Auditoría forense
INDICE
AGRADECIMIENTO
DEDICATORIA
INTRODUCCION
CAPITULO DE INTRODUCCION
• TEMA
• PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
• FORMULACION Y SISTEMATIZACION
• OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
4.1 OBJETIVO GENERAL
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
• JUSTIFICACION
CAPITULO I
MARCO DE REFERENCIA
• MARCO TEORICO
• MARCO CONCEPTUAL
CAPITULO II
2.ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPOS DE INVESTIGACION
2.2- METODOS DE INVESTIGACION
2.3- FUENTES DE INFORMACION
2.3.1-FUENTES PRIMARIAS
2.3.2- FUENTES SECUNDARIA
CAPITULO III
RESEÑA HISTORICA DE LA AUDITORIA FORENSE.
3.- ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA FORENSE
3.1 CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.3.- TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.3.1.- AUDITORIA FINANCIERA
3.3.2.- AUDITORIA DE GESTION
3.3.3.- AUDITORIA ESPECIAL
3.4..- RESEÑA DE LA CORRUPCION
GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS
3.4.1- PLAN DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA
GUBERNAMENTAL (NIAGU)
3.6.- NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.7.- NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA
3.8.- NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA
3.9.- ORGANISMOS DE FISCALIZACION DEL ESTADO
3.9.1.- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
3.9.1.1- POLÍTICA DE LA INSTITUCION
3.9.1.2 FUNCIONES
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
3.9.2.1 FUNCIONES PRINCIPALES
CAPITULO IV
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE
EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO
MUNICIPAL XX 39 4.1- CONTABILIDAD MUNICIPAL
4.2- AUDITORIA MUNICIPAL
4.2.1.CARACTERISTICA
4.3.- PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
4.3.1 EL AUDITOR O INVESTIGADOR
4.3.2- AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES
4.3.3.- INVESTIGACION FORENSE
4.3.4.- RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
4.4.- ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA
FORENSE
4.4.1.- EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
4.4.2.- PLANEACION
4.4.3.- ELABORACION PAPELES DE TRABAJOS
CAPITULO V
INFORME Y APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
5.1- INFORME
5.2.-APORTES
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFIA
ANEXO
INTRODUCCION
La administración pública en América Latina carece en general de una adecuada información contable que permita la evaluación y toma de decisiones oportunas, esto ha posibilitado la presencia del flagelo de la corrupción en gran parte de los gobiernos de esta región, lo cual amenaza su desarrollo económico.
En la búsqueda de herramientas que apoyen el fortalecimiento de las instituciones públicas, procurando disuadir las prácticas deshonestas, promoviendo la responsabilidad y la transparencia fiscal, surge la auditoría forense revisión realizada para lograr objetivos que impliquen una determinación judicial, antes supuestos actos dolosos o fraudulentos, imponiendo la aplicación de técnicas, procedimientos específicos o alternativos y normas de auditoría que permitan obtener evidencia de apoyo al Poder Judicial.
El desarrollo del trabajo de investigación sobre esta nueva temática, adjunta un modelo práctica encaminado a contribuir con un control eficiente sobre el cumplimiento del uso eficaz del los recursos del Estado, el Ayuntamiento Municipal XX institución descentralizada que recibe ingresos del gobierno central e ingresos propio, dada la magnitud de dichos recursos debe ser administrados de forma racional para garantizar la prestación de un servicio adecuado a la sociedad.
El tipo de investigación utilizado es el exploratorio porque plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor científico y que en su contenido, tiene pocos antecedentes en cuanto a su modelo teórico o a su aplicación práctica.
Esta investigación constará de cinco capítulos. El capítulo introductorio con la definición del tema de investigación, el planteamiento del problema, formulación y sistematización del problema, objetivos general y específicos y la justificación. El capítulo número uno contiene el marco teórico y marco conceptual. El capítulo dos los aspectos metodológicos que comprende tipo de investigación, método y fuentes. Capítulo tres antecedentes y causas de surgimiento de la auditoría forense. Capítulo cuatro etapas aplicación práctica de la auditoría y el capítulo cinco el informe y los aportes de la misma.
1.- TEMA
La Auditoría Forense como un nuevo proceso de Fiscalización, Control e Investigación contra la Corrupción en el Sector Gubernamental.
(Caso Ayuntamiento Municipal XX Año 2000).
2.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
“El Doctor Balaguer, Cuando no era Presidente admitió que durante sus 12 años de gobierno (1966-1978) hubo cerca de 300 personas que se hicieron millonarias utilizando recursos y la influencia de sus funciones dentro del aparato estatal.”Los estamentos gubernamentales dominicanos están afectados por la corrupción de una manera alarmante, causando el enriquecimiento ilícito de funcionarios y el deterioro del patrimonio público, que se presenta mayormente en la pérdida de bienes estatales y el aumento en la carga de la deuda pública.
Este acontecimiento se debe a las debilidades de control interno que suelen existir en algunas instituciones públicas. “Esto ligado a la impunidad hasta ahora mostrada por la justicia, como efecto parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la distorsión de los incentivos económico, la deficiencia en los sistemas contables, la mala distribución de las asignaciones de los recursos, la destrucción de la ética profesional y el descrédito del Estado han impedido que la administración de los bienes públicos funcionen con eficiencia.”2
La auditoría forense como un nuevo proceso de control contra la corrupción en el sector Gubernamental investiga casos de fraudes para aportar evidencias legales. Las etapas de la auditoría forense serán aplicadas al Ayuntamiento Municipal XX, como entidad autónoma, ya que este tipo de institución no escapa del flagelo de la corrupción, teniendo debilidades estructurales y del control interno, que crean las base para que los funcionarios públicos puedan apropiarse de los recursos que corresponden a la comunidad o municipio que demandan: servicios, obras civiles, ampliación y conservación del medio ambiente.
La aplicación de la auditoría en el Ayuntamiento Municipal XX, debe garantizar que la ejecución de trabajo del auditor en base a su juicio profesional y en observancia con las normas aplicables, ejerza su labor en los casos de evidencia, para documentar un informe con el sustento técnico y legal para que se efectúan acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes.
La emisión del informe, no exime al auditor de su obligación de recomendar medidas inmediatas, en cautela de la recuperación del patrimonio del Estado. Para disminuir la corrupción se hace necesario una Auditoría Forense que permita combatir este fenómeno a través de técnica de investigación profundas que admitan descubrir y desenmascarar a los funcionarios públicos corruptos para que sean castigados por medio a la justicia, de este manera es posible disminuir la continuidad de los actos fraudulentos.
3.-FORMULACION DEL PROBLEMA
¿En que contribuye la Auditoría Forense como un nuevo proceso de fiscalización, control e investigación contra la corrupción en el sector gubernamental.
SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA
1.- ¿Cuales acontecimientos dieron origen a la auditoría forense?
2.- ¿Cómo identificar las distintas etapas del proceso de Fiscalización, Control e Investigación de la Auditoría Forense en el Ayuntamiento Municipal XX?
3.- ¿Cuál sería la estructura del enfoque de auditoría forense al Ayuntamiento XX?
4.- ¿Cómo contribuye la Auditoría Forense a preservar el patrimonio del Estado Dominicano?
4.1 OBJETIVO GENERAL
Analizar la auditoría forense como un proceso de fiscalización, control e investigación contra la corrupción en el sector Gubernamental, Ayuntamiento Municipal XX Año 2000.
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Describir las distintas causas que dieran origen a la Auditoría Forense.
Identificar las distintas etapas de todo el proceso de Fiscalización,
Control e Investigación de la Auditoría Forense en el Ayuntamiento
Municipal XX.
Elaborar el informe de la Auditoría Forense aplicado al Ayuntamiento
Municipal XX.
Plantear los aportes de la Auditoría Forense en la preservación del
patrimonio gubernamental dominicano.
5.- JUSTIFICACIÓN
Actualmente se observa en el país un amplio movimiento contra la corrupción, como es la creación del Departamento de Prevención Contra la Corrupción, según Decreto No. 322-97, este tipo de actividades resultan positivas y deben ser estimuladas, la sociedad dominicana esta conciente de la corrupción en el Sector Gubernamental, por lo tanto exige que se tomen medidas efectivas para castigar a los culpables. Hasta el momento las pruebas que aportan las auditorías Gubernamentales tradicionales no son suficientes y la impunidad se manifiesta en la cantidad de millonarios que deja cada partido que toma el poder, este tipo de acontecimiento dan origen a una técnica de auditoría mas especializada denominada Auditoría Forense.
La profesión de la contaduría tiene un nuevo modelo de Auditoría Gubernamental que contribuye con el adecuado control y usos de los recursos del Estado, razón por la cual se considera oportuna esta investigación, que conlleva la aplicación de las etapas de la Auditoría Forense.
Con esta investigación se da a conocer la auditoría forense, presentando un informe acorde con las normativas de esta auditoría que puede ser aplicada no solamente en el sector público, sino que también en sector privado. De esta forma ambos sectores pueden prevenir y sancionar los actos de corrupción.
La Auditoría Forense como sistema de control e investigación provee de las evidencias necesarias para enfrentar los delitos cometidos por funcionarios y empleados del sector gubernamental, de esta forma se controlaran los múltiples fraudes cometidos en perjuicio del desarrollo del país.
Como estudiantes de la carrera de contabilidad se tiene el conocimiento necesario para abogar el tema planteado, ya que en la preparación académica profesional se aprenden las pautas fundamentales para llevar a cabo una auditoría. Por consecuencia la auditoría forense ha sido seleccionada porque es la menos conocida y que tiene más urgencia en ser aplicada.
CAPITULO I
MARCO DE REFERENCIA
MARCO DE REFERENCIA
1.1 MARCO TEORICO
La participación de la Contaduría Pública, mediante el ejercicio especializado en descubrir, evaluar y divulgar el flagelo de la corrupción encamina a buscar alternativas como la auditoría forense, para eficientizar el cumplimiento en el desarrollo de las funciones públicas, conforme a normas y reglas.
“ La Auditoría Forense es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal, de esta manera se contribuye, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestros pueblos hermanos.”3
“La Transparency International en su informe del 28 de junio de 2001, el cual nos informa que Colombia pasa del puesto 11 al 50 en corrupción, lo cual nos muestra la importancia de esta auditoría, según la experiencia Colombiana, con la creación de un instituto descentralizado con personal técnico y una variedad de profesionales en los cuales podemos destacar los fiscales, jueces, policía judicial y demás autoridades combaten la corrupción con mejores herramientas y pruebas, como queda evidenciado en el informe citado anteriormente”.4
“El control interno abarca el plan de organización y los métodos coordinados y medidas adaptadas dentro de la empresa para salvaguardar sus activos, verificar la adecuación y confiabilidad de la información contable, promover la eficacia operacional y fermentar la adherencia a la políticas establecidas por la dirección. El control interno se divide en dos grandes grupos que son: Control Interno Administrativo y Control Interno Contable.”5
“Al conocer el control interno, los auditores también pueden obtener evidencias sobre la efectividad de operación de los diversos controles. Esta efectividad esta relacionada con la forma como se aplica un control, la consistencia con la cual se aplica y quien aplica el control.
La distinción entre saber que un control ha sido puesto en operación y obtener evidencia sobre su efectividad es importante. Para planificar apropiadamente la auditoría, se exige a los auditores determinar si se ha aplicado los controles principales”.
El Dr. Castillo, Marino Vinicio en su participación en el Congreso del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la Rep. Dom (ICPARD), ante la pregunta de un asistente al panel de cuál es la forma para combatir
o detener la corrupción, contestó “…Sólo creo en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”.
“Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en cuatro grandes categorías:
1.- Auditoría de Estados Financieros
2.- Auditoría de Cumplimiento
3.- Auditoría Operacionales
4.-Auditoría Integral
Dentro de esta última señala la importancia de la Auditoría Forense, para prevenir los actos de corrupción en los sectores público y privado”.
La auditoría forense ante la existencia de supuestos actos dolosos o fraudulentos, impone la aplicación de técnicas, procedimientos específicos o alternativo y normas de auditoría generalmente aceptadas que permitan obtener evidencia de apoyo al Poder Judicial.
1.2 MARCO CONCEPTUAL
• Apropiación de bienes públicos: es todo aprovechamiento indebido de bienes o fondos que pertenecen a una institución o a terceros y a los cuales se ha tenido acceso gracias a las funciones que desempeña el individuo.
• Auditoria: Rama o especialidad de la contabilidad, que se encarga de la verificación, corrección de la informaciones financieras y evalúa la gestión administrativa.
• Auditoría Forense: es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.
• Auditoría Gubernamental: es el examen profesional, objetivo, independiente, sistemático, constructivo y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la gestión de los recursos públicos, con el objeto de determinar la racionabilidad de la información financiera, el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, así como respecto de la adquisición, protección y empleo de los recursos.
• Ayuntamiento Municipal: Están conformadas por las provincias y están compuestos por familias que establecidas en un mismo territorio se unen por costumbres, tradiciones y sentimientos comunes, luchan por unos mismos objetivos y defienden iguales intereses.
• Control interno: Son los procedimientos que adopta una entidad para salvaguardar sus activos, asegurar la exactitud en los registros contables y cumplir con las normas y políticas de la institución.
• Corrupción: Consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dineros a los funcionarios del gobierno para acelerar trámites de asuntos comerciales que correspondan a su jurisdicción, pagos de dinero para demorar u omitir trámites o investigaciones y el desfalco, entre otros.
• Fiscalización: Función de control que ejercen ciertos órganos estatales sobre la actividad administrativa de comprobar que los ingresos y gastos públicos se ajustan a lo descrito en los presupuestos del Estado.
• Fraude: Engaño, inexactitud, consistente, abuso de confianza, que produce o prepara un daño, generalmente material.
• Hallazgo: Es la recopilación de información especifica sobre una operación, actividad, organización, condición u otro asunto que se haya analizado y evaluado y que se considera de interés o utilidad para los funcionarios del organismo.
• Informe: Comunica a las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría. Los requisitos para la preparación del informe son claridad y simplicidad, importancia del contenido, respaldo adecuado, razonabilidad, objetividad entre otros.
CAPITULO II
ASPECTOS METOLOGICOS
ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPO DE ESTUDIO
• Exploratorio : Plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor científico. En su contenido, tiene pocos antecedentes en cuanto a su modelo teórico o a su aplicación práctica y podría servir de base para la realización de nuevas investigaciones por otros autores.
La primera diligencia a prácticar por parte del equipo que esta a cargo de la auditoría forense es la visita, que debe contener:
o Generalidades, nombre de la entidad, dependencia, funcionarios a cargo, ciudad, fecha entre otras.
o Objetivo de la visita: Se establece en forma clara y se escribe lo que se pretende en la visita.
o Desarrollo de la visita: A través de formas preestablecidas.
o Análisis de la información financiera.
La unidad de análisis de esta investigación es el Ayuntamiento Municipal XX. El universo de estudio estará compuesto por la distintas dependencias operativas y los funcionarios encargados que conforman esta área de la estructura organizacional de la institución.
1.- Autoridades Operativas
1.1 Encargado Tesorería
1.2 Encargado de la Dirección Financiera
1.3 Encargado Departamento de Recursos Humanos
2.2 METODO DE INVESTIGACION
• Observación: esta técnica será utilizada dentro de las instalaciones del Ayuntamiento Municipal XX, observando el desarrollo de los procesos y tomando notas de los aspectos más importantes que vayan en cumplimiento con los manuales de procedimientos de control interno de la institución.
• Inductivo: este se empleará la elaboración de informes, opiniones auditoría. Para la el mismo se partirá de informaciones específicas para luego emitir opiniones complejas y generales.
• Análisis: este se utilizará con la elaboración de hojas de trabajos, pruebas sustantivas, pruebas de cumplimiento para verificar si el Ayuntamiento Municipal XX esta aplicando las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's)
• Síntesis: Señala la relación de los elementos que surgen dentro del proceso de investigación y ejecución de la auditoría, con los resultados del informe final.
2.3 FUENTES Y TECNICAS PARA RECOLECCION DE LA INFORMACION
• 2.3.1 Fuentes Primarias:
Entrevistas: Esta técnica se empleará para conseguir informaciones necesarias que sirvan de aval para el buen desempeño de nuestro trabajo de investigación para la realización de la entrevista se utilizara el cuestionario de auditoría.
Las fuentes de información que se deben consultar son las siguientes:
• Identificación de las personas
• Registros y controles que se tengan establecidos
• Establecer fuentes alternas con el propósito de analizar si el implicado o los implicados se encuentran registrados en la cámara de comercio y otros tipos de entidades financieras
• Solicitud de información, para obtener: datos completos y precisos, además de copias de documentos que soporten la información.
• 2.3.2 Fuentes Secundarias:
Texto
Revistas técnicas
Boletines
Internet
Normas Internacionales de Auditoría (NIA's)
Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's)
CAPITULO III
RESEÑA HISTORICA DE LA
AUDITORIA FORENSE
“La información confiable es esencial
para la propia existencia en
nuestra sociedad”.
O. Ray Whittington
3.- ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA FORENSE
“A través de la historia se han realizado distintos tipos de auditoría, tanto al comercio como a las finanzas de los gobiernos. El significado del auditor fue “persona que oye”, y fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad gubernamental eran aprobados solamente después de la lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la revolución Industrial, se realizaban auditorías para determinar si las personas en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio estaban actuando y presentado información de forma honesta” .
Durante la Revolución Industrial a medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar servicios de gerentes contratados. Con la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo principal detectar errores y fraudes, con frecuencia incluían el estudio de todas o casi todas las transacciones registradas.
A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de auditoría tendió a alejarse de la detección de fraude y se dirigió hacia la determinación de si los estados financieros presentaban razonablemente la posición financiera y los resultados de las operaciones. A medida que las entidades corporativas se expandían los auditores comenzaron a trabajar sobre la base de muestras de transacciones seleccionadas y en adición tomaron conciencia de la efectividad del control interno.
La profesión reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por estos el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la década de los 60s en Estados Unidos la detección de fraudes asumió un papel más importante en el proceso de auditoría.
Este desplazamiento en la detección de fraude fue el resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad por los fraudes en gran escala, una diversidad de procesos judiciales exitosos que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado inapropiadamente sin detección por parte de los auditores independientes y la convicción por parte de los contadores públicos de que debería esperarse de las auditorías la detección de fraude material.
En 1996 la Junta de Normas de Auditoría, emitió una guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al fraude. El uso de sistemas de computación no ha alterado la responsabilidad del auditor en la detección de errores y fraude. El Congreso y los reguladores estaban convencidos de que la clave para evitar problemas era la reglamentación de leyes efectivas y las exigencias por parte de los auditores, en el cumplimientos de las provisiones de esas leyes y regulaciones.
Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las principales organizaciones de contabilidad patrocinaron la Comisión Nacional sobre Presentación de informes Financiero Fraudulentos, muchas de las recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y Auditoría, una de la más importante fueron sobre la efectividad del control interno y la demanda de la atestación de los auditores
En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y la empresa, la auditoría a evolucionado para adaptarse a estos nuevos procesos y enfrentar las grandes transformaciones en los diferentes ambientes, como son las iniciativas de fusiones, cambios tecnológicos, lanzamientos de nuevos productos, definición de nuevos servicios, entre otros. Dentro de esta evolución la auditoría se ha especializado para ofrecer nuevos modelos de auditorías, entre estos encontramos la Forense que surge como un nuevo apoyo técnico a la auditoría gubernamental, debido al incremento de la corrupción en este sector. Esta auditoría puede ser utilizada tanto, el sector público como en el privado.
Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la información financiera lo que permite a las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos, la contribución del auditor es proporcionar credibilidad a la información, para los Accionistas, Acreedores, Clientes Reguladores Gubernamentales entre otros.
Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estado Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación las auditorías utilizadas en la actualidad
• Auditorías Gubernamental
• Auditorías de Estados Financieros
• Auditorías de Cumplimiento
• Auditorías de Gestión y Operacionales
• Auditorías Internas
• Auditorías Especiales
• Auditorías de Control Interno
3.1.- CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal. “…Queremos presentar el modelo de la Auditoría Forense, sus características y su importancia como modelo de control y de investigación gubernamental, con el fin de tener una nueva herramienta que ayude a detectar y combatir los delitos cometidos contra los bienes del Estado por parte de empleados públicos deshonestos o patrocinadores externos, de esta manera contribuimos, a mejorar las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestro pueblos hermanos.”
El perito o sujeto investigador debe ser elegido como un elemento imparcial, debe ser competente, se requiere de un experto para exponerle a un juez percepciones ordinarias que efectúe sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos de valor técnico.
El propósito fundamental de la auditoría gubernamental no es detectar fraude, sino más bien prevenirlos, porque es la responsabilidad propia de la administración de la entidad pública.
Debe tenerse en cuenta que la naturaleza y alcance de la auditoría del sector público pueden verse afectados por la legislación, reglamento, ordenanzas y disposiciones ministeriales deben estar relacionadas con la detección de fraude. Estos requerimientos pueden afectar la capacidad de la auditoría para aplicar su criterio. Además de las responsabilidades formalmente asignadas respecto a la detección de fraude, el uso de fondos públicos tiene a imponer un nivel superior a los temas de fraudes y el auditor puede verse requerido a responder a las expectativas del público con respecto a la detección de fraudes.
El auditor debe diseñar acciones de manera que ofrezca garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos que pudiera repercutir substancialmente sobre los valores que figuran los estados financieros. La auditoría financiera constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública ya que persigue velar por la integridad y validez de las cuentas y el presupuesto, del mismo modo las auditorías de gestión se plantea el manejo de los recursos públicos de la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes para lo cual el auditor gubernamental esta obligado a diseñar la auditoría de manera que ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran afectar los resultados.
La aplicación de las normas legales aplicable le permitirán al auditor sobre la base de su juicio profesional ejerza su labor en los casos de evidencia de corrupción, en el desarrollo de su trabajo, debe elaborar un informe especial con el sustento legal y técnico, las instancias correspondientes en estos casos la Contraloría General de la República para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata.
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría Gubernamental es le examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecución, en las instituciones del sector público. Después de finalizar la auditoría el contralor General enviará un informe al funcionario de mayor jerarquía de la institución auditada y una copia al Presidente de la República.
Se debe efectuar de acuerdo a las Normas Internas de Auditoría Gubernamental y disposiciones especializadas emitidas por la Contraloría General de la República, aplicando técnicas, métodos y procedimientos establecidos por la profesión del contador público. Tiene por objetivos:
• Evaluar la correcta utilización de los recursos públicos, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales reglamentarias.
• Determinar la racionabilidad de la información financiera
• Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación al cumplimiento de los recursos asignados y de los planes y programas aprobados de la institución examinada.
• Recomendar medidas para promover mejoras en la gestión pública.
• Fortalecer el sistema de control interno de la institución auditada.
El ejercicio de la auditoría Gubernamental a los auditores de la Contraloría General de la República, de la Cámara de cuentas y los Contadores Públicos Autorizados.
El auditor Gubernamental es el profesional que reúne los requisitos necesarios para el ejercicio del trabajo de auditoría en las instituciones del sector público sujetas a la Normas Internas de Auditoría Gubernamental (NIAGU).
La auditoría gubernamental es interna cuando es realizada directamente por la Contraloría General de la República. Es externa cuando es ejercida por la Cámara de Cuentas y por Contadores Públicos Autorizados.
“El proceso de la auditoría Gubernamental comprende las etapas de: planificación, ejecución y elaboración del informe. Se inicia con la formulación del respectivo plan y culmina con la remisión del informe al titular de la institución examinada y una copia al Presidente de la República. La elaboración y presentación del informe de auditoría o examen especial es de responsabilidad conjunta del auditor encargado y del supervisor”.
3.3.- TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría gubernamental, cuyo tipo se define por sus objetivos, se clasifica en:
3.3.1.- Auditoría Financiera
“Esta comprende los estados financieros y los informe de ejecución presupuestaria. Esta tiene como objetivo determinar si los estados financieros de la institución auditada presenta razonablemente la información financiera, los resultados de sus operaciones y su flujo de efectivo de acuerdo a las Normas Internacionales de Contabilidad. Este tipo de auditoría se efectúa en las instituciones descentralizadas y autonomas.
La auditoría de informes de Ejecución Presupuestaria se aplica a las instituciones centralizadas con el propósito de determinar si la ejecución del presupuesto se presenta dé acuerdo con criterios establecidos o declarados expresamente. Las Normas Internacionales de Auditoría que rigen la profesión contable en el país son aplicables a todos los aspectos de la auditoría financiera.
3.3.2.- Auditoría de Gestión
Su objetivo es evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos públicos, así como el desempeño de los servidores y funcionarios de Estado, respecto al grado con que se están logrando los resultados o beneficios previstos por la legislación presupuestal o por la institución que haya aprobado el programa o la inversión correspondiente.
La auditoría de gestión puede tener, entre otros los siguientes propósitos:
• Determinar si la institución adquiere, protege y emplea sus recursos de manera económica y eficiente.
• Establecer las causas de ineficiencias o prácticas antieconómicas
• Evaluar si los objetivo de un programa son apropiados, suficientes o pertinentes y el grado en que produce los resultados deseados.
Generalmente, al término de una auditoría de gestión el auditor no expresa una opinión sobre el nivel integral de dicha gestión o el desempeño de los funcionarios, por tanto, estas normas no prevén que se exija al auditor una opinión de esa naturaleza. Sin embargo, el auditor deberá presentar en su informe, hallazgos y conclusiones respecto a la magnitud y calidad de la gestión o el desempeño, así como en relación con los procesos, métodos y controles internos específicos, cuya eficiencia o eficacia considere susceptible de mejorarse. Si estima que existen posibilidades de mejoría, el auditor deberá recomendar las medidas correctivas apropiadas.
3.3.3.- Auditoría Especial
• Es la auditoría que puede comprender o combinar la auditoría financiera de un alcance menor al requerido para la emisión de un Emisión de cheques sin fondos
• Subvaluacion de ingresos propios
• Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
• Desembolsos con Soporte Insuficientes
de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas con la auditoría de gestión destinada, sea en forma genérica o específica, a la verificación del manejo dado, así como al cumplimiento de los dispositivos legales aplicables.
Tiene como objetivo específico, entre otros, determinar si la programación y formulación presupuestaria se ha efectuado en función de las metas establecidas en los planes de trabajo de la institución, evaluar el grado de cumplimiento y eficiencia de la ejecución del presupuesto, en relación a las disposiciones que lo regulan y al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos, así como determinar la eficiencia, confiabilidad y la oportunidad con que se evalúa el presupuesto de las instituciones. Además se efectúan Auditoría Especiales para investigar denuncias de diversas índoles y así como de los procesos licitarios, del endeudamiento público y cumplimiento de contratos de gestión gubernamental, entre otros”.
Las auditorías antes mencionadas no han provisto a las instituciones estatales de una herramienta capaz de controlar la corrupción, esta ha llevado a buscar nuevas alternativas para la Auditoría Gubernamental, encontrando un modelo de auditoría denominado Forense, diseñado para dar un mayor control sobre las acciones de los altos dirigentes y de los encargados del desarrollo de las funciones públicas y el uso de los recursos de que disponen para el servicio de todos los ciudadanos.
3.4.- RESEÑA DE LA CORRUPCION GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS
La corrupción consiste en el mal uso de un cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el pago de dinero a los funcionarios del gobierno para acelerar trámite o investigaciones, el desfalco entre otros.
Como efectos parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema político, la mala asignación de los recursos económicos, la distorsión de los incentivos económicos, la destrucción de la ética profesional, la segregación y desanimación de los honestos, se impide la planeación y la previsiblidad. Todo esto conlleva costos que van afectar a:
• La eficiencia, porque se desperdician los recursos, se deforma la política y la imagen de sus dirigentes
• La distribución de los recursos.
• Los incentivos se desvían las fuerzas hacia la búsqueda de ganancias.
• La política, forma un estado que crea inestabilidad.
Prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el Estado: omisión de documentos, simulación contable, cancelación repentina de cuentas corrientes, encubrimiento de ingresos, endeudamiento ficticio, manipulación de contratos, utilización cuentas cifradas, manipulación de la edad de los bienes, multiplicidad de cuentas corrientes y cuentas de ahorros a nombre de terceros, usurpación de entidades, utilización de testaferros, exportación ficticia y lavado de dólares, asignación de bienes y confianza, maquillaje tributario, cadenas políticas, personas ficticias, encubrimiento bancario por movimiento, ocultamiento de pérdidas, subvalorización de bienes, participación familiares y venta entre vinculados.
Los Ayuntamiento Municipales, como entidad autónoma, que obtiene ingresos tributarios y por asignación mensual de la Ley de Gastos Públicos (Ley 17-97), en donde mayores niveles de corrupción se originan, sobre todo por haberse convertido en unidad o plataforma de los partidos políticos, carentes de planes y programas que puedan contribuir a su control financiero y administrativo.
3.4.1 PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
“Este plan es una guía de trabajo con visión estratégica de largo plazo, para poner en movimiento un número creciente de instancia de la Rama Ejecutiva del gobierno dominicano, en la elaboración, adopción, concientización y puesta en prácticas de nuevas normas y procedimientos en la administración pública, así como iniciativas continuas de persecución de la corrupción, coordinando acciones con otras áreas del estado y la sociedad civil, para impulsar los más sentidos valores de la ética y la cultura de la transparencia en los servicios públicos.
Este plan se basa en el compromiso ético de sectores públicos y privados en la lucha contra de la corrupción, presentando políticas, estrategias y acciones globales que sirven de guía a todos los actores involucrados en el plan, de manera que cada instancia pueda desarrollar iniciativas propias para el logro de los objetivos.
Para lograr esta lucha se hace necesario la participación y la coordinación conjunta de los principales estamentos del Estado ( Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sin que estos se vean afectados por su independencia.
Asimismo, se hace necesario la creación de una base legal entre otros aspectos para invertir el fondo de la prueba que garanticen el control, persecución y castigo de los actos fraudulentos.
Para la ejecución del plan de prevención y lucha contra la corrupción ha de intervenir el sector público que incluye el poder ejecutivo, la procuraduría de la república a través del departamento de prevención de la corrupción, los secretarios de estados, la cámara de cuenta, los ayuntamientos, los legisladores, etc.. También se hace necesario la intervención del sector privado a través de la sociedad civil, los partidos políticos, las iglesias, los medios de comunicación entre otros”.
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL (NIAGU)
“Se relaciona con las cualidades y calificaciones del auditor y la calidad de su trabajo. Estas normas que se aplican también para la ejecución del trabajo y la preparación del informe. Entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero profesional, confidencialidad, participación de profesionales y/o especialistas, control de calidad.
El personal de la Contraloría General de la República debe tener un amplio conocimiento del sector público, incluso de aspectos tales como las competencias del Poder Legislativo, las normas legales e institucionales que regulan el funcionamiento del ejecutivo y los estatutos por los que se rigen las empresas públicos.
Asimismo, el personal especializado en auditoría debe poseer conocimiento suficiente de las normas, sistemas, procedimientos y prácticas de auditoría utilizadas por la Contaduría.
La Contraloría General de la República debe adoptar políticas y procedimientos para la elaboración de manuales y otros tipos de guías e instrucciones escritas referentes a la realización de la auditoría.
• Entrenamiento técnico y capacidad profesional
El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
• Independencia
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la institución examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
• Cuidado y esmero Profesional
El auditor debe actual con el debido cuidado profesional a efecto de cumplir con las normas de autoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
• Confidencialidad
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo.
• Participación y profesionales y/o especialistas
Integrarán el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoría gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el informe y como anexos al mismo.
• Control de calidad
La Contraloría General de la República mantendrá un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoría se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoría gubernamental.
3.6.- Normas Relativas a la Planificación de la Auditoría Gubernamental:
Este grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos generales que permitan una apropiada planificación de la auditoría en instituciones sujetas a la fiscalización de la Contraloría General, a fin de alcanzar los objetivos propuestos
• Planificación General
La Contraloría planificará sus actividades de auditoría a través de sus planes anuales, aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluarán periódicamente la ejecución de sus planes.
El Contralor General, en usos de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica No. 3894 que la norma, dicta los lineamientos de política que rigen la planificación de la auditoría interna gubernamental en armonía con los planes anuales de auditoría interna de las instituciones sujetas a ser fiscalizada. En la Contraloría General de la República cada unidad orgánica de línea planificará anualmente sus acciones. En el caso de las instituciones sujetas a fiscalización lo efectuará el encargado de la unidad de auditoría interna, de acuerdo a las prioridades establecidas para el logro de los objetivos y metas institucionales o sectoriales según sea el caso.
• Planificación Específica
La planificación de auditoría implica desarrollar una estrategia general para su conducción a fin de asegurar que el auditor tenga un cabal conocimientos de sus actividades, sistema de control e información y disposiciones legales aplicables a la institución, que le permitan evaluar el nivel de riesgo de auditoría así como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar.
• Archivo Permanente
Está conformado por un conjunto orgánico de documentos que contienen copias y/o extracto de información de interés, de utilización continua o necesaria para futuros exámenes, básicamente relacionadas con:
Ley Orgánica de la institución y normas legales que regulan su funcionamiento.
Organigrama aprobado
Reglamento de organización y funciones aprobados.
Manual de organización y funciones aprobado.
Manual de procedimientos aprobado
Flujograma de las principales actividades de la institución.
Plan operativo institucional.
Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones.
Estados financieros o informe de ejecución presupuestaria.
Informe de auditoría.
Denuncias.
Plan anual de Control, incluyendo reprogramaciones
Informe de evaluación del plan anual resumen de las decisiones más importantes adoptadas
Resoluciones y circulares emitidas por la institución.
• Convenios y Contratos.
La responsabilidad de organizar el archivo permanente correspondiente al área administrativa y jurídica de la Contraloría General y a los departamentos de auditoría interna de las instituciones sujeta a fiscalización y control.
• Alcance del trabajo sobre Cumplimiento y Controles Internos
El auditor debe informar el alcance de sus pruebas sobre cumplimiento de las leyes, regulaciones y controles internos. Si las pruebas no exceden aquellas que el auditor considera necesarias para una auditoría de estados financieros o informe de ejecución presupuestaria, será suficiente que el auditor declare que realizó pruebas sobre el cumplimiento de ciertas leyes y regulaciones, que obtuvo entendimiento de los controles internos y que evaluó los riegos de control.
• Estudio y Evaluación del Control Interno.
Se debe efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para identificar las áreas críticas que requieren un examen profundo,
determinar su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance, oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoría.
• Evaluación del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias
En la ejecución de la auditoría gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la auditoría.
3.7.- Normas Relativa a la Ejecución de la Auditoría:
Estudio y evaluación del control interno:
• Evaluación del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
• Supervisión del trabajo de auditoría
• Evidencia suficiente, competente y relevante
• Los papeles de trabajo deben estar organizados con todos los registros y detalle de la labor efectuada. Los papeles de trabajo son propiedad de la Contraloría General de la República.
• Comunicaciones y observaciones a los funcionarios de los hallazgos determinados
• Carta de representación del titular de la institución auditada.
3.8.- Normas Relativas al Informe de Auditoría Gubernamental:
Las normas que a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo de forma escrita, oportunidad del informe, presentación y contenido del informe.
• Los informe por escrito son necesario para:
Comunicar los resultados a los niveles necesarios.
Reducir el riesgo de que los resultados sean erróneamente interpretados.
Poner a disposición de las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría.
• Oportunidad del informe de auditoría, este debe emitirse lo antes posible.
• Preparación del informe. El lenguaje debe ser entendible.
• Contenido del informe debe presentar apropiadamente los resultados del examén.
• Informe especial. Cuando en la ejecución del trabajo de auditoría, se evidencien faltas graves y/o indicios razonables de comisión de delito, en perjuicio de los intereses del Estado, debe emitir un informe con el sustento técnico legal, para que se efectúen las acciones correspondientes”.
3.9.- ORGANISMO DE FISCALIZACION DEL ESTADO
El estado cuenta con entidades dedicadas a fiscalizar las instituciones que lo componen como son : La Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República. Esta última cumple con un programa anual del Departamento de Auditoría.
3.9.1- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
“Es la entidad que tiene a su cargo la Contabilidad General del Estado; además de fiscalizar los ingreso e Inversión de los fondos de los diversos Departamentos de la Administración Pública, autónomo o no del Estado y de los Municipios; verifica el examén de las cuentas que deben rendir las personas o entidades que manejan fondos de tales Organismos, así como la inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
La Contraloría tiene su origen, bajo la denominación de "Consejo Administrativo" según lo consigna el Articulo 182 de la Constitución de San Cristóbal del año 1844 cuyo texto señala "La ley organizará un Consejo Administrativo compuesto por Funcionarios Públicos para verificar anualmente las cuentas generales y hacer un informe de ellas al Congreso, con las observaciones que juzgue oportunas, cuyo encargo será puramente gratuito". La Ley No. 54 de 1970 la denomina " CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA " (Ver Anexo 1) .
Dentro del rol que le asigna la ley, la Contraloría amplía su ámbito de fiscalización con el reordenamiento de sus estructuras de mando en tres bloques, Administrativos, Contabilidad General y Gerencia de Operaciones lo que reúne en una misma dirección a departamentos cuyas actividades son afines, otorgándoles una mayor dinámica; en ese mismo sentido da el inicio a un programa de adiestramiento y capacitación del personal de los Departamentos de Inspección, Normas y Sistemas, Ayuntamientos; Así como la modernización del Departamento de Conciliación bancaria, lo que permitirá una más activa participación en la fiscalización de las instituciones que generan o ejecutan lo que es el presupuesto de ingresos y ley de gastos públicos.
La Contraloría General de la República ( bajo la dependencia directa del poder Ejecutivo en virtud a lo dispuesto por el Art. 1. De la Ley No. 54, precitada), y la que estará bajo la dirección de un funcionario que se denominará Contralor General de la República, también habrá un sub.-contralor General; tendrán a su cargo la contabilidad general del Estado, fiscalizar el debido ingreso e inversión de los fondos de los diversos departamentos de la Administración Pública, autónomos o no, del Estado y de los municipios; verificar el examén de las cuentas que deben rendir las personas o entidades que reciban o manejen fondos o bienes de tales entidades u organismos, así la inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
3.9.1.1- Políticas de la Institución:
• Fiscalizar los debidos ingresos y egresos del Estado Dominicano.
• Velar por que se apliquen los Principios y las Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría Generalmente en las Instituciones gubernamentales.
• Hacer cumplir las leyes establecidas para el control de los fondos públicos
• Velar por el patrimonio del Estado Dominicano.
• Elaborar los sistemas contables a las instituciones de Estado.
3.9.1.2.- Funciones Principales
Este desempeña sus funciones de acuerdo a las reglamentaciones citadas a continuación.
• Dirigir y controlar la contabilidad General del gobierno en cualquier oficina donde esta se lleve.
• Dictar todas las normas relacionadas con el control y dirección que se especifica en el ordinal anterior, y establecer los sistemas que sean necesarios para el buen funcionamiento de la contabilidad gubernamental en todos y cada uno de sus aspectos.
• Intervenir, revisar y liquidar toda cuenta de cualquier oficina del gobierno o de los ayuntamientos en que tenga interés el gobierno, salvo los casos especiales exceptuados por la ley.
• Llevar al día y registrar todas las cuentas presupuéstales y propiedades del Gobierno Dominicano.
• Someter al Poder Ejecutivo en su oportunidad, el proyecto de presupuesto de gastos y servicios personales, las recomendaciones para designación de cargos técnico, las recomendaciones de empleados en falta y ascensos en los casos procedentes.
• Presentar al Poder Ejecutivo, antes del día diez de cada mes, un informe de las principales labores realizadas en el mes anterior por la Contraloría General de la República.
• Presentar antes del día 15 de enero de cada año, un informe al Poder Ejecutivo de las actividades realizadas en el año anterior por la Contraloría General de la República.
• Cualquier otra atribución que en virtud de las disposiciones legales existentes o que pudieran dictarse, se asimilen al control, intervención y dirección de la Contaduría
• General del Gobierno Dominicano.”
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
Creada con la Ley No. 3659 del 27 de Junio de 1896, la No. 950, de 1928. En los primeros cinco días que sigan al 16 de Agosto de cada año la Cámara de Cuentas elegirá de entre sus propios Miembros un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, los cuales durarán un año en el ejercicio de sus funciones La Cámara de Cuentas tendrá un Secretario General Auxiliar y el personal adicional que le sea asignado en la Ley de Gastos Públicos, y cuya designación competirá a la propia Cámara.
3.9.2.1 Funciones Principales
• Funciones Generales de la Cámara de Cuentas
“Además de las atribuciones que corresponden a la Cámara de Cuentas por virtud de la Constitución, dicho organismo, en materia tributaria tendrá las funciones consultivas fiscalizadoras y jurisdiccionales.
• Del examen de las Cuentas Generales y particulares de la República
Compete a la Cámara de Cuentas el conocimiento, revisión y aprobación de todas las cuentas generales y particulares del Estado, del Distrito de Santo Domingo, de las Comunes Juntas de Distritos, establecimientos públicos y de las instituciones que reciban Subsidios de los expresados organismos.
Dentro de los quince primeros días de cada mes, todas las oficinas públicas, nacionales o municipales, recaudadoras, depositarias o pagadoras de fondos públicos, deberán rendir al Contralor y Auditor General, estados de dichas operaciones correspondientes al mes anterior.
La Cámara de Cuentas tendrá facultad para investigar y comprobar en la Auditoría la exactitud y legalidad de la contabilidad que debe llevar dicha oficina y para ese fin podrá hacerse representar por uno o varios de sus miembros, quienes tendrán libre acceso a todos los libros, expedientes y cuentas. En caso de que se advierta la irregularidad en la gestión del Contralor y Auditor, este funcionario no presenta las justificaciones correspondientes, la Cámara de Cuentas deberá informar inmediatamente el asunto al presidente de la República.
La Cámara de Cuentas ejercerá su control sobre la gestión que deba realizar el Contralor y Auditor General de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contabilidad. Cuando el uso de esta facultad, la Cámara tuviere duda acerca de la exactitud o legalidad de una cuenta o sobre la regularidad de la gestión del Auditor, podrá realizar en cualquier oficina pública todas las diligencias que fueren necesarias para el esclarecimiento de la verdad. Estas diligencias podrán consistir en residencias, inspecciones, interrogatorios a toda persona cuyo testimonio considere útil para el establecimiento de las cuentas públicas, inventarios, tanteos de Caja y otras de similar naturaleza.
En los casos de desaparición de fondos públicos o no-recaudación de los mismos, robo, torpes manejos, malversación, filtración, ocultamiento, fraude; así como en los de irregularidad en las cuentas presentadas a su examen, la Cámara de Cuentas, cualquiera que sea la naturaleza del hecho lo denunciará inmediatamente al Secretario de Estado del tesoro y Crédito Público, o al Presidente de la República directamente, si la responsabilidad recayere sobre un alto funcionario anexando todos los documentos que sean de lugar. Cuando las irregularidades en los estados de cuentas sean de pura forma, la Cámara de Cuentas lo devolverá a la oficina de su procedencia para las correcciones pertinentes.
Será deber de la Cámara de cuentas velar por el cumplimiento de todas las disposiciones legales que establezcan sistema cooperativo de fianzas o fidelidad para proteger al Estado o a las demás instituciones públicas contra robos y desfalcos de fondos públicos, así como para el cumplimiento de la prestación de las fianzas u otras garantías estipuladas en los contratos administrativos, para lo cual todo contrato de esta naturaleza, nacional, del Distrito de Santo Domingo, o municipal, deberá depositarse, copia autenticada, en la Cámara de Cuentas, dentro de los treinta días subsiguientes a su concertación por la persona que a nombre de esas instituciones, hubiere firmado el contrato.
• Informe de la Cámara de Cuentas al Congreso Nacional
El informe general del movimiento de ingresos y egresos ocurridos durante cada año que la Cámara de Cuentas deberá presentar al Congreso Nacional, constará de una primera parte en la cual se haga el historial explicativo de las operaciones, con la opinión de dicho organismo y una segunda parte donde se incluyan los estados demostrativos de esas operaciones.
Estará a cargo de la Cámara de Cuentas el cumplimiento del Art. 92 de la Constitución, y en consecuencia, publicará en el mes de Abril de cada año el informe que hubiere presentado al Congreso de la cuenta general de los ingresos y egresos de la República hechos en el año anterior.
• Protección de los Bienes y valores Públicos
Será deber de la Cámara de Cuentas velar porque se mantengan al día el Catastro de los Bienes del estado, del Distrito de Santo Domingo, de las comunes y demás instituciones públicas. En caso de omisiones o irregularidades relacionadas con estos Catastros de la Cámara de Cuentas dará informe de ello al Secretario del tesoro y Crédito Público, para que éste ordene las investigaciones correspondientes y para el establecimiento de las responsabilidades que sean de lugar.
En los casos de subastas o remates de servicios públicos, nacionales, del Congreso Administrativo del Distrito de Santo Domingo o municipales, la Cámara de Cuentas tendrá facultad para asistir o hacerse representar por algunos de sus Miembros en los actos correspondientes a fin de velar por los intereses públicos en la fijación de los precios y otras instituciones.
La Cámara de Cuentas deberá denunciar al Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público o al Presidente de la República directamente, cuando la responsabilidad pueda recaer sobre un alto funcionario de la Nación, todos los hechos que puedan poner en peligro los intereses del Estado, del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, de los ayuntamientos y de otras instituciones públicas, en relación con sus bienes.
La Cámara de Cuentas deberá estar representada por su Presidente o por algunos de sus Miembros comisionados al efecto, en toda operación, cuando ésta se realice en el país y en relación con la impresión y conteo de emisiones monetarias o documentos de cualquier naturaleza que sean representativos de dinero, así como en todo acto para incinerar, destruir o desvalorizar cualquier clase de moneda o documento representativos de dinero, suscribiendo las actas correspondientes o denunciando las irregularidades que ocurran en estos casos.
• Funciones Consultivas de la Cámara de Cuentas
La Cámara de Cuentas deberá rendir al Senado, a la Cámara de Diputados y al Presidente de la República, los dictámenes que le sean solicitados sobre cuestiones financieras.
Estos dictámenes no podrán versar sobre ninguna cuestión de contabilidad en curso de fiscalización por la Cámara de Cuentas, sino sobre cuestiones abstractas y generales, que no tengan relación con ninguna persona u oficina pública determinada Estos informes serán rendidos directamente a los organismos solicitantes o al Presidente de la República según los casos”
CAPITULO IV
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“La auditoría de hoy y del futuro, tiene que actuar
con independencia y velocidad, el objetivo no será
trabajar menos, sino trabajar mejor y ofrecer un
producto con un alto valor agregado para nuestros
clientes.”
Miguel Antonio Cano
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“El ayuntamiento es una institución popular, representativa de las familias de los municipios, y a su vez un organismo de deliberación. Este gobierna los límites geográficos asignados, bajo un estatuto legal que lo faculta para el ejercicio de una serie de actividades políticas y administrativas tendente a darle seguridad, organización, orden y desarrollo a su demarcación, al igual que el gobierno central lo hace a nivel nacional.
Un municipio es una demarcación geográfica formada por familias y de limitado territorio en el seno del Estado, que legalmente constituye una persona jurídica con patrimonio y autonomía propio y con ingresos para realizar todos los actos útiles para el cumplimiento de sus fines, que con entre otros, ordenar, reglamentar y resolver cuando es necesario o conveniente para proveer las necesidades de la comunidad que representa y proporcionarle bienestar, prosperidad y cultura.
El Distrito Nacional y los municipios están regidos por un gobierno económico-político llamado Ayuntamiento, Cabildo, Consejo o Cuerpo Edilicio. De conformidad con el Art.82 de la Constitución de la República, el gobierno de los municipios esta a cargo de los Ayuntamientos, cuyos regidores así como sus suplentes en él número determinado por la ley en proporción a su población, que en ningún caso debe ser menos de cinco mil habitantes, son elegidos al igual que los síndicos municipales y sus suplentes por el pueblo de los municipios respectivos por cuatro año.
Asimismo el Art.85 de la Ley de la Constitución dice: “Tanto en la Formulación como en la ejecución de sus presupuestos, los Ayuntamientos están obligados a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada clase de atenciones y servicios. Los Ayuntamientos podrán, con la aprobación que la ley requiera, establecer arbitrios, siempre que estos no coincidan con los impuestos nacionales, con el comercio Inter.-municipal o de exportación, ni con la Constitución o las leyes.
Los municipios y Juntas de Distritos Municipales se hallan regulados por leyes especificas que definen y delimitan sus roles y funciones como entes
sociales de primer orden que deben estar al servicio de las comunidades”.
Entre las Leyes fundamentales que regulan el funcionamiento de los Ayuntamientos podemos mencionar las siguientes:
• Ley No.3455 de Organización Municipal del 21/12/52, que determina la formación, funcionamiento y atribuciones que rigen los Ayuntamientos y de sus funcionarios.
• Ley No.5622 sobre autonomía Municipal es la que les da facultad a los Ayuntamientos de operar como verdaderos gobiernos locales.
• Ley No.17-97, que destina a favor de todos los Ayuntamientos el cuatro por ciento (4%) del monto de la Ley de gastos públicos, correspondiente a los ingresos de orden interno (Ver anexo No. 2).
Las leyes municipales de carácter complementario son:
• Ley 673, sobre revisión presupuesto de los ayuntamientos
• Ley 273, modifica el Art.46, de la Ley No.3455, sobre Organización Municipal. Esta ley eleva de dos a tres los vocales de las Juntas de Distritos Municipales.
• Ley 3456, trata exclusivamente sobre la organización del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
4.1 -CONTABILIDAD MUNICIPAL
“Es un sistema de información orientado a la toma de decisiones, que sujeto a disposiciones legales muy especificas, trata sobre la clasificación, registro e informe de las operaciones monetarias efectuadas por los Ayuntamientos con otros entes económicos.
La contabilidad municipal se caracteriza por ser una herramienta administrativa que debe ayudar al fomento de la correcta aplicación de los recursos financieros captados por las autoridades y funcionarios municipales en el desempeño de sus obligaciones. Estos recursos deben estar orientados al cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollo consignados en los planes, programas y presupuestos municipales.
4.2. -AUDITORIA MUNICIPAL
Es el examen objetivo, sistemático, independiente, constructivo y selectivo de evidencias de las operaciones financieras y/o administrativas efectuadas con posterioridad a la Gestión Municipal, con el objeto de determinar la razonabilidad de la información financiera. Se caracteriza por:
• Objetividad, en la medida en que se considera que el auditor debe mantener una actitud mental independiente, respecto de las actividades a examinar en el ayuntamiento.
• Sistemática y profesional, por cuanto responde a un proceso debidamente planeado y porque es desarrollada por contadores públicos y otros profesionales idóneos y expertos, sujetos a Normas Profesionales y al código de Ética Profesional.
• Concluye con la emisión de un informe escrito, en cuyo contenido se presentan los resultados del examen realizado, incluyendo observaciones, conclusiones y recomendaciones.
4.2.1. CARACTERISTICAS
• Opinar sobre si los estados financieros del ayuntamiento presentan razonablemente la situación económica y los resultados de sus operaciones de conformidad con las normas legales vigentes.
• Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentos que rigen los Ayuntamientos.
• Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación a los recursos asignados y al cumplimiento de planes y programas aprobados al ayuntamiento.
• Determinar la razonabilidad de la información financiera.
• Recomendar medidas para promover mejoras en la Gestión Municipal.
• Fortalecer el sistema de control interno del Ayuntamiento Auditado.
• Establecer si el Ayuntamiento ha establecido un sistema adecuado de evaluación para elaborar informaciones y monitorear su ejecución presupuestaria.
Importancia de la Auditoría Municipal
La asignación de recursos a los Ayuntamientos por parte del Gobierno Central como Consecuencia de la aplicación de la Ley No.17-97 (subsidio ordinario del estado), estable el 4% de los ingresos fiscales a favor de los gobiernos locales. Dada la magnitud de dichos recursos se requiere que los mismos sean administrados juiciosa y racionalmente, de forma tal, que se garantice a la población el desarrollo equilibrado e integral de las distintas comunidades que se hallan diseminadas por toda la geografía nacional.
Por tal motivo es importante para la sociedad dominicana contar con suficientes recursos económicos y técnicos para realizar Auditorías Municipales en los Ayuntamientos del país.
Tales auditoría deberá contribuir a establecer un clima en el ámbito de la administración municipal que este firmemente fundamentado en los principios de transparencia y responsabilidad de la gestión.
La falta de vigilancia de controles internos efectivos sobre las actividades que despliegan cotidianamente los Ayuntamientos puede ser causa del aumento de la inequidad y la ineficiencia en la asignación de los recursos económicos por parte de estos organismos, como es natural, esta situación generalmente se traduce en un alto costo social, especialmente para aquellos segmentos de la población colocados en situación de extrema pobreza”.
4.3. PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
La auditoría forense es un examen o revisión de carácter pericial deber ser: objetivo, critico, sistemático y selectivo. La auditoría forense la podríamos resumir en procedimiento técnico legal que combina diferentes áreas:
• La investigación
• Análisis de información
• Técnicas criminalistica
• Recopilación de prueba y evidencia legales
• Declaraciones, testimonios certificados y juramentados
• Preparación y habilitación de pruebas para presentar ante la corte civil o criminal.
Auditoría es un proceso de evaluación e investigación de políticas, normas, prácticas y procedimientos e informes utilizados con el fin de emitir una opinión profesional imparcial con respecto:
• Eficiencia en el uso de los recursos.
• Validez de la información
• Efectividad de los controles establecidos.
Auditoría gubernamental se fundamenta en:
• Control de gestión administrativo gubernamental
• Distribución de los recursos y la contratación administrativa
• En revisar y fiscalizar la corrupción en la administración
• La supervisón y control del cumplimiento de los programas de gobierno.
4.3.1-EL AUDITOR O INVESTIGADOR
El objetivo del auditor es evaluar la eficiencia, eficacia y la legalidad con que esta operando, por medio del señalamiento de cursos alternativos de acción se tomen decisiones que permitan corregir los errores, en caso de que existan.
“El auditor para ejercer le cargo debe tener amplios conocimientos en el campo a auditar. Los principios y las disposiciones legales vigentes, las normas internacionales de auditoría, técnicas y procedimiento de auditoría a emplearse y experiencia en la realización de estas labores. El auditor debe estar altamente calificado para manejar la información y las técnicas de análisis, revisar el proceso de control designado por la administración, con el fin de:
• Garantizar la confiabilidad y la integridad de la información.
• El cumplimiento de las políticas y regulaciones.
• Salvaguarda los intereses económicos y la plena eficiencia de la utilización de los recursos.
• El cumplimiento de metas y desafíos en el establecimiento de sistemas operacionales de optimización administrativa.
• Tiene responsabilidad de comunicación directa con la Contraloría General de la República en casos de detección de fraudes y otro delito.
• Aplicación de la ética, su profesionalismo, experiencia ante sus propios intereses personales”.
4.3.2. AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES
La auditoría financiera se basa en razonabilidad de los valores en los estados financieros.
La auditoría de gestión mide calidad administrativa para conseguir las metas y los objetivos, mientras que la auditoría forense tiene mayor profundida, porque además de ver los dos renglones anteriores establece responsabilidad individual porque lo que su campo de investigación es más amplio.
El investigador puede ir ampliando el circulo de personas naturales y jurídicas a investigar tales como familiares, amigos, socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, etc.
Pasos forenses característicos de la revisión:
• Panorama de diseño de las pérdidas potenciales del fraude basadas en debilidades identificadas de control interno.
• Identificar equilibrio y relaciones cuestionables de las cuentas entre las cuentas, para analizar las variaciones.
• Identificar transacciones cuestionables, por ser muy altas o muy bajas, frecuentes, muy raras, pocas o muchas.
• Distinguir los errores humanos de las omisiones. Errores causados por ignorancia y errores intencionales.
• Revisar de forma cuestionables los documentos de las transacciones por ejemplos facturas, denuncias, destrucción de datos, clasificaciones irregulares de cuentas, irregularidades en secuencias de documentos (ordenes de compra, cheques, talonarios de recibos etc...), cantidad, precio, sustitución de copias por documentos originales.
• Evidencia que corroboren perdidas de activos.
• Documentos y reportes fraudes anteriores, reclamaciones de seguros entre otros.
4.3.3- INVESTIGACION FORENSE
“La investigación forense se auxilia de equipos para realizar la auditoría con un amplio nivel técnico. Mencionamos algunos de estos que pueden ser utilizados, pero en esta investigación no será posible utilizar estas herramientas ya que las instituciones estatales no poseen estos equipos, como es el caso del Ayuntamiento Municipal XX.
• Fotografía técnica forense
• Huellas dactilares
• Pruebas de caligrafía
• Videograbadora con cámara oculta selladas, con programación de tiempo y fecha.
• Audiograbación y verificación de voz.
• Rastreo de información en la memoria y archivos de los computadores.
• Recuperación de datos borrados del disco duros en los computadores.
El software ACL es utilizado como herramienta de auditoría forense en la detección de fraudes y delitos, con énfasis en el sistema bancario. “Allí es donde están interviniendo herramientas como ACL -Audit Comand Language de ACL services con matriz en Vancouver, Canadá en la ejecución de la obra.
Ellos auxilian con su programa a los contadores forense a analizar y explotar minas casi interminables de datos relacionados a un caso particular de muchos ambientes de Tecnología de Informática. ACL puede leer casi cualquier tipo de formato de banco de datos y puede exportar sus hallazgos a una variedad de sistemas, incluso a los programas del análisis ligados”
4.3.4- RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
“Si la auditoría forense es por orden Judicial, como todo proceso de investigación debe estar avalado por las autoridades competentes.
Una corte y un juez, la fiscaliza, departamento de investigación policial, instituciones autorizadas por el gobierno para investigaciones civiles o criminales y firmas de auditoría debidamente acreditadas y certificada y calificaciones del investigador.
Factores de admisibilidad de pruebas o evidencias: circunstanciales, testimoniales, documentales, físicas y técnicos periciales. Para habilitar como pruebas legales para acusación deben tener por lo menos tres de los cinco factores de admisibilidad.
Prueba legales para acusación deben cumplir con los siguientes requerimientos de ley:
• Orden del juez competente para investigar y recopilar evidencias.
• Debe ser obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación.
• No haber cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia.
• Divulgación de la información indiscreción o comentarios con personas comprometidas.
• Mala manipulación y contaminación de la evidencias, borrar información por descuido.
• No deben ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien.
• No debe obtener evidencia por un solo investigador.
• Documentar ampliamente pasos a paso los diferentes procedimientos encaminado a un objetivo.
Las investigaciones especiales requieren habilidad técnica, independencia, aspecto ético e integridad que deben tener todas las auditorías”.
4.4.- ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE.
Para la aplicación de las etapas de auditoría es importante conocer el control interno de la entidad a investigar. “No hay control interno eficiente si la organización no permite, entre otras cosas, una evolución continua del personal y si no hay voluntad de realizar los ajustes que se requieran cuando los objetivos de la organización no se estén cumpliendo o se estén logrando con derroche, sin orden, ni transparencia, sin cumplir las normas legales o los principios de eficiencia.
Hoy en día, el control interno compromete a todos lo empleados con el mejoramiento de la calidad de la gestión”.
4.4.1.- EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
En control interno abarca dos subsistemas:
• Las normas y procedimientos administrativos
• La normas y procedimientos financieros
Ambos tienen como objetivo fundamental, captar y resumir los distintos eventos financieros y administrativos. El Ayuntamiento Municipal XX carece de un sistema de control interno que permita producir informaciones económicas objetivas y precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas. Las políticas y normas administrativas de un buen control interno no tienen aplicación, siendo la improvisación y las decisiones discrecionales al común denominador.
En la evaluación del control interno se obtienen las informaciones prácticas, que puedan determinar su conveniencia y efectividad según los propósitos establecidos e identificar posibles debilidades de suficiente importancia como para justificar el examen profundo. (Ver Anexo No. 2)
Control Gubernamental
“Es un proceso efectuado por el congreso por el presidente, por los funcionarios y empleados de la administración pública, diseñado para dar una seguridad razonable del cumplimiento de los objetivo, de economisidad, eficiencia, eficacia legalidad, regularidad, exactitud, confianza y transparencia.
La estructura y los sistema de control imperantes en la República Dominicana son obsoletos, no garantizan el intereses de la sociedad y fomentan la corrupción y el desperdicios de los recursos públicos.
La materia prima del control gubernamental esta en el personal capacitado, motivado e integrado, en la integridad y en los valores éticos y morales de los dirigentes administradores, en la existencia de una adecuada estructura organizativa y un comité de vigilancia y evaluación.”
4.4.2.- PLANEACION
Debe desarrollarse cumpliendo una serie de pasos y fases en orden lógico y secuencial, de manera que sea posible realizar la auditoría eficientemente y cumplir con los objetivos de forma oportuna. Este plan tiene un propósito fundamental es determinar que cada una de las fases se deben cumplir en el transcurso de la investigación y establecer el procedimiento a seguir.
El equipos a cargo de la auditoría del Ayuntamiento Municipal XX, es muy importante entender el propósito y cada procedimiento que se adopte debe encaminar hacia ese fin.
MEMORANDUN DE PLANIFICACION DE AUDITORIA FORENSE
Antecedentes
La Contraloría General de la República Dominicana, cumpliendo con su plan de auditoría realizó una auditoría de gestión que abarco el período enero-diciembre del 1999. El informe final de esta auditoría fue concluido en 6 meses.
• Determinación del proyecto a investigar
Todas las informaciones contenidas en esta investigación son reales, por razones de seguridad se han omitido los nombres de la institución, los funcionarios públicos implicados, los suplidores, personas externas a la institución y los denunciantes.
Teniendo en cuenta que los delitos económicos tienen una actividad y período determinado, lo que plantea ventajas como facilidades en el trabajo.
Generalidades
Entidad: Ayuntamiento Municipal XX
Fecha: Enero-Diciembre 2000
Origen de la auditoría: Grupo de moradores del municipio XX
• Programa especifico de trabajo
Objetivo General de la auditoría:
Lograr evidencia suficiente competente y pertinente que tipifiquen la violación a las leyes en los siguientes casos:
• Emisión de cheques sin fondos
• Subvaluacion de ingresos propios
• Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
• Desembolsos con Soporte Insuficientes
Estos hechos tendrán la documentación soporte para ser utilizada por terceros que no conocen de sistema de operación de la entidad.
Objetivos Espeficicos:
• Cuantificar y verificar la emisión de RD$2,555,592.89 en cheques sin disponibilidad bancaría.
• Describir la omisión de los registros contables de los ingresos propios y el uso irregular del dinero no entregado a la tesorería del municipio por un monto de RD$1,498.440.00
• Cuantificar el incumpliento de impuestos sobre retenciones según La ley 11-92 modificada por la Ley 147-00 del 1ero de enero 2000, bajo la relación de funcionario y entidad equivalente a RD$102,749.52
• Determinar el monto de los desembolsos con soportes insuficientes con un valor de RD$349,900.00
• Personal
Esta Auditoría Forense requiere del servicio de 3 auditores y un supervisor. Para estos fines se designo:
1ro. Supervisor: Elsa Peña
2do. Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro. Asistente de Auditoría dos: Dihorah Valdez
4to. Asistente de Auditoría uno: Ludwig Anderson
• Fuentes de información para la investigación
Obtener mediante la aplicación de formatos datos completos y precisos sobre el hecho ocurrido y soportarlo en documentos primarios. La información que se utilizará en el proceso debe ser solicitada de forma ordenada, completa y oportuna.
La fuente de información que serán consultados en esta investigación son las siguientes:
• Identificación de las personas
• Registros y controles que se tengan establecidos
• Establecer fuentes alternas con el propósito de verificar en la cámara de comercio y otros tipos de entidades la legalidad de los suplidores y empleados.
• Solicitud de información con el uso de formatos para obtener datos completos y precisos, copia de documentos que soporten la información.
El investigador puede ampliar él circulo de personas jurídicas a investigar, tales como familiares, amigos, socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, entre otros.
Archivo y control de documentos
Se prepara un expediente con las copias de la documentación original recibida, estas deberán contener la fecha de recepción y devolución de los mismos. Además existirán dos archivos:
Permanente: Incluyen la base jurídica y las normas internas.
Corrientes: Contenido papeles de trabajo que incluyen Cedulas sumarias, analíticas y detalles con algunos documentos de soporte.
4.4.3.- ELABORACION PAPELES DE TRABAJOS
En esta Auditoría se seguirá el orden lógico de la gestión, dado por las actividades principales y las áreas criticas examinadas en profundidad, según el esquema determinado por la Contraloría General de la República:
• El índice de los papeles de trabajo se identificara con letras siguientes :
Cheques sin disponibilidad AA
Subvaluación de ingresos BB
Incumplimientos como agente de retención fiscal YY
Irregularidades en compra de materiales MM
• Marcas
** =Sumaria comprobada
* = Suma según documentado
PPI = Papel presentado por la entidad
HPT =Hoja principal de trabajo
* =Comparado con el documento original
• Presupuesto
PRESUPUESTO DE MATERIALES A UTILIZAR
CANTIDAD DESCRIPCIÓN C/UNITARIO TOTAL
20 Hojas de 12 Columnas 3.00 60.00
50 Hojas de 7 Columnas 3.00 150.00
10 Lapiz de Grapitos No. 2 2.35 23.50
3 Bolígrafos Tinta Azul 2.16 6.48
1 Goma de Borrar 10.00 10.00
2 Lápiz Encerado Color Rojo 3.00 6.00
30 Hojas 81/2 para Memorandun 1.00 30.00
2 Sacapuntas 5.00 10.00
50 Hojas Blancas 81/2 x 11 1.00 50.00
2 Rollos de Papel Sumadora 5.04 10.08
Gastos de viaje 1,200.00
Total 1,556.06
• Cronograma de actividades
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Actividades No. Auditores H /Aud. Total Horas
1) Presentación de Credenciales 4 2 8
2) Evaluación Preliminar de Control Interno 3 24 72
3) Planificación Auditoría 2 72 144
4) Elaboración Papeles de Trabajo 3 120 360
5) Elaboración de Borrador de Información con sus hallazgos 3 40 120
6) Otros 3 16 48
• Revisión y aprobación de lo papeles de trabajo
Para garantizar la calidad de la auditoría es necesario la revisión de los papeles de trabajo la supervisión asignado al equipo.
• Confidencialidad de los papeles de trabajo
La naturaleza confidencial de algunos papeles de trabajo es una condición de especial importancia debido al hecha de que su contenido revela el alcance de la auditoría y la extensión y naturaleza de las pruebas aplicadas en forma selectiva.
Esta naturaleza confidencial se mantiene durante el curso de la auditoría y de manera permanente en los archivos de la entidad auditada. Bajo ninguna circunstancia, el auditor debe divulgar el contenido de los papeles de trabajo, calificado de naturaleza confidencial.
CAPITULO V
INFORME Y APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE AL AYUNTAMIENTO MUNICPAL XX
“El Dr. Castillo, Marino Vinicio en su participación en el Congreso
del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la Rep. Dom.
(ICPARD), ante la pregunta de un asistente al panel de cuál es la
forma para combatir o detener la corrupción, contestó “…Sólo creo
en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”
5.1- INFORME FORENSE
“Las conclusiones del informe, por consiguiente, deben basarse exclusivamente en las pruebas obtenidas y unificadas de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y bajo las parámetros de la investigación legal”
El Informe Pericial
Las características que debe reunir un informe de auditoría forense son:
Presentarse por escrito y estar claramente la descripción de los hechos, objeto del peritazgo y deben distinguirse de los pronósticos o conjetura, las operaciones técnicas realizadas, los principios científicos en que se fundamenta, las conclusiones debidamente comprobadas y sustentadas que servirán al juez para valorar las pruebas.
Requisitos del informe
• La prueba debe haber sido decretada en forma legal.
• El perito debe ser una persona altamente capacitada para realizarla.
• El acto debe ser consiente, libre de coacción, violencia, dolo, cohecho o seducción.
• No debe existir norma legal que prohíba esta prueba.
El reto del proceso de auditoría consiste en permitir lograr el mejoramiento de los índices de desempeño de las entidades auditadas”.
GENERALIDADES
“Vistos los artículos No. 82, 83 y 84 de la constitución de la República, así como la ley No. 3456 del año 1952, se considera, se crea y se facultan los ayuntamientos, como una entidad política y administrativa, dotada de personalidad jurídica, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios o Mes para el cumplimiento de sus fines, en la forma y con las condiciones que la constitución y las leyes determinen, y así como vista la ley No. 5622 del mes de Septiembre de 1952 sobre su autonomía.
Los ayuntamientos funcionan administrativamente de acuerdo a lo establecido por la ley y queda constituido por un órgano legislativo (sala capitular) y un órgano ejecutivo (la sindicatura). La sala capitular, es la asamblea de regidores, cuya principal característica es la función legislativa municipal, y es además responsable del control y fiscalización en lo referente al área financiera y presupuestaria. Es en ella donde debe descansar el proceso de toma de decisiones a través de resoluciones por mayoría simple. La sindicatura, es el órgano ejecutivo del gobierno municipal y es de carácter unipersonal
Esta representado por el Síndico, que además de las responsabilidades políticas, tiene funciones administrativas, siendo el responsable y portavoz del municipio de la sociedad” En este sentido dirige y supervisa los trabajos municipales, la recaudación de las rentas, la públicación de las resoluciones y ordenanzas municipales, así como ordenar los pagos que efectué el tesorero municipal. Al mismo tiempo debe proponer y elaborar el proyecto de presupuesto anual a presentar en la asamblea”.
EVALUACION DE CONTROL INTERNO
DEBILIDADES
El Ayuntamiento Municipal XX carece de un sistema de control interno que permita producir informaciones economicas objetivas y precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas.
La evaluación del sistema de control interno fue realizada mediante entrevista según cuestionario (Anexo No. 3 ). Se tomaron en cuenta las siguientes debilidades:
Encargado de Recursos Humanos
• La estructura organizacional formal esta sustituida por una estructura informal que controla la unidad de Recursos Humanos, que maneja los servicios personales, las compras de bienes y servicios y todos los desembolsos, sin importar la naturaleza de las mismas.
• El departamento de Recursos Humanos no cumple adecuadamente con su función de agente de retención, al no efectuar correctamente las retenciones de impuestos sobre la renta a los funcionarios según la ley 11-92.
Encargados de Dirección Financiera y Tesorería
• El sistema de control interno, no tiene aplicación en las más elementales decisiones y acciones. El control financiero y administrativo es tan limitado que tiene al Ayuntamiento Municipal sumergido en una crisis de consecuencias impredecibles, con más de 2.5 millones de pesos en cheques sin fondos en poder de comerciantes y relacionados.
• Ingresos por fuentes propias (tasas, impuestos, servicios y otros) no son captados cumpliendo los requerimientos de recibo efectivo.
• El Ayuntamiento Municipal XX, carece de un plan estratégico con objetivos a mediano y largo plazo que definan los desembolsos para los tres capítulos que sobre la ley 17/97, deben ser: 30% servicios personales, 30% servicios municipales y una 40% para el programa de inversiones.
HALLAZGOS
1. Emisión de Cheques sin Fondos
Los libros presentan un saldo en rojo en las cuentas bancarias al 30 de noviembre del 2000 de RD$2,603,238.12. Los cheques emitidos sin disponibilidad bancaria son cambiados por 3 o 4 comerciantes o relacionados. Para el mes de agosto, se comprobó que existían RD$2,555,592.89, en cheque sin fondo en poder de algunos comerciantes y/o relacionados, dentro de los cuales se identificaron a los señores:
Comerciantes Montos RD$
Sr. Robert Jiméno (Padre) 1,678,430.31
Lic. Richard Jiméno (Hijo) 790,746.08
Sr. Alex Almonte 86,416.50
TOTAL 2,555,592.89
Como consecuencia de este hecho se producen varias situaciones que contribuyen a distorsionar las informaciones administrativas y financieras.
• Desconfianza a los cheques emitidos por el Ayuntamiento en la población.
• Aumento de los gastos operacionales con cargos de la entidad financiera por manejo inadecuado de la cuentas.
• Inconsistencia en los registros contables, gasto de un período que se registran y pagan en otro.
• Violación a la Ley de cheque No. 2859 de fecha 20 de julio de 1951.
• Disminución de los sueldos de los empleados y funcionarios al tener que pagar hasta el 20% del salario para cambiar sus cheques.
Para que este hecho ocurriera fue realizado bajo la responsabilidad del Síndico, Tesorero y las tres personas involucradas en el proceso de cambio de los cheques. Este acto viola la Ley No. 2859, del 30 de abril de 1951 modificada por la ley 62-2000 del 3 de agosto del 2000, en los Artículos 40,44,45,46, 66 y Art. 405 del Código Penal.(Ver Anexo No. 4 )
Acción Propuesta #1
• El Sindico Municipal, debe proceder de inmediato a retirar esos cheques sin fondos y realizar acuerdos de pago con los poseedores, previo al conocimiento y aprobación de la Sala Capitular.
• El Sindico Municipal, que esa práctica no vuelva a repetirse por ser violatoria a las leyes: civiles y penales contribuyendo al deterioro de la imagen pública que debe tener la principal entidad de los municipios.
• Proceder legalmente contra el Sindico Municipal y Tesorero según lo establece la Ley de cheques No. 2859, del 30 de Abril de 1951.
2. Subvaluación de ingresos propios
El Ayuntamiento Municipal XX tiene dos fuentes de fondos:
Fuentes Internas
Fuentes Externas Ley 17-97
Los ingresos por fuentes propias, se obtienen con poco o ningún control, los inspectores, cobradores de arbitrio (tasa, impuestos, servicios y otros) captan recursos en las calles y retienen lo cobrado por dos y tres días y luego entregan por caja a la tesorería, sin determinar si el monto entregado es correcto. Un buen sistema de control interno obliga a que todos los cobros por arbitrio tengan que ser depositados todos los días íntegramente en las cuentas corrientes correspondientes.
Como consecuencia de la falta de control en el cobro de los arbitrio, se observa el comportamiento en tres grupos de fuentes internas.
Rubros S/ ENTIDAD S/ AUDITORÍA DIFERENCIA
Mercado y Hospedaje 141,096.00 1,139,400.00 998,304.00
Vallas y Letreros 93,470.00 336,000.00 242,530.00
Cementerio 18,000.00 23,040.00 5,040.00
TOTAL 252,566.00 1,498,440.00 1,245,874.00
Este hecho es penal con implicación civil porque pone en riesgos el patrimonio de los implicados, estos deben proceder a devolver el faltante. Notificar al Procurador General de la República mediante comunicación y anexarle el infome de auditoría.
Acción Propuesta #2
• Establecer un sistema de control interno sobre los ingresos propios, que permita con ayuda tecnológica una supervisión individual sobre cada contribuyente y un control sobre lo ingreso que recauda cada inspector, asignándole área fija con rotación periódica, cada inspector-cobrador debe tener talonarios pre-numerados diariamente en la tesorería, los cuales deben coincidir con las copias de los recibos en secuencias y a su cuadre.
• Las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) trazan las pautas de reconocimientos de los ingresos y gastos, con le propósito de lograr un adecuado apareamiento dentro de estos elementos básicos. Las normas dejan bien claro que se reconocen los ingresos en le momento en que estos ocurren. Esto se encuentra establecido en los párrafos 18, 19, 21, 22 de la NIC's No. 18 (Ver Anexo 5)
3.- Incumplimiento a las Leyes Sobre Impuestos
Las entidades públicas y privadas son agente de retención de la Dirección General de Impuestos Internos, la Ley 11-92 (Modificado por 147-00 del 1 Enero 2000) exceptúa de pago de impuestos a los empleados que devengan un salario de hasta $8,566.00, se observa que a los funcionarios y empleados con salario que tienen renta imponible no se hace la debida retenciones, como son:
NOMBRES Y
APELLIDOS PUESTO SUELDO DIETA TOTAL RD$ IMPUESTO A PAGAR S/LEY 11-92
Victorino Florentino Sindico 30,000.00 6,000.00 36,000.00 5,930.93
Primero Fermín Vicesindico 18,000.00 - 18,000.00 1,601.31
Hernan Rosado Enc. Pers. 11,000.00 - 11,000.00 365.10
Maria Almeida Tesorera 11,500.00 1,500.00 13,000.00 665.10
TOTAL 70,000.00 7,500.00 78,000.00 8,562.46
La deuda del año 2000 asciende a 8,562.46 X 12 = 102,749.52
El incumplimiento de la Ley 11-92 Según Capitulo II, Artículos 8, 11 y Acápite IV Articulo 26 y 27 implica sanciones económicas extraordinarias por multas, moras, recargos, y otros, tanto a la entidad que debe hacer las retenciones, como al contribuyente directo, colocándolo a riesgo de sanciones al Ayuntamiento Municipal XX. (Ver Anexo No. 6)
Acción Propuesta #3
• El Sindico Municipal, al Encargado de Personal y Encargado de Tesorería que se inicien las deducciones de impuestos a los empleados que deben pagar según la Tabla de Retención Mensual.
• Que se establezca un plan con los montos atrasados con la Dirección General de Impuestos Internos local, a fin de ponerse al día con las deudas correspondientes. Se procederá a enviar una comunicación a la Dirección General de Impuestos Internos informándoles las irregularidades en el proceso de retención. Ver Capitulo II, Art. 11 de la misma Ley y Art 309 (Ver Anexo No. 7).
4.- Desembolso con Soportes Insuficientes
Al verificar las facturas sin número por compra de materiales, se observa que existen distintos suplidores con la misma letra y formato de factura, en la mayoría ilegible y sin especificaciones de quien y en que lugar fue recibido.
Fecha Beneficiario Valor Concepto
03-7-00 Ferretería Cocodrilo 124,000.00 Tirado Materiales
31-07-00 Ferretería Aventura 165,900.00 Tirado Materiales
31-07-00 Ferretería El Progreso 60,000.00 Tirado Materiales
Total 349,900.00
Las normas de control internos, requieren que las compras y recibos de bienes adquiridos deben tener como soporte cotizaciones, orden de compras, facturas y otros documentos auténticos, que garanticen un desembolso basado en evidencias que respondan a la materialidad del evento económico.
Esta modalidad de pago genera duda sobre autenticidad de las operaciones, ya que la misma carece de espeficaciones verificables.
Acción Propuesta #4
• El Sindico y a la Tesorera Municipal, que cada desembolso realizado debe cumplir con la documentación soporte original y aprobatorio de la autenticidad de la operación económica que origino el pago, garantizando que los intereses del cabildo estén preservados.
• La violación a estas normas y procedimientos de control interno, contribuyen a crear las condiciones de fraude individual o en cadena en contra de los bienes de la municipalidad.
• Formular y aplicar un manual de procedimiento administrativo y contable sobre la base de una estructura organizacional que pueda aplicar los cambios necesarios par alcanzar un sistema de control interno adecuado.
4.2.-APORTES
La Auditoría, ha venido desarrollándose en distintos campos lo que ha permitido identificar mejores prácticas de auditoría gubernamental, que contribuyen a mejorar el desenvolvimiento del auditor, como es el caso de la Auditoría Forense.
A diferencia de otras Auditorías utilizadas en el sector gubernamental, que se encargan de revisar si las operaciones de la entidad auditada están acorde con los objetivos de las mismas y si los estados presentan razonablemente las informaciones financiera, esto es de suma importancia ya que existen muchos sectores de riesgos que deben ser controlados en las instituciones, para lo cual la auditoría gubernamental promueve recomendaciones para la creación o aplicación de procedimientos que ayuden con el control administrativo, de esta forma corregir su planificación y alcanzar los objetivos.
La auditoría forense en cambio identifica los responsables de cada acción y comunica a las entidades competentes las violaciones encontradas. Como reflejo de esta actividad se obtiene un valor agregado, en los siguientes aspectos, según la auditoría aplicada al Ayuntamiento Municipal XX.
• En la lucha contra la corrupción
En los problemas de corrupción también se infringe la ley, se debe evitar que los culpables del actos queden impune, es importante facilitar los medios técnicos válidos que faciliten a las justicia actuar con mayor certeza.
• Valor agregados para los procesos operativos
Esto se refiere al aspecto de aplicación legal, si los problemas no son evaluados convenientemente, los efectos son los mismos, y no es posible alcanzar la eficiencia sin acciones coordinadas a desaparecer la falta de un adecuados sistemas de controles internos.
• Transparencia en las operaciones
Partiendo de los actos de corrupción, la falta de aplicación de la justicia, con sus efectos muy visible que afectan a la población, que se ve limitada en los servicios que requiere. Al mejorar la práctica de la auditoría gubernamental se puede optimizar la gestión administrativa.
• Credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas.
Que los funcionarios corruptos sean castigados, exigiéndoles rendiciones de cuentas ante una autoridad superior, de los fondos y bienes del Estado que se encuentran a su cargo. Si es mejorada la administración pública más personal capacitado y honesto desearan optar por estos cargos. Por tal razón se debe acelerar el proceso de aplicación de reforma al Estado en especial a los ayuntamientos.
CONCLUSION
La auditoría gubernamental ha planteado muchas prácticas con resultados positivos para quienes la ejecutaron, sin embargo tomando como base las condiciones y necesidades del sector público, se puede concluir que la auditoría forense, como un apoyo técnico para la auditoría gubernamental es más eficaz en la preservación del patrimonio del Estado, en esencia, la práctica que podría dar las mejores oportunidades para un aporte más positivo en materia de mejorar la administración pública.
La problemática que enfrentan los países con la corrupción en el Estado, el aumento de la pobreza, la falta de obras de infraestructura etc. Son razones de suficiente peso para que los sistemas obsoletos que no permiten disponer de mejores controles en la administración del Estado sean corregidos, a través de programas de modernización, para mejorar la revisión del manejo de los recursos estatales.
Ante las suposiciones de actos fraudulentos es necesaria una participación más efectiva de la auditoría gubernamental, por esto surge la Auditoría Forense que viene a fortalecer las instituciones públicas, al procurar disuadir las prácticas deshonestas promoviendo la responsabilidad y la transparencia fiscal.
En el desarrollo de la parte práctica de esta investigación, se aplicaron las etapas de la auditoría forense a una institución descentralizada del Estado, el Ayuntamiento XX, revisando algunas de las áreas que componen la administración municipal como son: Recursos Humanos, Dirección Financiera y Tesorería. En estas áreas fueron encontrados los siguientes hallazgos: emisión de cheques sin fondos, subvaluacion de ingresos propios, incumplimiento a las leyes sobre retenciones de impuestos y desembolsos con Soporte Insuficientes.
El informe y conceptos finales fueron elaborados acorde a la normativa de auditoría, emitiendo una opinión sobre las operaciones del Ayuntamiento XX de forma clara, concreta y recomendando acciones. El limite del informe esta en la definición de qué no debe decirse, por ser una entidad estatal, para evitar posibles conflictos legales a los sustentantes de esta investigación.
La corrupción siempre ha estado favorecida por la impunidad, por esto ha sido imposible detenerla, ocupar un cargos público es oportunidad de enriquecerse de manera fácil. En estos casos la aplicación de la justicia se encuentra muy cuestionadas, ya que un individuo común es juzgado, pero si se trata de un político o ciudadano acaudalado, el proceso queda en suspenso y nunca se termina de condenar a los culpables. Este aspecto es de mucha trascendencia ya que los logros de la auditoría forense dependerá de la credibilidad de las instituciones que deben concluir el proceso.
Los oportes más significativos de la autoría Forense encontrados en esta investigacion son: la lucha contra la corrupción, valor agregados para los proceso operativos, transparencia en las operaciones credibilidad de los funcionarios e instituciones públicas.
La Contraloría General de la República como organismo superior de auditoría y control es quien debe ejercer esta auditoría, en los casos que necesiten pruebas para la aplicación de la justicia. Estos informes con sus evidencias legales deben ser enviados a la Procuraduría General de La República, para que esta a su vez la remita al Procurador Fiscal correspondiente.
El combate de la corrupción no es un aspecto aislado, ni responsabilidad de unos pocos, por esto deben plantearse programas nacionales de lucha contra la corrupción y comisiones de investigación. La experiencia colombiana respecto a la auditoría forense fue la creación de un instituto descentralizado con personal técnico altamente capacitado, logrando disminuir considerablemente los niveles de corrupción.
La creación de estas instituciones debe estar compuestas por técnicos especializados en distintas ramas del conocimiento como auditores, abogados, policía judicial entre otros, que puedan realizar investigaciones, análisis de informaciones, técnicas criminalisticas, recopilación de pruebas y evidencia legales, declaraciones, testimonios certificados y juramentados, con estas informaciones preparar y habilitar pruebas para presentar ante la corte civil o penal estas herramientas de fiscalización aportadas por auditoría forense para disminuir la corrupción.
BIBLIOGRAFIA
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Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas Internacionales de Auditoría (NIA's). México: 4ta. Edición 1997
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Méndez A. Carlos E. Metodología . Colombia, Bogota: 2da Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1995.
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República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA), Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, 221p.
República Dominicana, Contraloría General de la República. Aspectos Básicos de la Contabilidad y Auditoría Municipal, Santo Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000. 13-17 p.
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. 195p.
República Dominicana, Dirección General de Impuestos Internos. Codigo Tributario de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2000 4-7p.
Silei Gaton, Jose A. Instituciones de Derecho Público. Santo Domingo: Editora Centenario.1999 565.p
Soriano Guzmán, Genaro. “Control Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), 6p.
Waldis Taveras. Legislación Municipal de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 1997
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. 9p.
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http://www.respondanet.com/spanish/admin.financiera/auditoría/smithp1/repdomin/do05.pdt
http://www.respondanet.com/RD/actuales/gobierno/plan_nacional.pdf
www.google.com
www.yahoo.com
ANEXO
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO
GENERALIDADES
1. Nombre de la empresa
2. Domicilio y teléfono, planta y oficinas
3. Nombre de los principales funcionarios
y el nombre especifico a quien debamos
dirigir nuestro propuesta
4. Objetivo del Ayuntamiento
5. Capital Social, numero de acciones, valor nominal,
clases de las mismas
6. Fecha de terminación de su ejercicio social.
7. Numero de:
I.M.S.S.
Registro estatal ( En su caso )
8. Nombres de los principales Regidores
9. Créditos bancarios o de cualquier otra
índole que haya obtenido durante los
últimos 3 anos
10.¿Qué relaciones ha tenido la institución
con otros despachos de contadores
Públicos? Indicar clase de servicio ha
recibido y de que despacho o
contador público
11. ¿Existe realmente una división adecuada de las
atribuciones de mando y responsabilidades? ¿Esta
de definida claramente por medio de graficas
manuales, etc.?
12. ¿Existe un sistema de autorización y
procedimiento de registro que
garantice un control razonable del
activo, el pasivo, los ingresos y los
desembolsos?
13. ¿Son aparentemente adecuados los
métodos el registro, ya sean
electrónicos, mecánicos o manuales
15. ¿Es en general competente el personal de la
empresa y da la impresión de comprender el
cumplimiento de las practicas y políticas
establecidas.
16. ¿Se dispone de auditores internos? ¿Al menos
empleados responsables revisan la observancia los
procedimientos y políticas; funcionarios
independientes de quienes daban aplicar dichos
procedimientos
Contabilidad
17. Listar libros de contabilidad en uso, verificar
que se encuentren autorizados.
18. ¿Existe un catalogo de cuentas en uso?
19. ¿Existe un sistema definido de costos?
20. En caso de ser afirmativa la pregunta anterior,
señala brevemente de que clase de sistema se
trata.
21. ¿ Se Concilian los auxiliares contra las cuentas
de mayor?
22. ¿Se preparan relaciones analíticas de los
auxiliares.
23. Indicar que equipo de cómputo utiliza. ¿Cuál
es el sistema de contabilidad y sus principales
características
24. ¿Cómo esta integrado el personal de
contabilidad?
25. Obtener del personal del departamento de
contabilidad y otro que intervenga en el
registro de las operaciones de la empresa, un
detalle de las labores que realizan y formas que
usan
26. Lista de las cuentas de bancos que maneja la
compañía y su uso
27. Señalar, aproximadamente, movimientos
mensuales de :
• Cheques
• Pólizas de diario
• Póliza de ingresos
• Facturas
• Vales de entrada de almacén
• Vales de Salida de almacén
• Facturas de proveedores o remisiones
• Nota de crédito
• Pedidos por Compras
28. Señalar numero aproximado de :
• Cuentas de Clientes
• Cuentas de documentos por Cobrar
• Otras cuentas por cobrar
29. ¿Existe un adecuado control sobre
acumulaciones para efectos del I.S.R.
productos del trabajo
Situación actual de:
A. CONTABLE
30. Fecha de sus últimos estados
financieros
Situación actual
Diario
Mayor
Actas
Registro de la cuenta de Utilidad Fiscal
Neta
Registro de aumentos y disminuciones
De Capital (En su caso)
31. Señalar fecha de:
• Ultimas conciliaciones Bancarias
• Ultimo recuento físico de mercancías
• Ultimo recuento físico de activos fijos
• Ultimas conciliaciones con sus
Principales cuentas de clientes y
Proveedores
B. FISCAL
32. Señalar las fechas de presentación de las
ultimas declaraciones de impuesto:
a) Retenciones del ISR
PARA SER CONTESTADO POR EL ENCARGADO DE LA INVESTIGACIÓN
Opinión sobre la situación contable y administrativa: La entidad carece de un sistema de controles internos tanto financiero como administrativo.
Problemas importantes observados: más de 2 Millones de Cheques sin fondos, ingresos propios no registrados, compras de materiales sin documentos, incumplimientos fiscal.
¿Qué servicios profesionales son convenientes para el ayuntamiento? Controlar los servicios de un técnico en organización y método que pueda formular un proyecto de Sistema de Control Interno y de la estructura organizacional.
Señor
Sindico Municipal
Ayuntamiento Municipal XX
Presentamos a usted, los auditores que realizarán un proceso de fiscalización, atendiendo denuncias de irregularidades de un comité de Ciudadanos del municipio XX.
Esta Auditoría Forense se concentrará en 4 áreas fundamentales:
Emisión de cheques sin fondos
Subvaluación de ingresos propios
Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
Desembolsos con Soporte Insuficientes
Estos auditores son:
1ro. Supervisor: Elsa Peña
2do. Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro. Asistente de Auditoría dos: Dihorah Valdez
4to. Asistente de Auditoría uno: Ludwig Anderson
Atentamente,
Director de Auditores
Contraloría General de la República Dominicana
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: ed. Servicios Gráficos Integrados, 1987. p.195
2 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, P.223.
3 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA), Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, p.215
4 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, , Op. Cit.215 (Citada 2da. Vez)
5 Cashin, James A.; Newirth, Paul D.; Levy John S. Enciclopedia de Auditoría. España: Editora Océano Centrum, 2000 p.120
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999.p. 9
República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. p.195.
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.10
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.7 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, p.217
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
htpp:www.respondanet.com/RD/actuales/ gobierno/plan_nacional.pdf CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
http://www.respondanet.com/spanish/admin.financiera/auditoría/smithp1/repdomin/do05.pdt CRF
http://www.contraloria.gov.do/ CRF
Silei Gaton, Jose A. Instituciones de Derecho Público. Santo Domingo: Editora Centenario.1999 p.565 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República. Aspectos Básicos de la Contabilidad y Auditoría Municipal, Santo Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000. p.13-17 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA) “Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 2001, p.226 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.241.
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243
Cepeda Alfonso, Gustavo. Auditoría y Control Interno. Santo Domingo, Editora Corripio C. Por A. 1997. p.7
Soriano Guzmán, Genaro. “Control Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), p.6 CRF
República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de
Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243 CRF
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Waldis Taveras. Legislación Municipal de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 1997 CRF
La Auditoria Forense Como un Nuevo Proceso de Fiscalización, Control e Investigación Contra la Corrupción en el Sector Gubernamental. Caso: Ayuntamiento Municipal XX Año 2000.
jueves, 16 de octubre de 2008
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