cuentas, irregularidades en secuencias de documentos (ordenes de compra, cheques, talonarios de recibos etc...), cantidad, precio, sustitución de copias por documentos originales.
• Evidencia que corroboren perdidas de activos.
• Documentos y reportes fraudes anteriores, reclamaciones de seguros entre otros.
4.3.3- INVESTIGACION FORENSE
“La investigación forense se auxilia de equipos para realizar la auditoría con un amplio nivel técnico. Mencionamos algunos de estos que pueden ser utilizados, pero en esta investigación no será posible utilizar estas herramientas ya que las instituciones estatales no poseen estos equipos, como es el caso del Ayuntamiento Municipal XX.
• Fotografía técnica forense
• Huellas dactilares
• Pruebas de caligrafía
• Videograbadora con cámara oculta selladas, con programación de tiempo y fecha.
• Audiograbación y verificación de voz.
• Rastreo de información en la memoria y archivos de los computadores.
• Recuperación de datos borrados del disco duros en los computadores.
El software ACL es utilizado como herramienta de auditoría forense en la detección de fraudes y delitos, con énfasis en el sistema bancario. “Allí es donde están interviniendo herramientas como ACL -Audit Comand Language de ACL services con matriz en Vancouver, Canadá en la ejecución de la obra.
Ellos auxilian con su programa a los contadores forense a analizar y explotar minas casi interminables de datos relacionados a un caso particular de muchos ambientes de Tecnología de Informática. ACL puede leer casi cualquier tipo de formato de banco de datos y puede exportar sus hallazgos a una variedad de sistemas, incluso a los programas del análisis ligados”
4.3.4- RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
“Si la auditoría forense es por orden Judicial, como todo proceso de investigación debe estar avalado por las autoridades competentes.
Una corte y un juez, la fiscaliza, departamento de investigación policial, instituciones autorizadas por el gobierno para investigaciones civiles o criminales y firmas de auditoría debidamente acreditadas y certificada y calificaciones del investigador.
Factores de admisibilidad de pruebas o evidencias: circunstanciales, testimoniales, documentales, físicas y técnicos periciales. Para habilitar como pruebas legales para acusación deben tener por lo menos tres de los cinco factores de admisibilidad.
Prueba legales para acusación deben cumplir con los siguientes requerimientos de ley:
• Orden del juez competente para investigar y recopilar evidencias.
• Debe ser obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación.
• No haber cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia.
• Divulgación de la información indiscreción o comentarios con personas comprometidas.
• Mala manipulación y contaminación de la evidencias, borrar información por descuido.
• No deben ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien.
• No debe obtener evidencia por un solo investigador.
• Documentar ampliamente pasos a paso los diferentes procedimientos encaminado a un objetivo.
Las investigaciones especiales requieren habilidad técnica, independencia, aspecto ético e integridad que deben tener todas las auditorías”.
4.4.- ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE.
Para la aplicación de las etapas de auditoría es importante conocer el control interno de la entidad a investigar. “No hay control interno eficiente si la organización no permite, entre otras cosas, una evolución continua del personal y si no hay voluntad de realizar los ajustes que se requieran cuando los objetivos de la organización no se estén cumpliendo o se estén logrando con derroche, sin orden, ni transparencia, sin cumplir las normas legales o los principios de eficiencia.
Hoy en día, el control interno compromete a todos lo empleados con el mejoramiento de la calidad de la gestión”.
4.4.1.- EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
En control interno abarca dos subsistemas:
• Las normas y procedimientos administrativos
• La normas y procedimientos financieros
Ambos tienen como objetivo fundamental, captar y resumir los distintos eventos financieros y administrativos. El Ayuntamiento Municipal XX carece de un sistema de control interno que permita producir informaciones económicas objetivas y precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas. Las políticas y normas administrativas de un buen control interno no tienen aplicación, siendo la improvisación y las decisiones discrecionales al común denominador.
En la evaluación del control interno se obtienen las informaciones prácticas, que puedan determinar su conveniencia y efectividad según los propósitos establecidos e identificar posibles debilidades de suficiente importancia como para justificar el examen profundo. (Ver Anexo No. 2)
Control Gubernamental
“Es un proceso efectuado por el congreso por el presidente, por los funcionarios y empleados de la administración pública, diseñado para dar una seguridad razonable del cumplimiento de los objetivo, de economisidad, eficiencia, eficacia legalidad, regularidad, exactitud, confianza y transparencia.
La estructura y los sistema de control imperantes en la República Dominicana son obsoletos, no garantizan el intereses de la sociedad y fomentan la corrupción y el desperdicios de los recursos públicos.
La materia prima del control gubernamental esta en el personal capacitado, motivado e integrado, en la integridad y en los valores éticos y morales de los dirigentes administradores, en la existencia de una adecuada estructura organizativa y un comité de vigilancia y evaluación.”
4.4.2.- PLANEACION
Debe desarrollarse cumpliendo una serie de pasos y fases en orden lógico y secuencial, de manera que sea posible realizar la auditoría eficientemente y cumplir con los objetivos de forma oportuna. Este plan tiene un propósito fundamental es determinar que cada una de las fases se deben cumplir en el transcurso de la investigación y establecer el procedimiento a seguir.
El equipos a cargo de la auditoría del Ayuntamiento Municipal XX, es muy importante entender el propósito y cada procedimiento que se adopte debe encaminar hacia ese fin.
MEMORANDUN DE PLANIFICACION DE AUDITORIA FORENSE
Antecedentes
La Contraloría General de la República Dominicana, cumpliendo con su plan de auditoría realizó una auditoría de gestión que abarco el período enero-diciembre del 1999. El informe final de esta auditoría fue concluido en 6 meses.
• Determinación del proyecto a investigar
Todas las informaciones contenidas en esta investigación son reales, por razones de seguridad se han omitido los nombres de la institución, los funcionarios públicos implicados, los suplidores, personas externas a la institución y los denunciantes.
Teniendo en cuenta que los delitos económicos tienen una actividad y período determinado, lo que plantea ventajas como facilidades en el trabajo.
Generalidades
Entidad: Ayuntamiento Municipal XX
Fecha: Enero-Diciembre 2000
Origen de la auditoría: Grupo de moradores del municipio XX
• Programa especifico de trabajo
Objetivo General de la auditoría:
Lograr evidencia suficiente competente y pertinente que tipifiquen la violación a las leyes en los siguientes casos:
• Emisión de cheques sin fondos
• Subvaluacion de ingresos propios
• Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
• Desembolsos con Soporte Insuficientes
Estos hechos tendrán la documentación soporte para ser utilizada por terceros que no conocen de sistema de operación de la entidad.
Objetivos Espeficicos:
• Cuantificar y verificar la emisión de RD$2,555,592.89 en cheques sin disponibilidad bancaría.
• Describir la omisión de los registros contables de los ingresos propios y el uso irregular del dinero no entregado a la tesorería del municipio por un monto de RD$1,498.440.00
• Cuantificar el incumpliento de impuestos sobre retenciones según La ley 11-92 modificada por la Ley 147-00 del 1ero de enero 2000, bajo la relación de funcionario y entidad equivalente a RD$102,749.52
• Determinar el monto de los desembolsos con soportes insuficientes con un valor de RD$349,900.00
• Personal
Esta Auditoría Forense requiere del servicio de 3 auditores y un supervisor. Para estos fines se designo:
1ro. Supervisor: Elsa Peña
2do. Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro. Asistente de Auditoría dos: Dihorah Valdez
4to. Asistente de Auditoría uno: Ludwig Anderson
• Fuentes de información para la investigación
Obtener mediante la aplicación de formatos datos completos y precisos sobre el hecho ocurrido y soportarlo en documentos primarios. La información que se utilizará en el proceso debe ser solicitada de forma ordenada, completa y oportuna.
La fuente de información que serán consultados en esta investigación son las siguientes:
• Identificación de las personas
• Registros y controles que se tengan establecidos
• Establecer fuentes alternas con el propósito de verificar en la cámara de comercio y otros tipos de entidades la legalidad de los suplidores y empleados.
• Solicitud de información con el uso de formatos para obtener datos completos y precisos, copia de documentos que soporten la información.
El investigador puede ampliar él circulo de personas jurídicas a investigar, tales como familiares, amigos, socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, entre otros.
Archivo y control de documentos
Se prepara un expediente con las copias de la documentación original recibida, estas deberán contener la fecha de recepción y devolución de los mismos. Además existirán dos archivos:
Permanente: Incluyen la base jurídica y las normas internas.
Corrientes: Contenido papeles de trabajo que incluyen Cedulas sumarias, analíticas y detalles con algunos documentos de soporte.
4.4.3.- ELABORACION PAPELES DE TRABAJOS
En esta Auditoría se seguirá el orden lógico de la gestión, dado por las actividades principales y las áreas criticas examinadas en profundidad, según el esquema determinado por la Contraloría General de la República:
• El índice de los papeles de trabajo se identificara con letras siguientes :
Cheques sin disponibilidad AA
Subvaluación de ingresos BB
Incumplimientos como agente de retención fiscal YY
Irregularidades en compra de materiales MM
• Marcas
** =Sumaria comprobada
* = Suma según documentado
PPI = Papel presentado por la entidad
HPT =Hoja principal de trabajo
* =Comparado con el documento original
• Presupuesto
PRESUPUESTO DE MATERIALES A UTILIZAR
CANTIDAD DESCRIPCIÓN C/UNITARIO TOTAL
20 Hojas de 12 Columnas 3.00 60.00
50 Hojas de 7 Columnas 3.00 150.00
10 Lapiz de Grapitos No. 2 2.35 23.50
3 Bolígrafos Tinta Azul 2.16 6.48
1 Goma de Borrar 10.00 10.00
2 Lápiz Encerado Color Rojo 3.00 6.00
30 Hojas 81/2 para Memorandun 1.00 30.00
2 Sacapuntas 5.00 10.00
50 Hojas Blancas 81/2 x 11 1.00 50.00
2 Rollos de Papel Sumadora 5.04 10.08
Gastos de viaje 1,200.00
Total 1,556.06
• Cronograma de actividades
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Actividades No. Auditores H /Aud. Total Horas
1) Presentación de Credenciales 4 2 8
2) Evaluación Preliminar de Control Interno 3 24 72
3) Planificación Auditoría 2 72 144
4) Elaboración Papeles de Trabajo 3 120 360
5) Elaboración de Borrador de Información con sus hallazgos 3 40 120
6) Otros 3 16 48
• Revisión y aprobación de lo papeles de trabajo
Para garantizar la calidad de la auditoría es necesario la revisión de los papeles de trabajo la supervisión asignado al equipo.
• Confidencialidad de los papeles de trabajo
La naturaleza confidencial de algunos papeles de trabajo es una condición de especial importancia debido al hecha de que su contenido revela el alcance de la auditoría y la extensión y naturaleza de las pruebas aplicadas en forma selectiva.
Esta naturaleza confidencial se mantiene durante el curso de la auditoría y de manera permanente en los archivos de la entidad auditada. Bajo ninguna circunstancia, el auditor debe divulgar el contenido de los papeles de trabajo, calificado de naturaleza confidencial.
CAPITULO V
INFORME Y APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE AL AYUNTAMIENTO MUNICPAL XX
“El Dr. Castillo, Marino Vinicio en su participación en el Congreso
del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la Rep. Dom.
(ICPARD), ante la pregunta de un asistente al panel de cuál es la
forma para combatir o detener la corrupción, contestó “…Sólo creo
en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”
5.1- INFORME FORENSE
“Las conclusiones del informe, por consiguiente, deben basarse exclusivamente en las pruebas obtenidas y unificadas de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y bajo las parámetros de la investigación legal”
El Informe Pericial
Las características que debe reunir un informe de auditoría forense son:
Presentarse por escrito y estar claramente la descripción de los hechos, objeto del peritazgo y deben distinguirse de los pronósticos o conjetura, las operaciones técnicas realizadas, los principios científicos en que se fundamenta, las conclusiones debidamente comprobadas y sustentadas que servirán al juez para valorar las pruebas.
Requisitos del informe
• La prueba debe haber sido decretada en forma legal.
• El perito debe ser una persona altamente capacitada para realizarla.
• El acto debe ser consiente, libre de coacción, violencia, dolo, cohecho o seducción.
• No debe existir norma legal que prohíba esta prueba.
El reto del proceso de auditoría consiste en permitir lograr el mejoramiento de los índices de desempeño de las entidades auditadas”.
GENERALIDADES
“Vistos los artículos No. 82, 83 y 84 de la constitución de la República, así como la ley No. 3456 del año 1952, se considera, se crea y se facultan los ayuntamientos, como una entidad política y administrativa, dotada de personalidad jurídica, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios o Mes para el cumplimiento de sus fines, en la forma y con las condiciones que la constitución y las leyes determinen, y así como vista la ley No. 5622 del mes de Septiembre de 1952 sobre su autonomía.
Los ayuntamientos funcionan administrativamente de acuerdo a lo establecido por la ley y queda constituido por un órgano legislativo (sala capitular) y un órgano ejecutivo (la sindicatura). La sala capitular, es la asamblea de regidores, cuya principal característica es la función legislativa municipal, y es además responsable del control y fiscalización en lo referente al área financiera y presupuestaria. Es en ella donde debe descansar el proceso de toma de decisiones a través de resoluciones por mayoría simple. La sindicatura, es el órgano ejecutivo del gobierno municipal y es de carácter unipersonal
Esta representado por el Síndico, que además de las responsabilidades políticas, tiene funciones administrativas, siendo el responsable y portavoz del municipio de la sociedad” En este sentido dirige y supervisa los trabajos municipales, la recaudación de las rentas, la públicación de las resoluciones y ordenanzas municipales, así como ordenar los pagos que efectué el tesorero municipal. Al mismo tiempo debe proponer y elaborar el proyecto de presupuesto anual a presentar en la asamblea”.
EVALUACION DE CONTROL INTERNO
DEBILIDADES
El Ayuntamiento Municipal XX carece de un sistema de control interno que permita producir informaciones economicas objetivas y precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas.
La evaluación del sistema de control interno fue realizada mediante entrevista según cuestionario (Anexo No. 3 ). Se tomaron en cuenta las siguientes debilidades:
Encargado de Recursos Humanos
• La estructura organizacional formal esta sustituida por una estructura informal que controla la unidad de Recursos Humanos, que maneja los servicios personales, las compras de bienes y servicios y todos los desembolsos, sin importar la naturaleza de las mismas.
• El departamento de Recursos Humanos no cumple adecuadamente con su función de agente de retención, al no efectuar correctamente las retenciones de impuestos sobre la renta a los funcionarios según la ley 11-92.
Encargados de Dirección Financiera y Tesorería
• El sistema de control interno, no tiene aplicación en las más elementales decisiones y acciones. El control financiero y administrativo es tan limitado que tiene al Ayuntamiento Municipal sumergido en una crisis de consecuencias impredecibles, con más de 2.5 millones de pesos en cheques sin fondos en poder de comerciantes y relacionados.
• Ingresos por fuentes propias (tasas, impuestos, servicios y otros) no son captados cumpliendo los requerimientos de recibo efectivo.
• El Ayuntamiento Municipal XX, carece de un plan estratégico con objetivos a mediano y largo plazo que definan los desembolsos para los tres capítulos que sobre la ley 17/97, deben ser: 30% servicios personales, 30% servicios municipales y una 40% para el programa de inversiones.
HALLAZGOS
1. Emisión de Cheques sin Fondos
Los libros presentan un saldo en rojo en las cuentas bancarias al 30 de noviembre del 2000 de RD$2,603,238.12. Los cheques emitidos sin disponibilidad bancaria son cambiados por 3 o 4 comerciantes o relacionados. Para el mes de agosto, se comprobó que existían RD$2,555,592.89, en cheque sin fondo en poder de algunos comerciantes y/o relacionados, dentro de los cuales se identificaron a los señores:
Comerciantes Montos RD$
Sr. Robert Jiméno (Padre) 1,678,430.31
Lic. Richard Jiméno (Hijo) 790,746.08
Sr. Alex Almonte 86,416.50
TOTAL 2,555,592.89
Como consecuencia de este hecho se producen varias situaciones que contribuyen a distorsionar las informaciones administrativas y financieras.
• Desconfianza a los cheques emitidos por el Ayuntamiento en la población.
• Aumento de los gastos operacionales con cargos de la entidad financiera por manejo inadecuado de la cuentas.
• Inconsistencia en los registros contables, gasto de un período que se registran y pagan en otro.
• Violación a la Ley de cheque No. 2859 de fecha 20 de julio de 1951.
• Disminución de los sueldos de los empleados y funcionarios al tener que pagar hasta el 20% del salario para cambiar sus cheques.
Para que este hecho ocurriera fue realizado bajo la responsabilidad del Síndico, Tesorero y las tres personas involucradas en el proceso de cambio de los cheques. Este acto viola la Ley No. 2859, del 30 de abril de 1951 modificada por la ley 62-2000 del 3 de agosto del 2000, en los Artículos 40,44,45,46, 66 y Art. 405 del Código Penal.(Ver Anexo No. 4 )
Acción Propuesta #1
• El Sindico Municipal, debe proceder de inmediato a retirar esos cheques sin fondos y realizar acuerdos de pago con los poseedores, previo al conocimiento y aprobación de la Sala Capitular.
• El Sindico Municipal, que esa práctica no vuelva a repetirse por ser violatoria a las leyes: civiles y penales contribuyendo al deterioro de la imagen pública que debe tener la principal entidad de los municipios.
• Proceder legalmente contra el Sindico Municipal y Tesorero según lo establece la Ley de cheques No. 2859, del 30 de Abril de 1951.
2. Subvaluación de ingresos propios
El Ayuntamiento Municipal XX tiene dos fuentes de fondos:
Fuentes Internas
Fuentes Externas Ley 17-97
Los ingresos por fuentes propias, se obtienen con poco o ningún control, los inspectores, cobradores de arbitrio (tasa, impuestos, servicios y otros) captan recursos en las calles y retienen lo cobrado por dos y tres días y luego entregan por caja a la tesorería, sin determinar si el monto entregado es correcto. Un buen sistema de control interno obliga a que todos los cobros por arbitrio tengan que ser depositados todos los días íntegramente en las cuentas corrientes correspondientes.
Como consecuencia de la falta de control en el cobro de los arbitrio, se observa el comportamiento en tres grupos de fuentes internas.
Rubros S/ ENTIDAD S/ AUDITORÍA DIFERENCIA
Mercado y Hospedaje 141,096.00 1,139,400.00 998,304.00
Vallas y Letreros 93,470.00 336,000.00 242,530.00
Cementerio 18,000.00 23,040.00 5,040.00
TOTAL 252,566.00 1,498,440.00 1,245,874.00
Este hecho es penal con implicación civil porque pone en riesgos el patrimonio de los implicados, estos deben proceder a devolver el faltante. Notificar al Procurador General de la República mediante comunicación y anexarle el infome de auditoría.
Acción Propuesta #2
• Establecer un sistema de control interno sobre los ingresos propios, que permita con ayuda tecnológica una supervisión individual sobre cada contribuyente y un control sobre lo ingreso que recauda cada inspector, asignándole área fija con rotación periódica, cada inspector-cobrador debe tener talonarios pre-numerados diariamente en la tesorería, los cuales deben coincidir con las copias de los recibos en secuencias y a su cuadre.
• Las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) trazan las pautas de reconocimientos de los ingresos y gastos, con le propósito de lograr un adecuado apareamiento dentro de estos elementos básicos. Las normas dejan bien claro que se reconocen los ingresos en le momento en que estos ocurren. Esto se encuentra establecido en los párrafos 18, 19, 21, 22 de la NIC's No. 18 (Ver Anexo 5)
3.- Incumplimiento a las Leyes Sobre Impuestos
Las entidades públicas y privadas son agente de retención de la Dirección General de Impuestos Internos, la Ley 11-92 (Modificado por 147-00 del 1 Enero 2000) exceptúa de pago de impuestos a los empleados que devengan un salario de hasta $8,566.00, se observa que a los funcionarios y empleados con salario que tienen renta imponible no se hace la debida retenciones, como son:
NOMBRES Y
APELLIDOS PUESTO SUELDO DIETA TOTAL RD$ IMPUESTO A PAGAR S/LEY 11-92
Victorino Florentino Sindico 30,000.00 6,000.00 36,000.00 5,930.93
Primero Fermín Vicesindico 18,000.00 - 18,000.00 1,601.31
Hernan Rosado Enc. Pers. 11,000.00 - 11,000.00 365.10
Maria Almeida Tesorera 11,500.00 1,500.00 13,000.00 665.10
TOTAL 70,000.00 7,500.00 78,000.00 8,562.46
La deuda del año 2000 asciende a 8,562.46 X 12 = 102,749.52
El incumplimiento de la Ley 11-92 Según Capitulo II, Artículos 8, 11 y Acápite IV Articulo 26 y 27 implica sanciones económicas extraordinarias por multas, moras, recargos, y otros, tanto a la entidad que debe hacer las retenciones, como al contribuyente directo, colocándolo a riesgo de sanciones al Ayuntamiento Municipal XX. (Ver Anexo No. 6)
Acción Propuesta #3
• El Sindico Municipal, al Encargado de Personal y Encargado de Tesorería que se inicien las deducciones de impuestos a los empleados que deben pagar según la Tabla de Retención Mensual.
• Que se establezca un plan con los montos atrasados con la Dirección General de Impuestos Internos local, a fin de ponerse al día con las deudas correspondientes. Se procederá a enviar una comunicación a la Dirección General de Impuestos Internos informándoles las irregularidades en el proceso de retención. Ver Capitulo II, Art. 11 de la misma Ley y Art 309 (Ver Anexo No. 7).
4.- Desembolso con Soportes Insuficientes
Al verificar las facturas sin número por compra de materiales, se observa que existen distintos suplidores con la misma letra y formato de factura, en la mayoría ilegible y sin especificaciones de quien y en que lugar fue recibido.
Fecha Beneficiario Valor Concepto
03-7-00 Ferretería Cocodrilo 124,000.00 Tirado Materiales
31-07-00 Ferretería Aventura 165,900.00 Tirado Materiales
31-07-00 Ferretería El Progreso 60,000.00 Tirado Materiales
Total 349,900.00
Las normas de control internos, requieren que las compras y recibos de bienes adquiridos deben tener como soporte cotizaciones, orden de compras, facturas y otros documentos auténticos, que garanticen un desembolso basado en evidencias que respondan a la materialidad del evento económico.
Esta modalidad de pago genera duda sobre autenticidad de las operaciones, ya que la misma carece de espeficaciones verificables.
Acción Propuesta #4
• El Sindico y a la Tesorera Municipal, que cada desembolso realizado debe cumplir con la documentación soporte original y aprobatorio de la autenticidad de la operación económica que origino el pago, garantizando que los intereses del cabildo estén preservados.
• La violación a estas normas y procedimientos de control interno, contribuyen a crear las condiciones de fraude individual o en cadena en contra de los bienes de la municipalidad.
• Formular y aplicar un manual de procedimiento administrativo y contable sobre la base de una estructura organizacional que pueda aplicar los cambios necesarios par alcanzar un sistema de control interno adecuado.
4.2.-APORTES
La Auditoría, ha venido desarrollándose en distintos campos lo que ha permitido identificar mejores prácticas de auditoría gubernamental, que contribuyen a mejorar el desenvolvimiento del auditor, como es el caso de la Auditoría Forense.
A diferencia de otras Auditorías utilizadas en el sector gubernamental, que se encargan de revisar si las operaciones de la entidad auditada están acorde con los objetivos de las mismas y si los estados presentan razonablemente las informaciones financiera, esto es de suma importancia ya que existen muchos sectores de riesgos que deben ser controlados en las instituciones, para lo cual la auditoría gubernamental promueve recomendaciones para la creación o aplicación de procedimientos que ayuden con el control administrativo, de esta forma corregir su planificación y alcanzar los objetivos.
La auditoría forense en cambio identifica los responsables de cada acción y comunica a las entidades competentes las violaciones encontradas. Como reflejo de esta actividad se obtiene un valor agregado, en los siguientes aspectos, según la auditoría aplicada al Ayuntamiento Municipal XX.
• En la lucha contra la corrupción
En los problemas de corrupción también se infringe la ley, se debe evitar que los culpables del actos queden impune, es importante facilitar los medios técnicos válidos que faciliten a las justicia actuar con mayor certeza.
• Valor agregados para los procesos operativos
Esto se refiere al aspecto de aplicación legal, si los problemas no son evaluados convenientemente, los efectos son los mismos, y no es posible alcanzar la eficiencia sin acciones coordinadas a desaparecer la falta de un adecuados sistemas de controles internos.
• Transparencia en las operaciones
Partiendo de los actos de corrupción, la falta de aplicación de la justicia, con sus efectos muy visible que afectan a la población, que se ve limitada en los servicios que requiere. Al mejorar la práctica de la auditoría gubernamental se puede optimizar la gestión administrativa.
• Credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas.
Que los funcionarios corruptos sean castigados, exigiéndoles rendiciones de cuentas ante una autoridad superior, de los fondos y bienes del Estado que se encuentran a su cargo. Si es mejorada la administración pública más personal capacitado y honesto desearan optar por estos cargos. Por tal razón se debe acelerar el proceso de aplicación de reforma al Estado en especial a los ayuntamientos.
CONCLUSION
La auditoría gubernamental ha planteado muchas prácticas con resultados positivos para quienes la ejecutaron, sin embargo tomando como base las condiciones y necesidades del sector público, se puede concluir que la auditoría forense, como un apoyo técnico para la auditoría gubernamental es más eficaz en la preservación del patrimonio del Estado, en esencia, la práctica que podría dar las mejores oportunidades para un aporte más positivo en materia de mejorar la administración pública.
La problemática que enfrentan los países con la corrupción en el Estado, el aumento de la pobreza, la falta de obras de infraestructura etc. Son razones de suficiente peso para que los sistemas obsoletos que no permiten disponer de mejores controles en la administración del Estado sean corregidos, a través de programas de modernización, para mejorar la revisión del manejo de los recursos estatales.
Ante las suposiciones de actos fraudulentos es necesaria una participación más efectiva de la auditoría gubernamental, por esto surge la Auditoría Forense que viene a fortalecer las instituciones públicas, al procurar disuadir las prácticas deshonestas promoviendo la responsabilidad y la transparencia fiscal.
En el desarrollo de la parte práctica de esta investigación, se aplicaron las etapas de la auditoría forense a una institución descentralizada del Estado, el Ayuntamiento XX, revisando algunas de las áreas que componen la administración municipal como son: Recursos Humanos, Dirección Financiera y Tesorería. En estas áreas fueron encontrados los siguientes hallazgos: emisión de cheques sin fondos, subvaluacion de ingresos propios, incumplimiento a las leyes sobre retenciones de impuestos y desembolsos con Soporte Insuficientes.
El informe y conceptos finales fueron elaborados acorde a la normativa de auditoría, emitiendo una opinión sobre las operaciones del Ayuntamiento XX de forma clara, concreta y recomendando acciones. El limite del informe esta en la definición de qué no debe decirse, por ser una entidad estatal, para evitar posibles conflictos legales a los sustentantes de esta investigación.
La corrupción siempre ha estado favorecida por la impunidad, por esto ha sido imposible detenerla, ocupar un cargos público es oportunidad de enriquecerse de manera fácil. En estos casos la aplicación de la justicia se encuentra muy cuestionadas, ya que un individuo común es juzgado, pero si se trata de un político o ciudadano acaudalado, el proceso queda en suspenso y nunca se termina de condenar a los culpables. Este aspecto es de mucha trascendencia ya que los logros de la auditoría forense dependerá de la credibilidad de las instituciones que deben concluir el proceso.
Los oportes más significativos de la autoría Forense encontrados en esta investigacion son: la lucha contra la corrupción, valor agregados para los proceso operativos, transparencia en las operaciones credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas.
La Contraloría General de la República como organismo superior de auditoría y control es quien debe ejercer esta auditoría, en los casos que necesiten pruebas para la aplicación de la justicia. Estos informes con sus evidencias legales deben ser enviados a la Procuraduría General de La República, para que esta a su vez la remita al Procurador Fiscal correspondiente.
El combate de la corrupción no es un aspecto aislado, ni responsabilidad de unos pocos, por esto deben plantearse programas nacionales de lucha contra la corrupción y comisiones de investigación. La experiencia colombiana respecto a la auditoría forense fue la creación de un instituto descentralizado con personal técnico altamente capacitado, logrando disminuir considerablemente los niveles de corrupción.
La creación de estas instituciones debe estar compuestas por técnicos especializados en distintas ramas del conocimiento como auditores, abogados, policía judicial entre otros, que puedan realizar investigaciones, análisis de informaciones, técnicas criminalisticas, recopilación de pruebas y evidencia legales, declaraciones, testimonios certificados y juramentados, con estas informaciones preparar y habilitar pruebas para presentar ante la corte civil o penal estas herramientas de fiscalización aportadas por auditoría forense para disminuir la corrupción.
BIBLIOGRAFIA
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Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas Internacionales de Auditoría (NIA's). México: 4ta. Edición 1997
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Méndez A. Carlos E. Metodología . Colombia, Bogota: 2da Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1995.
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República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA), Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, 221p.
República Dominicana, Contraloría General de la República. Aspectos Básicos de la Contabilidad y Auditoría Municipal, Santo Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000. 13-17 p.
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. 195p.
República Dominicana, Dirección General de Impuestos Internos. Codigo Tributario de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2000 4-7p.
Silei Gaton, Jose A. Instituciones de Derecho Público. Santo Domingo: Editora Centenario.1999 565.p
Soriano Guzmán, Genaro. “Control Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), 6p.
Waldis Taveras. Legislación Municipal de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 1997
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. 9p.
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http://www.respondanet.com/spanish/admin.financiera/auditoría/smithp1/repdomin/do05.pdt
http://www.respondanet.com/RD/actuales/gobierno/plan_nacional.pdf
www.google.com
www.yahoo.com
ANEXO
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO
GENERALIDADES
1. Nombre de la empresa
2. Domicilio y teléfono, planta y oficinas
3. Nombre de los principales funcionarios
y el nombre especifico a quien debamos
dirigir nuestro propuesta
4. Objetivo del Ayuntamiento
5. Capital Social, numero de acciones, valor nominal,
clases de las mismas
6. Fecha de terminación de su ejercicio social.
7. Numero de:
I.M.S.S.
Registro estatal ( En su caso )
8. Nombres de los principales Regidores
9. Créditos bancarios o de cualquier otra
índole que haya obtenido durante los
últimos 3 anos
10.¿Qué relaciones ha tenido la institución
con otros despachos de contadores
Públicos? Indicar clase de servicio ha
recibido y de que despacho o
contador público
11. ¿Existe realmente una división adecuada de las
atribuciones de mando y responsabilidades? ¿Esta
de definida claramente por medio de graficas
manuales, etc.?
12. ¿Existe un sistema de autorización y
procedimiento de registro que
garantice un control razonable del
activo, el pasivo, los ingresos y los
desembolsos?
13. ¿Son aparentemente adecuados los
métodos el registro, ya sean
electrónicos, mecánicos o manuales
15. ¿Es en general competente el personal de la
empresa y da la impresión de comprender el
cumplimiento de las practicas y políticas
establecidas.
16. ¿Se dispone de auditores internos? ¿Al menos
empleados responsables revisan la observancia los
procedimientos y políticas; funcionarios
independientes de quienes daban aplicar dichos
procedimientos
Contabilidad
17. Listar libros de contabilidad en uso, verificar
que se encuentren autorizados.
18. ¿Existe un catalogo de cuentas en uso?
19. ¿Existe un sistema definido de costos?
20. En caso de ser afirmativa la pregunta anterior,
señala brevemente de que clase de sistema se
trata.
21. ¿ Se Concilian los auxiliares contra las cuentas
de mayor?
22. ¿Se preparan relaciones analíticas de los
auxiliares.
23. Indicar que equipo de cómputo utiliza. ¿Cuál
es el sistema de contabilidad y sus principales
características
24. ¿Cómo esta integrado el personal de
contabilidad?
25. Obtener del personal del departamento de
contabilidad y otro que intervenga en el
registro de las operaciones de la empresa, un
detalle de las labores que realizan y formas que
usan
26. Lista de las cuentas de bancos que maneja la
compañía y su uso
27. Señalar, aproximadamente, movimientos
mensuales de :
• Cheques
• Pólizas de diario
• Póliza de ingresos
• Facturas
• Vales de entrada de almacén
• Vales de Salida de almacén
• Facturas de proveedores o remisiones
• Nota de crédito
• Pedidos por Compras
28. Señalar numero aproximado de :
• Cuentas de Clientes
• Cuentas de documentos por Cobrar
• Otras cuentas por cobrar
29. ¿Existe un adecuado control sobre
acumulaciones para efectos del I.S.R.
productos del trabajo
Situación actual de:
A. CONTABLE
30. Fecha de sus últimos estados
financieros
Situación actual
Diario
Mayor
Actas
Registro de la cuenta de Utilidad Fiscal
Neta
Registro de aumentos y disminuciones
De Capital (En su caso)
31. Señalar fecha de:
• Ultimas conciliaciones Bancarias
• Ultimo recuento físico de mercancías
• Ultimo recuento físico de activos fijos
• Ultimas conciliaciones con sus
Principales cuentas de clientes y
Proveedores
B. FISCAL
32. Señalar las fechas de presentación de las
ultimas declaraciones de impuesto:
a) Retenciones del ISR
PARA SER CONTESTADO POR EL ENCARGADO DE LA INVESTIGACIÓN
Opinión sobre la situación contable y administrativa: La entidad carece de un sistema de controles internos tanto financiero como administrativo.
Problemas importantes observados: más de 2 Millones de Cheques sin fondos, ingresos propios no registrados, compras de materiales sin documentos, incumplimientos fiscal.
¿Qué servicios profesionales son convenientes para el ayuntamiento? Controlar los servicios de un técnico en organización y método que pueda formular un proyecto de Sistema de Control Interno y de la estructura organizacional.
Señor
Sindico Municipal
Ayuntamiento Municipal XX
Presentamos a usted, los auditores que realizarán un proceso de fiscalización, atendiendo denuncias de irregularidades de un comité de Ciudadanos del municipio XX.
Esta Auditoría Forense se concentrará en 4 áreas fundamentales:
Emisión de cheques sin fondos
Subvaluación de ingresos propios
Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
Desembolsos con Soporte Insuficientes
Estos auditores son:
1ro. Supervisor: Elsa Peña
2do. Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro. Asistente de Auditoría dos: Dihorah Valdez
4to. Asistente de Auditoría uno: Ludwig Anderson
Atentamente,
Director de Auditores
Contraloría General de la República Dominicana
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: ed. Servicios Gráficos Integrados, 1987. p.195
2 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, P.223.
3 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA), Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, p.215
4 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, , Op. Cit.215 (Citada 2da. Vez)
5 Cashin, James A.; Newirth, Paul D.; Levy John S. Enciclopedia de Auditoría. España: Editora Océano Centrum, 2000 p.120
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999.p. 9
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. p.195.
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.10
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.7 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, p.217
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
htpp:www.respondanet.com/RD/actuales/ gobierno/plan_nacional.pdf CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
http://www.respondanet.com/spanish/admin.financiera/auditoría/smithp1/repdomin/do05.pdt CRF
http://www.contraloria.gov.do/ CRF
Silei Gaton, Jose A. Instituciones de Derecho Público. Santo Domingo: Editora Centenario.1999 p.565 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República. Aspectos Básicos de la Contabilidad y Auditoría Municipal, Santo Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000. p.13-17 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, p.226 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.241.
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243
Cepeda Alfonso, Gustavo. Auditoría y Control Interno. Santo Domingo, Editora Corripio C. Por A. 1997. p.7
Soriano Guzmán, Genaro. “Control Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), p.6 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de
Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, p.223 CRF
Waldis Taveras. Legislación Municipal de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 1997 CRF
La Auditoria Forense Como un Nuevo Proceso de Fiscalización, Control e Investigación Contra la Corrupción en el Sector Gubernamental. Caso: Ayuntamiento Municipal XX Año 2000.
jueves 16 de octubre de 2008
Administración Pública. Procesos de fiscalización. Control e investigación. Corrupción gubernamental. Fiscalización del Estado
miércoles 25 de junio de 2008
Resolución de la OLACEFS del 09 de junio de 2005 Auditoría Forense como herramienta de EFS en la lucha contra la corrupción
ORGANIZACIÓN LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES, OLACEFS
XV ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA OLACEFS,
San Salvador, República de El Salvador
9 de junio de 2005
Resolución 01-2005-AG
Aprobar las conclusiones y recomendaciones contenidas en los informes de relatoría, relativos al Tema Técnico I “Perspectivas de Avance en el Área de Auditoria Ambiental”
Tema Técnico II “Criterios para la Evaluación Estratégica de Gestión de las Entidades Fiscalizadoras Superiores”.
Tema Técnico III “Auditoría Forense” Herramienta de las EFS en la Lucha Contra la Corrupción
Tema Técnico IV “Desafíos de las Entidades Fiscalizadoras, en el Marco del Desarrollo Vertiginoso de las Tecnologías”.
ANTECEDENTE:
TEMA 3
LA AUDITORIA FORENSE, HERRAMIENTA DE LAS EFS
EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.
INFORME DE RELATORIA
En la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco, reunida la décima quinta Asamblea General de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores. (OLACEFS) a efecto de aprobar las conclusiones y recomendaciones relativas al Tema 3 "La Auditoría Forense, Herramienta de las EFS en la Lucha Contra la Corrupción", presentado por la Comisión Técnica Especial de Ética Pública, Probidad Administrativa y Transparencia (CEPAT)". Actuaron en el Comité Técnico del Tema la Contraloría General de la República de Ecuador en calidad de Presidente, la Contraloría General de Bolivia en carácter de Moderador y la Corte de Cuentas de la República de El Salvador como Relator. Las presentes conclusiones y recomendaciones son producto de los aportes presentados por las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) tanto a través de las colaboraciones nacionales recibidas, como de las deliberaciones efectuadas en torno a la ponencia base y las sugerencias vertidas por diversas EFS, a quienes se agradece su activa participación; llegando así la Asamblea a las siguientes conclusiones
1) Se coincidió en:
1.1) Las EFS, los ministerios públicos y los órganos judiciales, dentro de sus respectivas competencias, complementen sus acciones de control, investigación y juzgamiento de los delitos que afecten a los recursos y bienes públicos, a fin de evitar su impunidad y asegurar su sanción. Por lo que es necesario que exista una alianza estratégica que cuente con el respaldo a nivel internacional suficiente y la fuerza necesaria para llevar adelante con efectividad entre otros, los procesos de extradición de quienes incurran en actos de fraude o corrupción en contra del Estado.
1.2) Las EFS deben aunar esfuerzos y complementar acciones para controlar, investigar y sancionar a los responsables de los actos de fraude o corrupción en contra del Estado, previniendo el cometimiento de nuevas infracciones a fin de contribuir a que se eleve la confianza y la autoestima de la ciudadanía de los países de Región, y que se evidencien esfuerzos conjuntos a nivel internacional, tendientes a lograr administraciones públicas libres de corrupción.
1.3) La metodología propuesta por la CEPAT es aplicable a las auditorías forenses, financieras u otras que identifiquen debilidades. importantes. en los controles internos; por lo que, su contenido genera valor agregado a los procesos de fiscalización de cada EFS.
1.4) Para el ejercicio de la auditoría forense es de primordial importancia la capacitación apropiada de los auditores.
2) La auditoría forense es necesaria para la prevención de los riegos importantes, que más tarde serían extemporáneos y muy perjudiciales para los intereses de la institución.
3) La auditoría forense dentro de sus acciones de prevención y disuasión, no es la única herramienta para combatir y erradicar la corrupción, pero sí constituye, con toda seguridad, una técnica que puede entregar un aporte muy valioso que permita a las entidades fiscalizadoras superiores, luchar más efectivamente contra ese fenómeno, coordinadamente con el ministerio público y los órganos judiciales.
4) Como producto del debate, dicha ponencia se enriqueció con las siguientes participaciones:
4.6) Los países requieren de aspectos prácticos que les permitan un mejor quehacer en sus auditorías, aprovechando los avances tecnológicos en el ámbito de la administración y el control. En ese contexto, las auditorías deben procurar un enfoque metodológico uniforme y único, que debidamente coordinado permita satisfacer diferentes requerimientos de control; es decir, que una gerenciación adecuada de la auditoría, permita tomar decisiones prácticas orientadas a. ámbitos muy distintos en aspectos. financieros, de fiscalización pura, operativos u otros. Así por ejemplo, un gerente de auditoría sobre la base de mapas de riesgos o auditorías financieras puede encontrarse frente a debilidades significativas de control. interno, situación que implica por una parte decidir postergaciones de validaciones financieras y por otra ahondar en focos de interés de fiscalización.
4.7) El contenido de la auditoría forense es un aporte importante a la conceptualización del control fiscal, ya que es una herramienta avanzada en la lucha contra el fraude y contra la corrupción. Frente a la opinión pública, este es uno de los retos más importantes para las EFS.
4.8) En la auditoría forense, se encuentran fraudes que son evidentes, por tanto, debe advertirse a la administración pública sobre dichos fraudes para que se adopten correctivos y que no se sigan dando en el futuro.
4.9) Los exámenes especiales son inmediatos para poder intervenir y poder realizar las acciones de control, pertinentes a las irregularidades encontradas en el proceso de cualquier auditoría.
4.10) Lo importante es combatir las prácticas corruptas de manera frontal, haciéndose acompañar por las demás entidades responsables del combate de la corrupción.
4.11) La auditoría financiera se enfoca a los procesos y la auditoría forense a las personas. En la auditoría forense, es necesario buscar evidencias' públicas fuera del- ente auditado, sobre antecedentes importantes de personas vinculadas a los funcionarios o empleados las instituciones fiscalizadas.
4.12) La auditoría forense debe dar informes rápidos, que generan valor cuando se sanciona a personas que han estado relacionadas con fraudes o corrupción.
4.13) En la auditoría forense, se aborda tres factores críticos para lograr los objetivos de una investigación: la denuncia, la obtención y evaluación de las evidencias y la sanción del acto de corrupción. Hay que romper el paradigma de la auditoría tradicional.
En tal sentido, la XV Asamblea General de la OLACEFS. Recomienda:
3) Apoyar la participación en el seminario internacional" de lucha contra la corrupción, a celebrarse en Bogotá, Colombia, en julio del 2006. Como actividad preparatoria. para la realización del seminario internacional, se ha previsto un seminario taller de discusión técnica a realizarse en octubre del 2005 en dicha ciudad.
4) Crear una unidad específica dentro de las entidades fiscalizadoras superiores, con personal especializado en auditoría forense, encargada de efectuar las investigaciones de ilícitos significativos, derivados de denuncias o hallazgos resultantes de las actividades de control implementadas por las EFS y/o por las unidades de auditoría interna.
5) Proceder al fortalecimiento y evaluación permanente de los sistemas de control interno.
6) Impulsar la aprobación de leyes, reglamentos, regulaciones y políticas, que constituyan el marco normativo referencial para la efectiva acción de la auditoría forense.
7) Expedir códigos de ética, difundir su existencia y monitorear su acatamiento
8) Capacitar al auditor forense en la aplicación del marco referencial de esa auditoría.
9) Respaldar y brindar protección legal e institucional a los auditores forenses, en todas las etapas de la auditoría forense, especialmente en el trámite de las denuncias ante los órganos competentes del ministerio público y de la función judicial.
10) Promover a nivel latinoamericano y del caribe, el uso práctico de sistemas de gestión de auditoría con enfoques metodológicos uniformes, que permitan satisfacer múltiples requerimientos de control.
11) Que cada EFS con base a su normativa legal y técnica, desarrolle los procedimientos de auditoría, considerando la metodología presentada por la CEPAT a efecto de disminuir el fraude y corrupción mediante la aplicación de acciones disuasivas.
12) Para desarrollar de forma complementaria los procedimientos planteamos en la ponencia base, las EFS deben contar con independencia administrativa y financiera, para el desarrollo de su gestión; como consecuencia los funcionarios, deben gozar de estabilidad en sus cargos, autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones.
13) Para el combate del fraude y la corrupción, las EFS debemos trabajar en coordinación con el ministerio público, el órgano judicial y otras entidades, dependiendo de la realidad de cada país.
14) La CEPAT debe profundizar sobre el tema, de manera que los términos utilizados se puedan definir en el glosario que deba utilizar la OLACEFS para el área de la auditoría forense.
15) Las EFS deberán efectuar evaluaciones a fin de definir el personal idóneo para realizar la auditoría, estructurando equipos multidisciplinarios, por la diversidad de actividades que se realizan en la administración pública.
16) Las entidades fiscalizadas por cada EFS deben elaborar un plan de prevención contra el fraude y la corrupción, donde la entidad hace una identificación de los riesgos potenciales que tiene para el tipo "de trabajo que realiza, prepara y proyecta las medidas para contrarrestar esos riesgos potenciales. Las EFS deben dar seguimiento a los planes elaborados por cada entidad fiscalizada.
XV ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA OLACEFS,
San Salvador, República de El Salvador
9 de junio de 2005
Resolución 01-2005-AG
Aprobar las conclusiones y recomendaciones contenidas en los informes de relatoría, relativos al Tema Técnico I “Perspectivas de Avance en el Área de Auditoria Ambiental”
Tema Técnico II “Criterios para la Evaluación Estratégica de Gestión de las Entidades Fiscalizadoras Superiores”.
Tema Técnico III “Auditoría Forense” Herramienta de las EFS en la Lucha Contra la Corrupción
Tema Técnico IV “Desafíos de las Entidades Fiscalizadoras, en el Marco del Desarrollo Vertiginoso de las Tecnologías”.
ANTECEDENTE:
TEMA 3
LA AUDITORIA FORENSE, HERRAMIENTA DE LAS EFS
EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.
INFORME DE RELATORIA
En la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco, reunida la décima quinta Asamblea General de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores. (OLACEFS) a efecto de aprobar las conclusiones y recomendaciones relativas al Tema 3 "La Auditoría Forense, Herramienta de las EFS en la Lucha Contra la Corrupción", presentado por la Comisión Técnica Especial de Ética Pública, Probidad Administrativa y Transparencia (CEPAT)". Actuaron en el Comité Técnico del Tema la Contraloría General de la República de Ecuador en calidad de Presidente, la Contraloría General de Bolivia en carácter de Moderador y la Corte de Cuentas de la República de El Salvador como Relator. Las presentes conclusiones y recomendaciones son producto de los aportes presentados por las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) tanto a través de las colaboraciones nacionales recibidas, como de las deliberaciones efectuadas en torno a la ponencia base y las sugerencias vertidas por diversas EFS, a quienes se agradece su activa participación; llegando así la Asamblea a las siguientes conclusiones
1) Se coincidió en:
1.1) Las EFS, los ministerios públicos y los órganos judiciales, dentro de sus respectivas competencias, complementen sus acciones de control, investigación y juzgamiento de los delitos que afecten a los recursos y bienes públicos, a fin de evitar su impunidad y asegurar su sanción. Por lo que es necesario que exista una alianza estratégica que cuente con el respaldo a nivel internacional suficiente y la fuerza necesaria para llevar adelante con efectividad entre otros, los procesos de extradición de quienes incurran en actos de fraude o corrupción en contra del Estado.
1.2) Las EFS deben aunar esfuerzos y complementar acciones para controlar, investigar y sancionar a los responsables de los actos de fraude o corrupción en contra del Estado, previniendo el cometimiento de nuevas infracciones a fin de contribuir a que se eleve la confianza y la autoestima de la ciudadanía de los países de Región, y que se evidencien esfuerzos conjuntos a nivel internacional, tendientes a lograr administraciones públicas libres de corrupción.
1.3) La metodología propuesta por la CEPAT es aplicable a las auditorías forenses, financieras u otras que identifiquen debilidades. importantes. en los controles internos; por lo que, su contenido genera valor agregado a los procesos de fiscalización de cada EFS.
1.4) Para el ejercicio de la auditoría forense es de primordial importancia la capacitación apropiada de los auditores.
2) La auditoría forense es necesaria para la prevención de los riegos importantes, que más tarde serían extemporáneos y muy perjudiciales para los intereses de la institución.
3) La auditoría forense dentro de sus acciones de prevención y disuasión, no es la única herramienta para combatir y erradicar la corrupción, pero sí constituye, con toda seguridad, una técnica que puede entregar un aporte muy valioso que permita a las entidades fiscalizadoras superiores, luchar más efectivamente contra ese fenómeno, coordinadamente con el ministerio público y los órganos judiciales.
4) Como producto del debate, dicha ponencia se enriqueció con las siguientes participaciones:
4.6) Los países requieren de aspectos prácticos que les permitan un mejor quehacer en sus auditorías, aprovechando los avances tecnológicos en el ámbito de la administración y el control. En ese contexto, las auditorías deben procurar un enfoque metodológico uniforme y único, que debidamente coordinado permita satisfacer diferentes requerimientos de control; es decir, que una gerenciación adecuada de la auditoría, permita tomar decisiones prácticas orientadas a. ámbitos muy distintos en aspectos. financieros, de fiscalización pura, operativos u otros. Así por ejemplo, un gerente de auditoría sobre la base de mapas de riesgos o auditorías financieras puede encontrarse frente a debilidades significativas de control. interno, situación que implica por una parte decidir postergaciones de validaciones financieras y por otra ahondar en focos de interés de fiscalización.
4.7) El contenido de la auditoría forense es un aporte importante a la conceptualización del control fiscal, ya que es una herramienta avanzada en la lucha contra el fraude y contra la corrupción. Frente a la opinión pública, este es uno de los retos más importantes para las EFS.
4.8) En la auditoría forense, se encuentran fraudes que son evidentes, por tanto, debe advertirse a la administración pública sobre dichos fraudes para que se adopten correctivos y que no se sigan dando en el futuro.
4.9) Los exámenes especiales son inmediatos para poder intervenir y poder realizar las acciones de control, pertinentes a las irregularidades encontradas en el proceso de cualquier auditoría.
4.10) Lo importante es combatir las prácticas corruptas de manera frontal, haciéndose acompañar por las demás entidades responsables del combate de la corrupción.
4.11) La auditoría financiera se enfoca a los procesos y la auditoría forense a las personas. En la auditoría forense, es necesario buscar evidencias' públicas fuera del- ente auditado, sobre antecedentes importantes de personas vinculadas a los funcionarios o empleados las instituciones fiscalizadas.
4.12) La auditoría forense debe dar informes rápidos, que generan valor cuando se sanciona a personas que han estado relacionadas con fraudes o corrupción.
4.13) En la auditoría forense, se aborda tres factores críticos para lograr los objetivos de una investigación: la denuncia, la obtención y evaluación de las evidencias y la sanción del acto de corrupción. Hay que romper el paradigma de la auditoría tradicional.
En tal sentido, la XV Asamblea General de la OLACEFS. Recomienda:
3) Apoyar la participación en el seminario internacional" de lucha contra la corrupción, a celebrarse en Bogotá, Colombia, en julio del 2006. Como actividad preparatoria. para la realización del seminario internacional, se ha previsto un seminario taller de discusión técnica a realizarse en octubre del 2005 en dicha ciudad.
4) Crear una unidad específica dentro de las entidades fiscalizadoras superiores, con personal especializado en auditoría forense, encargada de efectuar las investigaciones de ilícitos significativos, derivados de denuncias o hallazgos resultantes de las actividades de control implementadas por las EFS y/o por las unidades de auditoría interna.
5) Proceder al fortalecimiento y evaluación permanente de los sistemas de control interno.
6) Impulsar la aprobación de leyes, reglamentos, regulaciones y políticas, que constituyan el marco normativo referencial para la efectiva acción de la auditoría forense.
7) Expedir códigos de ética, difundir su existencia y monitorear su acatamiento
8) Capacitar al auditor forense en la aplicación del marco referencial de esa auditoría.
9) Respaldar y brindar protección legal e institucional a los auditores forenses, en todas las etapas de la auditoría forense, especialmente en el trámite de las denuncias ante los órganos competentes del ministerio público y de la función judicial.
10) Promover a nivel latinoamericano y del caribe, el uso práctico de sistemas de gestión de auditoría con enfoques metodológicos uniformes, que permitan satisfacer múltiples requerimientos de control.
11) Que cada EFS con base a su normativa legal y técnica, desarrolle los procedimientos de auditoría, considerando la metodología presentada por la CEPAT a efecto de disminuir el fraude y corrupción mediante la aplicación de acciones disuasivas.
12) Para desarrollar de forma complementaria los procedimientos planteamos en la ponencia base, las EFS deben contar con independencia administrativa y financiera, para el desarrollo de su gestión; como consecuencia los funcionarios, deben gozar de estabilidad en sus cargos, autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones.
13) Para el combate del fraude y la corrupción, las EFS debemos trabajar en coordinación con el ministerio público, el órgano judicial y otras entidades, dependiendo de la realidad de cada país.
14) La CEPAT debe profundizar sobre el tema, de manera que los términos utilizados se puedan definir en el glosario que deba utilizar la OLACEFS para el área de la auditoría forense.
15) Las EFS deberán efectuar evaluaciones a fin de definir el personal idóneo para realizar la auditoría, estructurando equipos multidisciplinarios, por la diversidad de actividades que se realizan en la administración pública.
16) Las entidades fiscalizadas por cada EFS deben elaborar un plan de prevención contra el fraude y la corrupción, donde la entidad hace una identificación de los riesgos potenciales que tiene para el tipo "de trabajo que realiza, prepara y proyecta las medidas para contrarrestar esos riesgos potenciales. Las EFS deben dar seguimiento a los planes elaborados por cada entidad fiscalizada.
miércoles 11 de junio de 2008
Analisis de las normas de auditoría relativas al fraude
Analisis de las normas de auditoría relativas a las consideraciones del fraude que el auditor debe hacer en una auditoría de estados financieros
C.P.C Bernardo Soto Peñafiel
b.soto@bdo-mexico.com
Socio de Auditoría en BDO-Hernández Marrón y Cía.S, .C.
Antecedentes
Como resultado de los sucesos financieros corporativos desencadenados con el caso Enron y Worldcom, y después de la declaración en los Estados Unidos de Norteamérica (USA) de la Ley Sarbanes-Oxley (julio de 2002), El Auditing Standards Board (ASB) emitió el Boletín SAS 99, Consideración del fraude en la información financiera, cuya aplicación es obligatoria para las auditorías que se lleven a cabo en cumplimiento con las normas de auditoría de EE. UU, sobre los estados financieros que inicien en o después del 15 de diciembre de 2002.
Normatividad en Mexico y Europa.
Siguiendo con la homologación de criterios contables y de auditoría que se llevan a cabo en el mundo, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., por medio de su Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría emitió el Boletin 3070, Consideraciones sobre fraude que deben hacerse en una auditoria de estados financieros, el cual entró en vigor a partir de las auditarías de estados financieros de periodos que se inicien en o después del 1º de marzo de 2004. Por otro lado, en el continente europeo la lnternational Auditing and Assurance Standards Board (IFAC),
emitió el Boletln ISA-240, La responsabilidad del auditor para considerar el fraude en una auditorla de estados financieros, el cual entró en vigor a partir de las auditorías de estados financieros de periodos que se inicien después del 15 de diciembre de 2004.
Estos nuevos boletines difundidos alrededor del mundo 4efinen las características del fraude y establecen normas, lineamientos y procedimientos que en una auditaría de estados financieros debe considerar el auditor en la detección de la existencia de algún fraude.
La responsabilidad del auditor no cambió, es la misma ya que sigue planeando, ejecutando y finalizando su examen con el objeto de obtener una seguridad razonable
de que los estados financieros están libres de errores materiales, intencionales o no, estando consciente de que en ningún examen de estados financieros se obtiene una seguridad absoluta, por lo que cabe la posibilidad de que no se lleguen a detectar errores importantes derivados de fraudes.
El auditor no debe iniciar su trabajo con el pensamiento o la sospecha de que habrá algo mal en el desarrollo de su auditoría ni debe estar predispuesto a pensar que encontrará algún fraude.
El auditor "es un perro guardián, pero no un sabueso" (Kingston Cotton MilI
CO [No 2] 1896),
Responsabilidades del auditor
Estos nuevos boletines requieren un reenfoque en el proceso normal de la auditoría como sigue (tabla 1):
Es obligatoria la discusión con todo el equipo que
Participará en el desarrollo de la auditoría.
Es necesario sensibilizarlos sobre la
Necesidad de objetividad que deben tener al
Llevar a cabo sus pruebas de auditoría, estando
Abiertos a cualquier indicio de fraude que pueden
detectar
EJECUCION
Los auditores deben diseñar sus programas de auditoría considerando la existencia del fraude, evaluando en el contexto de los resultados los errores encontrados durante el desarrollo de su trabajo.
Las autoridades deben mantener una discusión final en esta etapa
Con la administración y los responsables de la preparación de la información
Financiera y, en su caso, informarles cualquier indicio de fraude que se
Haya detectado durante la auditoría
Las responsabilidades de la entidad auditada
La ISA 240 define específicamente en un apartado las responsabilidades de la administración y de la figura de gobierno corporativo en el tema de fraude. El Boletín 3070 no es muy claro en este tema y solamente refiere algunos conceptos en los párrafos relativos a los factores de riesgo de fraude.
La ISA 240 define que el prevenir y detectar el fraude es responsabilidad primordial
de la administración y dirección de las entidades. La administración de la entidad es la responsable de implementar y mantener sistemas de contabilidad adecuados.
La administración es la responsable de diseñar programas para detectar, prevenir y minimizar la oportunidad de cometer fraude por parte de los funcionarios y/o empleados y que motive a los mismos a no cometerlos. También es responsabilidad de la administración mantener un control interno relativo a la preparación de la información financiera que sea eficiente y adecuado y que permita a la entidad el cumplimiento con requerimientos de leyes, agencias regulatorias u otros, el cual le permita a la entidad prevenir errores que se materialicen en fraude.
La administración es responsable de mantener un ambiente de control adecuado
y una política de ética, honestidad y conducta que motive a los empleados al cumplimiento de los objetivos de la entidad y que los aparte de cometer fraude.
Definición de fraude y error
Mientras que la ISA 240 define el "fraude" y el "error", el Boletín 3070 define únicamente al término fraude. La ISA 240 define el fraude y el error como sigue (tabla 2):
Se refiere a un acto intencional
Llevado a cabo por una o más personas, de la administración,
Del gobierno corporativo, de los empleados y/o de terceras personas,
Para obtener un ventaja ilegal.
Simplemente es un término legal
ERROR
Se refiere a una equivocación no intencional debido a la omisión o falta de revelación de alguna cifra en los estados financieros.
El Boletín 3070 define el fraude como sigue:
"El concepto legal de fraude es muy extenso y no es responsabilidad ni competencia del auditor el realizar determinaciones legales de cuándo un fraude ha ocurrido, por lo que el interés que el auditor debe tener sobre fraude se circunscribe específicamente al impacto que este acto tiene o puede tener en los estados financieros; por lo tanto, para propósitos de este boletín, fraude se define como distorsiones provocadas en el registro de las operaciones y en la información financiera o actos intencionales para sustraer activos (robo), u ocultar obligaciones que tienen o pueden tener un impacto significativo en los estados financieros sujetos a examen".
El mismo boletín define que cualquier error intencional detectado durante su examen debe considerarse como un fraude.
Clases de fraude
El Boletín 3070 y la ISA 240 dividen los fraudes en dos clases:
Fraudes relacionados con la información financiera. Estos son producidos por distorsiones, alteraciones o manipulaciones intencionales de las cifras presentadas o por omisiones en las cantidades o revelaciones de los estados financieros. Por lo general, este tipo de fraudes pasan desapercibidos, sin ser detectados fácilmente, y son resultado de los siguientes hechos:
• Manipulación/falsificación/alteración de registros contables.
• Alteración, distorsión u omisión intencional en las declaraciones de la administración.
• Omisión o mala aplicación intencional de principios de contabilidad.
Fraudes provenientes del robo de activos o malversaciones de fondos.
Este tipo de fraudes normalmente está acompañado de falsificación de documentos y/o de registros contables y se analiza como sigue:
• Desfalcos.
• Robo de bienes físicos, incluida la propiedad intelectual.
• Hacer que la empresa pague por bienes o servicios que no ha recibido.
• Utilización de fondos de la empresa con fines personales.
Factores de riesgo de fraude
Tanto el Boletín 3070 como la ISA 240 mencionan una serie de factores de riesgo, los cuales ocurren normalmente cuando hay algún fraude; los más comunes son los siguientes:
• Cuentas de orden no conciliadas.
• Transacciones sin soporte.
• Información/ajustes que se le proveen al auditor en forma tardía durante el proceso de la auditoría.
• Ajustes de "último minuto" que afectan significativamente los resultados.
• Cambios frecuentes en las estimaciones contables que aparentemente no resultan de cambios en las circunstancias.
• Partidas o cuentas que no están en línea con las expectativas y objetivos del negocio del cliente.
• Complejidad innecesaria en los registros de ciertas transacciones.
• Falta de autorización por parte de la gerencia de transacciones especiales o inusuales.
• Falta adecuada de segregación de funciones.
• Aplicación agresiva de políticas contables o políticas contables extrañas.
• Reconocimiento de los ingresos.
• Transacciones incompletas o tardías.
• Evidencia de acceso de empleados a sistemas y registros inconsistentes con aquéllos necesarios para desarrollar sus tareas autorizadas.
• Relación problemática e inusual entre en auditor y la gerencia.
• Cambios inusuales o inexplicables en el comportamiento o estilo de vida de la gerencia o empleados.
• Tolerancia a violaciones del código de conducta corporativo.
• Retribución a la administración y a otros funcionarios importantes de la entidad mediante incentivos por cumplimiento de metas.
La administración tiene una posición privilegiada para poder perpetrar fraudes, ya que por su jerarquía dentro de la entidad está en posición de manipular directa o indirectamente los registros contables y presentar información financiera fraudulenta.
La administración y los empleados que cometen algún fraude, normalmente, harán lo necesario para ocultado al consejo, a los accionistas y a cualquier otra persona externa o interna a la entidad y a los auditores. El fraude se puede ocultar escondiendo documentación comprometedora, haciendo declaraciones falsas a los auditores y terceras partes o falsificando documentación.
En un fraude de ventas inexistentes, los empleados del área de ventas, embarques
y miembros de la administración, e incluso terceras partes ajenas a la entidad, podrían estar en coalición para preparar reportes de mercancías embarcadas, facturaciones,
etc., que hagan suponer que se han realizado ventas ya sea para alcanzar objetivos e incentivos o por robos reales de inventarios. En un examen de estados financieros realizado de acuerdo con las normas de auditoría, difícilmente, los auditores podrían descubrir alguna irregularidad que los haga suponer la existencia de un fraude, ya que ellos no están entrenados o no se espera que sean expertos en autentificar firmas o documentos.
Además, un auditor no descubrirá la existencia o modificación de un documento que se dé, por medio de un arreglo entre la administración y terceras personas involucradas.
Procedimientos y consideraciones que debe hacer el auditor para detectar algún posible fraude
El auditor al enfrentar la posibilidad de fraude en las auditorías de estados financieros que lleve a cabo debe tomar, entre otras, las siguientes consideraciones y aplicar estos procedimientos:
• Como parte de la planeación de la auditoría deberá discutir con todos los miembros del equipo los siguientes objetivos clave:
Intercambio de ideas.
Pensamiento lógico en el proceso de revisión y análisis.
Considerar cómo, dónde y cuándo hay indicios de que puede haber fraude.
Evaluar el "triangulo de fraude"; es decir, tener siempre en la mente, al cuestionar una transacción, lo siguiente: oportunidad-actitud - incentivo.
Identificar y documentar riesgos conocidos de fraude.
Discutir las condiciones que incentivan o propician la comisión de fraude.
Discusión en equipo del enfoque de auditoría y, en su caso, del reenfoque.
• Identificar y evaluar riesgos de fraude.
Discusión con el equipo de trabajo.
Estados contables y nivel de afirmación.
• Comprensión y evaluación de las respuestas de los clientes a los riesgos de fraude.
• Observar, probar o revisar los riesgos específicos de control, identificar los más importantes y vigilar, constantemente, su adecuada administración.
• Simular operaciones.
• Revisar, constantemente, las conciliaciones de saldos con bancos, clientes, compañías afiliadas, proveedores, etcétera.
• Llevar acabo pruebas de cumplimiento de la eficacia de los controles.
• Examinar pólizas de diario y de ajustes contables para obtener evidencia de posibles distorsiones significativas en los estados financieros debido a fraude.
• Revisar las estimaciones contables para buscar posibles sesgos que puedan resultar en distorsiones significativas en los estados financieros debido a fraude.
• Revisar las razones de negocio en busca de transacciones inusuales significativas.
• Revisión del ciclo de ingresos considerando, el control interno existente, los precios de venta especiales, los descuentos y devoluciones frecuentes, las cancelaciones de ventas frecuentes, la rotación del personal y el otorgamiento de incentivos en función al cumplimiento de objetivos.
Comunicación a la administración de fraudes detectados
En caso de cualquier fraude o indicio de fraude que haya sido detectado durante el desarrollo de su examen, el auditor deberá comunicarlo, de inmediato, a la administración o, en los casos en que la administración esté involucrada, deberá hacerlo al consejo de administración o a los accionistas.
Aplicación del Boletín 3070 en las auditorías de 2005
En México, en las auditorías de los estados financieros del ejercicio 2005, fue obligatoria la aplicación del Boletín 3070, teniendo las siguientes reacciones por parte de la administración y, en algunos casos, del consejo de administración de las entidades:
• Sorpresa en la mayoría de los casos.
• Actuación a la defensiva de los principales funcionarios, lo que hace suponer la existencia de irregularidades.
• Oportunidades de mejora en sus controles.
• Motivación para la preparación de programas y políticas para prevenir fraudes.
• Ayuda del auditor para detectar fraudes.
• Mayor inversión de tiempo de los altos funcionarios para atender a los auditores.
• Creación de comités de vigilancia.
Conclusión
Nuestra profesión ha sido golpeada por escándalos que han puesto en duda la credibilidad de los auditores externos y en riesgo a la misma profesión.
Podemos decir que la auditoría era una antes de ENRON y otra después de ENRON. Los reguladores y las autoridades han puesto y siguen poniendo cada vez mayores requerimientos y responsabilidades a los auditores de estados financieros, lo cual los ha ido obligando a cambiar los enfoques tradicionales de la auditoría, poniendo mayor énfasis en los controles y los riesgos de los negocios. También es cierto que las exigencias para los administradores y consejeros de las entidades cada vez son mayores y más demandantes.
Por el sólo hecho de ser seres humanos susceptibles de corromperse y obtener riquezas ilícitas, la administración, empleados o terceras partes, llegan a perpetrar fraudes contra las entidades y sus patrimonios.
El fraude es el delito más creativo que existe y requiere de las mentes más astutas; esto lo convierte, prácticamente, en imposible de evitar y cuando existe coalición de varios empleados y funcionarios de niveles altos es muy difícil detectarse.
Aun cuando se descubren los fraudes y se toman medidas correctivas implementando se controles y programas antifraudes, alguien inventa algo nuevo, lo que hace que los retos para los administradores, consejeros y auditores sean mayores. Por ello, es necesario que dichas entidades trabajen coordinadamente con los auditores externos para vigilar las operaciones y minimizar, en lo posible la incidencia de fraudes.
Cabe mencionar que los auditores externos también son seres humanos y están sujetos a ser corrompidos durante el desarrollo de su examen por las personas que perpetran los fraudes contra las entidades, por lo cual el auditor debe reasumir su responsabilidad tanto para con el Código de Ética, como para la profesión y la firma que representa.
C.P.C Bernardo Soto Peñafiel
b.soto@bdo-mexico.com
Socio de Auditoría en BDO-Hernández Marrón y Cía.S, .C.
Antecedentes
Como resultado de los sucesos financieros corporativos desencadenados con el caso Enron y Worldcom, y después de la declaración en los Estados Unidos de Norteamérica (USA) de la Ley Sarbanes-Oxley (julio de 2002), El Auditing Standards Board (ASB) emitió el Boletín SAS 99, Consideración del fraude en la información financiera, cuya aplicación es obligatoria para las auditorías que se lleven a cabo en cumplimiento con las normas de auditoría de EE. UU, sobre los estados financieros que inicien en o después del 15 de diciembre de 2002.
Normatividad en Mexico y Europa.
Siguiendo con la homologación de criterios contables y de auditoría que se llevan a cabo en el mundo, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., por medio de su Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría emitió el Boletin 3070, Consideraciones sobre fraude que deben hacerse en una auditoria de estados financieros, el cual entró en vigor a partir de las auditarías de estados financieros de periodos que se inicien en o después del 1º de marzo de 2004. Por otro lado, en el continente europeo la lnternational Auditing and Assurance Standards Board (IFAC),
emitió el Boletln ISA-240, La responsabilidad del auditor para considerar el fraude en una auditorla de estados financieros, el cual entró en vigor a partir de las auditorías de estados financieros de periodos que se inicien después del 15 de diciembre de 2004.
Estos nuevos boletines difundidos alrededor del mundo 4efinen las características del fraude y establecen normas, lineamientos y procedimientos que en una auditaría de estados financieros debe considerar el auditor en la detección de la existencia de algún fraude.
La responsabilidad del auditor no cambió, es la misma ya que sigue planeando, ejecutando y finalizando su examen con el objeto de obtener una seguridad razonable
de que los estados financieros están libres de errores materiales, intencionales o no, estando consciente de que en ningún examen de estados financieros se obtiene una seguridad absoluta, por lo que cabe la posibilidad de que no se lleguen a detectar errores importantes derivados de fraudes.
El auditor no debe iniciar su trabajo con el pensamiento o la sospecha de que habrá algo mal en el desarrollo de su auditoría ni debe estar predispuesto a pensar que encontrará algún fraude.
El auditor "es un perro guardián, pero no un sabueso" (Kingston Cotton MilI
CO [No 2] 1896),
Responsabilidades del auditor
Estos nuevos boletines requieren un reenfoque en el proceso normal de la auditoría como sigue (tabla 1):
Es obligatoria la discusión con todo el equipo que
Participará en el desarrollo de la auditoría.
Es necesario sensibilizarlos sobre la
Necesidad de objetividad que deben tener al
Llevar a cabo sus pruebas de auditoría, estando
Abiertos a cualquier indicio de fraude que pueden
detectar
EJECUCION
Los auditores deben diseñar sus programas de auditoría considerando la existencia del fraude, evaluando en el contexto de los resultados los errores encontrados durante el desarrollo de su trabajo.
Las autoridades deben mantener una discusión final en esta etapa
Con la administración y los responsables de la preparación de la información
Financiera y, en su caso, informarles cualquier indicio de fraude que se
Haya detectado durante la auditoría
Las responsabilidades de la entidad auditada
La ISA 240 define específicamente en un apartado las responsabilidades de la administración y de la figura de gobierno corporativo en el tema de fraude. El Boletín 3070 no es muy claro en este tema y solamente refiere algunos conceptos en los párrafos relativos a los factores de riesgo de fraude.
La ISA 240 define que el prevenir y detectar el fraude es responsabilidad primordial
de la administración y dirección de las entidades. La administración de la entidad es la responsable de implementar y mantener sistemas de contabilidad adecuados.
La administración es la responsable de diseñar programas para detectar, prevenir y minimizar la oportunidad de cometer fraude por parte de los funcionarios y/o empleados y que motive a los mismos a no cometerlos. También es responsabilidad de la administración mantener un control interno relativo a la preparación de la información financiera que sea eficiente y adecuado y que permita a la entidad el cumplimiento con requerimientos de leyes, agencias regulatorias u otros, el cual le permita a la entidad prevenir errores que se materialicen en fraude.
La administración es responsable de mantener un ambiente de control adecuado
y una política de ética, honestidad y conducta que motive a los empleados al cumplimiento de los objetivos de la entidad y que los aparte de cometer fraude.
Definición de fraude y error
Mientras que la ISA 240 define el "fraude" y el "error", el Boletín 3070 define únicamente al término fraude. La ISA 240 define el fraude y el error como sigue (tabla 2):
Se refiere a un acto intencional
Llevado a cabo por una o más personas, de la administración,
Del gobierno corporativo, de los empleados y/o de terceras personas,
Para obtener un ventaja ilegal.
Simplemente es un término legal
ERROR
Se refiere a una equivocación no intencional debido a la omisión o falta de revelación de alguna cifra en los estados financieros.
El Boletín 3070 define el fraude como sigue:
"El concepto legal de fraude es muy extenso y no es responsabilidad ni competencia del auditor el realizar determinaciones legales de cuándo un fraude ha ocurrido, por lo que el interés que el auditor debe tener sobre fraude se circunscribe específicamente al impacto que este acto tiene o puede tener en los estados financieros; por lo tanto, para propósitos de este boletín, fraude se define como distorsiones provocadas en el registro de las operaciones y en la información financiera o actos intencionales para sustraer activos (robo), u ocultar obligaciones que tienen o pueden tener un impacto significativo en los estados financieros sujetos a examen".
El mismo boletín define que cualquier error intencional detectado durante su examen debe considerarse como un fraude.
Clases de fraude
El Boletín 3070 y la ISA 240 dividen los fraudes en dos clases:
Fraudes relacionados con la información financiera. Estos son producidos por distorsiones, alteraciones o manipulaciones intencionales de las cifras presentadas o por omisiones en las cantidades o revelaciones de los estados financieros. Por lo general, este tipo de fraudes pasan desapercibidos, sin ser detectados fácilmente, y son resultado de los siguientes hechos:
• Manipulación/falsificación/alteración de registros contables.
• Alteración, distorsión u omisión intencional en las declaraciones de la administración.
• Omisión o mala aplicación intencional de principios de contabilidad.
Fraudes provenientes del robo de activos o malversaciones de fondos.
Este tipo de fraudes normalmente está acompañado de falsificación de documentos y/o de registros contables y se analiza como sigue:
• Desfalcos.
• Robo de bienes físicos, incluida la propiedad intelectual.
• Hacer que la empresa pague por bienes o servicios que no ha recibido.
• Utilización de fondos de la empresa con fines personales.
Factores de riesgo de fraude
Tanto el Boletín 3070 como la ISA 240 mencionan una serie de factores de riesgo, los cuales ocurren normalmente cuando hay algún fraude; los más comunes son los siguientes:
• Cuentas de orden no conciliadas.
• Transacciones sin soporte.
• Información/ajustes que se le proveen al auditor en forma tardía durante el proceso de la auditoría.
• Ajustes de "último minuto" que afectan significativamente los resultados.
• Cambios frecuentes en las estimaciones contables que aparentemente no resultan de cambios en las circunstancias.
• Partidas o cuentas que no están en línea con las expectativas y objetivos del negocio del cliente.
• Complejidad innecesaria en los registros de ciertas transacciones.
• Falta de autorización por parte de la gerencia de transacciones especiales o inusuales.
• Falta adecuada de segregación de funciones.
• Aplicación agresiva de políticas contables o políticas contables extrañas.
• Reconocimiento de los ingresos.
• Transacciones incompletas o tardías.
• Evidencia de acceso de empleados a sistemas y registros inconsistentes con aquéllos necesarios para desarrollar sus tareas autorizadas.
• Relación problemática e inusual entre en auditor y la gerencia.
• Cambios inusuales o inexplicables en el comportamiento o estilo de vida de la gerencia o empleados.
• Tolerancia a violaciones del código de conducta corporativo.
• Retribución a la administración y a otros funcionarios importantes de la entidad mediante incentivos por cumplimiento de metas.
La administración tiene una posición privilegiada para poder perpetrar fraudes, ya que por su jerarquía dentro de la entidad está en posición de manipular directa o indirectamente los registros contables y presentar información financiera fraudulenta.
La administración y los empleados que cometen algún fraude, normalmente, harán lo necesario para ocultado al consejo, a los accionistas y a cualquier otra persona externa o interna a la entidad y a los auditores. El fraude se puede ocultar escondiendo documentación comprometedora, haciendo declaraciones falsas a los auditores y terceras partes o falsificando documentación.
En un fraude de ventas inexistentes, los empleados del área de ventas, embarques
y miembros de la administración, e incluso terceras partes ajenas a la entidad, podrían estar en coalición para preparar reportes de mercancías embarcadas, facturaciones,
etc., que hagan suponer que se han realizado ventas ya sea para alcanzar objetivos e incentivos o por robos reales de inventarios. En un examen de estados financieros realizado de acuerdo con las normas de auditoría, difícilmente, los auditores podrían descubrir alguna irregularidad que los haga suponer la existencia de un fraude, ya que ellos no están entrenados o no se espera que sean expertos en autentificar firmas o documentos.
Además, un auditor no descubrirá la existencia o modificación de un documento que se dé, por medio de un arreglo entre la administración y terceras personas involucradas.
Procedimientos y consideraciones que debe hacer el auditor para detectar algún posible fraude
El auditor al enfrentar la posibilidad de fraude en las auditorías de estados financieros que lleve a cabo debe tomar, entre otras, las siguientes consideraciones y aplicar estos procedimientos:
• Como parte de la planeación de la auditoría deberá discutir con todos los miembros del equipo los siguientes objetivos clave:
Intercambio de ideas.
Pensamiento lógico en el proceso de revisión y análisis.
Considerar cómo, dónde y cuándo hay indicios de que puede haber fraude.
Evaluar el "triangulo de fraude"; es decir, tener siempre en la mente, al cuestionar una transacción, lo siguiente: oportunidad-actitud - incentivo.
Identificar y documentar riesgos conocidos de fraude.
Discutir las condiciones que incentivan o propician la comisión de fraude.
Discusión en equipo del enfoque de auditoría y, en su caso, del reenfoque.
• Identificar y evaluar riesgos de fraude.
Discusión con el equipo de trabajo.
Estados contables y nivel de afirmación.
• Comprensión y evaluación de las respuestas de los clientes a los riesgos de fraude.
• Observar, probar o revisar los riesgos específicos de control, identificar los más importantes y vigilar, constantemente, su adecuada administración.
• Simular operaciones.
• Revisar, constantemente, las conciliaciones de saldos con bancos, clientes, compañías afiliadas, proveedores, etcétera.
• Llevar acabo pruebas de cumplimiento de la eficacia de los controles.
• Examinar pólizas de diario y de ajustes contables para obtener evidencia de posibles distorsiones significativas en los estados financieros debido a fraude.
• Revisar las estimaciones contables para buscar posibles sesgos que puedan resultar en distorsiones significativas en los estados financieros debido a fraude.
• Revisar las razones de negocio en busca de transacciones inusuales significativas.
• Revisión del ciclo de ingresos considerando, el control interno existente, los precios de venta especiales, los descuentos y devoluciones frecuentes, las cancelaciones de ventas frecuentes, la rotación del personal y el otorgamiento de incentivos en función al cumplimiento de objetivos.
Comunicación a la administración de fraudes detectados
En caso de cualquier fraude o indicio de fraude que haya sido detectado durante el desarrollo de su examen, el auditor deberá comunicarlo, de inmediato, a la administración o, en los casos en que la administración esté involucrada, deberá hacerlo al consejo de administración o a los accionistas.
Aplicación del Boletín 3070 en las auditorías de 2005
En México, en las auditorías de los estados financieros del ejercicio 2005, fue obligatoria la aplicación del Boletín 3070, teniendo las siguientes reacciones por parte de la administración y, en algunos casos, del consejo de administración de las entidades:
• Sorpresa en la mayoría de los casos.
• Actuación a la defensiva de los principales funcionarios, lo que hace suponer la existencia de irregularidades.
• Oportunidades de mejora en sus controles.
• Motivación para la preparación de programas y políticas para prevenir fraudes.
• Ayuda del auditor para detectar fraudes.
• Mayor inversión de tiempo de los altos funcionarios para atender a los auditores.
• Creación de comités de vigilancia.
Conclusión
Nuestra profesión ha sido golpeada por escándalos que han puesto en duda la credibilidad de los auditores externos y en riesgo a la misma profesión.
Podemos decir que la auditoría era una antes de ENRON y otra después de ENRON. Los reguladores y las autoridades han puesto y siguen poniendo cada vez mayores requerimientos y responsabilidades a los auditores de estados financieros, lo cual los ha ido obligando a cambiar los enfoques tradicionales de la auditoría, poniendo mayor énfasis en los controles y los riesgos de los negocios. También es cierto que las exigencias para los administradores y consejeros de las entidades cada vez son mayores y más demandantes.
Por el sólo hecho de ser seres humanos susceptibles de corromperse y obtener riquezas ilícitas, la administración, empleados o terceras partes, llegan a perpetrar fraudes contra las entidades y sus patrimonios.
El fraude es el delito más creativo que existe y requiere de las mentes más astutas; esto lo convierte, prácticamente, en imposible de evitar y cuando existe coalición de varios empleados y funcionarios de niveles altos es muy difícil detectarse.
Aun cuando se descubren los fraudes y se toman medidas correctivas implementando se controles y programas antifraudes, alguien inventa algo nuevo, lo que hace que los retos para los administradores, consejeros y auditores sean mayores. Por ello, es necesario que dichas entidades trabajen coordinadamente con los auditores externos para vigilar las operaciones y minimizar, en lo posible la incidencia de fraudes.
Cabe mencionar que los auditores externos también son seres humanos y están sujetos a ser corrompidos durante el desarrollo de su examen por las personas que perpetran los fraudes contra las entidades, por lo cual el auditor debe reasumir su responsabilidad tanto para con el Código de Ética, como para la profesión y la firma que representa.
Auditoría Forense y el Fraude
AUDITORÍA FORENSE
Dr. CPA. Jorge Badillo A., MBA.
1. La Auditoría Financiera (Externa) y el Fraude.
2. La Auditoría Interna y el Fraude.
3. Origen del Término “Forense”.
4. Definición de Auditoría Forense.
5. Fraude Financiero.
6. Tipos de Fraude Financiero.
6.1. Fraude Corporativo.
6.2. Fraude Laboral (particular, malversación de activos).
7. Características del Auditor Forense.
8. Características de la Auditoría Forense.
9. Fases de la Auditoría Forense.
10. Campo de Acción de la Auditoría Forense.
Fuentes de Información sobre Auditoría Forense.
1. LA AUDITORÍA FINANCIERA (EXTERNA) Y EL FRAUDE.
La auditoría financiera es la originaria, tradicional, plenamente normada y más difundida de las auditorías, por cuanto con ella nació la profesión del auditor y porque en casi todos los países es legalmente obligatoria para determinadas empresas.
En el caso del Ecuador la auditoría financiera es obligatoria para todas las instituciones
financieras 2 y para todas las empresas (compañías nacionales anónimas, en comandita por acciones y de responsabilidad limitada) que poseen más de un millón de dólares de activos 3 .
La auditoría financiera es realizada por firmas auditoras externas y se enfoca en el análisis y estudio de los estados financieros con la finalidad de emitir una opinión (dictamen) sobre dos aspectos fundamentales:
1) Razonabilidad de saldos; y,
2) Cumplimiento de PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados).
El auditor financiero aplica los procedimientos de auditoria necesarios para determinar si los saldos son razonables; es decir, si están bien presentados en lo importante, libres de distorsiones significativas (materiales) que pueden ser producidas por error y/o fraude.
Fuentes de Distorsión de la Información Financiera
Error
Distorsión de la información
Financiera sin ánimo de causar
Perjuicio.
Fraude
Distorsión de la información
Financiera con ánimo de causar
Perjuicio.
En caso de detectar fraudes el auditor financiero se preocupa de establecer la incidencia que éstos tienen sobre los estados financieros; y, por lo tanto, debe determinar si dichos fraudes afectan o no la razonabilidad de los saldos involucrados. Es responsabilidad del auditor comunicar a la gerencia, al directorio, al comité de auditoría o a los organismos de control correspondientes, los hechos fraudulentos encontrados.
El auditor financiero al detectar fraudes no profundiza en los mismos más allá de evidenciar y determinar la incidencia que tienen sobre los saldos auditados. Profundizar en la detección y prevención del fraude financiero es labor de la auditoría forense.
El tratamiento que debe dar el auditor financiero a los casos de fraude que detecte en el ejercicio de sus labores se describe en las siguientes normas:
2 República del Ecuador; Ley General de Instituciones del Sistema Financiero; artículo 84; Registro Oficial No. 250 de 23 de enero de 2001.
3 Superintendencia de Compañías de la República del Ecuador; Resolución No. 12; “Normas Sobre Montos Mínimos de Activos en los Casos de Auditoría Externa Obligatoria; Registro Oficial No. 621 de 18 de julio de 2002.
• Norma Internacional de Auditoría NIA (ISA) -11 Sección 240 “Fraude y Error”.
• Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS)-99 (AU 316) “La Consideración del Fraude en los Estados Financieros.”.
• Norma Ecuatoriana de Auditoría NEA-5, “Fraude y Error”.
Los lineamientos profesionales NIA (ISA) 11 (sección 240) y DNA (SAS) 99 determinan que el auditor debe tener una actitud proactiva en la ejecución de su trabajo evaluando si la gerencia tiene sistemas y controles apropiados para administrar el riesgo del fraude.
Respecto de la detección de fraude por parte del auditor financiero la NIA 11 (sección 240) “Fraude y Error”, señala lo siguiente:
“ (...) 9. Basado en la evaluación del riesgo, el auditor debería diseñar procedimientos de auditoría para obtener certeza razonable de que son detectadas las representaciones erróneas que surgen de fraude o error que son de importancia relativa a los estados financieros tomados globalmente.
10. Consecuentemente, el auditor busca apropiada evidencia suficiente de auditoría de que no ha ocurrido fraude y error que pueda ser de importancia para los estados financieros o que, si han ocurrido, el efecto del fraude está reflejado en forma correcta en los estados financieros o que el error está corregido. La probabilidad de detectar errores ordinariamente es más alta que la de detectar fraude, ya que el fraude ordinariamente se acompaña por actos específicamente planeados para ocultar su existencia. (...).”.4
2. LA AUDITORÍA INTERNA Y EL FRAUDE.
La definición de Auditoría Interna establecida por el Instituto de Auditores Internos es la siguiente:
“La Auditoría Interna es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización.
Ayuda a una organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.”.5
El auditor interno al realizar sus labores de aseguramiento (evaluación de un proceso o sistema) o de consulta (asesoría, consejería) puede encontrar indicadores o casos de fraude financiero, su responsabilidad respecto de la detección de los mismos está definida en la Norma Internacional para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna – NEPAI 1210 – “Pericia”, que señala lo siguiente:
“1210–Pericia. (...)
1210.A2 – El auditor interno debe tener suficientes conocimientos para identificar los indicadores de fraude, pero no es de esperar que tenga conocimientos similares a los de aquellas personas cuya responsabilidad principal es la detección e investigación del fraude.”.6
4 Norma Internacional de Auditoría NIA-11 Sección 240; Fraude y Error.
5 Instituto de Auditores Internos - IAI; Definición de Auditoría Interna.
6 Instituto de Auditores Internos - IAI; NEPAI 1210.A2.
El Glosario de las NEPAI define al fraude de la siguiente manera:
“Fraude – Cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de confianza. Estos actos no requieren la aplicación de amenaza de violencia o de fuerza física. Los fraudes son perpetrados por individuos y por organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios, para evitar pagos o pérdidas de servicios, o para asegurarse ventajas personales o de negocio.”. 7
A fin de orientar el desempeño del auditor interno frente al fraude el Instituto de Auditores Internos emitió los siguientes Consejos para la Práctica (sugerencias de cumplimiento opcional):
• Consejo para la Práctica 1210.A2-1: Identificación de Fraude.
• Consejo para la Práctica 1210.A2-2: Responsabilidad en la Detección de Fraude.
El auditor interno respecto del fraude (posible o existente) en la organización, debe:
• Poseer los conocimientos y habilidades suficientes que le permitan identificar los indicadores de que un fraude pudiera haberse cometido; es decir, reconocer los indicios de fraude existente (presente).
• Permanecer siempre alerta ante cualquier circunstancia (oportunidad) que pudiera facilitar y permitir el cometimiento de fraude; es decir, reconocer los fraudes potenciales que podrían presentarse en la empresa (futuro).
• Evaluar los indicadores que señalen la posibilidad de que un fraude pudo haberse perpetrado a fin de comunicar a los directivos los casos en que el auditor ha concluido:
1. Que hay suficientes indicios del cometimiento de un fraude; y,
2. Que, por lo tanto, amerita el inicio de una investigación (auditoría forense).
Las Normas Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna – NEPAI y los Consejos para la Práctica emitidos por el Instituto de Auditores Internos señalan:
• Que no se debe esperar que los auditores internos tengan conocimientos similares a los de aquellas personas cuya responsabilidad principal es la detección e investigación del fraude; y,
• Que los procedimientos de auditoría por sí solos, incluso cuando se llevan a cabo con el debido cuidado profesional, no garantizan que el fraude será detectado.
Como se ha indicado anteriormente la responsabilidad del auditor interno respecto del fraude en la organización consiste fundamentalmente en poseer los conocimientos necesarios para identificar los indicadores de fraude; sin embargo, eso no constituye un limitante para que de considerarlo necesario y procedente se incorpore a la unidad de auditoría interna uno o varios auditores forenses para asumir con mayor fortaleza la responsabilidad frente al fraude, en los términos antes mencionados o incluso colaborando o liderando las investigaciones de fraude (auditoría forense) que se realicen dentro de la organización. Mientras mayor riesgo de fraude (vulnerabilidad) presente una organización mayor será la necesidad de que al menos uno de los auditores internos
7 Instituto de Auditores Internos - IAI; NEPAI; Glosario.
sea auditor forense. Dicho de otra manera, es responsabilidad de la auditoría interna tener entre sus auditores personales con los suficientes conocimientos como para identificar indicadores de fraude (fundamentos de auditoría forense); pero, eso no obsta para que se incluya en la auditoría interna, de ser necesario, un profesional con plena e integral formación de auditor forense (incluso podría ser un Examinador de Fraude Certificado – CFE por sus siglas en inglés).
3. ORIGEN DEL TERMINO “FORENSE”.
El término “forense” proviene del latín “forensis” que significa “público y manifiesto” o “perteneciente al foro”; a su vez, “forensis” se deriva de “forum”, que significa “foro”, “plaza pública”, “plaza de mercado” o “lugar al aire libre”.
Antiguamente en Roma y en las otras ciudades del Imperio Romano las asambleas públicas, las transacciones comerciales y las actividades políticas se realizaban en la plaza principal. En dichos foros (plazas) también se trataba los negocios públicos y se celebraba los juicios; por ello, cuando una profesión sirve de soporte, asesoría o apoyo a la justicia para que se juzgue el cometimiento de un delito, se le denomina forense, tal es el caso de las siguientes disciplinas: medicina, sicología, grafología, biología, genética, auditoría y otras.
4. DEFINICIÓN DE AUDITORÍA FORENSE.
Cuando en la ejecución de labores de auditoría (financiera, de gestión, informática, tributaria, ambiental, gubernamental) se detecten fraudes financieros significativos; y, se deba (obligatorio) o desee (opcional) profundizar sobre ellos se está incursionando en la denominada auditoría forense. La investigación será obligatoria dependiendo de: 1) el tipo de fraude; 2) el entorno en el que fue cometido; y, 3) la legislación aplicable. La labor de auditoría forense también puede iniciar directamente sin necesidad de una auditoría previa de otra clase, por ejemplo en el caso de existir denuncias específicas.
La auditoría forense es aquella labor de auditoría que se enfoca en la prevención y detección del fraude financiero; por ello, generalmente los resultados del trabajo del auditor forense son puestos a consideración de la justicia, que se encargará de analizar, juzgar y sentenciar los delitos cometidos (corrupción financiera, pública o privada).
En su libro de “Auditoria Forense” Milton Maldonado señala lo siguiente:
“La AUDITORIA FORENSE es el otro lado de la medalla de la labor del auditor, en procura de prevenir y estudiar hechos de corrupción. Como la mayoría de los resultados del Auditor van a conocimiento de los jueces (especialmente penales), es usual el término forense. (...) Como es muy extensa la lista de hechos de corrupción conviene señalar que la Auditoría Forense, para profesionales con formación de Contador Público, debe orientarse a la investigación de actos dolosos en el nivel financiero de una empresa, el gobierno o cualquier organización que maneje recursos.”. 8
8 MALDONADO, Milton; “Auditoría Forense: Prevención e Investigación de la Corrupción Financiera”; Editora Luz de América; Quito – Ecuador; 2003; p. 9.
Miguel Cano y Danilo Lugo en su libro “Auditoría Forense en la Investigación Criminal del Lavado de Dinero y Activos” presentan la siguiente definición:
“(...) se define inicialmente a la auditoría forense como una auditoría especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas, (...).
(...) la auditoría forense es, en términos contables, la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una corte o un juez en contra de los perpetradores de un crimen económico, (...).”.9
Alberto Mantilla en su obra “Auditoría 2005” menciona lo siguiente:
“La Auditoría Financiera Forense es relativamente nueva pero cada vez más importante.
(...).
A raíz de la globalización se ha acentuado también el fenómeno de la corrupción, especialmente en la alta dirección (“crimen de cuello blanco”), con estructuras tan complejas como las utilizadas para el lavado de activos en sus diversas modalidades. (...).
El análisis de ello ha conducido a ver la auditoría financiera con otra perspectiva: los supuestos de empresa en marcha y buena fe, que conducen a la detección de irregularidades, hacen crisis frente a estos nuevos delitos.
En sus inicios, la auditoría forense surge con los intentos por detectar y corregir el fraude en los estados financieros. Posteriormente ha ido ampliando su campo de acción en la medida que ha desarrollado técnicas específicas para combatir el crimen y trabaja estrechamente en la aplicación de la justicia.
Parte, entonces, del supuesto de que no hay empresa (lo cual hace extremadamente difícil la detección del crimen) y que la intención es el dolo. Por lo tanto, se requiere aplicar un conjunto completamente nuevo de técnicas para detección y análisis de la corrupción. El problema de la prueba (en general), así como de la evidencia (de auditoría) adquieren una dimensión completamente nueva dado que son útiles en la medida que pueden ser aceptadas en los estrados judiciales.”. 10
Pablo Fudim define a la auditoría forense de la siguiente manera:
“La auditoria forense es la rama de la auditoria que se orienta a participar en la investigación de ilícitos.
9 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; “Auditoría Forense en la Investigación Criminal del Lavado de Dinero y Activos”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2005; p. 16, 20.
10 MANTILLA, Alberto; “Auditoría 2005”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2004; p. 708.
La auditoria forense procede dentro del contexto de un conflicto real o de una acción legal con una pérdida financiera significativa, donde el auditor forense ofrece sus servicios basados en la aplicación del conocimiento relacionado con los dominios de lo contable (como información financiera, contabilidad, finanzas, auditoria y control) y del conocimiento relacionado con Investigación financiera, cuantificación de pérdidas y ciertos aspectos de ley.
Un compromiso de auditoria forense involucra por lo menos: análisis, cuantificación de pérdidas, investigaciones, recolección de evidencia, mediación, arbitramento y testimonio como un testigo experto.
Cuando se actúa en calidad de auditores forenses dentro de una investigación, se pone en práctica toda la experiencia en contabilidad, auditoria e investigación. Como también la capacidad del auditor para transmitir información financiera en forma clara y concisa ante un tribunal. Los auditores forenses están entrenados para investigar más allá de las cifras presentadas y manejar la realidad comercial del momento.”. 11
5. FRAUDE FINANCIERO.
El Glosario de Términos de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) define al fraude de la siguiente manera:
“Fraude.- El término fraude se refiere a un acto intencional por uno o más individuos dentro de la administración, empleados, o terceras partes, el cual da como resultado una representación errónea de los estados financieros.”. 12
Los casos de fraude financiero son muchos y muy variados, a manera de ejemplo se puede mencionar los siguientes:
• Alteración de registros.
• Apropiación indebida de efectivo o activos de la empresa.
• Apropiación indebida de las recaudaciones de la empresa mediante el retrazo en el depósito y contabilización de las mismas (denominado: jineteo, centrífuga o lapping).
• Castigo financiero de préstamos vinculados a la alta gerencia.
• Defraudación tributaria.
• Inclusión de transacciones inexistentes (falsas).
• Lavado de dinero y activos.
• Obtener ilegales beneficios económicos a través del cometimiento de delitos informáticos.
• Ocultamiento de activos, pasivos, ingresos, gastos.
• Ocultamiento de un faltante de efectivo mediante la sobrevaloración del efectivo en bancos aprovechando los períodos de transferencias entre cuentas (denominado: tejedora o kiting).
• Omisión de transacciones existentes.
• Pérdidas o ganancias ficticias.
• Sobre o sub valoración de cuentas.
• Sobre valoración de acciones en el mercado.
11 FUDIM, Pablo; Seminario de Auditoría Forense; Proyecto Si Se Puede; www.sisepuede.com.ec.; p. 6.
12 Normas Internacionales de Auditoría - NIA; Glosario de Términos.
El porcentaje de las pérdidas por fraude es mayor mientras mayor es el nivel dentro de la organización de quienes lo cometen; por ello, se establece una relación inversa entre el porcentaje de personal en un determinado nivel organizacional y el porcentaje de pérdidas por fraude que provoca.
Respecto del fraude, el denominado “Triángulo del Fraude” es uno de los conceptos fundamentales de la Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS) 99, mismo que constituye una ayuda para que el auditor entienda y evalúe los riesgos de fraude en la organización.
Fuente: DNA (SAS) 99 - Triángulo del Fraude. 14
El fraude frecuentemente involucra de manera simultánea los tres elementos antes señalados:
• Motivo.- Presión o incentivo (necesidad, justificación, desafío) para cometer el fraude (la causa o razón). Ejemplos de motivos para cometer fraude pueden ser: alcanzar metas de desempeño (como volúmenes de venta), obtener bonos en función de resultados (incremento en las utilidades o rebaja en los costos), mantener el puesto demostrando ficticios buenos resultados, deudas personales.
• Oportunidad Percibida.- El o los perpetradores del fraude perciben que existe un entorno favorable para cometer los actos irregulares pretendidos. La oportunidad para cometer fraude se presenta cuando alguien tiene el acceso, conocimiento y tiempo para realizar sus irregulares acciones. Las debilidades del control interno o la posibilidad de ponerse de acuerdo con otros directivos o empleados para cometer fraude (colusión) son ejemplos de oportunidades para comportamientos irregulares.
• Racionalización.- Es la actitud equivocada de quien comete o planea cometer un fraude tratando de convencerse a si mismo (y a los demás si es descubierto), consiente o inconscientemente, de que existen razones válidas que justifican su comportamiento impropio; es decir, tratar de justificar el fraude cometido. Ejemplos de racionalización para justificar el fraude cometido pueden ser: alegar baja remuneración (convencerse de que no es fraude sino una compensación salarial, un préstamo), falta de reconocimiento en la organización (convencerse de que es una bonificación), fraude cometido por otros empleados y/o directivos (convencerse de que si otros cometen fraudes el fraude propio está justificado).
.
6. TIPOS DE FRAUDE FINANCIERO.
El fraude financiero es la distorsión de la información financiera con ánimo de causar perjuicio a otros y puede ser clasificado de la siguiente manera:
Tipos de Fraude
• Fraude Corporativo. El que comete la empresa (alta gerencia) para perjudicar a los usuarios de estados financieros (prestamistas, inversionistas, accionistas, estado, sociedad); y,
• Fraude Laboral (particular, malversación de activos). El que cometen los empleados para perjudicar a la empresa.
14 Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS)-99 (AU 316) “La Consideración del fraude en los Estados Financieros
Respecto de los tipos de fraude Jim Wesberry, en su artículo “El Auditor Interno Soldado en la Guerra Contra la Corrupción”, señala lo siguiente:
“Los auditores internos deben familiarice con las dos formas principales de crimen económico contra el negocio:
• Crimen “ocupacional” – delitos cometidos o por individuos en el curso de sus ocupaciones, y o por empleados contra sus empleadores
• Crimen “corporativo” – delitos cometidos o por funcionarios de la empresa a favor de la empresa, y o por la empresa misma.”. 15
6.1. FRAUDE CORPORATIVO.
El fraude corporativo es la distorsión de la información financiera realizada por parte o toda la alta gerencia con ánimo de causar perjuicio a los usuarios de los estados financieros que fundamentalmente son:
• Prestamistas.
• Inversionistas.
• Accionistas.
• Estado (sociedad).
El fraude corporativo en la DNA (SAS) 99 es denominado: “reportes financieros fraudulentos”, otros autores lo denominan “revelaciones financieras engañosas”, “fraude de la administración”, “crimen corporativo” o “crimen de cuello blanco”.
Una empresa honesta presenta los estados financieros reales; en cambio, una empresa deshonesta, dependiendo de los irregulares (fraudulentos) fines que persiga, puede tender a distorsionar los estados financieros generalmente en dos sentidos (mismos que determinarán el enfoque de la auditoría forense):
• Aparentar fortaleza financiera; o,
• Aparentar debilidad financiera.
6.1.1. Aparentar Fortaleza Financiera.
Generalmente las empresas fraudulentas tienden a aparentar fortaleza financiera cuando trabajan en un entorno con las siguientes características:
Mercado de Valores: Activo
Empresas de Tipo: Cotizadas en Bolsa
Administración Tributaria: Fuerte
Carga Tributaria (costo / beneficio) Razonable
Para aparentar fortaleza financiera las empresas fraudulentas tienden a:
Sobre- Valorar
15 WESBERRY, Jim; “El Auditor Interno Soldado en la Guerra Contra la Corrupción”; www.sisepuede.com.ec.; p.6.
Sub - Valorar
• Activos
• Ingresos.
• Pasivos.
• Gastos.
6.1.2. Aparentar Debilidad Financiera.
Generalmente las empresas fraudulentas tienden a aparentar debilidad financiera cuando trabajan en un entorno con las siguientes características:
Mercado de Valores: Inactivo
Empresas de Tipo: Familiar
Administración Tributaria: Débil (o moderada)
Carga Tributaria (costo / beneficio) Irrazonable
Para aparentar debilidad financiera las empresas fraudulentas tienden a:
Sobre - Valorar
Sub - Valorar
• Pasivos.
• Gastos.
• Activos.
• Ingresos.
6.1.3. Escándalos Contables.
A continuación se listan algunos escándalos contables internacionales suscitados en los últimos años:
• “Parmalat (Italia).
• Enron (USA).
• World Com (USA).
• Royal Ahold (Holanda).
• Tyco (USA).
• Global Crossing (USA).
• Petrolera Yukos (Rusia).” 16
Al respecto, Miguel Cano y Danilo Lugo, señalan lo siguiente:
“Es por esta razón que la Auditoría Forense, se convierte en una herramienta eficaz para la investigación cuando se comete un delito, pero también sirve de control y prevención, pues no necesariamente la Auditoría Forense está concebida para encontrar un hecho delictivo sino también para esclarecer la verdad de los hechos y exonerar de responsabilidad a un sospechoso que sea inocente o a una empresa o entidad que haya sido acusada de un fraude con la intención de obtener beneficios económicos.
16 Listado elaborado sobre la base de: artículos de prensa; textos y sitios de internet señalados al final de este documento como fuentes de información sobre auditoría forense; y, hechos de conocimiento público internacional.
A raíz de los escándalos contables generados principalmente por el Gobierno Corporativo de empresas de clase mundial como Merck, Nortel, Worldcom, Global Croossing, AIG, Enron, Ahold, Parmalat, Drogas la rebaja y Grupo empresarial Grajales, se ha retomado la auditoría y la contabilidad forense, como una actividad que facilita desenmascarar especialmente a los delincuentes de cuello blanco que hacen parte de la alta directiva de las organizaciones y que con sus actuaciones no garantizan transparencia ni confiabilidad para preservar el interés público, por ello el auditor forense debe tener en cuenta que cualquier funcionario de una compañía tiene que informar de un hecho delictivo que descubra durante sus funciones, si de alguna forma omite, oculta o manipula la información, estará claramente en violación de la ley, incurriendo en los delitos de “Obstrucción a la Justicia”, “Encubrimiento”, “Omisión”, “Ceguera intencional”, “Complicidad”, o “Falsedad”. Estos delitos lo convierten automáticamente en parte comprometida en un proceso de investigación criminal y será el auditor forense el encargado de obtener evidencia para probar el conocimiento, la intención y la voluntad del imputado.
Por otra parte el auditor forense no debe estar ajeno a comprender que ante la globalización se vienen firmando acuerdos bilaterales o entre bloques comerciales; esto aceleró la estandarización de normas y leyes no solo de tipo penal para proteger los negocios, sino comerciales y de información, estos hechos ponen en plena vigencia la homologación de las Normas Internacionales de Auditoría, las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas de Información Financiera, conocidas como las NIA’s, NIC’s y NIFs adicionalmente están en pleno vigor leyes extraterritoriales como “USA Patriot”, “Victory Act” y “Sarbanes-Oxley”.”. 17
6.2. FRAUDE LABORAL (PARTICULAR, MALVERSACIÓN DE ACTIVOS).
El fraude laboral es la distorsión de la información financiera (malversación de activos) con ánimo de causar perjuicio a la empresa. Uno o varios empleados fraudulentamente distorsionan la información financiera para beneficiarse indebidamente de los recursos de la empresa (activos: efectivo, títulos valores, bienes u otros). Cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para perjudicar a un tercero están actuando en colusión.
El fraude laboral en la DNA (SAS) 99 es denominado: “apropiación indebida de activos”, otros autores lo denominan “desfalco” o “crimen ocupacional”.
A continuación se presenta algunos ejemplos de fraude laboral:
CAJA – BANCOS.
• Adquirir bienes o servicios con sobreprecio beneficiándose del mismo, incluso en complicidad con los proveedores.
• Alterar los cheques de la empresa en valores y/o beneficiarios a fin de cobrarlos el empleado, puede actuar en colusión con otros empleados o incluso con los proveedores.
• Omitir el registro de ventas para retenerse el dinero.
• Registrar facturas personales en la contabilidad de la empresa.
17 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; “La Auditoría Forense en el Sistema Judicial Acusatorio”; United States InterAmerican Community Affairss; www.interamericanusa.com.
• Retener el dinero de los depósitos bancarios y presentar en la empresa comprobantes de depósitos falsos.
• Retrazar el depósito y contabilización de las recaudaciones de efectivo (jineteo).
• Vender con sobreprecio los productos, luego registrar en libros al precio correcto y quedarse con la diferencia cobrada en exceso.
CUENTAS – DOCUMENTOS POR COBRAR.
• Efectuar cobranza y ocultarla.
• Efectuar ventas a crédito a familiares o testaferros para posteriormente declararlas incobrables.
• Realizar ventas de contado y decir que fueron a crédito.
• Registrar préstamos vinculados que más tarde son dados de baja.
• Registrar ventas ficticias para cobrar comisiones o bonos indebidamente.
ACTIVOS
• Adquirir activos innecesarios para obtener una “comisión” del proveedor.
• Adquirir ficticiamente activos.
• Apropiarse indebidamente de inventarios o activos de la empresa.
• Cambiar activos de menor calidad por activos adquiridos por la empresa (suplantación).
• Utilizar para beneficio personal activos de la empresa.
NÓMINA.
• ° Alterar el sistema (software) del rol de pagos de tal manera que los centésimos del valor líquido de todo el personal sean redondeados y se acrediten esos valores en la cuenta del empleado deshonesto.
• Cargar descuentos propios a otros empleados.
• Cobrar comisiones, dietas, horas extras, viáticos u otros rubros indebidamente.
• Cobrar sueldos de empleados que salieron de la organización.
• Incluir empleados ficticios en la nómina.
Rodrigo Estupiñán en su libro de “Control Interno y Fraudes” señala, entre otros, los siguientes fraudes cometidos por empleados en contra de la empresa:
“2. Principales métodos usados en los desfalcos: (...)
• El hurtar los sellos de correo y timbres fiscales.
• El hurtar mercancías, herramientas y otras partidas del equipo.
• El apropiarse de pequeñas sumas de los fondos de caja y de registradoras.
• El colocar en la caja chica vales o cheques sin fecha, con fecha adelantada o con fecha atrasada.
• El no registrar algunas ventas de mercancía y apropiarse del efectivo.
• El crear sobrantes en los fondos de caja y en las registradoras, no registrando o registrando por menos, determinada transacción.
• El sobrecargar las cuentas de gastos con gastos ficticios (Kilometrajes, gastos de representación, etc.).
• El malversar el pago recibido de un cliente y sustituirlo con pagos posteriores a éste o de otros.
• El apropiarse de pagos hechos por clientes y emitir el recibo en un pedazo de papel.
• El cobrar una cuenta atrasada, guardar el dinero y cargarla a cuentas incobrables.
• El cobrar una cuenta ya cargada a cuentas incobrables y no informarlo.
• El acreditar falsos reclamos de clientes o por mercancías devueltas.
• El no depositar diariamente en los bancos o depositar solo parte de lo cobrado.
• El alterar las fechas en las planillas de depósito para cubrir apropiaciones.
• El hacer los depósitos por sumas redondas tratando de cubrir los faltantes a fin de mes.
• El mostrar personal imaginario en las nóminas de pago.
• Mantener en las nóminas de pago a empleados con posterioridad a la fecha de su despido.
• El falsear los cálculos y las sumas en las nóminas de pago.
• El destruir las facturas de venta.
• El alterar las facturas de venta después de entregar la copia al cliente.
• El anular las facturas de venta por medio de falsas explicaciones.
• El retener dinero proveniente de ventas al contado usando una falsa cuenta deudora.
• El registrar descuentos de caja que son injustificables.
• El aumentar las sumas de los pagos hechos al contabilizar los gastos.
• El uso de copias de comprobantes o facturas cuyo original ya fue pagado. (...).”.
18
7. CARACTERÍSTICAS DEL AUDITOR FORENSE.
El auditor forense debe ser un profesional altamente capacitado, experto conocedor de: contabilidad, auditoría, control interno, tributación, finanzas, informática, técnicas de investigación, legislación penal y otras disciplinas.
En cuanto a su formación como persona el auditor forense debe ser objetivo, independiente, justo, honesto, inteligente, astuto, sagaz, planificador, prudente, precavido.
Sobre la base de su experiencia y conocimiento el auditor forense debe ser intuitivo, un
sospechador permanente de todo y de todos, capaz de identificar oportunamente cualquier síntoma de fraude, su trabajo debe ser guiado siempre por el escepticismo profesional.
El auditor forense es un profesional valioso y altamente necesario en nuestra actual sociedad, es uno de los llamados a combatir la corrupción financiera, pública y privada.
Milton Maldonado, en referencia al perfil del auditor forense, señala que debe tener las siguientes características:
18 ESTUPIÑÁN, Rodrigo; “Control Interno y Fraudes”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2004; p. 278.
“Excelente salud, sereno, fuerte de carácter, trabajador a presión, seguro, personalidad bien formada, culto, gran capacidad analítica y de investigación, paciente, intuitivo, perspicaz, frío y calculador, desconfiado, en el trabajo y con las personas a las cuales investiga honesto e insobornable, objetivo e independiente, imaginativo, poseer agilidad mental, rápido en la reacción, no influenciable, ordenado, tolerante, adaptibilidad a cualquier medio. Es muy importante señalar que esta Auditoría produce un fuerte agotamiento físico y mental al auditor, en virtud de la presión, riesgos, dificultades en la obtención de evidencia y tiempo invertido; razón por la cual, es importante que tenga sentido del humor para que no se torne una persona amargada, en su vida profesional y personal.”. 19
19
MALDONADO, Milton; Op. Cit.; p. 48 – 49.
Pablo Fudim, señala lo siguiente respecto de los conocimientos y habilidades del auditor forense:
• “Una mentalidad investigadora;
• Una comprensión de motivación;
• Habilidades de comunicación, persuasión y una habilidad de comunicar en las condiciones de ley;
• Habilidades de mediación y negociación;
• Habilidades analíticas;
• Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones.”. 20
Respecto de la formación del auditor forense Alberto Mantilla señala lo siguiente:
“De manera especial, se resalta la mentalidad investigativa (detectivesca) como la habilidad básica, la cual va con creces mucho más allá de la mentalidad auditora tradicional. Esta última, se basa en la limitación del alcance como resultado de la materialidad, y en el uso del muestreo para recolectar evidencia. El auditor forense no se puede restringir a la materialidad ni al muestreo, necesariamente tiene que basarse en los procesos judiciales determinados en la ley. En este sentido, requiere de creatividad, curiosidad, perseverancia, sentido común, sentido de negocios, y confidencialidad.
Para la formación de auditores forenses (y también, para la de los auditores de fraude) no existen programas de tipo universitario, dado que la formación básica es la de contador profesional (vía contador público, contador gerencial, auditor interno, etc.). Sí existen programas de entrenamiento y conferencias organizadas por el Institute of Internal Auditors, la National Association of Certified Fraud Rxaminers, y la National
Association of Accountants, (...).”. 21
A nivel internacional un auditor puede acreditarse como Examinador de Fraude Certificado – CFE (por sus siglas en inglés) ante la ACFE (Association of Certified Fraud Examiners), demostrando tener la experiencia y conocimientos requeridos; y, rindiendo los exámenes correspondientes.
20 FUDIM, Pablo; Doc. Cit.; p. 7.
21 MANTILLA, Alberto; Op. Cit.; p. 728.
8. CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORÍA FORENSE.
A continuación se presenta un cuadro que resume las principales características de la auditoría forense.
CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORIA FORENSE
Propósito
Prevención y detección del fraude financiero.
Debe señalarse que es competencia exclusiva de la justicia establecer si existe o no fraude (delito). El auditor forense llega a establecer indicios de responsabilidades penales que junto con la evidencia obtenida pone a consideración del juez correspondiente para que dicte sentencia.
Alcance
El periodo que cubre el fraude financiero sujeto a investigación (auditoría).
Orientación
Retrospectiva respecto del fraude financiero auditado; y, prospectiva a fin de recomendar la implementación de los controles preventivos, detectivos y correctivos necesarios para evitar a futuro fraudes financieros. Cabe señalar que todo sistema de control interno proporciona seguridad razonable pero no absoluta de evitar errores y/o irregularidades.
Normatividad
Normas de auditoría financiera e interna en lo que fuere aplicable; normas de investigación; legislación penal; disposiciones normativas relacionadas con fraudes financieros.
Enfoque
Combatir la corrupción financiera, pública y privada.
Auditor a cargo.
(Jefe de Equipo)
Profesional con formación de auditor financiero, Contador Público Autorizado.
Equipo de Apoyo.
Multidisciplinario: abogados, ingenieros en sistemas (auditores informáticos), investigadores (públicos o privados), agentes de oficinas del gobierno, miembros de inteligencia o contrainteligencia de entidades como policía o ejército, especialistas.
9. FASES DE LA AUDITORÍA FORENSE.
Respecto de las fases de la auditoría forense existen varios planteamientos; sin embargo, la mayoría de ellos coinciden en lo importante (fondo) a pesar de que difieren en aspectos secundarios (forma) como la denominación de una fase, o presentan fases agrupadas en una sola o por el contrario fases más desagregadas.
Es importante señalar que la auditoría forense en su planeación y ejecución debe ser concebida con total flexibilidad pues cada caso de fraude es único y se requerirá procedimientos diseñados exclusivamente para cada investigación, pueden haber casos similares pero jamás idénticos.
A continuación se presenta un cuadro que detalla las fases de la auditoría forense:
FASES DE LA AUDITORIA FORENSE
FASE 1.
Planificación.
En esta fase el auditor forense debe:
• Obtener un conocimiento general del caso investigado,
• Analizar todos los indicadores de fraude existentes,
• Evaluar el control interno de ser posible y considerarlo necesario (es opcional). Esta evaluación, de realizarse, permitirá: a) detectar debilidades de control que habrían permitido se cometa el fraude; b) obtener indicadores de fraudes (iniciales o adicionales); y, c) realizar recomendaciones para fortalecer el control interno existente a fin de prevenir futuros fraudes.
• Investigar tanto como sea necesario para elaborar el informe de relevamiento de la investigación, en el cual se decide motivadamente si amerita o no la investigación; es decir, si existen suficientes indicios como para considerar procedente la realización de la auditoría forense (investigación).
• Definir los programas de auditoría forense (objetivos y procedimientos) para la siguiente fase que es la de “ejecución del trabajo”, en caso de establecerse que es procedente continuar con la investigación.
Al planificar una auditoria forense debe tomarse el tiempo necesario, evitando extremos como la planificación exagerada o la improvisación.
FASE 2.
Trabajo de Campo.
En esta fase se ejecutan los procedimientos de auditoría forense definidos en la fase anterior (planificación) más aquellos que se considere necesarios durante el transcurso de la investigación.
Los procedimientos programados pueden variar y por ello deben ser flexibles puesto que en la ejecución del trabajo de una auditoría forense se avanza con sagacidad y cautela a medida que se obtiene resultados, mismos que podrían hacer necesaria la modificación de los programas definidos inicialmente. El uso de equipos multidisciplinarios (expertos: legales, informáticos, biólogos, grafólogos u otros) y del factor sorpresa son fundamentales.
De ser necesario deberá considerarse realizar parte de la investigación con el apoyo de la fuerza pública (ejército o policía) dependiendo del caso sujeto a investigación.
Un aspecto importante en la ejecución de la auditoría forense es el sentido de oportunidad, una investigación debe durar el tiempo necesario, ni mucho ni poco, el necesario. Muchas veces por excesiva lentitud los delincuentes se ponen alerta, escapan o destruyen las pruebas; en otros caso, por demasiado apresuramiento, la evidencia reunida no es la adecuada, en cantidad y/o calidad, para sustentar al juez en la emisión de una sentencia condenatoria, quedando impunes los perpetradores del delito financiero investigado.
El auditor forense debe conocer o asesorarse por un experimentado abogado respecto de las normas jurídicas penales (por ejemplo el debido proceso) y otras relacionadas específicamente con la investigación que está realizando. Lo mencionado es fundamental, puesto que, si el auditor forense no realiza con prolijidad y profesionalismo su trabajo, puede terminar acusado por el delincuente financiero aduciendo daños morales o similares.
FASE 3.
Comunicación de Resultados.
La comunicación de resultados será permanente con los funcionarios que el auditor forense estime pertinente.
Al comunicar resultados parciales o finales el auditor debe ser cauto, prudente, estratégico y oportuno, debe limitarse a informar lo que fuere pertinente, un error en la comunicación de resultados puede arruinar toda la investigación (muchas veces se filtra información o se alerta antes de tiempo a los investigados de los avances obtenidos).
FASE 4.
Monitoreo del caso
Esta última fase tiene por finalidad asegurarse de que los resultados de la investigación forense sean considerados según fuere pertinente y evitar que queden en el olvido, otorgando a los perpetradores del fraude la impunidad.
10. CAMPO DE ACCION DE LA AUDITORÍA FORENSE.
La auditoría forense es ejecutada por todo auditor, que acreditando los conocimientos y habilidades necesarias, deba o sea requerido para prevenir y detectar fraudes financieros, tal es el caso de:
• Auditores externos.
• Auditores internos.
• Auditores gubernamentales.
• Auditores tributarios.
• Auditores informáticos.
• Otros.
El auditor forense puede desarrollar su trabajo como experto en la prevención y detección del fraude financiero en entidades como las siguientes:
• Entidad Fiscalizadora Superior – EFS (Contraloría);
• Firmas privadas de auditoría;
• Fiscalía Estatal;
• Organismos Estatales de Control (Superintendencias);
• Organizaciones de combate: a la corrupción, al narcotráfico, al terrorismo.
• Policía y/o Ejército;
• Unidades de Auditoría Interna;
• Unidades de Inteligencia Fiscal;
Pablo Fudim, señala lo siguiente respecto del campo de acción de la auditoría forense:
“El auditor forense va más allá de la evidencia de auditoría, de la seguridad razonable, evalúa e investiga al 100%, centrándose en el hecho ilícito y en la mala fe de las personas. A diferencia de la auditoria tradicional que se sustenta en la buena fe, en el negocio en marcha y en la evidencia para obtener “seguridad razonable”. Por esto los campos de acción del auditor forense son especializados y con objetivos muy precisos, por ejemplo:
• La cuantificación de pérdida financiera: Aportando las pruebas necesarias para ser utilizadas en los tribunales en cada caso.
• Disputas entre accionistas o compañeros
• Incumplimientos de contratos
• Demandas de lesiones Personales
• Irregularidades e infracciones
• Demandas de Seguros
• Disputas Matrimoniales, las separaciones, los divorcios,
• Herencias
• Investigación financiera: Determinando los móviles, los culpables y aportando las pruebas para el juzgamiento de los involucrados en:
• Fraude
• Falsificación
• Lavado de Dinero
• Otros actos ilegales
• La práctica profesional: Investigando y determinado por ejemplo:
• Negligencia Profesional relacionada con:
Auditoria
Contabilidad
Ética”. 22
Respecto del campo de acción de la auditoría forense Miguel Cano y Danilo Lugo mencionan que:
“En sus inicios la auditoría forense se aplicó en la investigación de fraudes en el sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoría gubernamental, en especial ante delitos tales como: enriquecimiento ilícito, peculado, cohecho, soborno, malversación de fondos, prevaricato, conflicto de intereses, etc. Sin embargo, la auditoría forense no se ha limitado a los fraudes propios de la corrupción administrativa, sino que también ha diversificado su portafolio de servicios para participar en investigaciones relacionadas con crímenes fiscales, el crimen corporativo, el lavado de dinero y terrorismo, entre otros.
En ese sentido, el auditor forense puede desempeñarse tanto en el sector público como privado, prestando apoyo procesal que va desde la recaudación de pruebas y el peritaje.
22 FUDIM, Pablo; Doc. Cit.; p. 7 – 8.
De la misma forma, su labor no solamente se destaca en las investigaciones en curso, sino en etapas previas al fraude, es decir, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso; situación ésta, que aplica también para las investigaciones de crimen corporativo que se relacionan con fraude contable ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional, falsificación, lavado de activos, etc.”. 23
Todos, desde nuestros espacios de desempeño personal o laboral, debemos dejar de ser espectadores pasivos de la corrupción y pasar a ser actores protagónicos del combate a tan terrible mal. La auditoría forense es uno de los varios campos de acción que tiene el Contador Público, honesto y altamente capacitado, para desempeñar un rol activo en la lucha contra la corrupción financiera, pública y privada.
23 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; Op. Cit.; p. 20.
FUENTES DE INFORMACIÓN SOBRE AUDITORÍA FORENSE.
Bibliografía.
• CANO, Miguel Antonio y LUGO, Danilo; “Auditoría Forense: en la investigación criminal del lavado de dinero y activos.”; 2a. Edición; ECOE ediciones; 2004; 370 p.
• CANO, Miguel Antonio y CASTRO, René Mauricio; “Escándalos, Fraudes Contables y Corporativos.”.
• CANO, Miguel Antonio; “Modalidades de Lavado de Dinero y Activos: Prácticas Contables para su Detección y Prevención.”; 1a. Edición; ECOE ediciones; 2001; 145 p.
• ELLIOT, Larry y SCHROTH Richard; “Cómo mienten las empresas”; Ediciones Gestión 2000; 2003; 156 p.
• ESTUPIÑÁN, Rodrigo; “Control Interno y Fraudes”; 1a. Edición 3a. reimpresión; ECOE ediciones; 2004; 374 p.
• MALDONADO, Milton; “Auditoría Forense: Prevención e Investigación de la Corrupción Financiera”; 1a. edición; Editora Luz de América; 2003; 314 p.
• MANTILLA, Samuel Alberto; “Auditoría 2005”; 1a. Edición 1a. reimpresión; ECOE ediciones; 2004; 1067 p.
• WHITTINGTON, Ray y PANY, Kurt; “Principios de Auditoría”; 14a. edición; McGraw – Hill Interamericana s.a.; 2.005; 723 p.
o Fraude: 32, 91, 93, 175, 647.
o Activos ficticios: 442.
o Fraude computarizado: 262.
o Comunicación con el comité de auditoría: 589.
o Constructivo: 91.
o Directrices del AICPA: 8.
o En cuentas por cobrar y por pagar: 398, 401.
o Fraude de empleados: 337.
o Fraude material: 8.
o Medidas antifraude: 251 – 252.
o Transacciones de facturar y esperar: 402, 404, 459.
o Fraude administrativo: 175.
Adicionalmente a los libros antes mencionados se considera una buena fuente de información sobre Auditoría Forense a la disponible en las siguientes direcciones de internet:
Organización / Información
Dirección de Internet
Organizaciones
AICPA
American Institute of Certified Public Accountants
www.aicpa.org
IIA
Institute of Internal Auditors
www.theiia.org
IIA Ecuador
Instituto de Auditores Internos del Ecuador
www.iaiecuador.org
IFAC
International Federation of Accountants
www.ifac.org
INTOSAI
International Organization of Supreme Audit Institutions
(Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores)
www.intosai.org
OLACEFS
Organización Latinoamericana y del Caribe de
Entidades Fiscalizadoras Superiores.
www.olacefs.org.pa
Firmas de Auditoría.
Deloitte
www.deloitte.com
Ernest & Young
www.ey.com
KPMG
www.kpmg.com
Price Watherhouse Coopers
www.pwc.com
Entidades Fiscalizadoras Superiores (Contralorías)
Auditoría General de la Nación – República de Argentina
www.agn.gov.ar
Contraloría General de la República de Bolivia
www.cgr.gov.bo
Contraloría General de la República de Chile
www.contraloría.cl
Contraloría General de la República de Colombia
www.contraloria.gov.co
Contraloría General de la República de Ecuador
www.contraloria.gov.ec
Contraloría General de la República de Perú
www.contraloría.gob.pe
Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela
www.cgr.gov.ve
Organizaciones que presentan información de Auditoría Forense.
Association of Certified Fraud Examiners – ACFE
www.cfenet.com
Proyecto Si Se Puede – Ecuador (USAID)
www.sisepuede.com.ec
Proyecto Atlatl – México (USAID)
www.atlatl.com.mx
ISACA
Information Systems audit and Control Association
www.isaca.org
Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y
Crímenes Financieros – ALIFC
www.alifc.org
Proyecto ResponDabilidad / Anticorrupción en las Américas
AAA Americas Accountability / Anti-Corruption Project (USAID)
www.respondanet.com
Auditnet
www.auditnet.com
United States InterAmerican Community Affairss
www.interamericanusa.com
Dr. CPA. Jorge Badillo A., MBA.
1. La Auditoría Financiera (Externa) y el Fraude.
2. La Auditoría Interna y el Fraude.
3. Origen del Término “Forense”.
4. Definición de Auditoría Forense.
5. Fraude Financiero.
6. Tipos de Fraude Financiero.
6.1. Fraude Corporativo.
6.2. Fraude Laboral (particular, malversación de activos).
7. Características del Auditor Forense.
8. Características de la Auditoría Forense.
9. Fases de la Auditoría Forense.
10. Campo de Acción de la Auditoría Forense.
Fuentes de Información sobre Auditoría Forense.
1. LA AUDITORÍA FINANCIERA (EXTERNA) Y EL FRAUDE.
La auditoría financiera es la originaria, tradicional, plenamente normada y más difundida de las auditorías, por cuanto con ella nació la profesión del auditor y porque en casi todos los países es legalmente obligatoria para determinadas empresas.
En el caso del Ecuador la auditoría financiera es obligatoria para todas las instituciones
financieras 2 y para todas las empresas (compañías nacionales anónimas, en comandita por acciones y de responsabilidad limitada) que poseen más de un millón de dólares de activos 3 .
La auditoría financiera es realizada por firmas auditoras externas y se enfoca en el análisis y estudio de los estados financieros con la finalidad de emitir una opinión (dictamen) sobre dos aspectos fundamentales:
1) Razonabilidad de saldos; y,
2) Cumplimiento de PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados).
El auditor financiero aplica los procedimientos de auditoria necesarios para determinar si los saldos son razonables; es decir, si están bien presentados en lo importante, libres de distorsiones significativas (materiales) que pueden ser producidas por error y/o fraude.
Fuentes de Distorsión de la Información Financiera
Error
Distorsión de la información
Financiera sin ánimo de causar
Perjuicio.
Fraude
Distorsión de la información
Financiera con ánimo de causar
Perjuicio.
En caso de detectar fraudes el auditor financiero se preocupa de establecer la incidencia que éstos tienen sobre los estados financieros; y, por lo tanto, debe determinar si dichos fraudes afectan o no la razonabilidad de los saldos involucrados. Es responsabilidad del auditor comunicar a la gerencia, al directorio, al comité de auditoría o a los organismos de control correspondientes, los hechos fraudulentos encontrados.
El auditor financiero al detectar fraudes no profundiza en los mismos más allá de evidenciar y determinar la incidencia que tienen sobre los saldos auditados. Profundizar en la detección y prevención del fraude financiero es labor de la auditoría forense.
El tratamiento que debe dar el auditor financiero a los casos de fraude que detecte en el ejercicio de sus labores se describe en las siguientes normas:
2 República del Ecuador; Ley General de Instituciones del Sistema Financiero; artículo 84; Registro Oficial No. 250 de 23 de enero de 2001.
3 Superintendencia de Compañías de la República del Ecuador; Resolución No. 12; “Normas Sobre Montos Mínimos de Activos en los Casos de Auditoría Externa Obligatoria; Registro Oficial No. 621 de 18 de julio de 2002.
• Norma Internacional de Auditoría NIA (ISA) -11 Sección 240 “Fraude y Error”.
• Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS)-99 (AU 316) “La Consideración del Fraude en los Estados Financieros.”.
• Norma Ecuatoriana de Auditoría NEA-5, “Fraude y Error”.
Los lineamientos profesionales NIA (ISA) 11 (sección 240) y DNA (SAS) 99 determinan que el auditor debe tener una actitud proactiva en la ejecución de su trabajo evaluando si la gerencia tiene sistemas y controles apropiados para administrar el riesgo del fraude.
Respecto de la detección de fraude por parte del auditor financiero la NIA 11 (sección 240) “Fraude y Error”, señala lo siguiente:
“ (...) 9. Basado en la evaluación del riesgo, el auditor debería diseñar procedimientos de auditoría para obtener certeza razonable de que son detectadas las representaciones erróneas que surgen de fraude o error que son de importancia relativa a los estados financieros tomados globalmente.
10. Consecuentemente, el auditor busca apropiada evidencia suficiente de auditoría de que no ha ocurrido fraude y error que pueda ser de importancia para los estados financieros o que, si han ocurrido, el efecto del fraude está reflejado en forma correcta en los estados financieros o que el error está corregido. La probabilidad de detectar errores ordinariamente es más alta que la de detectar fraude, ya que el fraude ordinariamente se acompaña por actos específicamente planeados para ocultar su existencia. (...).”.4
2. LA AUDITORÍA INTERNA Y EL FRAUDE.
La definición de Auditoría Interna establecida por el Instituto de Auditores Internos es la siguiente:
“La Auditoría Interna es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización.
Ayuda a una organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.”.5
El auditor interno al realizar sus labores de aseguramiento (evaluación de un proceso o sistema) o de consulta (asesoría, consejería) puede encontrar indicadores o casos de fraude financiero, su responsabilidad respecto de la detección de los mismos está definida en la Norma Internacional para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna – NEPAI 1210 – “Pericia”, que señala lo siguiente:
“1210–Pericia. (...)
1210.A2 – El auditor interno debe tener suficientes conocimientos para identificar los indicadores de fraude, pero no es de esperar que tenga conocimientos similares a los de aquellas personas cuya responsabilidad principal es la detección e investigación del fraude.”.6
4 Norma Internacional de Auditoría NIA-11 Sección 240; Fraude y Error.
5 Instituto de Auditores Internos - IAI; Definición de Auditoría Interna.
6 Instituto de Auditores Internos - IAI; NEPAI 1210.A2.
El Glosario de las NEPAI define al fraude de la siguiente manera:
“Fraude – Cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de confianza. Estos actos no requieren la aplicación de amenaza de violencia o de fuerza física. Los fraudes son perpetrados por individuos y por organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios, para evitar pagos o pérdidas de servicios, o para asegurarse ventajas personales o de negocio.”. 7
A fin de orientar el desempeño del auditor interno frente al fraude el Instituto de Auditores Internos emitió los siguientes Consejos para la Práctica (sugerencias de cumplimiento opcional):
• Consejo para la Práctica 1210.A2-1: Identificación de Fraude.
• Consejo para la Práctica 1210.A2-2: Responsabilidad en la Detección de Fraude.
El auditor interno respecto del fraude (posible o existente) en la organización, debe:
• Poseer los conocimientos y habilidades suficientes que le permitan identificar los indicadores de que un fraude pudiera haberse cometido; es decir, reconocer los indicios de fraude existente (presente).
• Permanecer siempre alerta ante cualquier circunstancia (oportunidad) que pudiera facilitar y permitir el cometimiento de fraude; es decir, reconocer los fraudes potenciales que podrían presentarse en la empresa (futuro).
• Evaluar los indicadores que señalen la posibilidad de que un fraude pudo haberse perpetrado a fin de comunicar a los directivos los casos en que el auditor ha concluido:
1. Que hay suficientes indicios del cometimiento de un fraude; y,
2. Que, por lo tanto, amerita el inicio de una investigación (auditoría forense).
Las Normas Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna – NEPAI y los Consejos para la Práctica emitidos por el Instituto de Auditores Internos señalan:
• Que no se debe esperar que los auditores internos tengan conocimientos similares a los de aquellas personas cuya responsabilidad principal es la detección e investigación del fraude; y,
• Que los procedimientos de auditoría por sí solos, incluso cuando se llevan a cabo con el debido cuidado profesional, no garantizan que el fraude será detectado.
Como se ha indicado anteriormente la responsabilidad del auditor interno respecto del fraude en la organización consiste fundamentalmente en poseer los conocimientos necesarios para identificar los indicadores de fraude; sin embargo, eso no constituye un limitante para que de considerarlo necesario y procedente se incorpore a la unidad de auditoría interna uno o varios auditores forenses para asumir con mayor fortaleza la responsabilidad frente al fraude, en los términos antes mencionados o incluso colaborando o liderando las investigaciones de fraude (auditoría forense) que se realicen dentro de la organización. Mientras mayor riesgo de fraude (vulnerabilidad) presente una organización mayor será la necesidad de que al menos uno de los auditores internos
7 Instituto de Auditores Internos - IAI; NEPAI; Glosario.
sea auditor forense. Dicho de otra manera, es responsabilidad de la auditoría interna tener entre sus auditores personales con los suficientes conocimientos como para identificar indicadores de fraude (fundamentos de auditoría forense); pero, eso no obsta para que se incluya en la auditoría interna, de ser necesario, un profesional con plena e integral formación de auditor forense (incluso podría ser un Examinador de Fraude Certificado – CFE por sus siglas en inglés).
3. ORIGEN DEL TERMINO “FORENSE”.
El término “forense” proviene del latín “forensis” que significa “público y manifiesto” o “perteneciente al foro”; a su vez, “forensis” se deriva de “forum”, que significa “foro”, “plaza pública”, “plaza de mercado” o “lugar al aire libre”.
Antiguamente en Roma y en las otras ciudades del Imperio Romano las asambleas públicas, las transacciones comerciales y las actividades políticas se realizaban en la plaza principal. En dichos foros (plazas) también se trataba los negocios públicos y se celebraba los juicios; por ello, cuando una profesión sirve de soporte, asesoría o apoyo a la justicia para que se juzgue el cometimiento de un delito, se le denomina forense, tal es el caso de las siguientes disciplinas: medicina, sicología, grafología, biología, genética, auditoría y otras.
4. DEFINICIÓN DE AUDITORÍA FORENSE.
Cuando en la ejecución de labores de auditoría (financiera, de gestión, informática, tributaria, ambiental, gubernamental) se detecten fraudes financieros significativos; y, se deba (obligatorio) o desee (opcional) profundizar sobre ellos se está incursionando en la denominada auditoría forense. La investigación será obligatoria dependiendo de: 1) el tipo de fraude; 2) el entorno en el que fue cometido; y, 3) la legislación aplicable. La labor de auditoría forense también puede iniciar directamente sin necesidad de una auditoría previa de otra clase, por ejemplo en el caso de existir denuncias específicas.
La auditoría forense es aquella labor de auditoría que se enfoca en la prevención y detección del fraude financiero; por ello, generalmente los resultados del trabajo del auditor forense son puestos a consideración de la justicia, que se encargará de analizar, juzgar y sentenciar los delitos cometidos (corrupción financiera, pública o privada).
En su libro de “Auditoria Forense” Milton Maldonado señala lo siguiente:
“La AUDITORIA FORENSE es el otro lado de la medalla de la labor del auditor, en procura de prevenir y estudiar hechos de corrupción. Como la mayoría de los resultados del Auditor van a conocimiento de los jueces (especialmente penales), es usual el término forense. (...) Como es muy extensa la lista de hechos de corrupción conviene señalar que la Auditoría Forense, para profesionales con formación de Contador Público, debe orientarse a la investigación de actos dolosos en el nivel financiero de una empresa, el gobierno o cualquier organización que maneje recursos.”. 8
8 MALDONADO, Milton; “Auditoría Forense: Prevención e Investigación de la Corrupción Financiera”; Editora Luz de América; Quito – Ecuador; 2003; p. 9.
Miguel Cano y Danilo Lugo en su libro “Auditoría Forense en la Investigación Criminal del Lavado de Dinero y Activos” presentan la siguiente definición:
“(...) se define inicialmente a la auditoría forense como una auditoría especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas, (...).
(...) la auditoría forense es, en términos contables, la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una corte o un juez en contra de los perpetradores de un crimen económico, (...).”.9
Alberto Mantilla en su obra “Auditoría 2005” menciona lo siguiente:
“La Auditoría Financiera Forense es relativamente nueva pero cada vez más importante.
(...).
A raíz de la globalización se ha acentuado también el fenómeno de la corrupción, especialmente en la alta dirección (“crimen de cuello blanco”), con estructuras tan complejas como las utilizadas para el lavado de activos en sus diversas modalidades. (...).
El análisis de ello ha conducido a ver la auditoría financiera con otra perspectiva: los supuestos de empresa en marcha y buena fe, que conducen a la detección de irregularidades, hacen crisis frente a estos nuevos delitos.
En sus inicios, la auditoría forense surge con los intentos por detectar y corregir el fraude en los estados financieros. Posteriormente ha ido ampliando su campo de acción en la medida que ha desarrollado técnicas específicas para combatir el crimen y trabaja estrechamente en la aplicación de la justicia.
Parte, entonces, del supuesto de que no hay empresa (lo cual hace extremadamente difícil la detección del crimen) y que la intención es el dolo. Por lo tanto, se requiere aplicar un conjunto completamente nuevo de técnicas para detección y análisis de la corrupción. El problema de la prueba (en general), así como de la evidencia (de auditoría) adquieren una dimensión completamente nueva dado que son útiles en la medida que pueden ser aceptadas en los estrados judiciales.”. 10
Pablo Fudim define a la auditoría forense de la siguiente manera:
“La auditoria forense es la rama de la auditoria que se orienta a participar en la investigación de ilícitos.
9 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; “Auditoría Forense en la Investigación Criminal del Lavado de Dinero y Activos”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2005; p. 16, 20.
10 MANTILLA, Alberto; “Auditoría 2005”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2004; p. 708.
La auditoria forense procede dentro del contexto de un conflicto real o de una acción legal con una pérdida financiera significativa, donde el auditor forense ofrece sus servicios basados en la aplicación del conocimiento relacionado con los dominios de lo contable (como información financiera, contabilidad, finanzas, auditoria y control) y del conocimiento relacionado con Investigación financiera, cuantificación de pérdidas y ciertos aspectos de ley.
Un compromiso de auditoria forense involucra por lo menos: análisis, cuantificación de pérdidas, investigaciones, recolección de evidencia, mediación, arbitramento y testimonio como un testigo experto.
Cuando se actúa en calidad de auditores forenses dentro de una investigación, se pone en práctica toda la experiencia en contabilidad, auditoria e investigación. Como también la capacidad del auditor para transmitir información financiera en forma clara y concisa ante un tribunal. Los auditores forenses están entrenados para investigar más allá de las cifras presentadas y manejar la realidad comercial del momento.”. 11
5. FRAUDE FINANCIERO.
El Glosario de Términos de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) define al fraude de la siguiente manera:
“Fraude.- El término fraude se refiere a un acto intencional por uno o más individuos dentro de la administración, empleados, o terceras partes, el cual da como resultado una representación errónea de los estados financieros.”. 12
Los casos de fraude financiero son muchos y muy variados, a manera de ejemplo se puede mencionar los siguientes:
• Alteración de registros.
• Apropiación indebida de efectivo o activos de la empresa.
• Apropiación indebida de las recaudaciones de la empresa mediante el retrazo en el depósito y contabilización de las mismas (denominado: jineteo, centrífuga o lapping).
• Castigo financiero de préstamos vinculados a la alta gerencia.
• Defraudación tributaria.
• Inclusión de transacciones inexistentes (falsas).
• Lavado de dinero y activos.
• Obtener ilegales beneficios económicos a través del cometimiento de delitos informáticos.
• Ocultamiento de activos, pasivos, ingresos, gastos.
• Ocultamiento de un faltante de efectivo mediante la sobrevaloración del efectivo en bancos aprovechando los períodos de transferencias entre cuentas (denominado: tejedora o kiting).
• Omisión de transacciones existentes.
• Pérdidas o ganancias ficticias.
• Sobre o sub valoración de cuentas.
• Sobre valoración de acciones en el mercado.
11 FUDIM, Pablo; Seminario de Auditoría Forense; Proyecto Si Se Puede; www.sisepuede.com.ec.; p. 6.
12 Normas Internacionales de Auditoría - NIA; Glosario de Términos.
El porcentaje de las pérdidas por fraude es mayor mientras mayor es el nivel dentro de la organización de quienes lo cometen; por ello, se establece una relación inversa entre el porcentaje de personal en un determinado nivel organizacional y el porcentaje de pérdidas por fraude que provoca.
Respecto del fraude, el denominado “Triángulo del Fraude” es uno de los conceptos fundamentales de la Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS) 99, mismo que constituye una ayuda para que el auditor entienda y evalúe los riesgos de fraude en la organización.
Fuente: DNA (SAS) 99 - Triángulo del Fraude. 14
El fraude frecuentemente involucra de manera simultánea los tres elementos antes señalados:
• Motivo.- Presión o incentivo (necesidad, justificación, desafío) para cometer el fraude (la causa o razón). Ejemplos de motivos para cometer fraude pueden ser: alcanzar metas de desempeño (como volúmenes de venta), obtener bonos en función de resultados (incremento en las utilidades o rebaja en los costos), mantener el puesto demostrando ficticios buenos resultados, deudas personales.
• Oportunidad Percibida.- El o los perpetradores del fraude perciben que existe un entorno favorable para cometer los actos irregulares pretendidos. La oportunidad para cometer fraude se presenta cuando alguien tiene el acceso, conocimiento y tiempo para realizar sus irregulares acciones. Las debilidades del control interno o la posibilidad de ponerse de acuerdo con otros directivos o empleados para cometer fraude (colusión) son ejemplos de oportunidades para comportamientos irregulares.
• Racionalización.- Es la actitud equivocada de quien comete o planea cometer un fraude tratando de convencerse a si mismo (y a los demás si es descubierto), consiente o inconscientemente, de que existen razones válidas que justifican su comportamiento impropio; es decir, tratar de justificar el fraude cometido. Ejemplos de racionalización para justificar el fraude cometido pueden ser: alegar baja remuneración (convencerse de que no es fraude sino una compensación salarial, un préstamo), falta de reconocimiento en la organización (convencerse de que es una bonificación), fraude cometido por otros empleados y/o directivos (convencerse de que si otros cometen fraudes el fraude propio está justificado).
.
6. TIPOS DE FRAUDE FINANCIERO.
El fraude financiero es la distorsión de la información financiera con ánimo de causar perjuicio a otros y puede ser clasificado de la siguiente manera:
Tipos de Fraude
• Fraude Corporativo. El que comete la empresa (alta gerencia) para perjudicar a los usuarios de estados financieros (prestamistas, inversionistas, accionistas, estado, sociedad); y,
• Fraude Laboral (particular, malversación de activos). El que cometen los empleados para perjudicar a la empresa.
14 Declaración sobre Normas de Auditoría DNA (SAS)-99 (AU 316) “La Consideración del fraude en los Estados Financieros
Respecto de los tipos de fraude Jim Wesberry, en su artículo “El Auditor Interno Soldado en la Guerra Contra la Corrupción”, señala lo siguiente:
“Los auditores internos deben familiarice con las dos formas principales de crimen económico contra el negocio:
• Crimen “ocupacional” – delitos cometidos o por individuos en el curso de sus ocupaciones, y o por empleados contra sus empleadores
• Crimen “corporativo” – delitos cometidos o por funcionarios de la empresa a favor de la empresa, y o por la empresa misma.”. 15
6.1. FRAUDE CORPORATIVO.
El fraude corporativo es la distorsión de la información financiera realizada por parte o toda la alta gerencia con ánimo de causar perjuicio a los usuarios de los estados financieros que fundamentalmente son:
• Prestamistas.
• Inversionistas.
• Accionistas.
• Estado (sociedad).
El fraude corporativo en la DNA (SAS) 99 es denominado: “reportes financieros fraudulentos”, otros autores lo denominan “revelaciones financieras engañosas”, “fraude de la administración”, “crimen corporativo” o “crimen de cuello blanco”.
Una empresa honesta presenta los estados financieros reales; en cambio, una empresa deshonesta, dependiendo de los irregulares (fraudulentos) fines que persiga, puede tender a distorsionar los estados financieros generalmente en dos sentidos (mismos que determinarán el enfoque de la auditoría forense):
• Aparentar fortaleza financiera; o,
• Aparentar debilidad financiera.
6.1.1. Aparentar Fortaleza Financiera.
Generalmente las empresas fraudulentas tienden a aparentar fortaleza financiera cuando trabajan en un entorno con las siguientes características:
Mercado de Valores: Activo
Empresas de Tipo: Cotizadas en Bolsa
Administración Tributaria: Fuerte
Carga Tributaria (costo / beneficio) Razonable
Para aparentar fortaleza financiera las empresas fraudulentas tienden a:
Sobre- Valorar
15 WESBERRY, Jim; “El Auditor Interno Soldado en la Guerra Contra la Corrupción”; www.sisepuede.com.ec.; p.6.
Sub - Valorar
• Activos
• Ingresos.
• Pasivos.
• Gastos.
6.1.2. Aparentar Debilidad Financiera.
Generalmente las empresas fraudulentas tienden a aparentar debilidad financiera cuando trabajan en un entorno con las siguientes características:
Mercado de Valores: Inactivo
Empresas de Tipo: Familiar
Administración Tributaria: Débil (o moderada)
Carga Tributaria (costo / beneficio) Irrazonable
Para aparentar debilidad financiera las empresas fraudulentas tienden a:
Sobre - Valorar
Sub - Valorar
• Pasivos.
• Gastos.
• Activos.
• Ingresos.
6.1.3. Escándalos Contables.
A continuación se listan algunos escándalos contables internacionales suscitados en los últimos años:
• “Parmalat (Italia).
• Enron (USA).
• World Com (USA).
• Royal Ahold (Holanda).
• Tyco (USA).
• Global Crossing (USA).
• Petrolera Yukos (Rusia).” 16
Al respecto, Miguel Cano y Danilo Lugo, señalan lo siguiente:
“Es por esta razón que la Auditoría Forense, se convierte en una herramienta eficaz para la investigación cuando se comete un delito, pero también sirve de control y prevención, pues no necesariamente la Auditoría Forense está concebida para encontrar un hecho delictivo sino también para esclarecer la verdad de los hechos y exonerar de responsabilidad a un sospechoso que sea inocente o a una empresa o entidad que haya sido acusada de un fraude con la intención de obtener beneficios económicos.
16 Listado elaborado sobre la base de: artículos de prensa; textos y sitios de internet señalados al final de este documento como fuentes de información sobre auditoría forense; y, hechos de conocimiento público internacional.
A raíz de los escándalos contables generados principalmente por el Gobierno Corporativo de empresas de clase mundial como Merck, Nortel, Worldcom, Global Croossing, AIG, Enron, Ahold, Parmalat, Drogas la rebaja y Grupo empresarial Grajales, se ha retomado la auditoría y la contabilidad forense, como una actividad que facilita desenmascarar especialmente a los delincuentes de cuello blanco que hacen parte de la alta directiva de las organizaciones y que con sus actuaciones no garantizan transparencia ni confiabilidad para preservar el interés público, por ello el auditor forense debe tener en cuenta que cualquier funcionario de una compañía tiene que informar de un hecho delictivo que descubra durante sus funciones, si de alguna forma omite, oculta o manipula la información, estará claramente en violación de la ley, incurriendo en los delitos de “Obstrucción a la Justicia”, “Encubrimiento”, “Omisión”, “Ceguera intencional”, “Complicidad”, o “Falsedad”. Estos delitos lo convierten automáticamente en parte comprometida en un proceso de investigación criminal y será el auditor forense el encargado de obtener evidencia para probar el conocimiento, la intención y la voluntad del imputado.
Por otra parte el auditor forense no debe estar ajeno a comprender que ante la globalización se vienen firmando acuerdos bilaterales o entre bloques comerciales; esto aceleró la estandarización de normas y leyes no solo de tipo penal para proteger los negocios, sino comerciales y de información, estos hechos ponen en plena vigencia la homologación de las Normas Internacionales de Auditoría, las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas de Información Financiera, conocidas como las NIA’s, NIC’s y NIFs adicionalmente están en pleno vigor leyes extraterritoriales como “USA Patriot”, “Victory Act” y “Sarbanes-Oxley”.”. 17
6.2. FRAUDE LABORAL (PARTICULAR, MALVERSACIÓN DE ACTIVOS).
El fraude laboral es la distorsión de la información financiera (malversación de activos) con ánimo de causar perjuicio a la empresa. Uno o varios empleados fraudulentamente distorsionan la información financiera para beneficiarse indebidamente de los recursos de la empresa (activos: efectivo, títulos valores, bienes u otros). Cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para perjudicar a un tercero están actuando en colusión.
El fraude laboral en la DNA (SAS) 99 es denominado: “apropiación indebida de activos”, otros autores lo denominan “desfalco” o “crimen ocupacional”.
A continuación se presenta algunos ejemplos de fraude laboral:
CAJA – BANCOS.
• Adquirir bienes o servicios con sobreprecio beneficiándose del mismo, incluso en complicidad con los proveedores.
• Alterar los cheques de la empresa en valores y/o beneficiarios a fin de cobrarlos el empleado, puede actuar en colusión con otros empleados o incluso con los proveedores.
• Omitir el registro de ventas para retenerse el dinero.
• Registrar facturas personales en la contabilidad de la empresa.
17 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; “La Auditoría Forense en el Sistema Judicial Acusatorio”; United States InterAmerican Community Affairss; www.interamericanusa.com.
• Retener el dinero de los depósitos bancarios y presentar en la empresa comprobantes de depósitos falsos.
• Retrazar el depósito y contabilización de las recaudaciones de efectivo (jineteo).
• Vender con sobreprecio los productos, luego registrar en libros al precio correcto y quedarse con la diferencia cobrada en exceso.
CUENTAS – DOCUMENTOS POR COBRAR.
• Efectuar cobranza y ocultarla.
• Efectuar ventas a crédito a familiares o testaferros para posteriormente declararlas incobrables.
• Realizar ventas de contado y decir que fueron a crédito.
• Registrar préstamos vinculados que más tarde son dados de baja.
• Registrar ventas ficticias para cobrar comisiones o bonos indebidamente.
ACTIVOS
• Adquirir activos innecesarios para obtener una “comisión” del proveedor.
• Adquirir ficticiamente activos.
• Apropiarse indebidamente de inventarios o activos de la empresa.
• Cambiar activos de menor calidad por activos adquiridos por la empresa (suplantación).
• Utilizar para beneficio personal activos de la empresa.
NÓMINA.
• ° Alterar el sistema (software) del rol de pagos de tal manera que los centésimos del valor líquido de todo el personal sean redondeados y se acrediten esos valores en la cuenta del empleado deshonesto.
• Cargar descuentos propios a otros empleados.
• Cobrar comisiones, dietas, horas extras, viáticos u otros rubros indebidamente.
• Cobrar sueldos de empleados que salieron de la organización.
• Incluir empleados ficticios en la nómina.
Rodrigo Estupiñán en su libro de “Control Interno y Fraudes” señala, entre otros, los siguientes fraudes cometidos por empleados en contra de la empresa:
“2. Principales métodos usados en los desfalcos: (...)
• El hurtar los sellos de correo y timbres fiscales.
• El hurtar mercancías, herramientas y otras partidas del equipo.
• El apropiarse de pequeñas sumas de los fondos de caja y de registradoras.
• El colocar en la caja chica vales o cheques sin fecha, con fecha adelantada o con fecha atrasada.
• El no registrar algunas ventas de mercancía y apropiarse del efectivo.
• El crear sobrantes en los fondos de caja y en las registradoras, no registrando o registrando por menos, determinada transacción.
• El sobrecargar las cuentas de gastos con gastos ficticios (Kilometrajes, gastos de representación, etc.).
• El malversar el pago recibido de un cliente y sustituirlo con pagos posteriores a éste o de otros.
• El apropiarse de pagos hechos por clientes y emitir el recibo en un pedazo de papel.
• El cobrar una cuenta atrasada, guardar el dinero y cargarla a cuentas incobrables.
• El cobrar una cuenta ya cargada a cuentas incobrables y no informarlo.
• El acreditar falsos reclamos de clientes o por mercancías devueltas.
• El no depositar diariamente en los bancos o depositar solo parte de lo cobrado.
• El alterar las fechas en las planillas de depósito para cubrir apropiaciones.
• El hacer los depósitos por sumas redondas tratando de cubrir los faltantes a fin de mes.
• El mostrar personal imaginario en las nóminas de pago.
• Mantener en las nóminas de pago a empleados con posterioridad a la fecha de su despido.
• El falsear los cálculos y las sumas en las nóminas de pago.
• El destruir las facturas de venta.
• El alterar las facturas de venta después de entregar la copia al cliente.
• El anular las facturas de venta por medio de falsas explicaciones.
• El retener dinero proveniente de ventas al contado usando una falsa cuenta deudora.
• El registrar descuentos de caja que son injustificables.
• El aumentar las sumas de los pagos hechos al contabilizar los gastos.
• El uso de copias de comprobantes o facturas cuyo original ya fue pagado. (...).”.
18
7. CARACTERÍSTICAS DEL AUDITOR FORENSE.
El auditor forense debe ser un profesional altamente capacitado, experto conocedor de: contabilidad, auditoría, control interno, tributación, finanzas, informática, técnicas de investigación, legislación penal y otras disciplinas.
En cuanto a su formación como persona el auditor forense debe ser objetivo, independiente, justo, honesto, inteligente, astuto, sagaz, planificador, prudente, precavido.
Sobre la base de su experiencia y conocimiento el auditor forense debe ser intuitivo, un
sospechador permanente de todo y de todos, capaz de identificar oportunamente cualquier síntoma de fraude, su trabajo debe ser guiado siempre por el escepticismo profesional.
El auditor forense es un profesional valioso y altamente necesario en nuestra actual sociedad, es uno de los llamados a combatir la corrupción financiera, pública y privada.
Milton Maldonado, en referencia al perfil del auditor forense, señala que debe tener las siguientes características:
18 ESTUPIÑÁN, Rodrigo; “Control Interno y Fraudes”; Ecoe Ediciones; Bogotá – Colombia; 2004; p. 278.
“Excelente salud, sereno, fuerte de carácter, trabajador a presión, seguro, personalidad bien formada, culto, gran capacidad analítica y de investigación, paciente, intuitivo, perspicaz, frío y calculador, desconfiado, en el trabajo y con las personas a las cuales investiga honesto e insobornable, objetivo e independiente, imaginativo, poseer agilidad mental, rápido en la reacción, no influenciable, ordenado, tolerante, adaptibilidad a cualquier medio. Es muy importante señalar que esta Auditoría produce un fuerte agotamiento físico y mental al auditor, en virtud de la presión, riesgos, dificultades en la obtención de evidencia y tiempo invertido; razón por la cual, es importante que tenga sentido del humor para que no se torne una persona amargada, en su vida profesional y personal.”. 19
19
MALDONADO, Milton; Op. Cit.; p. 48 – 49.
Pablo Fudim, señala lo siguiente respecto de los conocimientos y habilidades del auditor forense:
• “Una mentalidad investigadora;
• Una comprensión de motivación;
• Habilidades de comunicación, persuasión y una habilidad de comunicar en las condiciones de ley;
• Habilidades de mediación y negociación;
• Habilidades analíticas;
• Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones.”. 20
Respecto de la formación del auditor forense Alberto Mantilla señala lo siguiente:
“De manera especial, se resalta la mentalidad investigativa (detectivesca) como la habilidad básica, la cual va con creces mucho más allá de la mentalidad auditora tradicional. Esta última, se basa en la limitación del alcance como resultado de la materialidad, y en el uso del muestreo para recolectar evidencia. El auditor forense no se puede restringir a la materialidad ni al muestreo, necesariamente tiene que basarse en los procesos judiciales determinados en la ley. En este sentido, requiere de creatividad, curiosidad, perseverancia, sentido común, sentido de negocios, y confidencialidad.
Para la formación de auditores forenses (y también, para la de los auditores de fraude) no existen programas de tipo universitario, dado que la formación básica es la de contador profesional (vía contador público, contador gerencial, auditor interno, etc.). Sí existen programas de entrenamiento y conferencias organizadas por el Institute of Internal Auditors, la National Association of Certified Fraud Rxaminers, y la National
Association of Accountants, (...).”. 21
A nivel internacional un auditor puede acreditarse como Examinador de Fraude Certificado – CFE (por sus siglas en inglés) ante la ACFE (Association of Certified Fraud Examiners), demostrando tener la experiencia y conocimientos requeridos; y, rindiendo los exámenes correspondientes.
20 FUDIM, Pablo; Doc. Cit.; p. 7.
21 MANTILLA, Alberto; Op. Cit.; p. 728.
8. CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORÍA FORENSE.
A continuación se presenta un cuadro que resume las principales características de la auditoría forense.
CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORIA FORENSE
Propósito
Prevención y detección del fraude financiero.
Debe señalarse que es competencia exclusiva de la justicia establecer si existe o no fraude (delito). El auditor forense llega a establecer indicios de responsabilidades penales que junto con la evidencia obtenida pone a consideración del juez correspondiente para que dicte sentencia.
Alcance
El periodo que cubre el fraude financiero sujeto a investigación (auditoría).
Orientación
Retrospectiva respecto del fraude financiero auditado; y, prospectiva a fin de recomendar la implementación de los controles preventivos, detectivos y correctivos necesarios para evitar a futuro fraudes financieros. Cabe señalar que todo sistema de control interno proporciona seguridad razonable pero no absoluta de evitar errores y/o irregularidades.
Normatividad
Normas de auditoría financiera e interna en lo que fuere aplicable; normas de investigación; legislación penal; disposiciones normativas relacionadas con fraudes financieros.
Enfoque
Combatir la corrupción financiera, pública y privada.
Auditor a cargo.
(Jefe de Equipo)
Profesional con formación de auditor financiero, Contador Público Autorizado.
Equipo de Apoyo.
Multidisciplinario: abogados, ingenieros en sistemas (auditores informáticos), investigadores (públicos o privados), agentes de oficinas del gobierno, miembros de inteligencia o contrainteligencia de entidades como policía o ejército, especialistas.
9. FASES DE LA AUDITORÍA FORENSE.
Respecto de las fases de la auditoría forense existen varios planteamientos; sin embargo, la mayoría de ellos coinciden en lo importante (fondo) a pesar de que difieren en aspectos secundarios (forma) como la denominación de una fase, o presentan fases agrupadas en una sola o por el contrario fases más desagregadas.
Es importante señalar que la auditoría forense en su planeación y ejecución debe ser concebida con total flexibilidad pues cada caso de fraude es único y se requerirá procedimientos diseñados exclusivamente para cada investigación, pueden haber casos similares pero jamás idénticos.
A continuación se presenta un cuadro que detalla las fases de la auditoría forense:
FASES DE LA AUDITORIA FORENSE
FASE 1.
Planificación.
En esta fase el auditor forense debe:
• Obtener un conocimiento general del caso investigado,
• Analizar todos los indicadores de fraude existentes,
• Evaluar el control interno de ser posible y considerarlo necesario (es opcional). Esta evaluación, de realizarse, permitirá: a) detectar debilidades de control que habrían permitido se cometa el fraude; b) obtener indicadores de fraudes (iniciales o adicionales); y, c) realizar recomendaciones para fortalecer el control interno existente a fin de prevenir futuros fraudes.
• Investigar tanto como sea necesario para elaborar el informe de relevamiento de la investigación, en el cual se decide motivadamente si amerita o no la investigación; es decir, si existen suficientes indicios como para considerar procedente la realización de la auditoría forense (investigación).
• Definir los programas de auditoría forense (objetivos y procedimientos) para la siguiente fase que es la de “ejecución del trabajo”, en caso de establecerse que es procedente continuar con la investigación.
Al planificar una auditoria forense debe tomarse el tiempo necesario, evitando extremos como la planificación exagerada o la improvisación.
FASE 2.
Trabajo de Campo.
En esta fase se ejecutan los procedimientos de auditoría forense definidos en la fase anterior (planificación) más aquellos que se considere necesarios durante el transcurso de la investigación.
Los procedimientos programados pueden variar y por ello deben ser flexibles puesto que en la ejecución del trabajo de una auditoría forense se avanza con sagacidad y cautela a medida que se obtiene resultados, mismos que podrían hacer necesaria la modificación de los programas definidos inicialmente. El uso de equipos multidisciplinarios (expertos: legales, informáticos, biólogos, grafólogos u otros) y del factor sorpresa son fundamentales.
De ser necesario deberá considerarse realizar parte de la investigación con el apoyo de la fuerza pública (ejército o policía) dependiendo del caso sujeto a investigación.
Un aspecto importante en la ejecución de la auditoría forense es el sentido de oportunidad, una investigación debe durar el tiempo necesario, ni mucho ni poco, el necesario. Muchas veces por excesiva lentitud los delincuentes se ponen alerta, escapan o destruyen las pruebas; en otros caso, por demasiado apresuramiento, la evidencia reunida no es la adecuada, en cantidad y/o calidad, para sustentar al juez en la emisión de una sentencia condenatoria, quedando impunes los perpetradores del delito financiero investigado.
El auditor forense debe conocer o asesorarse por un experimentado abogado respecto de las normas jurídicas penales (por ejemplo el debido proceso) y otras relacionadas específicamente con la investigación que está realizando. Lo mencionado es fundamental, puesto que, si el auditor forense no realiza con prolijidad y profesionalismo su trabajo, puede terminar acusado por el delincuente financiero aduciendo daños morales o similares.
FASE 3.
Comunicación de Resultados.
La comunicación de resultados será permanente con los funcionarios que el auditor forense estime pertinente.
Al comunicar resultados parciales o finales el auditor debe ser cauto, prudente, estratégico y oportuno, debe limitarse a informar lo que fuere pertinente, un error en la comunicación de resultados puede arruinar toda la investigación (muchas veces se filtra información o se alerta antes de tiempo a los investigados de los avances obtenidos).
FASE 4.
Monitoreo del caso
Esta última fase tiene por finalidad asegurarse de que los resultados de la investigación forense sean considerados según fuere pertinente y evitar que queden en el olvido, otorgando a los perpetradores del fraude la impunidad.
10. CAMPO DE ACCION DE LA AUDITORÍA FORENSE.
La auditoría forense es ejecutada por todo auditor, que acreditando los conocimientos y habilidades necesarias, deba o sea requerido para prevenir y detectar fraudes financieros, tal es el caso de:
• Auditores externos.
• Auditores internos.
• Auditores gubernamentales.
• Auditores tributarios.
• Auditores informáticos.
• Otros.
El auditor forense puede desarrollar su trabajo como experto en la prevención y detección del fraude financiero en entidades como las siguientes:
• Entidad Fiscalizadora Superior – EFS (Contraloría);
• Firmas privadas de auditoría;
• Fiscalía Estatal;
• Organismos Estatales de Control (Superintendencias);
• Organizaciones de combate: a la corrupción, al narcotráfico, al terrorismo.
• Policía y/o Ejército;
• Unidades de Auditoría Interna;
• Unidades de Inteligencia Fiscal;
Pablo Fudim, señala lo siguiente respecto del campo de acción de la auditoría forense:
“El auditor forense va más allá de la evidencia de auditoría, de la seguridad razonable, evalúa e investiga al 100%, centrándose en el hecho ilícito y en la mala fe de las personas. A diferencia de la auditoria tradicional que se sustenta en la buena fe, en el negocio en marcha y en la evidencia para obtener “seguridad razonable”. Por esto los campos de acción del auditor forense son especializados y con objetivos muy precisos, por ejemplo:
• La cuantificación de pérdida financiera: Aportando las pruebas necesarias para ser utilizadas en los tribunales en cada caso.
• Disputas entre accionistas o compañeros
• Incumplimientos de contratos
• Demandas de lesiones Personales
• Irregularidades e infracciones
• Demandas de Seguros
• Disputas Matrimoniales, las separaciones, los divorcios,
• Herencias
• Investigación financiera: Determinando los móviles, los culpables y aportando las pruebas para el juzgamiento de los involucrados en:
• Fraude
• Falsificación
• Lavado de Dinero
• Otros actos ilegales
• La práctica profesional: Investigando y determinado por ejemplo:
• Negligencia Profesional relacionada con:
Auditoria
Contabilidad
Ética”. 22
Respecto del campo de acción de la auditoría forense Miguel Cano y Danilo Lugo mencionan que:
“En sus inicios la auditoría forense se aplicó en la investigación de fraudes en el sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoría gubernamental, en especial ante delitos tales como: enriquecimiento ilícito, peculado, cohecho, soborno, malversación de fondos, prevaricato, conflicto de intereses, etc. Sin embargo, la auditoría forense no se ha limitado a los fraudes propios de la corrupción administrativa, sino que también ha diversificado su portafolio de servicios para participar en investigaciones relacionadas con crímenes fiscales, el crimen corporativo, el lavado de dinero y terrorismo, entre otros.
En ese sentido, el auditor forense puede desempeñarse tanto en el sector público como privado, prestando apoyo procesal que va desde la recaudación de pruebas y el peritaje.
22 FUDIM, Pablo; Doc. Cit.; p. 7 – 8.
De la misma forma, su labor no solamente se destaca en las investigaciones en curso, sino en etapas previas al fraude, es decir, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso; situación ésta, que aplica también para las investigaciones de crimen corporativo que se relacionan con fraude contable ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional, falsificación, lavado de activos, etc.”. 23
Todos, desde nuestros espacios de desempeño personal o laboral, debemos dejar de ser espectadores pasivos de la corrupción y pasar a ser actores protagónicos del combate a tan terrible mal. La auditoría forense es uno de los varios campos de acción que tiene el Contador Público, honesto y altamente capacitado, para desempeñar un rol activo en la lucha contra la corrupción financiera, pública y privada.
23 CANO, Miguel y LUGO, Danilo; Op. Cit.; p. 20.
FUENTES DE INFORMACIÓN SOBRE AUDITORÍA FORENSE.
Bibliografía.
• CANO, Miguel Antonio y LUGO, Danilo; “Auditoría Forense: en la investigación criminal del lavado de dinero y activos.”; 2a. Edición; ECOE ediciones; 2004; 370 p.
• CANO, Miguel Antonio y CASTRO, René Mauricio; “Escándalos, Fraudes Contables y Corporativos.”.
• CANO, Miguel Antonio; “Modalidades de Lavado de Dinero y Activos: Prácticas Contables para su Detección y Prevención.”; 1a. Edición; ECOE ediciones; 2001; 145 p.
• ELLIOT, Larry y SCHROTH Richard; “Cómo mienten las empresas”; Ediciones Gestión 2000; 2003; 156 p.
• ESTUPIÑÁN, Rodrigo; “Control Interno y Fraudes”; 1a. Edición 3a. reimpresión; ECOE ediciones; 2004; 374 p.
• MALDONADO, Milton; “Auditoría Forense: Prevención e Investigación de la Corrupción Financiera”; 1a. edición; Editora Luz de América; 2003; 314 p.
• MANTILLA, Samuel Alberto; “Auditoría 2005”; 1a. Edición 1a. reimpresión; ECOE ediciones; 2004; 1067 p.
• WHITTINGTON, Ray y PANY, Kurt; “Principios de Auditoría”; 14a. edición; McGraw – Hill Interamericana s.a.; 2.005; 723 p.
o Fraude: 32, 91, 93, 175, 647.
o Activos ficticios: 442.
o Fraude computarizado: 262.
o Comunicación con el comité de auditoría: 589.
o Constructivo: 91.
o Directrices del AICPA: 8.
o En cuentas por cobrar y por pagar: 398, 401.
o Fraude de empleados: 337.
o Fraude material: 8.
o Medidas antifraude: 251 – 252.
o Transacciones de facturar y esperar: 402, 404, 459.
o Fraude administrativo: 175.
Adicionalmente a los libros antes mencionados se considera una buena fuente de información sobre Auditoría Forense a la disponible en las siguientes direcciones de internet:
Organización / Información
Dirección de Internet
Organizaciones
AICPA
American Institute of Certified Public Accountants
www.aicpa.org
IIA
Institute of Internal Auditors
www.theiia.org
IIA Ecuador
Instituto de Auditores Internos del Ecuador
www.iaiecuador.org
IFAC
International Federation of Accountants
www.ifac.org
INTOSAI
International Organization of Supreme Audit Institutions
(Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores)
www.intosai.org
OLACEFS
Organización Latinoamericana y del Caribe de
Entidades Fiscalizadoras Superiores.
www.olacefs.org.pa
Firmas de Auditoría.
Deloitte
www.deloitte.com
Ernest & Young
www.ey.com
KPMG
www.kpmg.com
Price Watherhouse Coopers
www.pwc.com
Entidades Fiscalizadoras Superiores (Contralorías)
Auditoría General de la Nación – República de Argentina
www.agn.gov.ar
Contraloría General de la República de Bolivia
www.cgr.gov.bo
Contraloría General de la República de Chile
www.contraloría.cl
Contraloría General de la República de Colombia
www.contraloria.gov.co
Contraloría General de la República de Ecuador
www.contraloria.gov.ec
Contraloría General de la República de Perú
www.contraloría.gob.pe
Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela
www.cgr.gov.ve
Organizaciones que presentan información de Auditoría Forense.
Association of Certified Fraud Examiners – ACFE
www.cfenet.com
Proyecto Si Se Puede – Ecuador (USAID)
www.sisepuede.com.ec
Proyecto Atlatl – México (USAID)
www.atlatl.com.mx
ISACA
Information Systems audit and Control Association
www.isaca.org
Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y
Crímenes Financieros – ALIFC
www.alifc.org
Proyecto ResponDabilidad / Anticorrupción en las Américas
AAA Americas Accountability / Anti-Corruption Project (USAID)
www.respondanet.com
Auditnet
www.auditnet.com
United States InterAmerican Community Affairss
www.interamericanusa.com
Auditoría Forense I
Auditoría Forense
Introducción
Definición de la Auditoria forense
Antecedentes de la Auditoría forense
Causa y origen de la Auditoría forense
Objetivo de la Auditoria forense
Las normas aplicables para la Auditoría forense
Ámbitos de aplicación
Fases de Auditoría
El auditor forense
La prueba
Marco Legal en Venezuela
1. INTRODUCCION
Ahora que nos encontramos en el tercer milenio, nos damos cuenta que estamos viviendo en un nuevo mundo, el cual evoluciona sin cesar, acelerándose cada día más. Hoy hemos pasado de una economía de endeudamiento a una que se rige bajo la ley de la oferta y la demanda, en una aldea común, donde cada vez más las fronteras de los países van desapareciendo. Esta nueva economía ya no exige al lider de la empresa un resultado positivo del ejercicio contable, sino una «creación de valor» presente y previsto y enteramente competitivo. En esta nueva economía, que descansa en el conocimiento, todos tienen la vocación de ser más libres, pero también más responsables; la responsabilidad de conducir su carrera, de dirigir su propia empresa y destino.
Ese entorno es en el que interactúan ahora las organizaciones y naciones, y lo bueno o malo es que se caracteriza además por ser dinámico y cambiante, a una velocidad tal, de que si no vamos a su ritmo, podemos quedar desfasados y obsoletos por utilizar un poco de lenguaje contable. Desgraciadamente, a países como los nuestros, esta nueva economía no nos encuentra bien parados y por el contrario ha despertado otros fenómenos como son la corrupción y el fraude que cada vez más se convierten en situaciones de alto riesgo que los líderes de las organizaciones, privadas o públicas deben evaluar para analizar la probabilidad de ocurrencia e impacto, de tal manera de gerenciarlas o controlarlas.
El fraude es la mayor preocupación en el ambiente de los negocios en la actualidad, por lo que combatir este flagelo se ha convertido en uno de los objetivos corporativos tanto a nivel privado como gubernamental, debido a estas crecientes necesidades surge la denominada: Auditoría Forense.
4. DEFINICIÓN DE LA AUDITORIA FORENSE
Comúnmente el término forense se relaciona sólo con la medicina legal y con quienes la practican, frecuentemente identifican este vocablo con necropsia (necro que significa muerto o muerte), patología (ciencia médica que estudia las causas, síntomas y evolución de las enfermedades) y autopsia (examen y disección de un cadáver, para determinar las causas de su muerte).
El término forense corresponde al latín forensis, que significa público, y complementando su significado podemos remitirnos a su origen forum del latín que significa foro, plaza pública o de mercado de las antiguas ciudades romanas donde se trataban las asambleas públicas y los juicios; lo forense se vincula con lo relativo al derecho y la aplicación de la ley, en la medida que se busca que un profesional idóneo asista al juez en asuntos legales que le competan y para ello aporte pruebas de carácter público para representar en un juzgado o Corte Superior.
Según el diccionario Larousse, forense es "el que ejerce su función por delegación judicial o legal". Por ello se puede definir la Auditoria forense como "aquélla que provee de un análisis contable que es conveniente para la Corte, el cual formará parte de las bases de la discusión, el debate y finalmente el dictamen de la sentencia".
En términos de investigación contable y de procedimientos de auditoria, la relación con lo forense se hace estrecha cuando hablamos de la contaduría forense, encaminada a aportar pruebas y evidencias de tipo penal, por lo tanto se define inicialmente a la auditoria forense como una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas; algunos tipos de fraude en la administración pública son: conflictos de intereses, nepotismo, gratificaciones, estados falsificados, omisiones, favoritismo, reclamaciones fraudulentas, falsificaciones, comisiones clandestinas, malversación de fondos, conspiración, prevaricato, peculado, cohecho, soborno, sustitución, desfalco, personificación, extorsión, lavado de dinero.
Entre otras definiciones, tenemos:
La auditoria forense, es una ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, en una forma que será aceptada por una corte de jurisprudencia contra los perpetradores de un crimen económico, por lo tanto, existe la necesidad de preparar personas con visión integral, que faciliten evidenciar especialmente, delitos como la corrupción administrativa, el fraude contable, el delito en los seguros, el lavado de dinero y el terrorismo, entre otros. La sociedad espera de los investigadores, mayores resultados que minimicen la impunidad, especialmente en estos momentos tan difíciles, en los cuales el crimen organizado utiliza medios más sofisticados para lavar dinero, financiar operaciones ilícitas y ocultar los resultados de sus diversos delitos.
Lo FORENSE, por lo tanto, está estrechamente vinculado a la administración de justicia en el sentido de aportar pruebas de carácter público, que puedan ser discutidas a la luz de todo el mundo (el foro).
La auditoria forense, es una disciplina especializada que requiere un conocimiento experto de la teoría contable, auditoria y métodos de investigación. La auditoria forense constituye una rama importante de la contabilidad investigativa utilizada en la reconstrucción de hechos financieros, investigaciones de fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de proyecciones financieras.
La investigación de un profundo conocimiento de contabilidad, auditoria y vías de investigación viene a formar la función especializada que en el mundo de los negocios se conoce como auditoria forense y es aquí donde se brinda el respaldo necesario. Existen otras asignaciones que únicamente requieren el suministro o recopilación de documentación detallada del cliente.
La auditoría forense es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal, de esta manera se contribuye, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestros pueblos hermanos."
Para arribar este tema debemos empezar por lo forense; cuya definición ya explicamos anteriormente, sin embargo es lógico extender el significado de esta palabra al ámbito jurídico diciendo que los jueces necesitan para el ejercicio de su función la asistencia de profesionales que colaboren en la obtención de las pruebas y las aporten en el foro, o lo que es lo mismo, las hagan públicas, y así se garanticen justas en las causas judiciales, ya que sería más que pretencioso, imposible que el fallador se especializara en todas las ramas de la ciencia.
Dicho lo anterior, tenemos que la auditoria forense es, en términos contables, la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una corte o un juez en contar de los perpetradores de un crimen económico, como en este caso, el lavado de activos (contaduría forense)
En sus inicios la auditoria forense se aplicó en la investigación de fraudes en el sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoria gubernamental, en especial ante delitos tales como: enriquecimiento ilícito, peculado, cohecho, soborno, malversación de fondos, etc, sin embargo, la auditoria forense no se a limitado a los fraudes propios de la corrupción administrativa, sino que también ha diversificado su portafolio de servicios para participar en investigaciones relacionadas con crímenes fiscales, el crimen corporativo, el lavado de dinero y terrorismo, entre otros.
En ese sentido, el auditor forense puede desempeñarse tanto en el sector público como privado, prestando apoyo procesal que va desde la recaudación de pruebas y el peritaje. De la misma forma, su labor no solamente se destaca en las investigaciones en curso, sino en etapas previas al fraude, es decir, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso; situación ésta, que aplica también para las investigaciones de crimen corporativo que se relacionan con fraude contable ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación I intencional, falsificación, lavado de activos, etc.
Con todo, si no fuera por esta especialidad de la ciencia, no podríamos hablar de casos tan conocidos como Enron, Tyco, WorldCom y Parmalat, siendo éste el más reciente.
Por eso, la labor del auditor tradicional difiere de uno forense, quien debe desarrollar dos capacidades, en principio opuestas para llevar a cabo su trabajo con éxito. Una de ellas es la habilidad de escudriñar pequeños detalles sin perder de vista el gran entorno, o en otras palabras dicho y de manera metafórica, el auditor forense "debe percatarse de las hojas al tiempo que contempla el bosque". Y por otro desde las cuales ven circunstancias relativamente fáciles de detectar, como un simple robo, hasta situaciones de suma complejidad, como la manipulación de estados financieros y los delitos de "cuello blanco".
La principal diferencia entre una auditoria forense y una tradicional, es que la primera descansa en la experiencia de expertos que trabajan con evidencia delicada, con abogados, con agencias estatales y el sistema legal. Su trabajo está dirigido para ambientes legales o cuasi jurídicos. La Auditoria Tradicional se realiza sin este enfoque, sólo se dedica a llevar los programas para obtener una seguridad razonable basada en sus evidencias.
Por lo tanto, existe la necesidad de preparar personas con visión integral, que faciliten evidenciar especialmente, delitos como: la corrupción administrativa, el fraude contable, el delito en los seguros, el lavado de dinero y el terrorismo, entre otros.
Dicho lo anterior, ya estamos preparados para establecer el manejo de la prueba en términos de auditoría forense. Las pruebas o medios probatorios como también han sido denominados tienen un objeto, un tema y un fin. El primero, se refiere a los hechos y afirmaciones; el segundo, hace relación a los hechos que deben ser investigados en cada proceso, y el tercero, tiene que ver con el cometido de las pruebas, ya que estas persiguen la búsqueda de la verdad, pero aquí lo importante es que la verdad real coincida con la verdad procesal que se desprende de la investigación y del expediente.
La Auditoria Forense es muy usada en otros países, tanto así, que en los Estados Unidos de América ya se ha conformado la Asociación de Contadores Forenses (en inglés Asociación of Forensic Accountants – NAFA) que es una asociación profesional de firmas de contabilidad dedicada a la investigación. Los miembros de está asociación brindan respaldo profesional para las reclamaciones a la industria de seguros y a los clientes en los distintos procesos de litigios. Existe en ese país, Europa y Australia, un sinnúmero de firmas especializadas en lo que ellos mismos se han autodenominado detectives financieros.
Más aún. En algunas firmas de las llamadas firmas grandes de contabilidad en los Estados Unidos de América, se puede encontrar con un departamento especializado llamado precisamente, el Departamento de Auditoria Forense (Forensic audit.)
2. ANTECEDENTES DE LA AUDITORIA FORENSE
"A través de la historia se han realizado distintos tipos de auditoria, tanto al comercio como a las finanzas de los gobiernos. El significado del auditor fue "persona que oye", y fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad gubernamental eran aprobados solamente después de la lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la revolución Industrial, se realizaban auditorias para determinar si las personas en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio estaban actuando y presentado información de forma honesta".
Durante la Revolución Industrial a medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar servicios de gerentes contratados. Con la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo principal detectar errores y fraudes, con frecuencia incluían el estudio de todas o casi todas las transacciones registradas.
A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de auditoría tendió a alejarse de la detección de fraude y se dirigió hacia la determinación de si los estados financieros presentaban razonablemente la posición financiera y los resultados de las operaciones. A medida que las entidades corporativas se expandían los auditores comenzaron a trabajar sobre la base de muestras de transacciones seleccionadas y en adición tomaron conciencia de la efectividad del control interno.
La profesión reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por estos el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la década de los 60s en Estados Unidos la detección de fraudes asumió un papel más importante en el proceso de auditoría.
Este desplazamiento en la detección de fraude fue el resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad por los fraudes en gran escala, una diversidad de procesos judiciales exitosos que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado inapropiadamente sin detección por parte de los auditores independientes y la convicción por parte de los contadores públicos de que debería esperarse de las auditorías la detección de fraude material.
En 1996 la Junta de Normas de Auditoría, emitió una guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al fraude. El uso de sistemas de computación no ha alterado la responsabilidad del auditor en la detección de errores y fraude. El Congreso y los reguladores estaban convencidos de que la clave para evitar problemas era la reglamentación de leyes efectivas y las exigencias por parte de los auditores, en el cumplimientos de las provisiones de esas leyes y regulaciones.
Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las principales organizaciones de contabilidad patrocinaron la Comisión Nacional sobre Presentación de informes Financiero Fraudulentos, muchas de las recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y Auditoría, una de la más importante fueron sobre la efectividad del control interno y la demanda de la atestación de los auditores
En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y la empresa, se debe fomentar y enriquecer también en el Perú la implementación y desarrollo de la Auditoria Forense como una metodología efectiva profundizando la lucha contra la corrupción. La auditoría a evolucionado para adaptarse a estos nuevos procesos y enfrentar las grandes transformaciones en los diferentes ambientes, como son las iniciativas de fusiones, cambios tecnológicos, lanzamientos de nuevos productos, definición de nuevos servicios, entre otros. Dentro de esta evolución la auditoría se ha especializado para ofrecer nuevos modelos de auditorías, entre estos encontramos la Forense que surge como un nuevo apoyo técnico a la auditoría gubernamental, debido al incremento de la corrupción en este sector. Esta auditoría puede ser utilizada tanto, el sector público como en el privado.
Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la información financiera lo que permite a las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos, la contribución del auditor es proporcionar credibilidad a la información, para los Accionistas, Acreedores, Clientes, Reguladores Gubernamentales, entre otros.
Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estado Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación se mencionan a las auditorías utilizadas en la actualidad:
• Auditorías Gubernamental
• Auditorías de Estados Financieros
• Auditorías de Cumplimiento
• Auditorías de Gestión y Operacionales
• Auditorías Internas
• Auditorías Especiales
• Auditorías de Control Interno
3. CAUSA Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.
Queremos presentar el modelo de la Auditoría Forense, sus características y su importancia como modelo de control y de investigación gubernamental, con el fin de tener una nueva herramienta que ayude a detectar y combatir los delitos cometidos contra los bienes del Estado por parte de empleados públicos deshonestos o patrocinadores externos, de esta manera contribuimos, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestro pueblos hermanos.
El perito o sujeto investigador debe ser elegido como un elemento imparcial, debe ser competente, se requiere de un experto para exponerle a un juez percepciones ordinarias que efectúe sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos de valor técnico.
El propósito fundamental de la auditoría gubernamental no es detectar fraude, sino más bien prevenirlos, porque es la responsabilidad propia de la administración de la entidad pública.
Debe tenerse en cuenta que la naturaleza y alcance de la auditoría del sector público pueden verse afectados por la legislación, reglamento, ordenanzas y disposiciones ministeriales deben estar relacionadas con la detección de fraude. Estos requerimientos pueden afectar la capacidad de la auditoría para aplicar su criterio. Además de las responsabilidades formalmente asignadas respecto a la detección de fraude, el uso de fondos públicos tiene a imponer un nivel superior a los temas de fraudes y el auditor puede verse requerido a responder a las expectativas del público con respecto a la detección de fraudes.
El auditor debe diseñar acciones de manera que ofrezca garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos que pudiera repercutir substancialmente sobre los valores que figuran los estados financieros. La auditoría financiera constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública ya que persigue velar por la integridad y validez de las cuentas y el presupuesto, del mismo modo las auditorías de gestión se plantea el manejo de los recursos públicos de la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes para lo cual el auditor gubernamental esta obligado a diseñar la auditoría de manera que ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran afectar los resultados.
La aplicación de las normas legales aplicable le permitirán al auditor sobre la base de su juicio profesional ejerza su labor en los casos de evidencia de corrupción, en el desarrollo de su trabajo, debe elaborar un informe especial con el sustento legal y técnico, las instancias correspondientes en estos casos la Contraloría General de la República para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata.
Con relación al origen de la auditoría forense podremos comentar que "el primer auditor forense fue probablemente el funcionario del Departamento del Tesoro que se vio en la cinta los Intocables, donde un contador desenmascaró al mafioso Al Capone en los años 30 en Estados Unidos, sin embargo es posible que la auditoría forense sea algo más antiguo, tan antiguo que nació con la primera ley conocida como el Código de Hamurabi, primer documento conocido por el hombre que trata sobre leyes; en ellas el legislador incluyó normas sobre el Comercio, vida cotidiana religión, etc. Obviamente no existía la contabilidad por partida doble debido a que el Código de Hamurabi es de Mesópotamia, aproximadamente 1780 a.C., y en sus fragmentos del 100 al 126 da a entender el concepto básico de auditoria forense: demostrar con documentación contable un fraude o una mentira y también se hacen comentarios sobre cálculos de ganancias y pérdidas en los negocios para los cuales se debe utilizar un contador.
La contabilidad existe desde hace mucho tiempo, de hecho se encuentran en museos, documentos relacionados con registros contables pertenecientes al antiguo Egipto, Súmenos y todas las grandes civilizaciones del pasado, sin embargo, la auditoria forense nace cuando se vincula lo legal con los registros y pruebas contables y el primer documento legal conocido es el Código de Hamurabi, allí se expone por ejemplo que si un comerciante reclama un pago realizado debe demostrar el recibo, claro que este comerciante tendría su escriba o contador que presentaría ante el juez el recibo correspondiente al pago y demostraría que el pago fue realizado. El Código de Hamurabi condenaba entonces al fraude o mentira del que negaba haber recibido e! pago haciéndole pagar hasta seis veces el monto.
Existen muchos tratados e historiadores de la contabilidad, pero no de la auditoría forense, ya que además en un momento determinado los tribunales por lo general no se enfocaban en la búsqueda de evidencias para demostrar la culpabilidad de las personas, por tal razón se encuentra un vacío enorme en la auditoría forense y es entonces en los años 30 cuando surge el contador que ayudó a apresar a Al Capone. En la cinta y el libro referido a la captura del mafioso, el protagonista es Elliot Ness y nuestro contador, quien a nuestra manera de ver es en realidad el héroe del drama, pero se pierde en el anonimato.
El repunte de la auditoría forense comenzó con este hecho histórico de apresar a Al Capone debido a que durante la época de la prohibición del licor y el juego, el crimen organizado prosperó como nunca antes en ese país. Millones de dólares fueron ganados usando prácticas criminales. El dinero era lavado y permitiría a los jefes principales del gángster permanecer fuera de las manos de la ley viviendo como magnates. Poco podía hacer la justicia contra la lucha de estas actividades criminales, no se podía aplicar ninguna prueba contra la gente tal como Al Capone, Lucky Luciano y Bugsy Siegel.
Hasta el día que un contador en el Departamento de Impuesto dio con la idea de conseguir inculpar a Al Capone con la Ley de Impuesto, se dedicó entonces a buscar pruebas, repentinamente se encontró una abundancia de evidencia revisando las cuentas de un negocio que lavaba y hasta planchaba el dinero de Al Capone.
La Fiscalía logró traer el "lavador" de dinero y el libro de pagos, se pudo comprobar que el volumen de ventas superaba la capacidad teórica del negocio de los lavadores, de hecho, el volumen de ventas real y el volumen de ventas declarado iban lejanos. Aunque no se pudo probar el asesinato, extorsión y otros crímenes cometidos por Al Capone, los contadores y auditores forenses pudieron demostrar fraude en el pago de impuestos, así se pudo desmantelar la organización.
Cuando otro mafioso importante, Costello, fue capturado, se apresuró a decir "he pagado correctamente mis impuestos", para evitar ser apresado por la misma razón que Al Capone, lo cual demuestra que para ese momento ya los criminales estaban preparados para combatir a los auditores forenses.
Por alguna razón desconocida no se dio el impulso suficiente a esta rama de las ciencias contables en esa oportunidad y el gran momento de la auditoría forense fue diferido hasta los años 70 y 80 donde surgió de nuevo en Estados Unidos como herramienta para suministrar pruebas a los fiscales, luego vinieron los auditores forenses privados y en los años 90 surgió el gran Boom de la Auditoría Forense..."
A propósito de esto, el boletín Interamericano de Contabilidad de la AIC, en el 2002 publicó lo siguiente:
".. ..El número creciente de escándalos financieros y fraudes en años recientes ha hecho a la contabilidad forense una de las áreas de crecimiento más rápidas de la contabilidad y una de las trayectorias de carrera más seguras para los contadores. En abril 11 de 2002, ABC News transmitió una extraña noticia imaginando una nueva serie de televisión llamada "La brigada del fraude", la cual dramatizaría este campo de rápido crecimiento. "Ya casi se puede escuchar el tono", escribe ABC, "Es como Quincy, solamente que con balances generales en lugar de cadáveres".
Algunos hechos y recursos para aquellos que consideren esta nueva y excitanle trayectoria de carrera son:
• U.S. News y Word Report nombraron a la auditoría forense como uno de los ocho más seguros caminos en América en su reporte de febrero 8 de 2002.
• Muchos auditores forenses encuentran este campo más excitante que el campo de la auditoría porque las responsabilidades del trabajo son menos estructuradas y definidas.
• El mercado para la contabilidad forense continúa creciendo, como la reciente erupción de colapsos corporativos y fallas de negocio que están impulsando a los negocios a contratar contadores forenses para prevenir, además de investigar varios tipos de errores.
• La Asociación de Examinadores Certificados de Fraude (Association of Certified Fraud Examiners) ha crecido de 5.500 miertbros en 1992, a 25.000 en el año 2002.
• Sólo un puñado de escuelas en los Estados Unidos ofrece clases de auditoría forense como parte de sus programas. La mayoría de auditores forense son CPAs que han aprendido técnicas forenses en su mismo trabajo.
• El entrenamiento requerido usualmente incluye un grado de estudiantes universitarios en contabilidad más 2 a 4 años de experiencia. Una licencia de CPA es frecuentemente requerida. Además, la Asociación de Examinadores Certificados de Fraude ofrece una designación de examinador certificado de fraude, y la Escuela Americana de Examinadores Forenses (American College of Forensic Examiners) ofrece su propia credencial certificada de contador forense.
• El alcance de los pagos está desde US$30.000 a US$110.000 y más en las firmas de CPA, firmas de leyes, corporaciones y agencias de gobierno como el FBI.
Los tiempos modernos exigen de la profesión contable nuevas tareas y presenta nuevos retos; el fraude, la corrupción, el narcotráfico y el "terrorismo" asociado, al lavado de dinero y activos, hacen que el profesional de la contaduría sea más especialista y experto en su labor.
Por esto la Auditoría Forense se presenta como una opción válida para que el trabajo tenga mayor eficacia en estos difíciles momentos. La sociedad espera que el contador público brinde seguridad necesaria ; para que los grupos terroristas reconocidos no puedan financiarse y utilicen los sistemas financieros para estos fines.
La ONU así lo ha entendido y por eso solicita se conformen grupos de auditores forenses expertos que investiguen y den a la luz pública la forma y los medios que emplean los terroristas para lavar y financiar sus operaciones ilícitas; a partir de la ley USA PATRIOT, el interés del I mundo se centra en conocer el origen de capitales y su destino y se amplían el número de delitos que cubren el tema de lavado de activos.
Estamos frente a un campo nuevo y del cual los profesionales de contaduría pueden apoyarse para convertirse en verdaderos custodios del bien social y una contra frente al fraude, la corrupción y el terrorismo.
5 OBJETIVO DE LA AUDITORIA FORENSE
Los principales objetivos de la Auditoría Forense son los siguientes:
• Luchar contra la corrupción y el fraude, para el cumplimiento de este objetivo busca identificar a los supuestos responsables de cada acción a efectos de informar a las entidades competentes las violaciones detectadas.
• Evitar la impunidad, para ello proporciona los medios técnicos validos que faciliten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en estos tiempos en los cuales el crimen organizado utiliza medios más sofisticados para lavar dinero, financiar operaciones ilícitas y ocultar diversos delitos.
• Disuadir, en los individuos, las prácticas deshonestas, promoviendo la responsabilidad y transparencia en los negocios.
• Credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas, al exigir a los funcionarios corruptos la rendición de cuentas ante una autoridad superior, de los fondos y bienes del Estado que se encuentran a su cargo.
6. LAS NORMAS APLICABLES PARA LA AUDITORÍA FORENSE
En la actualidad no existe un cuerpo definido de principios y normas de auditoría forense, sin embargo, dado que este tipo de auditoría en términos contables es mucho más amplio que la auditoría financiera, por extensión debe apoyarse en principios y normas de auditoría generalmente aceptadas y de manera especial en normas referidas al control, prevención, detección y divulgación de fraudes, tales como las normas de auditoría SAS N° 82 y N° 99 y la Ley Sarbanes-Oxley.
6.1) SAS N° 82 «Consideraciones sobre el Fraude en una Auditoría de Estados Financieros»:
Esta norma entró en vigencia a partir de 1997 y clarificó la responsabilidad del auditor por detectar y reportar explícitamente el fraude y efectuar una valoración del mismo. Al evaluar el fraude administrativo se debe considerar 25 factores de riesgo que se agrupan en tres categorías:
1. Características de la administración e influencia sobre el ambiente de control (seis factores);
2. Condiciones de la industria (cuatro factores); y
3. Características de operación y de estabilidad financiera (quince factores).
De manera especial se debe resaltar que el SAS N° 82 señala que el fraude frecuentemente implica: (a) una presión o incentivo para cometerlo; y (b) una oportunidad percibida de hacerlo. Generalmente, están presentes estas dos condiciones.
6.2) SAS N° 99 «Consideración del fraude en una intervención del estado financiero».
Esta declaración reemplaza al SAS N° 82 «Consideraciones sobre el Fraude en una Auditoría de Estados Financieros » y enmienda a los SAS N°1 «Codificación de normas y procedimientos de auditoría» y N° 85 «Representaciones de la Gerencia» y entró en vigencia en el año 2002. Aunque esta declaración tiene el mismo nombre que su precursora, es de más envergadura que el SAS N° 82 pues provee a los auditores una dirección ampliada para detectar el fraude material y da lugar a un cambio substancial en el trabajo del auditor.
Este SAS acentúa la importancia de ejercitar el escepticismo profesional durante el trabajo de auditoría. Asimismo, requiere que un equipo de auditoría:
1. Discuta en conjunto cómo y dónde los estados financieros de la organización pueden ser susceptibles a una declaración errónea material debido al fraude.
2. Recopile la información necesaria para identificar los riesgos de una declaración errónea material debido al fraude.
3. Utilice la información recopilada para identificar los riesgos que pueden dar lugar a una declaración errónea material debido al fraude.
4. Evalúe los programas y los controles de la organización que tratan los riesgos identificados.
5. Responder a los resultados del gravamen.
Finalmente, este SAS describe los requisitos relacionados con la documentación del trabajo realizado y proporciona la dirección con respecto a las comunicaciones del auditor sobre el fraude a la gerencia, al comité de auditoría y a terceros.
6-3) Ley Sarbanes-Oxley
En el mes de julio de 2002, el presidente de los Estados Unidos promulgó la Ley Sarbanes-Oxley. Esta ley incluye cambios de amplio alcance en las reglamentaciones federales sobre valores que podrían representar la reforma más significativa desde la sanción de la Securities Exchange Act de 1934. La Ley dispone la creación del Public Compnay Accounting Oversigth Borrad (PCAOB) para supervisar las auditorías de empresas que cotizan y que están sujetas a las leyes sobre valores de la Securities and Exchange Comisión (SEC).
Asimismo, se establece un nuevo conjunto de normas de independencia del auditor, nuevos requisitos de exposición aplicables a las empresas que cotizan y a sus miembros, y severas sanciones civiles y penales para los responsables de violaciones en materia de contabilidad o de informes. También se imponen nuevas restricciones a los préstamos y transacciones con acciones que involucran a miembros de la empresa.
Para las empresas que cotizan valores de los Estados Unidos de Norteamérica, los efectos más destacados de la Ley se refieren a la conducción societaria; la ley obligará a muchas empresas a adoptar cambios significativos en sus controles internos y en los roles desempeñados por su comité de auditoría y la gerencia superior en el proceso de preparación y presentación de informes financieros.
En este sentido, la ley otorga mayores facultades a los Comités de Auditoría que deben estar conformados en su totalidad por directores independientes, donde al menos uno de los cuales debe ser un experto financiero. Este Comité es responsable de supervisar todos los trabajos de los auditores externos, incluyendo la pre-aprobación de servicios no relacionados con la auditoría y a la cual los auditores deben reportar todas las políticas contables críticas, tratamientos contables alternativos que se hubieran discutido para una transacción específica, así como toda comunicación escrita significativa que se haya tenido con la Gerencia.
La ley también impone nuevas responsabilidades a los Directores Ejecutivos y Financieros y los expone a una responsabilidad potencial mucho mayor por la información presentada en los estados financieros de sus empresas ya que, entre otros, éstos requieren mantener y evaluar la efectividad de los procedimientos y controles para la exposición de información financiera, debiendo emitir regularmente un certificado al respecto. La ley también impone severas penas por preparar información financiera significativamente distorsionada o por influir o proporcionar información falsa a los auditores.
7. AMBITOS DE APLICACIÓN
7.1) Causas de aplicación de la Auditoria Forense
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal. "…
Como efectos parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la mala asignación de los recursos económicos, la distorsión de los incentivos económicos, la destrucción de la ética profesional, la segregación y desanimación de los honestos, se impide la planeación y la previsiblidad.
Todo esto conlleva costos que van afectar a:
• La eficiencia, porque se desperdician los recursos, se deforma la política y la imagen de sus dirigentes.
• La distribución de los recursos.
• Los incentivos se desvían las fuerzas hacia la búsqueda de ganancias.
• La política, forma un estado que crea inestabilidad.
Prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el Estado:
7.2) Campos de aplicación
La auditoría forense se puede aplicar tanto en el sector público como privado, la corrupción consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dinero a los funcionarios del gobierno para acelerar trámite o investigaciones, el desfalco entre otros.
Sin embargo, la auditoría forense no sólo está limitada a los hechos de corrupción administrativa, también el profesional forense es llamado a participar en distintas actividades:
a) Apoyo procesal
Va desde la asesoría, la consultoría, la recaudación de pruebas o como testigo experto. Generalmente el título de contador acredita a su tenedor como un experto en asuntos relacionados con la contabilidad. Sin embargo, en el mayor parte de los casos ventilados en un tribunal, el testimonio del contador se restringirá a aquella parte del trabajo de contabilidad que hubiere sido realizado por él, o bajo su directa supervisión y en su presencia.
En ningún otro sector de la experiencia profesional; llega a ser tan significativa la independencia del contador como cuando es llamado como testigo experto. Cualquier indicio de parcialidad que deje adivinar su testimonio, desacreditará sus declaraciones y puede descalificarlo como testigo competente.
b) Contaduría investigativa
No sólo en proceso en curso, sino en la etapa previa, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso.
Los tipos de investigación que puede realizar un auditor forense son:
Investigaciones de crimen corporativo;
Estas investigaciones se relacionan con fraude contable y corporativo ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional, falsificación, lavado de activos, etc.
Investigaciones por disputas comerciales
En este campo, el auditor forense se puede desempeñar como investigador, para recaudar evidencia destinada a probar o aclarar algunos hechos tales como:
• Rompimientos de contratos, disputas por compra y venta de compañías, reclamos por determinación de utilidades, reclamos por rompimientos de garantías, disputas por contratos de construcción, disputas por propiedad intelectual y disputas por costos de proyectos.
• Reclamaciones de seguros por devoluciones de productos defectuosos, por destrucción de propiedades, por organizaciones y procesos complejos y verificación de supuestos reclamos.
• Acusaciones por negligencia profesional, que incluye la cuantificación de pérdidas ocasionadas y la asesoría a demandantes y acusados proporcionando evidencia desde expertos en normas de auditoría y de contabilidad.
• Trabajos de valoración de marcas, propiedad intelectual, acciones
• y negocios en general.
c) Como perito
En procesos ante la justicia ordinaria y ante las autoridades tributarias proporcionando conocimiento y experiencia en términos contables.
7.3 Ciencias forenses:
Aplicación de las leyes de la naturaleza a las leyes de los hombres.
Interpretación de evidencia y hechos en los casos Legales
• La auditoria forense es el uso de técnicas de investigación, integradas con la contabilidad y con habilidades de negocio, para brindar información y opiniones, como evidencia en la corte.
• El análisis resultante puede usarse en las cortes, así como, para la discusión, el debate y, finalmente, por resolver las disputas.
a. Objetivos
• Identificar al presunto responsable del hecho calificado como irregular.
• Determinar la forma o método utilizado por el delincuente para cometer el hecho delictivo.
• Cuantificar el daño patrimonial sufrido por la víctima.
• Exponer al asunto a las autoridades administrativas y judiciales competentes, para que se procedan a verificar la verdad real de los hechos y aplicar las sanciones que correspondan.
b. Características
1. Comunicación
• Se pueden requerir diferentes formas de comunicación, variando de un consejo oral a un informe formal.
• A menudo se pide una conclusión que consiste en comunicar los resultados de la investigación y del trabajo de auditor forense y, si aplica, la opinión del auditor investigador forense en los problemas examinados.
2. Areas
• Apoyo a los procesos de Litigación ( Perito)
• Investigación (Auditor).
3. Campos de Acción
La cuantificación de pérdida financiera, aportando las pruebas necesarias para ser utilizadas en los tribunales en cada caso.
1. Disputas entre accionistas o compañeros.
2. Incumplimientos de contratos.
3. Irregularidades e infracciones.
4. Demandas de Seguros.
5. Disputas Matrimoniales, las separaciones, los divorcios.
6. Herencias.
Cuantificación de Pérdida Financiera.
a. Campos de Acción:
Determina los móviles, los culpables y aportando las pruebas para el juzgamiento de los involucrados en:
1. Fraude.
2. Falsificación.
3. Lavado de Dinero.
4. Otros actos ilegales.
La investigación Financiera
a. Campos de acción:
La práctica profesional, investigando y determinado, por ejemplo:
Negligencia profesional relacionada con: Auditoría, Contabilidad y Ética.
Cualidades:
Los auditores forenses tienen algunas cualidades poco usuales. Tienen habilidad en las técnicas de interrogatorio obtenidas de tratar con "fuentes" e "informantes", asimismo saben escuchar lo que se está diciendo, cuándo deben cambiar el tema, cómo desarrollar lo que la persona quiere contar. Es por ello que, el profesional adecuado debe tener las siguientes cualidades:
Una mentalidad investigadora.
Una comprensión de motivación;
Habilidades de comunicación, persuasión y una habilidad de comunicar en las condiciones de ley;
Habilidades de mediación y negociación;
Habilidades analíticas;
Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones.
FASES DE LA AUDITORIA FORENSE
FASE 1.
Planificación.
En esta fase el auditor forense debe:
• Obtener un conocimiento general del caso investigado,
• Analizar todos los indicadores de fraude existentes,
• Evaluar el control interno de ser posible y considerarlo necesario (es opcional).
Esta evaluación, de realizarse, permitirá: a) detectar debilidades de control que habrían permitido se cometa el fraude; b) obtener indicadores de fraude (iniciales o adicionales); y, c) realizar recomendaciones para fortalecer el control interno existente a fin de prevenir futuros fraudes.
• Investigar tanto como sea necesario para elaborar el informe de relevamiento de la investigación, en el cual se decide motivadamente si amerita o no la investigación; es decir, si existen suficientes indicios como para considerar procedente la realización de la auditoría forense (investigación).
• Definir los programas de auditoría forense (objetivos y procedimientos) para la siguiente fase que es la de “ejecución del trabajo”, en caso de establecerse que es procedente continuar con la investigación.
Al planificar una auditoria forense debe tomarse el tiempo necesario, evitando extremos como la planificación exagerada o la improvisación.
En esta fase, una vez que el Auditor Forense ha sido asignado, intenta determinar y realizar una evaluación preliminar de los hechos acontecidos, en especial aquellos de donde se pueda obtener información que indique los indicios y evidencias susceptibles de convertir en pruebas, en ese sentido debe determinar los siguientes aspectos útiles para el desarrollo del trabajo:
• Las fuentes de información útiles para el desarrollo de su investigación,
• Quienes son los informantes potenciales
o Cuales son las razones que le motivan a ser informantes
o Tiene algún valor la información proporcionada?
o Es convincente la información?
FASE 2.
EJECUCION
Trabajo de Campo.
En esta fase se ejecutan los procedimientos de auditoría forense definidos en la fase anterior (planificación) más aquellos que se considere necesarios durante el transcurso de la investigación.
Los procedimientos programados pueden variar y por ello deben ser flexibles puesto que en la ejecución del trabajo de una auditoría forense se avanza con sagacidad y cautela a medida que se obtiene resultados, mismos que podrían hacer necesaria la modificación de los programas definidos inicialmente. El uso de equipos multidisciplinarios (expertos: legales, informáticos, biólogos, grafólogos u otros) y del factor sorpresa son fundamentales.
De ser necesario deberá considerarse realizar parte de la investigación con el apoyo de la fuerza pública (ejército o policía) dependiendo del caso sujeto a investigación.
Un aspecto importante en la ejecución de la auditoría forense es el sentido de oportunidad, una investigación debe durar el tiempo necesario, ni mucho ni poco, el necesario. Muchas veces por excesiva lentitud los delincuentes se ponen alerta, escapan o destruyen las pruebas; en otros caso, por demasiado apresuramiento, la evidencia reunida no es la adecuada, en cantidad y/o calidad, para sustentar al juez en la emisión de una sentencia condenatoria, quedando impunes los perpetradores del delito financiero investigado.
El auditor forense debe conocer o asesorarse por un experimentado abogado respecto de las normas jurídicas penales (por ejemplo el debido proceso) y otras relacionadas específicamente con la investigación que está realizando. Lo mencionado es fundamental, puesto que, si el auditor forense no realiza con prolijidad y profesionalismo su trabajo, puede terminar acusado por el delincuente financiero aduciendo daño moral o similar.
Fase de Recopilación de Información:
Seguidamente de precisar las fuentes de donde se pueden obtener los indicios y evidencias susceptibles a convertir en prueba., se procede a la Fase de Recopilación de Información, donde se pretende responder las siete preguntas básicas:
• Qué sucedió?
• Cuando sucedió?
• Donde sucedió?
• Con qué sucedió?
• Por qué sucedió?
• Quién lo ocasionó?
• Como Ocurrió?
Estas preguntas sencillas, ayudan al Auditor Forense a valorar los indicios y evidencias, así como la información que aportan los interesados y testigos, en ese sentido se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
• Pertinencia de la información con lo investigado
• Veracidad comprobable
• Pureza jurídica del dato.
Fase de Investigación
Es en esta tercera fase en la cual se hace realmente el trabajo de campo, donde se van a recabar los indicios, evidencias y/o pruebas, según sea el caso, de los elementos que responderán las preguntas expuestas en la Fase II. En ésta, el equipo de Investigación realizará las siguientes actividades:
• Asegurar el “escenario”
• Obtener indicios, evidencias y/o pruebas
• Testimonio de testigos y expertos
• Seguimiento de Rumores
• Mantenimiento de registros y sistema de clasificación
Esta es una de las fases mas importante de toda la investigación y es aquí donde queda en evidencia las recomendaciones que al respecto nos hacen los expertos en Auditoria Forense de Argentina, Fundim y Casal (2007) en cuanto a que la composición de los equipos de Auditoria Forense deben contener al menos 3 profesionales, representados en un Abogado, un Investigador y un Auditor Forense, esta aseveración de los Expertos Argentinos la traigo a colación debido a que la primera actividad de la III Fase la constituye el “aseguramiento del escenario”. Al leer esta frase, es fácil imaginarse una escena de C.S.I., con precintos de lugares que impidan al acceso y si bien en algunas ocasiones el Auditor Forense pudiera estar frente a una situación de este estilo, nos señala Rudloff que el objetivo central no es otro que preservar el estado original de los documentos que serán sometidos a los diferentes análisis contables, grafotécnicos, etc. Igualmente, nos señala Rudloff que también entra dentro de esta categoría la protección y aseguramiento de los equipos de computación (laptops, main frames, servidores, discos duros, etc.), los archivos de usuario, del sistema operativo y drivers (manejadores del sistema operativo) de comunicación y de protocolos de Red.
Igualmente, deben hacerse copias de los documentos en papel, los cuales el Auditor Forense procederá (en las copias) a colocar su marca de investigador forense, todo esto en el marco de proteger la integridad de los documentos levantados, con el fin de no contaminarlos en pro de someterlos a la jurisdicción correspondiente y así convertirlos en prueba. Señala Ruddlof “… Yo recomiendo marcar los originales con un número de referencia, con el único propósito de realizar procesos de seguimiento o trazas” contemplados en los procedimientos de cadena de custodia.
En cuanto a las computadoras, en ningún sentido deben ser cambiados en cuanto a su configuración física y electrónica, estas deben ser manipuladas por profesionales del área de Tecnología de la Información, deben protegerse, precintarse y realizar una copia de seguridad de todo el disco duro, abarcando archivos, programas personales y del sistema operativo, es importante destacar que dado el avance de la tecnología, no se deben pasar por alto los sistemas y hardware de almacenamientos remotos y/o portátiles.
Existen otros aspectos, a considerar dentro de esta fase, que rondan alrededor del lugar donde se ha cometido el delito o de quienes lo han consumado, como son la recolección de mensajes telefónicos, notas manuscritas, fotografías, papeles de trabajo, diarios, calendarios, agendas, minutas, etc.
Los gabinetes, bibliotecas, telefoneras y cualquier otro lugar de almacenaje deben ser asegurados, incluyendo precintos donde el auditor/investigador colocará su marca para asegurar que la misma no sea violentada y sus contenidos corrompidos.
Otro aspecto a cumplir en esta fase, lo constituye el testimonio de testigos y expertos que según lo levantado en la Fase I y II proporcionaran información relevante, útil, suficiente y competente para el esclarecimiento del hecho investigado. En Venezuela, estos testimonios deben ser obtenidos bajo el pleno derecho de las garantías constitucionales consagradas en la Constitución, sin emplear ningún medio de coacción, en cuanto a los expertos, peritos y consultores técnicos, estos deben someterse a lo estipulado en los artículos 249, 401.5, 451, 453, 461, 465, 466, 467, 468 y 469 del Código de Procedimiento Civil (CPC), 1107 y 1108 del Código de Comercio (CCo), 157 del Código Orgánico Tributario (COT) , 453 y 95 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), 148, 237 y 238 y 242 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), estos aspectos deben ser celosamente vigilado por el Auditor Forense pues su falta conlleva al disentimiento de la investigación y por ende a la impunidad de los posibles indiciados o sospechosos.
Otro aspecto es el de seguimiento de rumores, estos deben ser sometidos al filtro de la fase II y con mucho cuido, el Auditor Forense programará las diligencias necesarias para que sus investigadores realicen la adecuada evacuación dentro de los protocolos establecidos en las leyes respectivas.
Finalmente, el equipo de auditoria prepara un sencillo sistema de mantenimiento de registros y clasificación de las actuaciones realizadas, indicios, evidencias y pruebas recolectadas, señalando el lugar de su recolección, la fecha, hora y características de la misma, señalando la referencia que permita su posterior seguimiento, aplicando así los procedimientos de cadena de custodia contemplado en los artículos 108.2, 108.3, 108.11, 197 y 202 del COPP y los artículos 2 y 26 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) .
Fase de Interrogatorios
Para ejecutar esta fase, el equipo de Auditoria Forense, deberá contemplar los siguientes aspectos:
• Programación y ubicación
• Protección de evidencia
• Observación (comportamientos)
• Técnicas de Interrogatorios
• Declaraciones escritas
• Acusaciones.
El éxito en el logro de los objetivos planificados en un interrogatorio, reside en cuido que deben poner sus ejecutores en la programación, hay algunos aspectos como son el ambiente donde se va a desarrollar el interrogatorio, los interrogadores, el tipo y redacción de las preguntas y su secuencia lógica, las repreguntas para validar las respuestas del interrogado entre otras, que deben ser cuidadosamente analizadas y evaluadas antes de iniciar un interrogatorio.
Lo primero que debe determinar el investigador, es precisar si tiene toda la información requerida para llevar adelante el interrogatorio, para esto debe evaluar los componentes de la siguiente lista:
• Se ha efectuado un escrutinio exhaustivo en búsqueda de pruebas materiales en el lugar de los hechos?, en ese sentido los entendidos en la materia, recomiendan que el investigador debe volver al lugar del crimen a repasar todos los elementos recabados.
• Sabemos con certeza, que no se ha pasado ninguna evidencia o indicio por alto?
• Se examinaron todas las personas que tienen algún conocimiento al respecto?
o Testigos
o Informantes
• Se les ha tomado declaraciones bajo juramento
• La reconstrucción del hecho demostró compatibilidad entre todos los sucesos o eventos conocidos y los datos que se poseen?
• Se obtuvo y evaluó todo el material probatorio?
• El análisis y valoración de todas las pruebas demostró compatibilidad recíproca con todos los hechos y daños obtenidos?
• Se verificaron los archivos de información?
• Concluyó la investigación de antecedentes del sospechoso o investigado?
• Se estableció el motivo del hecho a investigar?
• Se constataron los diversos elementos de pruebas legales?
• Se establecieron e investigaron satisfactoriamente los movimientos del sospechoso o investigado el día del suceso?
• Se revisaron las posibles coartadas del sospechoso o investigado?
• Ha sido terminada la investigación del caso?
• Esta lista y dispuesta la sala de interrogatorio?
• El interrogador estableció un plan con su respectivo enfoque?
• Están fijados en la mente del investigador, todos los hechos conocidos y datos disponibles?
Además de los tópicos anteriores, también es necesario la selección del enfoque de la entrevista y el estilo de preguntar a ser aplicadas.
• Enfoque dirigido: Focalización de la entrevista en áreas o tópicos preseleccionados para la discusión. Dirigido a extraer información.
• Enfoque No dirigido: Permite al entrevistado explorar o hablar sobre tópicos en una manera mas libre y espontánea. Dirigido a solicitar opiniones y percepciones.
• Enfoque de Patrón: Combinación del enfoque Dirigido y No Dirigido.
Dentro de la planificación el interrogador deberá:
• Desarrollar una agenda que permita al entrevistado conocer el propósito del proyecto/reunión, el tiempo aproximado requerido para la entrevista y los principales tópicos a ser cubiertos.
• Identificar temas o preguntas para estimular al entrevistado a pensar de manera mas profunda y ofrecer más detalles.
Para construir una pregunta, el investigador debe tener claro los códigos lingüísticos que debemos usar. Conocimiento del tipo o características de la persona que se está investigando, de esta forma tendremos la certeza de que el interrogado comprenderá la pregunta y nos responderá en función de lo que se está indagando.
Preguntas Informativas Las preguntas informativas no son confrontativas ni amenazantes, y se hacen con el propósito de recabar información. Buscan sonsacar información objetiva e imparcial. Un buen entrevistador estará alerta en cuanto a inconsistencias en los hechos o comportamiento.
Existen tipos generales de preguntas que se pueden hacer: Abiertas, Cerradas y que insinúan la respuesta:
Preguntas Abiertas Se utilizan en la fase de recabar información para estimular la conversación y hacer que el entrevistado hable abiertamente y de mayores detalles sobre los hechos.
Las preguntas abiertas se hacen de manera que dificulta un “si” o un “no” por respuesta. La típica pregunta abierta requiere una respuesta monólogo y pueden ser respondidas de muchas maneras distintas. Utilice preguntas abiertas para recabar: análisis, opiniones, juicios, percepciones, sentimientos o descripciones
.
Preguntas Cerradas Las preguntas cerradas requieren una respuesta precisa, generalmente un “si” o un “no”. Las preguntas cerradas también tratan detalles específicos, tales como cifras, fechas y horas. Siempre que sea posible se deben evitar las preguntas cerradas en la parte informativa de la entrevista.
Se utilizan extensamente en la parte de preguntas de cierre de la entrevista.
Preguntas que insinúan la respuesta Las preguntas que insinúan la respuesta contienen la respuesta como parte de la pregunta. Muy comúnmente se utilizan para confirmar hechos ya conocidos. Aunque generalmente no se estimula hacer este tipo de preguntas en los procesos judiciales, se pueden utilizar efectivamente en situaciones de entrevistas.
Técnicas de Interrogatorio informativo
• Comience con preguntas que probablemente no hagan que el entrevistado se ponga a la defensiva o se torne hostil.
• Haga las preguntas de manera que desarrollen los hechos, en el orden en que ocurrieron o con otro orden sistemático.
• Solo haga una pregunta a la vez, formúlela de manera que solo se requiera una respuesta.
• Haga preguntas directas y francas; en general evite enfoques astutos o jerga técnica.
• Dé al entrevistado bastante tiempo para contestar; no lo apure.
• Trate de ayudar al entrevistado a recordar, pero no sugiera respuestas; tenga cuidado de implicar alguna respuesta particular mediante expresiones faciales, gestos, métodos de hacer las preguntas o tipo de preguntas utilizadas.
• Dar al entrevistado tiempo para calificar sus respuestas.
• Separe los hechos de las deducciones.
• Haga que el entrevistado dé comparaciones en porcentajes, fracciones, estimados de tiempo y distancia y otras de ese tipo para asegurar la precisión.
• Obtener todos los hechos; casi cualquier entrevistado le puede dar información mas allá de que se suministro inicialmente.
• Después de que el entrevistado ha dado un relato narrativo, hágale preguntas sobre los asuntos discutidos.
• Al terminar el interrogatorio directo, resuma los hechos y haga que el entrevistado verifique que esas conclusiones son las correctas.
Técnicas de Interrogatorio de evaluación
Las preguntas de evaluación van después de las fases introductoria e informativa de la entrevista y se realizan si el entrevistador tiene razones para creer que el entrevistado lo está engañando, se pueden formular ciertos tipos de preguntas hipotéticas. Las preguntas de evaluación se utilizan solamente cuando el entrevistador considera que las declaraciones previas del entrevistado son inconsistentes.
• Establezca un tema que justifique preguntas adicionales.
• Este tema normalmente se puede presentar diciendo, “tengo unas cuantas preguntas adicionales.”
• No indique de ninguna manera que estas preguntas son para un propósito distinto a buscar información.
• Observe las respuestas orales y no-orales del entrevistado a estas preguntas a fin de tratar de evaluar la credibilidad del entrevistado con un cierto grado de precisión.
Es importante, durante el interrogatorio, que el equipo de interrogadores preste especial atención a la postura física del interrogado, si se muestra seguro y confiado, nervioso, tartamudo, sudoroso, con la mirada perdida, etc., de manera que puedan precisar cuales preguntan lo incomodan o si pudiera estar mintiendo
Las declaraciones escritas deben realizarse en el marco de lo establecido en la Constitución de la República, deben ser obtenidas por medio de la propia voluntad del declarante sin que medie la coacción o métodos violentos, en ningún caso, según la legislación Venezolana, se debe culpar al investigado/interrogado, pues se debe respetar el debido proceso y el derecho a la defensa y solo el Juez en la fase de sentencia de un juicio es quién puede hacerlo.
Conclusión de la fase de Investigación
Antes de finalizar, el equipo auditor deberá hacer seguimiento a las partidas que se encuentran en circulación, de manera que se pueda probar el hecho en pleno desarrollo, para ello preparará los papeles de trabajo que le permitan dibujar y demostrar la cadena causal de estos hechos debidamente respaldados con las evidencias correspondientes. Toda la Información recolectada debe ser clasificada y categorizada en forma adecuada y lógica, de manera que proporciones información útil y competente.
Finalmente, antes de preparar el producto final, el Auditor Forense someterá el producto de su investigación una valoración jurídica al abogado de corte penalista del equipo investigador, aún cuando este ha debido estar presente a o largo de toda la investigación, cuidando que la misma se hace dentro del parámetro legal que conlleven al éxito jurídico en cuanto al establecimiento de los hechos, sus responsables y los efectos causados.
FASE 3.
Comunicación de Resultados.
La comunicación de resultados será permanente con los funcionarios que el auditor forense estime pertinente.
Al comunicar resultados parciales o finales el auditor debe ser cauto, prudente, estratégico y oportuno, debe limitarse a informar lo que fuere pertinente, un error en la comunicación de resultados puede arruinar toda la investigación (muchas veces se filtra información o se alerta antes de tiempo a los investigados de los avances obtenidos).
Entrega de Informes
En los casos que son requeridos por la instancia jurisdiccional, el artículo 239 del COPP, establece que “el dictamen pericial deberá contener, de manera clara y precisa, el motivo por el cual se práctica, la descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle, la relación detallada de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte.
El dictamen se presentará por escrito, firmado y sellado, sin perjuicio del informe oral en la audiencia.”
En ambos casos (instancia jurisdiccional o privada), el informe deberá estar respaldado por un archivo lógicamente secuenciado y debidamente foliado, producto de los elementos recabados de la investigación. Su contenido será real, sin opinión ni conjeturas, pues es una base para la evaluación y la decisión que deberá tomar el juez, cuando se trate de una investigación de corte privado que potencialmente pueda ser sometido a una corte, el resultado debe ser sometido a la Gerencia requirente, el Comité de Auditoria, la Junta Directiva, El Comisario y las autoridades legales pertinentes según el caso.
FASE 4.
Monitoreo del caso
Esta última fase tiene por finalidad asegurarse de que los resultados de la investigación forense sean considerados según fuere pertinente y evitar que queden en el olvido, otorgando a los perpetradores del fraude la impunidad.
8. AUDITOR FORENSE
Los investigadores privados en el mundo de los negocios son los auditores forenses, los que utilizan herramientas investigativas para conducir la búsqueda a través de los ingresos y cuentas corrientes de las compañías o individuos. Su habilidad va estar basada en responder inmediatamente y comunicar de manera clara y concisa la información financiera ante la Corte. Ellos están preparados para mirar a través de los números y determinar la situación real de los negocios.
El Auditor Forense analiza, interpreta, recopila y presenta complejas finanzas y los flujos de manera que sean entendibles, como correctamente sustentados con el fin ulterior de asistir a la justicia en los aspectos contables.
El Contador, pues, en su capacidad de auditor forense con su experiencia cumple está función de localizar y aportar estas pruebas documentales a los distintos procesos judiciales ya sean éstos de carácter civil, penal, de familia, comercial, fiscal, laboral, etc, es decir, todas las ramas del derecho.
8.1.) Responsabilidades y riesgos del auditor forense
Dada la naturaleza de la Auditoría Forense que desarrolla su trabajo en estrecho vínculo con la justicia es importante distinguir el tipo de compromiso que el auditor debe asumir. Por ejemplo: Una disputa es un conflicto entre partes que puede establecerse en la corte, fuera de ella o puede llevarse a una acción judicial. Una disputa judicial es un conflicto potencial entre las partes que incluye la sospecha del ilícito o actividad ilegal que si se materializa puede establecerse fuera de la corte o puede llevarse a los procedimientos judiciales.
Una acción legal es un procedimiento judicial instituido para reajustar un mal (acción civil) o para buscar el castigo por una ofensa delictiva (acción penal).
Por otro lado, varios son los involucrados en el trabajo del auditor forense, así tenemos:
o Individuos o las organizaciones involucradas directamente en las disputas reales o la acción legal.
o La parte que hace las alegaciones o que tiene las sospechas, quien debe demostrar que se cometió un hecho doloso o de haber sufrido una pérdida.
o La parte contra quien se hace las alegaciones o se tienen las sospechas, quien debe defenderse contra las alegaciones o sospechas.
o Abogados y el mediador o la corte responsable de establecer la disputa o juzgar la acción legal.
Como hemos visto por el grado de compromiso envuelto entre las partes involucradas, la conclusión y el consejo que el auditor forense suministre producirá un impacto determinante en el resultado de una disputa o acción legal, por lo tanto el auditor forense debe ser conciente de esta responsabilidad al aceptar un compromiso de este tipo.
El auditor forense normalmente desarrolla su trabajo en un ambiente emocionalmente cargado y conflictivo por lo tanto debe tener en cuenta este ambiente particular y debe tratar siempre a las partes involucradas con el respeto y dignidad correspondientes.
Antes de aceptar un compromiso de Auditoría Forense, el auditor debe asegurarse de estar libre de cualquier conflicto de intereses que podrían dañar su juicio y objetividad. Asimismo, debe determinar si posee el conocimiento necesario para el campo de especialización relacionado al compromiso y si posee la experiencia suficiente para desarrollar este tipo de trabajo.
Por otro lado, debe asegurarse de tener un claro entendimiento del objetivo del compromiso y si las condiciones del mismo son aceptables, caso contrario si existen reservas sobre la buena fe del cliente o la racionalidad de las demandas debe considerarse la posibilidad de declinar el compromiso.
El acuerdo de compromiso entre el auditor forense y el cliente debe fijarse por escrito, debe ser redactado cuidadosamente, pues pudiera utilizarse en la corte y podría ser usado en su contra exponiéndolo de esta manera a una posición de riesgo que podría minar su credibilidad.
Al realizar su trabajo el auditor forense nunca debe pensar que las técnicas forenses reemplazarán a las normas, reglas o prácticas relacionadas a su especialización, por lo tanto nunca debe dejar de aplicar los conocimientos relacionados a su especialidad tales como contabilidad, finanzas, aseguramiento y control, y apoyar su análisis en la legislación pertinente.
Dada la implicancia que tendrá el trabajo del auditor forense, la planificación de su auditoría debe ser continuamente ajustada a los cambios en los compromisos asumidos, así como a los nuevos hechos que surjan. Estos cambios en la naturaleza y dirección del trabajo deben ser comunicados inmediatamente a las personas que participan en el trabajo.
Otro aspecto importante es la conclusión que emitirá el auditor forense, el mismo que debe apoyarse en evidencias apropiadas y suficientes como son las notas de las entrevistas, declaraciones dadas por escrito, pistas, análisis y documentos de apoyo que sean admisibles por Ley.
Para concluir debemos señalar que el auditor forense debe documentar adecuadamente la evidencia de su trabajo; es decir, sus papeles de trabajo que explican los métodos usados, análisis efectuado, los hechos básicos, los datos coleccionados, las asunciones aceptadas, conclusión formulada y la evidencia recaudada que apoya su conclusión.
8.2.) El perfil del auditor forense
En adición a los conocimientos de contabilidad y auditoría habituales, para la formación del auditor forense se debe incluir aspectos de investigación legal y formación jurídica, con énfasis en la recolección de pruebas y evidencias.
El auditor forense debe tener amplios conocimientos en el campo a auditar. Los principios y las disposiciones legales vigentes, las normas internacionales de auditoría, técnicas y procedimientos de auditoría a emplearse y experiencia en la realización de estas labores. El auditor debe estar altamente calificado para manejar la información y las técnicas de análisis y revisar el proceso de control designado por la administración.
Asimismo, entre las principales competencias para asumir el compromiso de una auditoría forense, tenemos:
• Ser perspicaz,
• Conocimiento de Psicología,
• Una mentalidad investigadora,
• Mucha auto motivación,
• Trabajo bajo presión,
• Mente creativa,
• Habilidades de comunicación y persuasión,
• Habilidad de comunicar en las condiciones de ley,
• Habilidades de mediación y negociación,
• Habilidades analíticas,
• Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones,
• Experiencia en el campo de la auditoría.
Actualmente, para la formación de los auditores forenses no existen programas de tipo universitario, dado de que la formación básica es la de Contador Público. Sin embargo, en los Estados Unidos de Norteamérica existen programas de entrenamiento y conferencias organizadas por el Institute of Internal Auditors, la Nacional Asociación of Certified Fraud Examiners, y la National Associations of Accountants, con un marcado sello de tipo profesional.
Según un estudioso de la Auditoría Forense, Bologna. J. and R. Lindquist (1995) señala que la formación de un auditor forense debe cubrir por lo menos, además de la carrera de Contador Público las siguientes áreas; legal, auditoría, organizacional, investigativa y de administración de riesgos, como mínimo. La mayoría de temas que tratan estas áreas son las relacionadas al fraude, controles, sistemas de prevención, irregularidades, características psicosociales de los ladrones y desfalcadores, tipos de robo, desfalco, etc.
9. LA PRUEBA
La prueba es la forma con la que han contado los funcionarios judiciales para reconocer derechos. El hombre ha tratado siempre de aplicar justicia, basado en las experiencias personales y en las tendencias ideológicas de la norma jurídica llamada a solucionar el problema suscitado.
Por tal motivo, la prueba penal y su apreciación es importante al interior del ¡proceso, porque es a través de esos elementos de juicio con los cuales se acredita 1 un hecho objeto de investigación. Sin probanza, en el caso del derecho penal, no se puede hablar de los elementos constitutivos de la conducta punible y, menos, aplicar cualquier esquema del delito; el funcionario judicial debe formar su convicción sobre los hechos demostrados, la cual tiene que ser allegada por el instructor, operador judicial y sujetos procesales, según el caso.
Cuando hablamos de "la prueba" lo que deseamos es recopilar los principios de derecho probatorio y analizarlos a la luz de lo dispuesto en la Constitución y en la Ley, especialmente según lo dispuesto en los códigos vigentes.
La incorporación y la evaluación de la prueba al proceso debe sujetarse en los siguientes principios:
• principio de la Necesidad de la Prueba.
• principio de la Eficacia Jurídica y de la Legalidad de la Prueba.
• principio de la Unidad de la Prueba.
• principio de Interés Público de la Función de la Prueba.
• principio de la Preclusión de la Prueba.
• principio de la Inmediación y de la Dirección del funcionario judicial en la Producción de la Prueba.
• principio de la Originalidad de la Prueba.
• principio de Concentración de la Prueba.
• principio de la Libertad de la Prueba.
• principio de Pertinencia, Idoneidad y Utilidad de la Prueba.
• principio de la Inmaculación de la Prueba.
• principio dé la Evaluación o apreciación de la Prueba.
• principio de la Comunidad xle la Prueba.
• principio de Interés Público de la Función de la Prueba.
• principio de la Lealtad y de Probidad o de Veracidad de la Prueba.
• principio de la Obtención Coactiva de los Medios Naturales de la Prueba.
9.1) La prueba pericial
La prueba, ha sido definida como: "todo lo que sirve para darnos la certeza acerca de la verdad de una proposición". La certeza está en nosotros, la verdad en los hechos.
En la prueba pericial puede incluirse:
• Huellas dactilares.
• Pruebas de caligrafía.
• Videograbación con cámaras ocultas selladas, con programación de tiempo y fecha.
• Audiograbación y verificación de voz.
• Rastreo de información en la memoria y archivos de las computadoras.
• Recuperación de datos "borrados" en el disco duro de las computadoras.
• Análisis de documentos.
9.2) Diferencias entre indicio, evidencia de auditoría, prueba, operación inusual, operación sospechosa, delito autónomo, conexo y extinción de dominio.
o Indicio: signo que permite presumir algo con fundamento cuestionable.
o Evidencia de auditoría: es la información obtenida por el auditor para llegar & una conclusión sobre la cual basa su opinión. La evidencia de auditoría comprenderá documentos fuente y registros. :,
o Prueba: forma con la que han contado los funcionarios judiciales para reconocer y atestiguar la verdad de un hecho.
o Operación inusual: se denominan operaciones inusuales aquellas cuya cuantía o características no guardan relación con la actividad económica del cliente o que por su número, por las cantidades transadas o por sus características particulares o especiales, se salen de los parámetros de normalidad establecidos dentro del segmento de mercado en el cual se halle ubicado.
Para la detección de operaciones inusuales es importante que los funcionarios tengan presente, además del monto y de la frecuencia de las transacciones, las señales de alerta identificadas para cada negocio, al igual que conozcan los parámetros del segmento de mercado en el cual se mantiene el cliente.
Cuando se detecten operaciones inusuales, éstas se deben informar, debidamente soportadas (anexas copia de los documentos inherentes a la misma), al área de control.
o Operación sospechosa: es aquella apreciación fundada en conjeturas, en apariencias o avisos de verdad, que determinará hacer un juicio negativo de la operación por quien recibe y analiza la información, haciendo que desconfíe, dude o recele de una persona por la actividad profesional o económica que desempeña, su perfil financiero, sus costumbres o personalidad, así la ley no determine criterio en función de los cuales se puede apreciar el carácter dudoso de una operación. Es un criterio subjetivo basado en las normas de máxima experiencia de hecho.
o Delito autónomo: hecho que quebranta la ley y que para ser sancionado se trata de manera independiente.
o Delito conexo: conjunto de delitos relacionados que para su sanción requieren depender uno del otro.
o Extinción de dominio: expropiación del derecho de dominio por parte del Estado, a tenedores de bienes y dinero procedentes de fuentes que la ley considera ilícitas.
9.3) Conversión de la evidencia en prueba
Las evidencias se convienen en pruebas legales para acusación si cumplen con los siguientes requerimientos de ley:
o Ordenadas por un juez competente para investigar y recopilar evidencias.
o Obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación.
o No haber cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia.
o No deben ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien.
o No debe obtenerse evidencia por un solo investigado.
o Documentar ampliamente paso a paso los diferentes procedimientos.
Fecha, hora y lugar
Nombre de los investigadores
Relación de las evidencias y declaraciones juradas.
Cualquier falla en el proceso de recopilación y obtención de evidencias puede anular la investigación y las evidencias pueden ser descartadas por la fiscalía, el juez o la defensa que puede interponer una contra demanda o pedir la anulación del juicio.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial N° 36.860.de fecha 30 de diciembre de 1999,
Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial Nº 38.536 de fecha 04 de Octubre del 2006
Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial N° 5.152 de fecha 19 de junio de 1997.
Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial Nº 38.426 de fecha 28 de abril de 2006
Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Gaceta Oficial Nº 37.504 de fecha 13 de Agosto de 2002
Código Orgânico Tributario, Gaceta Oficial Nº 37.305 de fecha 17 de Octubre de 2001
Código de Comercio, Gaceta Oficial Nº 475 de 21 fecha Diciembre de 1955,
Código de Procedimiento Civil, Gaceta Oficial 4.209 de fecha 18 de Septiembre de 1990
Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Gaceta Oficial Nº 38.598 de fecha 05 de enero de 2007
Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Gaceta Oficial 38.337 de fecha 16 de diciembre de 2005.
Resolución Nº 185-01 "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales aplicables a los entes regulados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras" (Gaceta Oficial Nº 37.287 de fecha 20/09/2001). SUDEBAN.
Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, Gaceta Oficial N° 5.789 (Extraordinaria) de fecha 26 de Octubre del 2005
Código Penal, Gaceta Oficial N° 5.763 Extraordinario del 16 de marzo de 2005.
Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, Gaceta Oficial Extraordinario N° 5.555 de fecha 13 de noviembre del 2001,
Decreto con Rango y Fuerza de Ley Marco que regula el Sistema Financiero Público del Estado venezolano. Gaceta Oficial Extraordinario Nº 5.396 de fecha 25 de octubre de 1999
Ley del Banco Central de Venezuela, Gaceta Oficial N° 5.606 Extraordinario de fecha 18 de octubre de 2002.
Ley contra los Ilícitos Cambiarios, Gaceta Oficial N° 38.272 de fecha 14 de septiembre de 2005.
Ley contra la Corrupción, Gaceta Oficial N° 5.637 Extraordinario de fecha 07 de abril de 2003.
Ley Penal del Ambiente, Gaceta Oficial N° 4358 de fecha 3 de enero de 1992.
Ley Orgánica de la Administración Pública Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001
Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, Gaceta Oficial Extraordinario Nº 4.865 de fecha 8 de marzo de 1995
Ley de Mercado de Capitales, Gaceta Oficial Nº 36.565 de fecha 22 de Octubre de 1998.
Normas del Buen Gobierno Corporativo, Gaceta Oficial N° 38.129 de fecha 17 de febrero de 2005.
Normas para la Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales Aplicables al Mercado de Capitales Venezolano, Gaceta Oficial N° 38.354 del 10 de enero de 2006
Ley Orgánica de Aduanas, Gaceta Oficial Nº 5.353 (Extraordinario) de fecha 17 de junio de 1999
Normas para la Autorización y Funcionamiento aplicables a los Operadores Cambiarios Fronterizos, Gaceta Oficial Nº 36.510 de fecha 05 de agosto de 1998
Normas sobre Operadores Cambiarios Fronterizos, Gaceta Oficial Nº 36.415 de fecha 17 de marzo de 1998
Decreto con fuerza y rango de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Timbre Fiscal, Gaceta Oficial N° 5.416 de fecha 22 de diciembre de 1999
Introducción
Definición de la Auditoria forense
Antecedentes de la Auditoría forense
Causa y origen de la Auditoría forense
Objetivo de la Auditoria forense
Las normas aplicables para la Auditoría forense
Ámbitos de aplicación
Fases de Auditoría
El auditor forense
La prueba
Marco Legal en Venezuela
1. INTRODUCCION
Ahora que nos encontramos en el tercer milenio, nos damos cuenta que estamos viviendo en un nuevo mundo, el cual evoluciona sin cesar, acelerándose cada día más. Hoy hemos pasado de una economía de endeudamiento a una que se rige bajo la ley de la oferta y la demanda, en una aldea común, donde cada vez más las fronteras de los países van desapareciendo. Esta nueva economía ya no exige al lider de la empresa un resultado positivo del ejercicio contable, sino una «creación de valor» presente y previsto y enteramente competitivo. En esta nueva economía, que descansa en el conocimiento, todos tienen la vocación de ser más libres, pero también más responsables; la responsabilidad de conducir su carrera, de dirigir su propia empresa y destino.
Ese entorno es en el que interactúan ahora las organizaciones y naciones, y lo bueno o malo es que se caracteriza además por ser dinámico y cambiante, a una velocidad tal, de que si no vamos a su ritmo, podemos quedar desfasados y obsoletos por utilizar un poco de lenguaje contable. Desgraciadamente, a países como los nuestros, esta nueva economía no nos encuentra bien parados y por el contrario ha despertado otros fenómenos como son la corrupción y el fraude que cada vez más se convierten en situaciones de alto riesgo que los líderes de las organizaciones, privadas o públicas deben evaluar para analizar la probabilidad de ocurrencia e impacto, de tal manera de gerenciarlas o controlarlas.
El fraude es la mayor preocupación en el ambiente de los negocios en la actualidad, por lo que combatir este flagelo se ha convertido en uno de los objetivos corporativos tanto a nivel privado como gubernamental, debido a estas crecientes necesidades surge la denominada: Auditoría Forense.
4. DEFINICIÓN DE LA AUDITORIA FORENSE
Comúnmente el término forense se relaciona sólo con la medicina legal y con quienes la practican, frecuentemente identifican este vocablo con necropsia (necro que significa muerto o muerte), patología (ciencia médica que estudia las causas, síntomas y evolución de las enfermedades) y autopsia (examen y disección de un cadáver, para determinar las causas de su muerte).
El término forense corresponde al latín forensis, que significa público, y complementando su significado podemos remitirnos a su origen forum del latín que significa foro, plaza pública o de mercado de las antiguas ciudades romanas donde se trataban las asambleas públicas y los juicios; lo forense se vincula con lo relativo al derecho y la aplicación de la ley, en la medida que se busca que un profesional idóneo asista al juez en asuntos legales que le competan y para ello aporte pruebas de carácter público para representar en un juzgado o Corte Superior.
Según el diccionario Larousse, forense es "el que ejerce su función por delegación judicial o legal". Por ello se puede definir la Auditoria forense como "aquélla que provee de un análisis contable que es conveniente para la Corte, el cual formará parte de las bases de la discusión, el debate y finalmente el dictamen de la sentencia".
En términos de investigación contable y de procedimientos de auditoria, la relación con lo forense se hace estrecha cuando hablamos de la contaduría forense, encaminada a aportar pruebas y evidencias de tipo penal, por lo tanto se define inicialmente a la auditoria forense como una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas; algunos tipos de fraude en la administración pública son: conflictos de intereses, nepotismo, gratificaciones, estados falsificados, omisiones, favoritismo, reclamaciones fraudulentas, falsificaciones, comisiones clandestinas, malversación de fondos, conspiración, prevaricato, peculado, cohecho, soborno, sustitución, desfalco, personificación, extorsión, lavado de dinero.
Entre otras definiciones, tenemos:
La auditoria forense, es una ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, en una forma que será aceptada por una corte de jurisprudencia contra los perpetradores de un crimen económico, por lo tanto, existe la necesidad de preparar personas con visión integral, que faciliten evidenciar especialmente, delitos como la corrupción administrativa, el fraude contable, el delito en los seguros, el lavado de dinero y el terrorismo, entre otros. La sociedad espera de los investigadores, mayores resultados que minimicen la impunidad, especialmente en estos momentos tan difíciles, en los cuales el crimen organizado utiliza medios más sofisticados para lavar dinero, financiar operaciones ilícitas y ocultar los resultados de sus diversos delitos.
Lo FORENSE, por lo tanto, está estrechamente vinculado a la administración de justicia en el sentido de aportar pruebas de carácter público, que puedan ser discutidas a la luz de todo el mundo (el foro).
La auditoria forense, es una disciplina especializada que requiere un conocimiento experto de la teoría contable, auditoria y métodos de investigación. La auditoria forense constituye una rama importante de la contabilidad investigativa utilizada en la reconstrucción de hechos financieros, investigaciones de fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de proyecciones financieras.
La investigación de un profundo conocimiento de contabilidad, auditoria y vías de investigación viene a formar la función especializada que en el mundo de los negocios se conoce como auditoria forense y es aquí donde se brinda el respaldo necesario. Existen otras asignaciones que únicamente requieren el suministro o recopilación de documentación detallada del cliente.
La auditoría forense es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal, de esta manera se contribuye, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestros pueblos hermanos."
Para arribar este tema debemos empezar por lo forense; cuya definición ya explicamos anteriormente, sin embargo es lógico extender el significado de esta palabra al ámbito jurídico diciendo que los jueces necesitan para el ejercicio de su función la asistencia de profesionales que colaboren en la obtención de las pruebas y las aporten en el foro, o lo que es lo mismo, las hagan públicas, y así se garanticen justas en las causas judiciales, ya que sería más que pretencioso, imposible que el fallador se especializara en todas las ramas de la ciencia.
Dicho lo anterior, tenemos que la auditoria forense es, en términos contables, la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una corte o un juez en contar de los perpetradores de un crimen económico, como en este caso, el lavado de activos (contaduría forense)
En sus inicios la auditoria forense se aplicó en la investigación de fraudes en el sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoria gubernamental, en especial ante delitos tales como: enriquecimiento ilícito, peculado, cohecho, soborno, malversación de fondos, etc, sin embargo, la auditoria forense no se a limitado a los fraudes propios de la corrupción administrativa, sino que también ha diversificado su portafolio de servicios para participar en investigaciones relacionadas con crímenes fiscales, el crimen corporativo, el lavado de dinero y terrorismo, entre otros.
En ese sentido, el auditor forense puede desempeñarse tanto en el sector público como privado, prestando apoyo procesal que va desde la recaudación de pruebas y el peritaje. De la misma forma, su labor no solamente se destaca en las investigaciones en curso, sino en etapas previas al fraude, es decir, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso; situación ésta, que aplica también para las investigaciones de crimen corporativo que se relacionan con fraude contable ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación I intencional, falsificación, lavado de activos, etc.
Con todo, si no fuera por esta especialidad de la ciencia, no podríamos hablar de casos tan conocidos como Enron, Tyco, WorldCom y Parmalat, siendo éste el más reciente.
Por eso, la labor del auditor tradicional difiere de uno forense, quien debe desarrollar dos capacidades, en principio opuestas para llevar a cabo su trabajo con éxito. Una de ellas es la habilidad de escudriñar pequeños detalles sin perder de vista el gran entorno, o en otras palabras dicho y de manera metafórica, el auditor forense "debe percatarse de las hojas al tiempo que contempla el bosque". Y por otro desde las cuales ven circunstancias relativamente fáciles de detectar, como un simple robo, hasta situaciones de suma complejidad, como la manipulación de estados financieros y los delitos de "cuello blanco".
La principal diferencia entre una auditoria forense y una tradicional, es que la primera descansa en la experiencia de expertos que trabajan con evidencia delicada, con abogados, con agencias estatales y el sistema legal. Su trabajo está dirigido para ambientes legales o cuasi jurídicos. La Auditoria Tradicional se realiza sin este enfoque, sólo se dedica a llevar los programas para obtener una seguridad razonable basada en sus evidencias.
Por lo tanto, existe la necesidad de preparar personas con visión integral, que faciliten evidenciar especialmente, delitos como: la corrupción administrativa, el fraude contable, el delito en los seguros, el lavado de dinero y el terrorismo, entre otros.
Dicho lo anterior, ya estamos preparados para establecer el manejo de la prueba en términos de auditoría forense. Las pruebas o medios probatorios como también han sido denominados tienen un objeto, un tema y un fin. El primero, se refiere a los hechos y afirmaciones; el segundo, hace relación a los hechos que deben ser investigados en cada proceso, y el tercero, tiene que ver con el cometido de las pruebas, ya que estas persiguen la búsqueda de la verdad, pero aquí lo importante es que la verdad real coincida con la verdad procesal que se desprende de la investigación y del expediente.
La Auditoria Forense es muy usada en otros países, tanto así, que en los Estados Unidos de América ya se ha conformado la Asociación de Contadores Forenses (en inglés Asociación of Forensic Accountants – NAFA) que es una asociación profesional de firmas de contabilidad dedicada a la investigación. Los miembros de está asociación brindan respaldo profesional para las reclamaciones a la industria de seguros y a los clientes en los distintos procesos de litigios. Existe en ese país, Europa y Australia, un sinnúmero de firmas especializadas en lo que ellos mismos se han autodenominado detectives financieros.
Más aún. En algunas firmas de las llamadas firmas grandes de contabilidad en los Estados Unidos de América, se puede encontrar con un departamento especializado llamado precisamente, el Departamento de Auditoria Forense (Forensic audit.)
2. ANTECEDENTES DE LA AUDITORIA FORENSE
"A través de la historia se han realizado distintos tipos de auditoria, tanto al comercio como a las finanzas de los gobiernos. El significado del auditor fue "persona que oye", y fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad gubernamental eran aprobados solamente después de la lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la revolución Industrial, se realizaban auditorias para determinar si las personas en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio estaban actuando y presentado información de forma honesta".
Durante la Revolución Industrial a medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar servicios de gerentes contratados. Con la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo principal detectar errores y fraudes, con frecuencia incluían el estudio de todas o casi todas las transacciones registradas.
A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de auditoría tendió a alejarse de la detección de fraude y se dirigió hacia la determinación de si los estados financieros presentaban razonablemente la posición financiera y los resultados de las operaciones. A medida que las entidades corporativas se expandían los auditores comenzaron a trabajar sobre la base de muestras de transacciones seleccionadas y en adición tomaron conciencia de la efectividad del control interno.
La profesión reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por estos el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la década de los 60s en Estados Unidos la detección de fraudes asumió un papel más importante en el proceso de auditoría.
Este desplazamiento en la detección de fraude fue el resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad por los fraudes en gran escala, una diversidad de procesos judiciales exitosos que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado inapropiadamente sin detección por parte de los auditores independientes y la convicción por parte de los contadores públicos de que debería esperarse de las auditorías la detección de fraude material.
En 1996 la Junta de Normas de Auditoría, emitió una guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al fraude. El uso de sistemas de computación no ha alterado la responsabilidad del auditor en la detección de errores y fraude. El Congreso y los reguladores estaban convencidos de que la clave para evitar problemas era la reglamentación de leyes efectivas y las exigencias por parte de los auditores, en el cumplimientos de las provisiones de esas leyes y regulaciones.
Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las principales organizaciones de contabilidad patrocinaron la Comisión Nacional sobre Presentación de informes Financiero Fraudulentos, muchas de las recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y Auditoría, una de la más importante fueron sobre la efectividad del control interno y la demanda de la atestación de los auditores
En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y la empresa, se debe fomentar y enriquecer también en el Perú la implementación y desarrollo de la Auditoria Forense como una metodología efectiva profundizando la lucha contra la corrupción. La auditoría a evolucionado para adaptarse a estos nuevos procesos y enfrentar las grandes transformaciones en los diferentes ambientes, como son las iniciativas de fusiones, cambios tecnológicos, lanzamientos de nuevos productos, definición de nuevos servicios, entre otros. Dentro de esta evolución la auditoría se ha especializado para ofrecer nuevos modelos de auditorías, entre estos encontramos la Forense que surge como un nuevo apoyo técnico a la auditoría gubernamental, debido al incremento de la corrupción en este sector. Esta auditoría puede ser utilizada tanto, el sector público como en el privado.
Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la información financiera lo que permite a las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos, la contribución del auditor es proporcionar credibilidad a la información, para los Accionistas, Acreedores, Clientes, Reguladores Gubernamentales, entre otros.
Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estado Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación se mencionan a las auditorías utilizadas en la actualidad:
• Auditorías Gubernamental
• Auditorías de Estados Financieros
• Auditorías de Cumplimiento
• Auditorías de Gestión y Operacionales
• Auditorías Internas
• Auditorías Especiales
• Auditorías de Control Interno
3. CAUSA Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.
Queremos presentar el modelo de la Auditoría Forense, sus características y su importancia como modelo de control y de investigación gubernamental, con el fin de tener una nueva herramienta que ayude a detectar y combatir los delitos cometidos contra los bienes del Estado por parte de empleados públicos deshonestos o patrocinadores externos, de esta manera contribuimos, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestro pueblos hermanos.
El perito o sujeto investigador debe ser elegido como un elemento imparcial, debe ser competente, se requiere de un experto para exponerle a un juez percepciones ordinarias que efectúe sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos de valor técnico.
El propósito fundamental de la auditoría gubernamental no es detectar fraude, sino más bien prevenirlos, porque es la responsabilidad propia de la administración de la entidad pública.
Debe tenerse en cuenta que la naturaleza y alcance de la auditoría del sector público pueden verse afectados por la legislación, reglamento, ordenanzas y disposiciones ministeriales deben estar relacionadas con la detección de fraude. Estos requerimientos pueden afectar la capacidad de la auditoría para aplicar su criterio. Además de las responsabilidades formalmente asignadas respecto a la detección de fraude, el uso de fondos públicos tiene a imponer un nivel superior a los temas de fraudes y el auditor puede verse requerido a responder a las expectativas del público con respecto a la detección de fraudes.
El auditor debe diseñar acciones de manera que ofrezca garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos que pudiera repercutir substancialmente sobre los valores que figuran los estados financieros. La auditoría financiera constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública ya que persigue velar por la integridad y validez de las cuentas y el presupuesto, del mismo modo las auditorías de gestión se plantea el manejo de los recursos públicos de la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes para lo cual el auditor gubernamental esta obligado a diseñar la auditoría de manera que ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran afectar los resultados.
La aplicación de las normas legales aplicable le permitirán al auditor sobre la base de su juicio profesional ejerza su labor en los casos de evidencia de corrupción, en el desarrollo de su trabajo, debe elaborar un informe especial con el sustento legal y técnico, las instancias correspondientes en estos casos la Contraloría General de la República para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata.
Con relación al origen de la auditoría forense podremos comentar que "el primer auditor forense fue probablemente el funcionario del Departamento del Tesoro que se vio en la cinta los Intocables, donde un contador desenmascaró al mafioso Al Capone en los años 30 en Estados Unidos, sin embargo es posible que la auditoría forense sea algo más antiguo, tan antiguo que nació con la primera ley conocida como el Código de Hamurabi, primer documento conocido por el hombre que trata sobre leyes; en ellas el legislador incluyó normas sobre el Comercio, vida cotidiana religión, etc. Obviamente no existía la contabilidad por partida doble debido a que el Código de Hamurabi es de Mesópotamia, aproximadamente 1780 a.C., y en sus fragmentos del 100 al 126 da a entender el concepto básico de auditoria forense: demostrar con documentación contable un fraude o una mentira y también se hacen comentarios sobre cálculos de ganancias y pérdidas en los negocios para los cuales se debe utilizar un contador.
La contabilidad existe desde hace mucho tiempo, de hecho se encuentran en museos, documentos relacionados con registros contables pertenecientes al antiguo Egipto, Súmenos y todas las grandes civilizaciones del pasado, sin embargo, la auditoria forense nace cuando se vincula lo legal con los registros y pruebas contables y el primer documento legal conocido es el Código de Hamurabi, allí se expone por ejemplo que si un comerciante reclama un pago realizado debe demostrar el recibo, claro que este comerciante tendría su escriba o contador que presentaría ante el juez el recibo correspondiente al pago y demostraría que el pago fue realizado. El Código de Hamurabi condenaba entonces al fraude o mentira del que negaba haber recibido e! pago haciéndole pagar hasta seis veces el monto.
Existen muchos tratados e historiadores de la contabilidad, pero no de la auditoría forense, ya que además en un momento determinado los tribunales por lo general no se enfocaban en la búsqueda de evidencias para demostrar la culpabilidad de las personas, por tal razón se encuentra un vacío enorme en la auditoría forense y es entonces en los años 30 cuando surge el contador que ayudó a apresar a Al Capone. En la cinta y el libro referido a la captura del mafioso, el protagonista es Elliot Ness y nuestro contador, quien a nuestra manera de ver es en realidad el héroe del drama, pero se pierde en el anonimato.
El repunte de la auditoría forense comenzó con este hecho histórico de apresar a Al Capone debido a que durante la época de la prohibición del licor y el juego, el crimen organizado prosperó como nunca antes en ese país. Millones de dólares fueron ganados usando prácticas criminales. El dinero era lavado y permitiría a los jefes principales del gángster permanecer fuera de las manos de la ley viviendo como magnates. Poco podía hacer la justicia contra la lucha de estas actividades criminales, no se podía aplicar ninguna prueba contra la gente tal como Al Capone, Lucky Luciano y Bugsy Siegel.
Hasta el día que un contador en el Departamento de Impuesto dio con la idea de conseguir inculpar a Al Capone con la Ley de Impuesto, se dedicó entonces a buscar pruebas, repentinamente se encontró una abundancia de evidencia revisando las cuentas de un negocio que lavaba y hasta planchaba el dinero de Al Capone.
La Fiscalía logró traer el "lavador" de dinero y el libro de pagos, se pudo comprobar que el volumen de ventas superaba la capacidad teórica del negocio de los lavadores, de hecho, el volumen de ventas real y el volumen de ventas declarado iban lejanos. Aunque no se pudo probar el asesinato, extorsión y otros crímenes cometidos por Al Capone, los contadores y auditores forenses pudieron demostrar fraude en el pago de impuestos, así se pudo desmantelar la organización.
Cuando otro mafioso importante, Costello, fue capturado, se apresuró a decir "he pagado correctamente mis impuestos", para evitar ser apresado por la misma razón que Al Capone, lo cual demuestra que para ese momento ya los criminales estaban preparados para combatir a los auditores forenses.
Por alguna razón desconocida no se dio el impulso suficiente a esta rama de las ciencias contables en esa oportunidad y el gran momento de la auditoría forense fue diferido hasta los años 70 y 80 donde surgió de nuevo en Estados Unidos como herramienta para suministrar pruebas a los fiscales, luego vinieron los auditores forenses privados y en los años 90 surgió el gran Boom de la Auditoría Forense..."
A propósito de esto, el boletín Interamericano de Contabilidad de la AIC, en el 2002 publicó lo siguiente:
".. ..El número creciente de escándalos financieros y fraudes en años recientes ha hecho a la contabilidad forense una de las áreas de crecimiento más rápidas de la contabilidad y una de las trayectorias de carrera más seguras para los contadores. En abril 11 de 2002, ABC News transmitió una extraña noticia imaginando una nueva serie de televisión llamada "La brigada del fraude", la cual dramatizaría este campo de rápido crecimiento. "Ya casi se puede escuchar el tono", escribe ABC, "Es como Quincy, solamente que con balances generales en lugar de cadáveres".
Algunos hechos y recursos para aquellos que consideren esta nueva y excitanle trayectoria de carrera son:
• U.S. News y Word Report nombraron a la auditoría forense como uno de los ocho más seguros caminos en América en su reporte de febrero 8 de 2002.
• Muchos auditores forenses encuentran este campo más excitante que el campo de la auditoría porque las responsabilidades del trabajo son menos estructuradas y definidas.
• El mercado para la contabilidad forense continúa creciendo, como la reciente erupción de colapsos corporativos y fallas de negocio que están impulsando a los negocios a contratar contadores forenses para prevenir, además de investigar varios tipos de errores.
• La Asociación de Examinadores Certificados de Fraude (Association of Certified Fraud Examiners) ha crecido de 5.500 miertbros en 1992, a 25.000 en el año 2002.
• Sólo un puñado de escuelas en los Estados Unidos ofrece clases de auditoría forense como parte de sus programas. La mayoría de auditores forense son CPAs que han aprendido técnicas forenses en su mismo trabajo.
• El entrenamiento requerido usualmente incluye un grado de estudiantes universitarios en contabilidad más 2 a 4 años de experiencia. Una licencia de CPA es frecuentemente requerida. Además, la Asociación de Examinadores Certificados de Fraude ofrece una designación de examinador certificado de fraude, y la Escuela Americana de Examinadores Forenses (American College of Forensic Examiners) ofrece su propia credencial certificada de contador forense.
• El alcance de los pagos está desde US$30.000 a US$110.000 y más en las firmas de CPA, firmas de leyes, corporaciones y agencias de gobierno como el FBI.
Los tiempos modernos exigen de la profesión contable nuevas tareas y presenta nuevos retos; el fraude, la corrupción, el narcotráfico y el "terrorismo" asociado, al lavado de dinero y activos, hacen que el profesional de la contaduría sea más especialista y experto en su labor.
Por esto la Auditoría Forense se presenta como una opción válida para que el trabajo tenga mayor eficacia en estos difíciles momentos. La sociedad espera que el contador público brinde seguridad necesaria ; para que los grupos terroristas reconocidos no puedan financiarse y utilicen los sistemas financieros para estos fines.
La ONU así lo ha entendido y por eso solicita se conformen grupos de auditores forenses expertos que investiguen y den a la luz pública la forma y los medios que emplean los terroristas para lavar y financiar sus operaciones ilícitas; a partir de la ley USA PATRIOT, el interés del I mundo se centra en conocer el origen de capitales y su destino y se amplían el número de delitos que cubren el tema de lavado de activos.
Estamos frente a un campo nuevo y del cual los profesionales de contaduría pueden apoyarse para convertirse en verdaderos custodios del bien social y una contra frente al fraude, la corrupción y el terrorismo.
5 OBJETIVO DE LA AUDITORIA FORENSE
Los principales objetivos de la Auditoría Forense son los siguientes:
• Luchar contra la corrupción y el fraude, para el cumplimiento de este objetivo busca identificar a los supuestos responsables de cada acción a efectos de informar a las entidades competentes las violaciones detectadas.
• Evitar la impunidad, para ello proporciona los medios técnicos validos que faciliten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en estos tiempos en los cuales el crimen organizado utiliza medios más sofisticados para lavar dinero, financiar operaciones ilícitas y ocultar diversos delitos.
• Disuadir, en los individuos, las prácticas deshonestas, promoviendo la responsabilidad y transparencia en los negocios.
• Credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas, al exigir a los funcionarios corruptos la rendición de cuentas ante una autoridad superior, de los fondos y bienes del Estado que se encuentran a su cargo.
6. LAS NORMAS APLICABLES PARA LA AUDITORÍA FORENSE
En la actualidad no existe un cuerpo definido de principios y normas de auditoría forense, sin embargo, dado que este tipo de auditoría en términos contables es mucho más amplio que la auditoría financiera, por extensión debe apoyarse en principios y normas de auditoría generalmente aceptadas y de manera especial en normas referidas al control, prevención, detección y divulgación de fraudes, tales como las normas de auditoría SAS N° 82 y N° 99 y la Ley Sarbanes-Oxley.
6.1) SAS N° 82 «Consideraciones sobre el Fraude en una Auditoría de Estados Financieros»:
Esta norma entró en vigencia a partir de 1997 y clarificó la responsabilidad del auditor por detectar y reportar explícitamente el fraude y efectuar una valoración del mismo. Al evaluar el fraude administrativo se debe considerar 25 factores de riesgo que se agrupan en tres categorías:
1. Características de la administración e influencia sobre el ambiente de control (seis factores);
2. Condiciones de la industria (cuatro factores); y
3. Características de operación y de estabilidad financiera (quince factores).
De manera especial se debe resaltar que el SAS N° 82 señala que el fraude frecuentemente implica: (a) una presión o incentivo para cometerlo; y (b) una oportunidad percibida de hacerlo. Generalmente, están presentes estas dos condiciones.
6.2) SAS N° 99 «Consideración del fraude en una intervención del estado financiero».
Esta declaración reemplaza al SAS N° 82 «Consideraciones sobre el Fraude en una Auditoría de Estados Financieros » y enmienda a los SAS N°1 «Codificación de normas y procedimientos de auditoría» y N° 85 «Representaciones de la Gerencia» y entró en vigencia en el año 2002. Aunque esta declaración tiene el mismo nombre que su precursora, es de más envergadura que el SAS N° 82 pues provee a los auditores una dirección ampliada para detectar el fraude material y da lugar a un cambio substancial en el trabajo del auditor.
Este SAS acentúa la importancia de ejercitar el escepticismo profesional durante el trabajo de auditoría. Asimismo, requiere que un equipo de auditoría:
1. Discuta en conjunto cómo y dónde los estados financieros de la organización pueden ser susceptibles a una declaración errónea material debido al fraude.
2. Recopile la información necesaria para identificar los riesgos de una declaración errónea material debido al fraude.
3. Utilice la información recopilada para identificar los riesgos que pueden dar lugar a una declaración errónea material debido al fraude.
4. Evalúe los programas y los controles de la organización que tratan los riesgos identificados.
5. Responder a los resultados del gravamen.
Finalmente, este SAS describe los requisitos relacionados con la documentación del trabajo realizado y proporciona la dirección con respecto a las comunicaciones del auditor sobre el fraude a la gerencia, al comité de auditoría y a terceros.
6-3) Ley Sarbanes-Oxley
En el mes de julio de 2002, el presidente de los Estados Unidos promulgó la Ley Sarbanes-Oxley. Esta ley incluye cambios de amplio alcance en las reglamentaciones federales sobre valores que podrían representar la reforma más significativa desde la sanción de la Securities Exchange Act de 1934. La Ley dispone la creación del Public Compnay Accounting Oversigth Borrad (PCAOB) para supervisar las auditorías de empresas que cotizan y que están sujetas a las leyes sobre valores de la Securities and Exchange Comisión (SEC).
Asimismo, se establece un nuevo conjunto de normas de independencia del auditor, nuevos requisitos de exposición aplicables a las empresas que cotizan y a sus miembros, y severas sanciones civiles y penales para los responsables de violaciones en materia de contabilidad o de informes. También se imponen nuevas restricciones a los préstamos y transacciones con acciones que involucran a miembros de la empresa.
Para las empresas que cotizan valores de los Estados Unidos de Norteamérica, los efectos más destacados de la Ley se refieren a la conducción societaria; la ley obligará a muchas empresas a adoptar cambios significativos en sus controles internos y en los roles desempeñados por su comité de auditoría y la gerencia superior en el proceso de preparación y presentación de informes financieros.
En este sentido, la ley otorga mayores facultades a los Comités de Auditoría que deben estar conformados en su totalidad por directores independientes, donde al menos uno de los cuales debe ser un experto financiero. Este Comité es responsable de supervisar todos los trabajos de los auditores externos, incluyendo la pre-aprobación de servicios no relacionados con la auditoría y a la cual los auditores deben reportar todas las políticas contables críticas, tratamientos contables alternativos que se hubieran discutido para una transacción específica, así como toda comunicación escrita significativa que se haya tenido con la Gerencia.
La ley también impone nuevas responsabilidades a los Directores Ejecutivos y Financieros y los expone a una responsabilidad potencial mucho mayor por la información presentada en los estados financieros de sus empresas ya que, entre otros, éstos requieren mantener y evaluar la efectividad de los procedimientos y controles para la exposición de información financiera, debiendo emitir regularmente un certificado al respecto. La ley también impone severas penas por preparar información financiera significativamente distorsionada o por influir o proporcionar información falsa a los auditores.
7. AMBITOS DE APLICACIÓN
7.1) Causas de aplicación de la Auditoria Forense
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal. "…
Como efectos parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la mala asignación de los recursos económicos, la distorsión de los incentivos económicos, la destrucción de la ética profesional, la segregación y desanimación de los honestos, se impide la planeación y la previsiblidad.
Todo esto conlleva costos que van afectar a:
• La eficiencia, porque se desperdician los recursos, se deforma la política y la imagen de sus dirigentes.
• La distribución de los recursos.
• Los incentivos se desvían las fuerzas hacia la búsqueda de ganancias.
• La política, forma un estado que crea inestabilidad.
Prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el Estado:
7.2) Campos de aplicación
La auditoría forense se puede aplicar tanto en el sector público como privado, la corrupción consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dinero a los funcionarios del gobierno para acelerar trámite o investigaciones, el desfalco entre otros.
Sin embargo, la auditoría forense no sólo está limitada a los hechos de corrupción administrativa, también el profesional forense es llamado a participar en distintas actividades:
a) Apoyo procesal
Va desde la asesoría, la consultoría, la recaudación de pruebas o como testigo experto. Generalmente el título de contador acredita a su tenedor como un experto en asuntos relacionados con la contabilidad. Sin embargo, en el mayor parte de los casos ventilados en un tribunal, el testimonio del contador se restringirá a aquella parte del trabajo de contabilidad que hubiere sido realizado por él, o bajo su directa supervisión y en su presencia.
En ningún otro sector de la experiencia profesional; llega a ser tan significativa la independencia del contador como cuando es llamado como testigo experto. Cualquier indicio de parcialidad que deje adivinar su testimonio, desacreditará sus declaraciones y puede descalificarlo como testigo competente.
b) Contaduría investigativa
No sólo en proceso en curso, sino en la etapa previa, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso.
Los tipos de investigación que puede realizar un auditor forense son:
Investigaciones de crimen corporativo;
Estas investigaciones se relacionan con fraude contable y corporativo ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional, falsificación, lavado de activos, etc.
Investigaciones por disputas comerciales
En este campo, el auditor forense se puede desempeñar como investigador, para recaudar evidencia destinada a probar o aclarar algunos hechos tales como:
• Rompimientos de contratos, disputas por compra y venta de compañías, reclamos por determinación de utilidades, reclamos por rompimientos de garantías, disputas por contratos de construcción, disputas por propiedad intelectual y disputas por costos de proyectos.
• Reclamaciones de seguros por devoluciones de productos defectuosos, por destrucción de propiedades, por organizaciones y procesos complejos y verificación de supuestos reclamos.
• Acusaciones por negligencia profesional, que incluye la cuantificación de pérdidas ocasionadas y la asesoría a demandantes y acusados proporcionando evidencia desde expertos en normas de auditoría y de contabilidad.
• Trabajos de valoración de marcas, propiedad intelectual, acciones
• y negocios en general.
c) Como perito
En procesos ante la justicia ordinaria y ante las autoridades tributarias proporcionando conocimiento y experiencia en términos contables.
7.3 Ciencias forenses:
Aplicación de las leyes de la naturaleza a las leyes de los hombres.
Interpretación de evidencia y hechos en los casos Legales
• La auditoria forense es el uso de técnicas de investigación, integradas con la contabilidad y con habilidades de negocio, para brindar información y opiniones, como evidencia en la corte.
• El análisis resultante puede usarse en las cortes, así como, para la discusión, el debate y, finalmente, por resolver las disputas.
a. Objetivos
• Identificar al presunto responsable del hecho calificado como irregular.
• Determinar la forma o método utilizado por el delincuente para cometer el hecho delictivo.
• Cuantificar el daño patrimonial sufrido por la víctima.
• Exponer al asunto a las autoridades administrativas y judiciales competentes, para que se procedan a verificar la verdad real de los hechos y aplicar las sanciones que correspondan.
b. Características
1. Comunicación
• Se pueden requerir diferentes formas de comunicación, variando de un consejo oral a un informe formal.
• A menudo se pide una conclusión que consiste en comunicar los resultados de la investigación y del trabajo de auditor forense y, si aplica, la opinión del auditor investigador forense en los problemas examinados.
2. Areas
• Apoyo a los procesos de Litigación ( Perito)
• Investigación (Auditor).
3. Campos de Acción
La cuantificación de pérdida financiera, aportando las pruebas necesarias para ser utilizadas en los tribunales en cada caso.
1. Disputas entre accionistas o compañeros.
2. Incumplimientos de contratos.
3. Irregularidades e infracciones.
4. Demandas de Seguros.
5. Disputas Matrimoniales, las separaciones, los divorcios.
6. Herencias.
Cuantificación de Pérdida Financiera.
a. Campos de Acción:
Determina los móviles, los culpables y aportando las pruebas para el juzgamiento de los involucrados en:
1. Fraude.
2. Falsificación.
3. Lavado de Dinero.
4. Otros actos ilegales.
La investigación Financiera
a. Campos de acción:
La práctica profesional, investigando y determinado, por ejemplo:
Negligencia profesional relacionada con: Auditoría, Contabilidad y Ética.
Cualidades:
Los auditores forenses tienen algunas cualidades poco usuales. Tienen habilidad en las técnicas de interrogatorio obtenidas de tratar con "fuentes" e "informantes", asimismo saben escuchar lo que se está diciendo, cuándo deben cambiar el tema, cómo desarrollar lo que la persona quiere contar. Es por ello que, el profesional adecuado debe tener las siguientes cualidades:
Una mentalidad investigadora.
Una comprensión de motivación;
Habilidades de comunicación, persuasión y una habilidad de comunicar en las condiciones de ley;
Habilidades de mediación y negociación;
Habilidades analíticas;
Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones.
FASES DE LA AUDITORIA FORENSE
FASE 1.
Planificación.
En esta fase el auditor forense debe:
• Obtener un conocimiento general del caso investigado,
• Analizar todos los indicadores de fraude existentes,
• Evaluar el control interno de ser posible y considerarlo necesario (es opcional).
Esta evaluación, de realizarse, permitirá: a) detectar debilidades de control que habrían permitido se cometa el fraude; b) obtener indicadores de fraude (iniciales o adicionales); y, c) realizar recomendaciones para fortalecer el control interno existente a fin de prevenir futuros fraudes.
• Investigar tanto como sea necesario para elaborar el informe de relevamiento de la investigación, en el cual se decide motivadamente si amerita o no la investigación; es decir, si existen suficientes indicios como para considerar procedente la realización de la auditoría forense (investigación).
• Definir los programas de auditoría forense (objetivos y procedimientos) para la siguiente fase que es la de “ejecución del trabajo”, en caso de establecerse que es procedente continuar con la investigación.
Al planificar una auditoria forense debe tomarse el tiempo necesario, evitando extremos como la planificación exagerada o la improvisación.
En esta fase, una vez que el Auditor Forense ha sido asignado, intenta determinar y realizar una evaluación preliminar de los hechos acontecidos, en especial aquellos de donde se pueda obtener información que indique los indicios y evidencias susceptibles de convertir en pruebas, en ese sentido debe determinar los siguientes aspectos útiles para el desarrollo del trabajo:
• Las fuentes de información útiles para el desarrollo de su investigación,
• Quienes son los informantes potenciales
o Cuales son las razones que le motivan a ser informantes
o Tiene algún valor la información proporcionada?
o Es convincente la información?
FASE 2.
EJECUCION
Trabajo de Campo.
En esta fase se ejecutan los procedimientos de auditoría forense definidos en la fase anterior (planificación) más aquellos que se considere necesarios durante el transcurso de la investigación.
Los procedimientos programados pueden variar y por ello deben ser flexibles puesto que en la ejecución del trabajo de una auditoría forense se avanza con sagacidad y cautela a medida que se obtiene resultados, mismos que podrían hacer necesaria la modificación de los programas definidos inicialmente. El uso de equipos multidisciplinarios (expertos: legales, informáticos, biólogos, grafólogos u otros) y del factor sorpresa son fundamentales.
De ser necesario deberá considerarse realizar parte de la investigación con el apoyo de la fuerza pública (ejército o policía) dependiendo del caso sujeto a investigación.
Un aspecto importante en la ejecución de la auditoría forense es el sentido de oportunidad, una investigación debe durar el tiempo necesario, ni mucho ni poco, el necesario. Muchas veces por excesiva lentitud los delincuentes se ponen alerta, escapan o destruyen las pruebas; en otros caso, por demasiado apresuramiento, la evidencia reunida no es la adecuada, en cantidad y/o calidad, para sustentar al juez en la emisión de una sentencia condenatoria, quedando impunes los perpetradores del delito financiero investigado.
El auditor forense debe conocer o asesorarse por un experimentado abogado respecto de las normas jurídicas penales (por ejemplo el debido proceso) y otras relacionadas específicamente con la investigación que está realizando. Lo mencionado es fundamental, puesto que, si el auditor forense no realiza con prolijidad y profesionalismo su trabajo, puede terminar acusado por el delincuente financiero aduciendo daño moral o similar.
Fase de Recopilación de Información:
Seguidamente de precisar las fuentes de donde se pueden obtener los indicios y evidencias susceptibles a convertir en prueba., se procede a la Fase de Recopilación de Información, donde se pretende responder las siete preguntas básicas:
• Qué sucedió?
• Cuando sucedió?
• Donde sucedió?
• Con qué sucedió?
• Por qué sucedió?
• Quién lo ocasionó?
• Como Ocurrió?
Estas preguntas sencillas, ayudan al Auditor Forense a valorar los indicios y evidencias, así como la información que aportan los interesados y testigos, en ese sentido se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
• Pertinencia de la información con lo investigado
• Veracidad comprobable
• Pureza jurídica del dato.
Fase de Investigación
Es en esta tercera fase en la cual se hace realmente el trabajo de campo, donde se van a recabar los indicios, evidencias y/o pruebas, según sea el caso, de los elementos que responderán las preguntas expuestas en la Fase II. En ésta, el equipo de Investigación realizará las siguientes actividades:
• Asegurar el “escenario”
• Obtener indicios, evidencias y/o pruebas
• Testimonio de testigos y expertos
• Seguimiento de Rumores
• Mantenimiento de registros y sistema de clasificación
Esta es una de las fases mas importante de toda la investigación y es aquí donde queda en evidencia las recomendaciones que al respecto nos hacen los expertos en Auditoria Forense de Argentina, Fundim y Casal (2007) en cuanto a que la composición de los equipos de Auditoria Forense deben contener al menos 3 profesionales, representados en un Abogado, un Investigador y un Auditor Forense, esta aseveración de los Expertos Argentinos la traigo a colación debido a que la primera actividad de la III Fase la constituye el “aseguramiento del escenario”. Al leer esta frase, es fácil imaginarse una escena de C.S.I., con precintos de lugares que impidan al acceso y si bien en algunas ocasiones el Auditor Forense pudiera estar frente a una situación de este estilo, nos señala Rudloff que el objetivo central no es otro que preservar el estado original de los documentos que serán sometidos a los diferentes análisis contables, grafotécnicos, etc. Igualmente, nos señala Rudloff que también entra dentro de esta categoría la protección y aseguramiento de los equipos de computación (laptops, main frames, servidores, discos duros, etc.), los archivos de usuario, del sistema operativo y drivers (manejadores del sistema operativo) de comunicación y de protocolos de Red.
Igualmente, deben hacerse copias de los documentos en papel, los cuales el Auditor Forense procederá (en las copias) a colocar su marca de investigador forense, todo esto en el marco de proteger la integridad de los documentos levantados, con el fin de no contaminarlos en pro de someterlos a la jurisdicción correspondiente y así convertirlos en prueba. Señala Ruddlof “… Yo recomiendo marcar los originales con un número de referencia, con el único propósito de realizar procesos de seguimiento o trazas” contemplados en los procedimientos de cadena de custodia.
En cuanto a las computadoras, en ningún sentido deben ser cambiados en cuanto a su configuración física y electrónica, estas deben ser manipuladas por profesionales del área de Tecnología de la Información, deben protegerse, precintarse y realizar una copia de seguridad de todo el disco duro, abarcando archivos, programas personales y del sistema operativo, es importante destacar que dado el avance de la tecnología, no se deben pasar por alto los sistemas y hardware de almacenamientos remotos y/o portátiles.
Existen otros aspectos, a considerar dentro de esta fase, que rondan alrededor del lugar donde se ha cometido el delito o de quienes lo han consumado, como son la recolección de mensajes telefónicos, notas manuscritas, fotografías, papeles de trabajo, diarios, calendarios, agendas, minutas, etc.
Los gabinetes, bibliotecas, telefoneras y cualquier otro lugar de almacenaje deben ser asegurados, incluyendo precintos donde el auditor/investigador colocará su marca para asegurar que la misma no sea violentada y sus contenidos corrompidos.
Otro aspecto a cumplir en esta fase, lo constituye el testimonio de testigos y expertos que según lo levantado en la Fase I y II proporcionaran información relevante, útil, suficiente y competente para el esclarecimiento del hecho investigado. En Venezuela, estos testimonios deben ser obtenidos bajo el pleno derecho de las garantías constitucionales consagradas en la Constitución, sin emplear ningún medio de coacción, en cuanto a los expertos, peritos y consultores técnicos, estos deben someterse a lo estipulado en los artículos 249, 401.5, 451, 453, 461, 465, 466, 467, 468 y 469 del Código de Procedimiento Civil (CPC), 1107 y 1108 del Código de Comercio (CCo), 157 del Código Orgánico Tributario (COT) , 453 y 95 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), 148, 237 y 238 y 242 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), estos aspectos deben ser celosamente vigilado por el Auditor Forense pues su falta conlleva al disentimiento de la investigación y por ende a la impunidad de los posibles indiciados o sospechosos.
Otro aspecto es el de seguimiento de rumores, estos deben ser sometidos al filtro de la fase II y con mucho cuido, el Auditor Forense programará las diligencias necesarias para que sus investigadores realicen la adecuada evacuación dentro de los protocolos establecidos en las leyes respectivas.
Finalmente, el equipo de auditoria prepara un sencillo sistema de mantenimiento de registros y clasificación de las actuaciones realizadas, indicios, evidencias y pruebas recolectadas, señalando el lugar de su recolección, la fecha, hora y características de la misma, señalando la referencia que permita su posterior seguimiento, aplicando así los procedimientos de cadena de custodia contemplado en los artículos 108.2, 108.3, 108.11, 197 y 202 del COPP y los artículos 2 y 26 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) .
Fase de Interrogatorios
Para ejecutar esta fase, el equipo de Auditoria Forense, deberá contemplar los siguientes aspectos:
• Programación y ubicación
• Protección de evidencia
• Observación (comportamientos)
• Técnicas de Interrogatorios
• Declaraciones escritas
• Acusaciones.
El éxito en el logro de los objetivos planificados en un interrogatorio, reside en cuido que deben poner sus ejecutores en la programación, hay algunos aspectos como son el ambiente donde se va a desarrollar el interrogatorio, los interrogadores, el tipo y redacción de las preguntas y su secuencia lógica, las repreguntas para validar las respuestas del interrogado entre otras, que deben ser cuidadosamente analizadas y evaluadas antes de iniciar un interrogatorio.
Lo primero que debe determinar el investigador, es precisar si tiene toda la información requerida para llevar adelante el interrogatorio, para esto debe evaluar los componentes de la siguiente lista:
• Se ha efectuado un escrutinio exhaustivo en búsqueda de pruebas materiales en el lugar de los hechos?, en ese sentido los entendidos en la materia, recomiendan que el investigador debe volver al lugar del crimen a repasar todos los elementos recabados.
• Sabemos con certeza, que no se ha pasado ninguna evidencia o indicio por alto?
• Se examinaron todas las personas que tienen algún conocimiento al respecto?
o Testigos
o Informantes
• Se les ha tomado declaraciones bajo juramento
• La reconstrucción del hecho demostró compatibilidad entre todos los sucesos o eventos conocidos y los datos que se poseen?
• Se obtuvo y evaluó todo el material probatorio?
• El análisis y valoración de todas las pruebas demostró compatibilidad recíproca con todos los hechos y daños obtenidos?
• Se verificaron los archivos de información?
• Concluyó la investigación de antecedentes del sospechoso o investigado?
• Se estableció el motivo del hecho a investigar?
• Se constataron los diversos elementos de pruebas legales?
• Se establecieron e investigaron satisfactoriamente los movimientos del sospechoso o investigado el día del suceso?
• Se revisaron las posibles coartadas del sospechoso o investigado?
• Ha sido terminada la investigación del caso?
• Esta lista y dispuesta la sala de interrogatorio?
• El interrogador estableció un plan con su respectivo enfoque?
• Están fijados en la mente del investigador, todos los hechos conocidos y datos disponibles?
Además de los tópicos anteriores, también es necesario la selección del enfoque de la entrevista y el estilo de preguntar a ser aplicadas.
• Enfoque dirigido: Focalización de la entrevista en áreas o tópicos preseleccionados para la discusión. Dirigido a extraer información.
• Enfoque No dirigido: Permite al entrevistado explorar o hablar sobre tópicos en una manera mas libre y espontánea. Dirigido a solicitar opiniones y percepciones.
• Enfoque de Patrón: Combinación del enfoque Dirigido y No Dirigido.
Dentro de la planificación el interrogador deberá:
• Desarrollar una agenda que permita al entrevistado conocer el propósito del proyecto/reunión, el tiempo aproximado requerido para la entrevista y los principales tópicos a ser cubiertos.
• Identificar temas o preguntas para estimular al entrevistado a pensar de manera mas profunda y ofrecer más detalles.
Para construir una pregunta, el investigador debe tener claro los códigos lingüísticos que debemos usar. Conocimiento del tipo o características de la persona que se está investigando, de esta forma tendremos la certeza de que el interrogado comprenderá la pregunta y nos responderá en función de lo que se está indagando.
Preguntas Informativas Las preguntas informativas no son confrontativas ni amenazantes, y se hacen con el propósito de recabar información. Buscan sonsacar información objetiva e imparcial. Un buen entrevistador estará alerta en cuanto a inconsistencias en los hechos o comportamiento.
Existen tipos generales de preguntas que se pueden hacer: Abiertas, Cerradas y que insinúan la respuesta:
Preguntas Abiertas Se utilizan en la fase de recabar información para estimular la conversación y hacer que el entrevistado hable abiertamente y de mayores detalles sobre los hechos.
Las preguntas abiertas se hacen de manera que dificulta un “si” o un “no” por respuesta. La típica pregunta abierta requiere una respuesta monólogo y pueden ser respondidas de muchas maneras distintas. Utilice preguntas abiertas para recabar: análisis, opiniones, juicios, percepciones, sentimientos o descripciones
.
Preguntas Cerradas Las preguntas cerradas requieren una respuesta precisa, generalmente un “si” o un “no”. Las preguntas cerradas también tratan detalles específicos, tales como cifras, fechas y horas. Siempre que sea posible se deben evitar las preguntas cerradas en la parte informativa de la entrevista.
Se utilizan extensamente en la parte de preguntas de cierre de la entrevista.
Preguntas que insinúan la respuesta Las preguntas que insinúan la respuesta contienen la respuesta como parte de la pregunta. Muy comúnmente se utilizan para confirmar hechos ya conocidos. Aunque generalmente no se estimula hacer este tipo de preguntas en los procesos judiciales, se pueden utilizar efectivamente en situaciones de entrevistas.
Técnicas de Interrogatorio informativo
• Comience con preguntas que probablemente no hagan que el entrevistado se ponga a la defensiva o se torne hostil.
• Haga las preguntas de manera que desarrollen los hechos, en el orden en que ocurrieron o con otro orden sistemático.
• Solo haga una pregunta a la vez, formúlela de manera que solo se requiera una respuesta.
• Haga preguntas directas y francas; en general evite enfoques astutos o jerga técnica.
• Dé al entrevistado bastante tiempo para contestar; no lo apure.
• Trate de ayudar al entrevistado a recordar, pero no sugiera respuestas; tenga cuidado de implicar alguna respuesta particular mediante expresiones faciales, gestos, métodos de hacer las preguntas o tipo de preguntas utilizadas.
• Dar al entrevistado tiempo para calificar sus respuestas.
• Separe los hechos de las deducciones.
• Haga que el entrevistado dé comparaciones en porcentajes, fracciones, estimados de tiempo y distancia y otras de ese tipo para asegurar la precisión.
• Obtener todos los hechos; casi cualquier entrevistado le puede dar información mas allá de que se suministro inicialmente.
• Después de que el entrevistado ha dado un relato narrativo, hágale preguntas sobre los asuntos discutidos.
• Al terminar el interrogatorio directo, resuma los hechos y haga que el entrevistado verifique que esas conclusiones son las correctas.
Técnicas de Interrogatorio de evaluación
Las preguntas de evaluación van después de las fases introductoria e informativa de la entrevista y se realizan si el entrevistador tiene razones para creer que el entrevistado lo está engañando, se pueden formular ciertos tipos de preguntas hipotéticas. Las preguntas de evaluación se utilizan solamente cuando el entrevistador considera que las declaraciones previas del entrevistado son inconsistentes.
• Establezca un tema que justifique preguntas adicionales.
• Este tema normalmente se puede presentar diciendo, “tengo unas cuantas preguntas adicionales.”
• No indique de ninguna manera que estas preguntas son para un propósito distinto a buscar información.
• Observe las respuestas orales y no-orales del entrevistado a estas preguntas a fin de tratar de evaluar la credibilidad del entrevistado con un cierto grado de precisión.
Es importante, durante el interrogatorio, que el equipo de interrogadores preste especial atención a la postura física del interrogado, si se muestra seguro y confiado, nervioso, tartamudo, sudoroso, con la mirada perdida, etc., de manera que puedan precisar cuales preguntan lo incomodan o si pudiera estar mintiendo
Las declaraciones escritas deben realizarse en el marco de lo establecido en la Constitución de la República, deben ser obtenidas por medio de la propia voluntad del declarante sin que medie la coacción o métodos violentos, en ningún caso, según la legislación Venezolana, se debe culpar al investigado/interrogado, pues se debe respetar el debido proceso y el derecho a la defensa y solo el Juez en la fase de sentencia de un juicio es quién puede hacerlo.
Conclusión de la fase de Investigación
Antes de finalizar, el equipo auditor deberá hacer seguimiento a las partidas que se encuentran en circulación, de manera que se pueda probar el hecho en pleno desarrollo, para ello preparará los papeles de trabajo que le permitan dibujar y demostrar la cadena causal de estos hechos debidamente respaldados con las evidencias correspondientes. Toda la Información recolectada debe ser clasificada y categorizada en forma adecuada y lógica, de manera que proporciones información útil y competente.
Finalmente, antes de preparar el producto final, el Auditor Forense someterá el producto de su investigación una valoración jurídica al abogado de corte penalista del equipo investigador, aún cuando este ha debido estar presente a o largo de toda la investigación, cuidando que la misma se hace dentro del parámetro legal que conlleven al éxito jurídico en cuanto al establecimiento de los hechos, sus responsables y los efectos causados.
FASE 3.
Comunicación de Resultados.
La comunicación de resultados será permanente con los funcionarios que el auditor forense estime pertinente.
Al comunicar resultados parciales o finales el auditor debe ser cauto, prudente, estratégico y oportuno, debe limitarse a informar lo que fuere pertinente, un error en la comunicación de resultados puede arruinar toda la investigación (muchas veces se filtra información o se alerta antes de tiempo a los investigados de los avances obtenidos).
Entrega de Informes
En los casos que son requeridos por la instancia jurisdiccional, el artículo 239 del COPP, establece que “el dictamen pericial deberá contener, de manera clara y precisa, el motivo por el cual se práctica, la descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle, la relación detallada de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte.
El dictamen se presentará por escrito, firmado y sellado, sin perjuicio del informe oral en la audiencia.”
En ambos casos (instancia jurisdiccional o privada), el informe deberá estar respaldado por un archivo lógicamente secuenciado y debidamente foliado, producto de los elementos recabados de la investigación. Su contenido será real, sin opinión ni conjeturas, pues es una base para la evaluación y la decisión que deberá tomar el juez, cuando se trate de una investigación de corte privado que potencialmente pueda ser sometido a una corte, el resultado debe ser sometido a la Gerencia requirente, el Comité de Auditoria, la Junta Directiva, El Comisario y las autoridades legales pertinentes según el caso.
FASE 4.
Monitoreo del caso
Esta última fase tiene por finalidad asegurarse de que los resultados de la investigación forense sean considerados según fuere pertinente y evitar que queden en el olvido, otorgando a los perpetradores del fraude la impunidad.
8. AUDITOR FORENSE
Los investigadores privados en el mundo de los negocios son los auditores forenses, los que utilizan herramientas investigativas para conducir la búsqueda a través de los ingresos y cuentas corrientes de las compañías o individuos. Su habilidad va estar basada en responder inmediatamente y comunicar de manera clara y concisa la información financiera ante la Corte. Ellos están preparados para mirar a través de los números y determinar la situación real de los negocios.
El Auditor Forense analiza, interpreta, recopila y presenta complejas finanzas y los flujos de manera que sean entendibles, como correctamente sustentados con el fin ulterior de asistir a la justicia en los aspectos contables.
El Contador, pues, en su capacidad de auditor forense con su experiencia cumple está función de localizar y aportar estas pruebas documentales a los distintos procesos judiciales ya sean éstos de carácter civil, penal, de familia, comercial, fiscal, laboral, etc, es decir, todas las ramas del derecho.
8.1.) Responsabilidades y riesgos del auditor forense
Dada la naturaleza de la Auditoría Forense que desarrolla su trabajo en estrecho vínculo con la justicia es importante distinguir el tipo de compromiso que el auditor debe asumir. Por ejemplo: Una disputa es un conflicto entre partes que puede establecerse en la corte, fuera de ella o puede llevarse a una acción judicial. Una disputa judicial es un conflicto potencial entre las partes que incluye la sospecha del ilícito o actividad ilegal que si se materializa puede establecerse fuera de la corte o puede llevarse a los procedimientos judiciales.
Una acción legal es un procedimiento judicial instituido para reajustar un mal (acción civil) o para buscar el castigo por una ofensa delictiva (acción penal).
Por otro lado, varios son los involucrados en el trabajo del auditor forense, así tenemos:
o Individuos o las organizaciones involucradas directamente en las disputas reales o la acción legal.
o La parte que hace las alegaciones o que tiene las sospechas, quien debe demostrar que se cometió un hecho doloso o de haber sufrido una pérdida.
o La parte contra quien se hace las alegaciones o se tienen las sospechas, quien debe defenderse contra las alegaciones o sospechas.
o Abogados y el mediador o la corte responsable de establecer la disputa o juzgar la acción legal.
Como hemos visto por el grado de compromiso envuelto entre las partes involucradas, la conclusión y el consejo que el auditor forense suministre producirá un impacto determinante en el resultado de una disputa o acción legal, por lo tanto el auditor forense debe ser conciente de esta responsabilidad al aceptar un compromiso de este tipo.
El auditor forense normalmente desarrolla su trabajo en un ambiente emocionalmente cargado y conflictivo por lo tanto debe tener en cuenta este ambiente particular y debe tratar siempre a las partes involucradas con el respeto y dignidad correspondientes.
Antes de aceptar un compromiso de Auditoría Forense, el auditor debe asegurarse de estar libre de cualquier conflicto de intereses que podrían dañar su juicio y objetividad. Asimismo, debe determinar si posee el conocimiento necesario para el campo de especialización relacionado al compromiso y si posee la experiencia suficiente para desarrollar este tipo de trabajo.
Por otro lado, debe asegurarse de tener un claro entendimiento del objetivo del compromiso y si las condiciones del mismo son aceptables, caso contrario si existen reservas sobre la buena fe del cliente o la racionalidad de las demandas debe considerarse la posibilidad de declinar el compromiso.
El acuerdo de compromiso entre el auditor forense y el cliente debe fijarse por escrito, debe ser redactado cuidadosamente, pues pudiera utilizarse en la corte y podría ser usado en su contra exponiéndolo de esta manera a una posición de riesgo que podría minar su credibilidad.
Al realizar su trabajo el auditor forense nunca debe pensar que las técnicas forenses reemplazarán a las normas, reglas o prácticas relacionadas a su especialización, por lo tanto nunca debe dejar de aplicar los conocimientos relacionados a su especialidad tales como contabilidad, finanzas, aseguramiento y control, y apoyar su análisis en la legislación pertinente.
Dada la implicancia que tendrá el trabajo del auditor forense, la planificación de su auditoría debe ser continuamente ajustada a los cambios en los compromisos asumidos, así como a los nuevos hechos que surjan. Estos cambios en la naturaleza y dirección del trabajo deben ser comunicados inmediatamente a las personas que participan en el trabajo.
Otro aspecto importante es la conclusión que emitirá el auditor forense, el mismo que debe apoyarse en evidencias apropiadas y suficientes como son las notas de las entrevistas, declaraciones dadas por escrito, pistas, análisis y documentos de apoyo que sean admisibles por Ley.
Para concluir debemos señalar que el auditor forense debe documentar adecuadamente la evidencia de su trabajo; es decir, sus papeles de trabajo que explican los métodos usados, análisis efectuado, los hechos básicos, los datos coleccionados, las asunciones aceptadas, conclusión formulada y la evidencia recaudada que apoya su conclusión.
8.2.) El perfil del auditor forense
En adición a los conocimientos de contabilidad y auditoría habituales, para la formación del auditor forense se debe incluir aspectos de investigación legal y formación jurídica, con énfasis en la recolección de pruebas y evidencias.
El auditor forense debe tener amplios conocimientos en el campo a auditar. Los principios y las disposiciones legales vigentes, las normas internacionales de auditoría, técnicas y procedimientos de auditoría a emplearse y experiencia en la realización de estas labores. El auditor debe estar altamente calificado para manejar la información y las técnicas de análisis y revisar el proceso de control designado por la administración.
Asimismo, entre las principales competencias para asumir el compromiso de una auditoría forense, tenemos:
• Ser perspicaz,
• Conocimiento de Psicología,
• Una mentalidad investigadora,
• Mucha auto motivación,
• Trabajo bajo presión,
• Mente creativa,
• Habilidades de comunicación y persuasión,
• Habilidad de comunicar en las condiciones de ley,
• Habilidades de mediación y negociación,
• Habilidades analíticas,
• Creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones,
• Experiencia en el campo de la auditoría.
Actualmente, para la formación de los auditores forenses no existen programas de tipo universitario, dado de que la formación básica es la de Contador Público. Sin embargo, en los Estados Unidos de Norteamérica existen programas de entrenamiento y conferencias organizadas por el Institute of Internal Auditors, la Nacional Asociación of Certified Fraud Examiners, y la National Associations of Accountants, con un marcado sello de tipo profesional.
Según un estudioso de la Auditoría Forense, Bologna. J. and R. Lindquist (1995) señala que la formación de un auditor forense debe cubrir por lo menos, además de la carrera de Contador Público las siguientes áreas; legal, auditoría, organizacional, investigativa y de administración de riesgos, como mínimo. La mayoría de temas que tratan estas áreas son las relacionadas al fraude, controles, sistemas de prevención, irregularidades, características psicosociales de los ladrones y desfalcadores, tipos de robo, desfalco, etc.
9. LA PRUEBA
La prueba es la forma con la que han contado los funcionarios judiciales para reconocer derechos. El hombre ha tratado siempre de aplicar justicia, basado en las experiencias personales y en las tendencias ideológicas de la norma jurídica llamada a solucionar el problema suscitado.
Por tal motivo, la prueba penal y su apreciación es importante al interior del ¡proceso, porque es a través de esos elementos de juicio con los cuales se acredita 1 un hecho objeto de investigación. Sin probanza, en el caso del derecho penal, no se puede hablar de los elementos constitutivos de la conducta punible y, menos, aplicar cualquier esquema del delito; el funcionario judicial debe formar su convicción sobre los hechos demostrados, la cual tiene que ser allegada por el instructor, operador judicial y sujetos procesales, según el caso.
Cuando hablamos de "la prueba" lo que deseamos es recopilar los principios de derecho probatorio y analizarlos a la luz de lo dispuesto en la Constitución y en la Ley, especialmente según lo dispuesto en los códigos vigentes.
La incorporación y la evaluación de la prueba al proceso debe sujetarse en los siguientes principios:
• principio de la Necesidad de la Prueba.
• principio de la Eficacia Jurídica y de la Legalidad de la Prueba.
• principio de la Unidad de la Prueba.
• principio de Interés Público de la Función de la Prueba.
• principio de la Preclusión de la Prueba.
• principio de la Inmediación y de la Dirección del funcionario judicial en la Producción de la Prueba.
• principio de la Originalidad de la Prueba.
• principio de Concentración de la Prueba.
• principio de la Libertad de la Prueba.
• principio de Pertinencia, Idoneidad y Utilidad de la Prueba.
• principio de la Inmaculación de la Prueba.
• principio dé la Evaluación o apreciación de la Prueba.
• principio de la Comunidad xle la Prueba.
• principio de Interés Público de la Función de la Prueba.
• principio de la Lealtad y de Probidad o de Veracidad de la Prueba.
• principio de la Obtención Coactiva de los Medios Naturales de la Prueba.
9.1) La prueba pericial
La prueba, ha sido definida como: "todo lo que sirve para darnos la certeza acerca de la verdad de una proposición". La certeza está en nosotros, la verdad en los hechos.
En la prueba pericial puede incluirse:
• Huellas dactilares.
• Pruebas de caligrafía.
• Videograbación con cámaras ocultas selladas, con programación de tiempo y fecha.
• Audiograbación y verificación de voz.
• Rastreo de información en la memoria y archivos de las computadoras.
• Recuperación de datos "borrados" en el disco duro de las computadoras.
• Análisis de documentos.
9.2) Diferencias entre indicio, evidencia de auditoría, prueba, operación inusual, operación sospechosa, delito autónomo, conexo y extinción de dominio.
o Indicio: signo que permite presumir algo con fundamento cuestionable.
o Evidencia de auditoría: es la información obtenida por el auditor para llegar & una conclusión sobre la cual basa su opinión. La evidencia de auditoría comprenderá documentos fuente y registros. :,
o Prueba: forma con la que han contado los funcionarios judiciales para reconocer y atestiguar la verdad de un hecho.
o Operación inusual: se denominan operaciones inusuales aquellas cuya cuantía o características no guardan relación con la actividad económica del cliente o que por su número, por las cantidades transadas o por sus características particulares o especiales, se salen de los parámetros de normalidad establecidos dentro del segmento de mercado en el cual se halle ubicado.
Para la detección de operaciones inusuales es importante que los funcionarios tengan presente, además del monto y de la frecuencia de las transacciones, las señales de alerta identificadas para cada negocio, al igual que conozcan los parámetros del segmento de mercado en el cual se mantiene el cliente.
Cuando se detecten operaciones inusuales, éstas se deben informar, debidamente soportadas (anexas copia de los documentos inherentes a la misma), al área de control.
o Operación sospechosa: es aquella apreciación fundada en conjeturas, en apariencias o avisos de verdad, que determinará hacer un juicio negativo de la operación por quien recibe y analiza la información, haciendo que desconfíe, dude o recele de una persona por la actividad profesional o económica que desempeña, su perfil financiero, sus costumbres o personalidad, así la ley no determine criterio en función de los cuales se puede apreciar el carácter dudoso de una operación. Es un criterio subjetivo basado en las normas de máxima experiencia de hecho.
o Delito autónomo: hecho que quebranta la ley y que para ser sancionado se trata de manera independiente.
o Delito conexo: conjunto de delitos relacionados que para su sanción requieren depender uno del otro.
o Extinción de dominio: expropiación del derecho de dominio por parte del Estado, a tenedores de bienes y dinero procedentes de fuentes que la ley considera ilícitas.
9.3) Conversión de la evidencia en prueba
Las evidencias se convienen en pruebas legales para acusación si cumplen con los siguientes requerimientos de ley:
o Ordenadas por un juez competente para investigar y recopilar evidencias.
o Obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación.
o No haber cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia.
o No deben ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien.
o No debe obtenerse evidencia por un solo investigado.
o Documentar ampliamente paso a paso los diferentes procedimientos.
Fecha, hora y lugar
Nombre de los investigadores
Relación de las evidencias y declaraciones juradas.
Cualquier falla en el proceso de recopilación y obtención de evidencias puede anular la investigación y las evidencias pueden ser descartadas por la fiscalía, el juez o la defensa que puede interponer una contra demanda o pedir la anulación del juicio.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial N° 36.860.de fecha 30 de diciembre de 1999,
Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial Nº 38.536 de fecha 04 de Octubre del 2006
Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial N° 5.152 de fecha 19 de junio de 1997.
Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial Nº 38.426 de fecha 28 de abril de 2006
Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Gaceta Oficial Nº 37.504 de fecha 13 de Agosto de 2002
Código Orgânico Tributario, Gaceta Oficial Nº 37.305 de fecha 17 de Octubre de 2001
Código de Comercio, Gaceta Oficial Nº 475 de 21 fecha Diciembre de 1955,
Código de Procedimiento Civil, Gaceta Oficial 4.209 de fecha 18 de Septiembre de 1990
Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Gaceta Oficial Nº 38.598 de fecha 05 de enero de 2007
Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Gaceta Oficial 38.337 de fecha 16 de diciembre de 2005.
Resolución Nº 185-01 "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales aplicables a los entes regulados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras" (Gaceta Oficial Nº 37.287 de fecha 20/09/2001). SUDEBAN.
Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, Gaceta Oficial N° 5.789 (Extraordinaria) de fecha 26 de Octubre del 2005
Código Penal, Gaceta Oficial N° 5.763 Extraordinario del 16 de marzo de 2005.
Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, Gaceta Oficial Extraordinario N° 5.555 de fecha 13 de noviembre del 2001,
Decreto con Rango y Fuerza de Ley Marco que regula el Sistema Financiero Público del Estado venezolano. Gaceta Oficial Extraordinario Nº 5.396 de fecha 25 de octubre de 1999
Ley del Banco Central de Venezuela, Gaceta Oficial N° 5.606 Extraordinario de fecha 18 de octubre de 2002.
Ley contra los Ilícitos Cambiarios, Gaceta Oficial N° 38.272 de fecha 14 de septiembre de 2005.
Ley contra la Corrupción, Gaceta Oficial N° 5.637 Extraordinario de fecha 07 de abril de 2003.
Ley Penal del Ambiente, Gaceta Oficial N° 4358 de fecha 3 de enero de 1992.
Ley Orgánica de la Administración Pública Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001
Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, Gaceta Oficial Extraordinario Nº 4.865 de fecha 8 de marzo de 1995
Ley de Mercado de Capitales, Gaceta Oficial Nº 36.565 de fecha 22 de Octubre de 1998.
Normas del Buen Gobierno Corporativo, Gaceta Oficial N° 38.129 de fecha 17 de febrero de 2005.
Normas para la Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales Aplicables al Mercado de Capitales Venezolano, Gaceta Oficial N° 38.354 del 10 de enero de 2006
Ley Orgánica de Aduanas, Gaceta Oficial Nº 5.353 (Extraordinario) de fecha 17 de junio de 1999
Normas para la Autorización y Funcionamiento aplicables a los Operadores Cambiarios Fronterizos, Gaceta Oficial Nº 36.510 de fecha 05 de agosto de 1998
Normas sobre Operadores Cambiarios Fronterizos, Gaceta Oficial Nº 36.415 de fecha 17 de marzo de 1998
Decreto con fuerza y rango de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Timbre Fiscal, Gaceta Oficial N° 5.416 de fecha 22 de diciembre de 1999
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